JUZGADO FEDERAL
POR
MIRTHA N. CARDINALETTI
Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado Federal Nº 2 Secretaria B de Rosario a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ERCEG MARCOS s/Ejecución Hipotecaria, Expte. N° 73.789, la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti, rematará en subasta pública el día 19 de setiembre de 2013, a las 11 hs., la que se llevará a cabo en el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de Chabás, provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil si el designado fuere feriado la misma hora y en el mismo lugar, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, el siguiente inmueble de propiedad del ejecutado, que se describe así: Un lote de terreno con todo lo en el edificado, clavado y plantado, situado en la localidad de Chabás, Dpto. Caseros, de esta provincia, y que según plano levantado por el Agrimensor Nacional don Alberto C. Coirini, en marzo de 1967, inscripto en el mismo año bajo el Nº 50.324, esta señalado como lote Nº 6, y se describe así: Esta ubicado en la calle Monserrat Servera, a los 50 m. de la calle San Martín hacia el Nord-Oeste, mide 10,60 m. de frente; 49.19 m. fondo por el Nord-Oeste, formando con la línea anterior un ángulo de 89º 49’, el contrafrente mide 10,60 m. y forma con el costado Nord-Oeste un ángulo de 90º 2’ 156”, y el costado Sud-Este, 40,16 m. formando con el anterior un ángulo de 89º 57’ 45”, y con la línea del frente un ángulo de 90º 11’, encierra una superficie de 425,86 m., lindando; por su frente al Sud-Oeste con la calle Monserrat Severa; por el Nord-Oeste con la fracción 7; por el Sud-Este con la fracción 5 y por el Nord-Este con Juan Bautista Monasterolo en parte con Dominga Guardamagno viuda de Suárez. Inscripción dominio Tº 190, Fº 366, Nº 167.357 Dpto. Caseros. Informe del registro Gral. de Propiedades: consta inscripto el dominio a nombre del ejecutado, no registrándose inhibiciones, pero si lo siguiente: Hipoteca: al Tº 468 A, Fº 290, Nº 330.111, en 2º grado, por U$S 18.390 del 26/04/1999, Esc. Bilesio de Urtubi G., acreedor Bco. Nac. Argentina, Casilda; y al Tº 430 A, Fº 399, Nº 255.175, en 1º Grado, por U$S 40.000 del 29/07/1994, Esc. Bilesio de Urtubi, G. acreedor Bco. Nac. Argentina, Casilda; embargo: al Tº 120 E, Fº 4996, Nº 394.419 por $ 51.300 del 04/11/2011 o/los presentes autos. La venta del inmueble será al Contado y al mejor postor, con una base de $ 600.000 en caso de no haber postores se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto con Retasa del 25% (o sea $ 450.000), y si así tampoco se vendiere se ofrecerá con otra retasa del 20% (o sea $ 360.000). El inmueble saldrá a la venta con condición de ocupado, según constancias del acta de constatación de autos. El comprador abonará en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más el 3% en concepto de comisión al martillero en dinero en efectivo o con cheque certificado. El saldo deberá depositase en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta en al plazo y bajo los apercibimientos del art. 580 del C.P.C.C.N. Quedan a cargo del comprador las deudas que registra el inmueble con las diferentes reparticiones: por impuestos inmobiliarios a la Administración Pcial. de impuestos hasta el 15/08/2013 de $ 87,77; por servicios de Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Chabás hasta el 20/08/2013, no registra deudas: el I.V.A. si correspondiere y los gastos de transferencia y escrituración. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7º del citado cuerpo legal, no se procederá a la compra en comisión. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble, fotocopias de la escritura hipotecaria, fotografías y fotocopias del título de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. El inmueble será exhibido el día 17 de setiembre de 2013 de 14 a 16 horas, y para mayores informes comunicarse con la Martillera al TE 440-2392 (de tarde). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se consigna que el Nº de documento del ejecutado es L.E. Nº 6.144.022 y de la martillera actuante C.U.I.T. Nº 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 29/08/2013. Fdo. Eleonora Pelozzi, Secretaria.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
DOLORES PORCEL DE PERALTA
Por orden de la Señora Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, la Dra. Delia M. Giles se hace saber en que en los autos caratulados CONSORCIO PROP. EDIF. AMBITO VI c/SOCIEDAD CIVIL EDIFICIO AMBITO VI y OTR. s/Ejecutivo Expte. Nº 1027/10; se ha dispuesto que la martillera Dolores Porcel de Peralta, D.N.I. 6.684.801, proceda a vender en pública subasta el día 16 de Septiembre de 2013, a las 16 hs., en la Asociación de Martilleros, Entre Ríos 238 de Rosario, Sta. Fe, los inmuebles situados en la calle Urquiza 1947/49/53/57 (entre Dorrego y Moreno) inscripto su dominio al Tomo 567, Folio 459, Nº 155.812, Dto. Rosario, Distrito Zona Urbana y que a continuación se detallan: Cochera: Unidad 200 - Parcela 02-12 ubicado en segundo subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 13,12 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 11-Parcela II-11 ubicado en segundo subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 13,04 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 32 - Parcela II-32 ubicado en segundo subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 14,12 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 41 - Parcela II-41 ubicado en segundo subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 12,64 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 29 - Parcela II-29 ubicado en segundo subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 14,39 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 88 - Parcela 1-36 ubicado en primer subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 12,74 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 193 - Parcela 02-05 ubicado en segundo piso, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 15,49 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 98 - Parcela I-46 ubicado en primer subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 12,80 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 77 - Parcela I-25 ubicado en primer subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 14,96 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. Cochera: Unidad 66 - Parcela I-14 ubicado en primer subsuelo, con una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 11,84 m2 y una superficie total de bienes de propiedad común de 2,93 m2; correspondiéndole un valor proporcional de 0,0623%, para atender las cargas y expensas comunes. De resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos. Dichas unidades saldrán a la venta con la Base de $ 100.000. Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% de ese valor ($ 75.000) y de persistir la falta de oferentes, seguidamente saldrá a la venta con una última Base equivalente al 50% de la primera ($ 50.000), retirándose de la venta en caso de reticencia. Se deja constancia que por si culpa del postor a quien se hubieran adjudicado los bienes, no tuviere efecto la venta, se procederá a nuevo remate. Aquel será responsable, por vía ejecutiva, de la disminución de precio, de los intereses y de las costas causadas. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 20% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (3% + I.V.A.), en efectivo y/o cheque certificado. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.) optando por los medios de pago mencionados o en su defecto, acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto de la cuenta judicial que, previamente deberá abrir el martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de la comisión del martillero los importes de las deudas que posee el inmueble. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimientos de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecidos, por el Art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones, que se produzca con motivo del presente remate. Con relación al saldo de precio, deberá se depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante deposito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, Sucursal de Caja de Abogados para estos autos y a la orden de este juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el Art. 497 del C.P.C.C. En caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000, y a tenor de lo dispuesto por el Comunicado “A” 5147 del B.C.R.A., deberá realizarse por transferencia intercambiaria. Si se incumpliere con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante al A.F.I.P. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentras agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Efectúense las comunicaciones del Art. 506 y 488 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiéndose acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, ello, sin perjuicio de los dispuesto por el Art. 503 del C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los Art. 494 y 495 del C.P.C.C. y permanecerá en Secretaría. Los impuestos, tasas y contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), I.V.A. si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado serán exclusivamente a cargo del comprador de la subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuestos provinciales sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (Art. 125, inc. F. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a Escribano Público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el Art. 505 2° párrafo del C.P.C.C. Publíquense Edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales en el transparente de Sede Judicial habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el Art. 67 del C.P.C.C. reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula a las partes en el domicilio real y ad litem, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y se autoriza. Se fijan los días 12 y 13 de septiembre de 17 a 18 hs. para la exhibición de los inmuebles. Rosario, 2 de setiembre de 2013. Fdo. Dr. Sergio González, Secretario.
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POR
MARCELO JOAQUIN ABDELMALEK
Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, provincia de Santa Fe, la Secretaria que suscribe hace saber que dentro de los autos caratulados: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/Otros s/Ejecución Hipotecaria (Expte. Nº 502/02) se ha dispuesto que el martillero Marcelo Joaquín Abdelmalek (CUIT Nº 20-06.051.717-8) venda en pública subasta el día 18 de septiembre de 2013, a las 17:00 horas o el día inmediato posterior a la misma hora y lugar si el día fijado fuere feriado en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sito en calle Entre Ríos 238, de esta ciudad con la base de $ 900.000,00 el inmueble inscripto al Tomo 470, Folio 479, Nº 102.707 del Depto. Rosario que a continuación se describe: “Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, en la calle Maipú entre las de Riobamba y La Paz, a los 77 vara, 50 centivaras, de la esquina de Riobamba en dirección a la de La Paz, compuesto de 10,775 metros de frente por 43,10 metros de fondo, lindando: por el Oeste, con calle Maipú y por los demás rumbos con los señores Dias y Lojo. Y Según Plano que citan sus títulos (sin mencionar su inscripción), suscripto por el Agrimensor Raúl A. Sánchez en mayo de 1945, se ubica a los 66,445 metros de calle Riobamba hacia el Sud, compuesto de 10,75 metros de frente al Oeste por 43,27 metros de fondo en el lado Norte; 43,305 metros también de fondo en el lado Sud y 10,895 metros de contrafrente en el lado Este, lindando: por su frente al Oeste, con calle Maipú, al Norte, con F. Duran de Serón; al Sud, con T.C. Vda. de Luciano y por el Este, con M.B. de Barro. El edificio está señalado con el Nº 2261 de calle Maipú”. De no haber postores por dicha base se ofrecerá seguidamente con la retasa del 25% en la suma de $ 675.000,00 y si tampoco hubiera postores se ofrecerá con una última base del 20% de la primera base en la suma de $ 180.000,00. El inmueble saldrá a la venta Ocupado según constancias obrantes en autos. Quien resulte comprador abonará en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado y el 3% de comisión al martillero en efectivo y en caso de que las sumas ut-supra mencionadas superen los $ 30.000,00 deberá realizarse por cheque certificado y/o cancelatorio o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta el monto correspondiente en el Banco Municipal, Sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado, para estos autos y a estos fines. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta; caso contrario deberá abonarse por el retraso, en concepto de Intereses la tasa activa sumada de descuento de documento a 30 días en el Banco de la Nación Argentina, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del CPCC y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Quedan a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que adeudare el bien a la fecha de la subasta. Para el caso de compra por terceros, el adquirente deberá designar en el acto quién deberá ratificar la compra en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de que todos los efectos de la subasta se produzcan respecto del adquirente que participó en el acto de subasta. A los fines de obtener el título el adquirente deberá acudir a escribano público quedando excluidas por lo tanto las otras opciones previstas en el art. 505 del CPCC. Los gastos, sellados y honorarios notariales, serán exclusivamente a cargo del comprador como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regulación de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador, inclúyese, entre otros que correspondan, los siguientes: Impuesto Nacional a la transferencia de inmuebles, de personas físicas y sucesiones indivisas (Ley 23.905), Impuesto Provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f. Código Fiscal) e IVA. Dominio inscripto en forma a nombre de la sociedad demandada quien según Informe del Registro General Rosario no se encuentra inhibida y el dominio perteneciente al inmueble se encuentra, embargado al Tomo 120 E, Folio 4577, N° 386513 de fecha 15/10/11 por la suma de $ 18.806,00 en autos: Administración Provincial de Impuestos c/otros s/Ejecución Fiscal (Expte. Nº 1257/98) orden Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 5ta. Nominación de Rosario y registra las siguientes hipotecas: al Tomo 419 A, Folio 59, N° 276.794 de fecha 23/11/93 por la suma de U$S 110.000 escritura N° 215 de fecha 02/11/93 escribano Giunta, Hugo J., Acreedor: Banco de la Nación Argentina, Mitre 326, Capital Federal. Observaciones: Cesión de crédito del ACISO Banco a favor del Banco de la Nación Argentina T. 16, F. 199, N. 336.769 al Tomo 433 A, Folio 232, Nº 271.963 1er. grado de fecha 23/09/94 por la suma de U$S 65.000, escritura N° 539 de fecha 13/09/94, escribano Giunta, Hugo J., Acreedor: Banco de la Nación Argentina Mitre 326 Capital Federal, Nota anterior: 419 5, 276.794. Observaciones: Cesión de crédito del ACISO Banco a favor del Banco de la Nación Argentina T. 16 F. 156 N. 336.769 que se ejecuta en estos autos. El inmueble será exhibido los días 16 y 17 de septiembre de 2013 en el horario de 10:00 a 12:00 horas, lo que se hace saber a sus efectos. Publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe por el término de ley. Secretaría, Rosario, septiembre de 2013. Dra. Jessica Cinalli, secretaria.
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POR
MARIA DEL CARMEN MONSANTO
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Lab. de la 2da. Nominación de San Lorenzo, en autos: DETTONI JUAN JOSE s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra c/Quiebra, Expte. 988/2010, se ha dispuesto que la martillera María del Carmen Monsanto, matrícula 1300-M-120 y CUIT 27-0451364-1, proceda a subastar con sobre cerrado y mejoramiento de oferta en el acto de subasta el día 16 de setiembre de 2013, a las 11 horas el siguiente: Inmueble sito en Calle 9 de Julio 457 de Puerto General San Martín, que según Plano Número 66935/51, corresponde al Lote Nº 10 de la Manzana 40 (Hoy 26b) con una superficie de 684,1134 M2. Dominio Inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 192, Folio 199, Número 154694, Puerto General San Martín, Depto. San Lorenzo bajo las siguientes condiciones. Base del Precio $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil). Las ofertas deberán presentarse en la secretaría del Juzgado hasta el día 16 de Setiembre de 2013, a las 11 hs. en sobre cerrado a nombre de estas actuaciones con la leyenda” Venta por Licitación de Precios con Mejoramiento de Ofertas en autos: DETTONI JUAN JOSE s/Concurso Preventivo -Hoy Quiebra. Expte. 988/2010. Del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª. Nom. de San Lorenzo. Y el nombre del oferente. En su interior deberá contener por duplicado un escrito con la presentación de la oferta firmada por el oferente, con aclaración o sello aclaratorio en caso de sociedad, expresando el precio ofrecido en pesos (escrito en letras y números), acompañar la garantía de mantenimiento de oferta y además consignar: el nombre y apellido completos del oferente, apellido materno, tipo y número de documento de identidad, ocupación, fecha de nacimiento y estado civil, con numero de C.U.I.T. o C.U.I.L., domicilio real y especial constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal el cual será considerado domicilio constituido a todos los efectos legales del presente, tratándose de sociedades, acompañar copia autentica del contrato social y sus modificaciones, o acta constitutiva, copia de los documentos que acrediten la personería del firmante. Nro. de C.U.I.T y situación frente al I.V.A, y los que acrediten la decisión del órgano directivo correspondiente para realizar la oferta, domicilio social y especial constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal, el que surtirá todos los efectos a los fines de la presente. Asimismo, agregar copia del pliego contenido en la presente resolución firmado en todas sus hojas. En caso de ser presentada la oferta por más de una persona, deberá unificar personería en uno o más representantes comunes con facultades plenas para participar en la licitación. En ningún caso se aceptarán ofertas fuera del plazo establecido en la presente cláusula. Se deberá acompañar constancia de depósito a la orden del Tribunal y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por la suma fija de $ 115.000, en sobre cerrado en la mesa de entradas de Quiebras del Juzgado, con las condiciones establecidas a fs. 237/238 de autos, hasta las 10 hs. del día de la subasta. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio alcanzado siendo considerado como parte de pago el depósito efectuado como garantía de mantenimiento de la oferta, mas el 3% de comisión a la Martillera, en dinero en efectivo y/o cheque certificado. El saldo se abonará al aprobarse judicialmente la subasta. De operarse la rescisión unilateral de la venta, por parte del adjudicatario quedarán a favor de estos autos las sumas abonadas perdiendo el comprador todo derecho sobre ellas, con los efectos del art. 497 del CPCC. La presentación de la oferta, por parte del oferente, implica el conocimiento y aceptación del presente pliego de condiciones, como así también de las aclaratorias que puedan dictarse. El acto de mejoramiento de ofertas se efectuará en la Secretaría del Juzgado, a la que solo podrán ingresar los oferentes que hubieran presentado sus postulaciones bajo sobre, munidos de documento nacional de identidad, bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos en el mismo acto. Los sobres serán abiertos el día 16 de Setiembre de 2013, a las 11 hs. o el Juzgado en audiencia pública, en presencia del Sr. Síndico, martillero, oferentes y acreedores que concurran. Cada oferta será firmada por la Secretaria, labrándose un acta. En dicho acto, la martillera actuante invitará a todos los oferentes a mejorar el precio ofrecido. En caso de existir una sola oferta, la mayor presentada cumplirá la función de base para comenzar la puja y, de no estar presente el oferente de la misma, se continuará con la anterior y así sucesivamente. Si nadie mejora la mayor oferta presentada, se adjudicará el bien a la persona que la hubiera presentado. Las impugnaciones a las propuestas se podrán articular ante el Juez interviniente por escrito y hasta tres días hábiles posteriores a la fecha de apertura de los sobres, las que tramitaran por separado, vencido dicho término no se aceptarán observaciones ni impugnación alguna, las que de formularse, serán devueltas en forma automática, el primer martes o viernes posterior a su dictado, no siendo necesaria su notificación por cédula. La adjudicación recaerá en la oferta que ofrezca el precio mas alto de acuerdo a lo normado por el art. 205, inc. 7 de la L.C.Q., dictándose resolución, la que se considerará notificada en forma automática el primer martes o viernes posterior a su dictado, no siendo necesaria su notificación por cédula mas que al adjudicatario, en el domicilio legal constituído. Si la licitación se suspendiere o anulara o dejara sin efecto por resolución del Tribunal, ello no dará derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes, solamente se reintegrará la garantía de mantenimiento de la oferta. Las garantías de cada una de las ofertas serán devueltas dentro de los diez días corridos desde la adjudicación de la licitación, a excepción de la garantía de oferta de quien resultare, en su caso, como segundo oferente, a quien le será devuelta una vez cumplido por el adjudicatario lo dispuesto en la cláusula décima. La correspondiente al adjudicatario será imputada como parte de pago del precio. El Tribunal no reconocerá compensación alguna por los depósitos en garantía recibidos. La adjudicación podrá rescindirse por el juzgado, mientras este pendiente el pago del saldo de precio, en los siguientes supuestos: a) por incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas al presentar la oferta, b) por concurso de acreedores o quiebra del adjudicatario, en los términos de la ley 24522 y modificatorias. Serán a cargo del adjudicatario los impuestos, tasas y contribuciones que se adeuden a partir de la fecha del auto de quiebra, y los gastos de transferencia de dominio, que deberá instrumentarse mediante escritura pública, pudiendo el mismo designar el escribano interviniente al efecto. Abonada la totalidad del precio con más la comisión correspondiente al martillero actuante, se otorgará la posesión de lo vendido, a pedido de adjudicatario. Edictos publicados por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal, autorizándose publicidad adicional en diarios de amplía circulación en la zona. Toda aclaración que los interesados en la licitación consideren necesaria solicitar, deberá formularse ante el Tribunal que entiende en la causa. El título, copia de escriturare encuentra glosado a autos a fin de poder ser examinado, no aceptando reclamos por falta o insuficiencia del misma una vez efectuada la subasta. El inmueble sale a la venta según constancia de autos: Desocupable, art. 504 CPCC y se adjudicará en el estado en que se encuentra. Registro informa titularidad de dominio a nombre del fallido y lo siguiente: Hipoteca Tomo 566B, Folio 228, nro. 419880 por dólares 32500 de fecha 14.12.2000 mediante Escritura nro. 266 del 7.11.2000 Acreedor: Ernesto Schlaen con domicilio en calle Astex 2475 de Rosario. Embargo T. 117E, F.4675, nro. 374835 del 13.8.2008 por $ 65.257 Juz. Civ. y Com. 1ª. Nom. Rosario Expte. 1388/2003 autos: San Martino Gustavo c/Dettoni José y ots. s/Ejec. Inhibición de autos T 20IC-F 496, nro. 391595 y T. 22IC, F. 720, nro. 322358. Lo que se hace saber a lo que por derecho hubiere lugar. San Lorenzo, 30 de agosto de 2013. Dra. Graciela Fournier, secretaria.
S/C 208515 Set. 9 Set. 13
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