picture_as_pdf 2007-11-09

REGISTRADA BAJO EL Nº 12766

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representada por el Ministro de la Producción y la Universidad Abierta Interamericana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 15 de marzo de 2006, el que tiene por objeto la mutua colaboración entre las partes en cualquiera de las áreas específicas de las mismas.

Dicho convenio fue aprobado por Decreto Nº 2347/06 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, en fecha 10-05-06, bajo el Nº 2810, Folio 7, Tomo VI, que se agrega como anexo y forma parte integrante de esta ley.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

EDMUNDO CARLOS BARRERA

Presidente

Cámara de Diputados

MARÍA EUGENIA BIELSA

Presidenta

Cámara de Senadores

DIEGO A. GIULIANO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

RICARDO PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 2561

SANTA FE, 01-11-2007

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.766 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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