REGISTRADA BAJO EL N° 12724
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio Marco celebrado el 25 de febrero de 2005 entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por su Titular, Lic. Daniel Filmus y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Prof. Carola Nin; e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, el 10 de junio de 2005, al T° V, F° 137, bajo el N° 2471, aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 927/06, cuya copia en once (11) fojas forma parte de la presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES JUNIO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
MARIA EUGENIA BIELSA
Presidenta
Cámara de Senadores
Dr. EDMUNDO CARLOS BARRERA
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. DIEGO A. GIULIANO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Santa Fe, 1 de Agosto de 2007
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial. JORGE ALBERTO OBEID, Gobernador de Santa Fe.
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnet.com.ar.
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