picture_as_pdf 2010-06-09

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

 

POR

SANTIAGO FEDERICO CATTALIN

 

Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación, a cargo de la Dra. Silvina Boleas, Secretaría de la Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/Otro (D.N.I. N° 8.506.730), y Otro (D.N.I. Nº 5.487.241 s/Apremio” Expte. Nº 94/90, se ha ordenado que el Martillero Público Santiago Federico Cattalín, Matrícula N° 466, CUIT 20-10926953-1, proceda a vender en pública subasta el día 17/06/10 a las 11 horas o el día hábil inmediato siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado, a realizarse en las puertas del Juzgado de Circuito Nº 28 de la Ciudad de Santo Tomé, sito en calle Alvear 2527 P A con la base de $ 7.237,46 (avalúo fiscal I.I. fs. 95), de no haber postores con la retasa del 25% o sea $ 5.428,09 y si aún no los hubiere, Sin Base y al Mejor Postor el inmueble embargado en autos, ubicado en la ciudad de Santo Tomé, en la Manzana 3628 Parcela 10 Lote 5, sobre Av. Ntra. Sra. de Luján entre 12 de Setiembre y Alberdi, inscripto su Dominio al N° 5473 F° 637 T° 274 I Depto La Capital empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo la Partida 10-12-00-143.072/0001-8, y cuya descripción según título es la siguiente: “En condominio y por partes iguales, con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, un lote de terreno ubicado en Santo Tomé, Barrio “Villa Erni”, Depto La Capital de esta Pcia., el que de acuerdo al plano especial de subdivisión que cita su título, se designa como lote N° Cinco de la Manzana letra “A” y mide: diez metros de frente, por cuarenta y cinco metros de fondo, lo que encierra una superficie de cuatrocientos quince metros seis mil seiscientos cincuenta centímetros cuadrados y linda: al Norte, lote cuatro; al Oeste, lote dieciocho; ambos de propiedad del señor Hugo Fridolino Erni; al Sud, lote seis de propiedad del señor Fernando Ramonda y al este, camino pavimentado Santa Fe a Rosario (Ruta Nacional n° 11) en su tramo denominado Avenida Nuestra Sra. de Luján. Informes Previos: Deudas: Municipalidad de Santo Tomé deuda total $ 10.719,52 al  15/03/10 (fs. 106); Impuesto Inmobiliario: Partida: 10-12-00-143.072/0001-8 registra deuda $ 1.403,14 al 28/05/2010 (fs). Embargos: Según Informe del Registro General de fecha 29/03/10, el dominio subsiste a nombre de los demandados y no se registran hipotecas ni inhibiciones, sí el embargo de autos: Aforo 066968 del 07/07/06 $ 13.077,16 (fs. 81 y ss). Se encuentran agregadas a autos copias de los títulos de propiedad (fs. 88 y ss), por lo tanto el que resulte comprador deberá conformarse con las constancias de autos, no admitiéndose reclamo una vez bajado el martillo por falta o insuficiencia de los mismos. Constatación: realizada en fecha 14/04/10 (fs. 102) por la Sra. Oficial de Justicia, me constituí en el domicilio de calle Av. Luján entre las de 12 de Setiembre y Alberdi de conformidad al plano manzanero adjunto, en cumplimiento del Mandamiento librado en autos. Acto seguido procedí a Constatar que se trata de un terreno baldío que presenta al frente un cerco de obra de aproximadamente 2,20 metros de altura, por lo que no es posible acceder al interior del mismo. El terreno limita al norte con otro inmueble compuesto por un garaje, y un local contiguo donde funciona una farmacia llamada “Farmacia Marta Tepp” que se halla cerrada. El garaje precitado lleva el N° 3638. También pude verificar que limita al sur con una vivienda con garaje, portón y rejas blancas, sin numeración visible. Desde afuera y a través de una hendija formada entre el cerco de obra y la pared que da al sur, se puede observar que no existen mejoras, ni ocupantes en el inmueble objeto de la presente medida. Consultado un vecino que dijo llamarse, tener DNI y ser titular del negocio llamado ubicado en Av. Luján 3670 de esta ciudad, informó que en los nueve años que hace que está en el lugar, nunca vio a nadie venir al inmueble que se constata que ignora quienes son sus dueños. No siendo para más. Condiciones: Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse conforme lo disponen la ley 11.287 y la acordada vigente. Hágase saber al que resulte comprador que deberá abonar en el acto de remate, el 10% del precio y la comisión del martillero en efectivo sin excepción, como así también estará a su cargo el I.V.A. que no se encuentra incluido en el precio y todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales que correspondieren en virtud del acto mismo de subasta, como así también aquellos relativos al bien a subastar devengados con posterioridad a la aprobación de la subasta. Asimismo, hágase saber al que resulte comprador que dentro del 5 días de ejecutoriado el auto aprobatorio del remate, deberá integrar el saldo del precio. Autorizase la publicidad complementaria solicitada. Notifíquese a la totalidad de los acreedores. Dispónese que no se admitirá la compra en comisión. Previo a la suscripción por la Actuaria de los edictos respectivos, se practicará liquidación de capital, intereses y costas. Notifíquese por cédula a todos los acreedores conforme informe del Registro General. Notifíquese. Fdo. Dra. Silvina Boleas Juez, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Secretaria. Mayores informes en Secretaría del Juzgado o al Martillero Tel. (0342) 474- 0570 o 156-317462. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y en el panel del Juzgado destinado a tal fin (ley 11287). Santa Fe, 3 de junio de 2010. Beatriz Forno de Piedrabuena, secretaria.

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POR

WALTER ZIPPERLEN

 

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, en autos: “MUNICIPALIDAD DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 355/08), la Secretaría que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, CUIT N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 18 de Junio de 2010 a las 10 horas o el día hábil siguiente si el fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito N° 25 de San Genaro, con la base de $ 10 (100% A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe según título: “Tres lotes de terreno con lo clavado y plantado, que son parte de la manzana N° Veintiocho Sección “B” del pueblo de San Genaro Norte, Depto San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, y que de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Hugo A. Zingaretti durante el mes de febrero de 1976, registrado en el Depto Topográfico de la Pcia. bajo el N° ochenta mil doscientos cuarenta y siete, se señala como lotes “4”, “5” y “6” y se describen así: Lote Seis: que mide Doce metros de frente al Sud, con igual contrafrente al Norte por Cuarenta y Cuatro metros Cinco centímetros de fondo, lindando: por su frente al Sud con Bvard. Suizo; al Este con Mario Zanetti; al Norte con parte del lote “4” y al  Oeste con lote “5” Encierra una superficie total de Quinientos Veintiocho metros Sesenta decímetros cuadrados. Dominio: T° 144 I F° 109 N° 3145 San Jerónimo. Informa Registro General Santa Fe: Consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones. Embargos: 1) N° 070682 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal”(Expte. 350/08) por $ 12.996,75. 2) N° 070681 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 356/08) por $ 11.263,85. 3) N° 070680 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 355/08) por $ 11.263,85. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasará en un 25% menos de la base o sea $ 7,50 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. IVA si correspondiere, con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Genaro Zona Este a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el art. 31 de la ley de rito provincial y art. 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 33 dice, procedimos a constatar, un terreno baldío, de 12 metros de frente a Bvard. Suizo por 44,05 metros de fondo, sin mejoras y libre de ocupantes, cuyas medidas y linderos coinciden con lo detallado en el respectivo mandamiento. Se deja constancia que obra agregada a fs. 39 y 40 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del CPCC). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes Juzgado y al martillero al teléfono 03471-451607,  mail walterzipperlen@hotmail.com. San Genaro, 2 Junio de 2010. Patricia N. Ebenegger, secretaria.

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POR

WALTER ZIPPERLEN

 

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, en autos: “MUNICIPALIDAD DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 356/08), la Secretaría que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, C.U.I.T. N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 18 de Junio de 2010 a las 11 horas o el día hábil siguiente si el fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito N° 25 de San Genaro, con la base de $ 10 (100% A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe según título: “Tres lotes de terreno con lo clavado y plantado, que son parte de la manzana n° Veintiocho Sección “B” del pueblo de San Genaro Norte, Depto San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, y que de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Hugo A. Zingaretti durante el mes de febrero de 1976, registrado en el Depto Topográfico de la Provincia bajo el n° ochenta mil doscientos cuarenta y siete, se señala como lotes “4”, “5” y “6” y se describen así: Lote Cuatro: que mide Doce metros de frente al Oeste con igual contrafrente al Este, por cincuenta y siete metros de fondo, lindando: por su frente al Oeste con calle Corrientes; al Sud con lotes “3”, “5” y “6”, al Este con Mario Zanetti y al Norte con María Zanetti y Juan Marelli. Encierra una superficie total de Seiscientos ochenta y cuatro metros. Dominio: T° 144 I F° 109 N° 3145 San Jerónimo. Informa Registro General Santa Fe: Consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones. Embargos: 1) N° 070682 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 350/08) por $ 12.996,75. 2) N° 070681 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 356/08) por $ 11.263,85. 3) N° 070680 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 355/08) por $ 11.263,85. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasará en un 25% menos de la base o sea $ 7,50 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. I.V.A. si correspondiere; con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Genaro Zona Este a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar D.N.I., estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el Art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el Art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el art. 31 de la ley de rito provincial y art. 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 28 dice, procedimos a constatar, un terreno baldío, de 12 metros de frente a calle Corrientes por 57 metros de fondo, sin mejoras y libre de ocupantes, cuyas medidas y linderos coinciden con lo detallado en el respectivo mandamiento. Se deja constancia que obra agregada a fs. 38 y 39 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del C.P.C.C.). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes Juzgado y al martillero al teléfono 03471-451607, mail walterzipperlen@hotmail.com. San Genaro, 2 de Junio de 2010. Patricia N. Ebenegger, secretaria.

S/C             102301   Jun. 9 Jun. 11

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POR

WALTER ZIPPERLEN

 

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, en autos: “MUNICIPALIDAD DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 350/08), la Secretaria que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, CUIT N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 18 de Junio de 2010 a las 10:30 horas o el día hábil siguiente si el fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito N° 25 de San Genaro, con la base de $ 10 (100 % A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe según título: “Tres lotes de terreno con lo clavado y plantado, que son parte de la manzana n° Veintiocho Sección “B” del pueblo de San Genaro Norte, Depto San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, y que de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Hugo A. Zingaretti durante el mes de febrero de 1976, registrado en el Depto Topográfico de la Provincia bajo el n° ochenta mil doscientos cuarenta y siete, se señala como lotes “4”, “5” y “6” y se describen así: Lote Cinco: que mide Doce metros de frente al Sud con igual contrafrente al Norte, por cuarenta y cuatro metros cinco centímetros de fondo, lindando: por su frente al Sud con Bvard. Suizo; al Este con lotes “3”, “2” y “7”. Encierra una superficie total de Quinientos Veintiocho metros Sesenta Decímetros cuadrados. Dominio: T° 144 I F° 109 N° 3145 San Jerónimo. Informa Registro General Santa Fe: Consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones. Embargos: 1) N° 070682 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 350/08) por $ 12.996,75. 2) N° 070681 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos “Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 356/08) por $ 11.263,85. 3) N° 070680 de fecha 26/06/08 orden Juzgado 1° Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos Municipalidad de San Genaro c/otro s/Apremio Fiscal” (Expte. 355/08) por $ 11.263,85. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasara en un 25% menos de la base o sea $ 7,50 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. IVA si correspondiere, con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Genaro Zona Este a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el art. 31 de la ley de rito provincial y art. 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 28 dice, procedimos a constatar, un terreno baldío, de 12 metros de frente a Bv. Suizo por 45 metros de fondo, sin mejoras y libre de ocupantes, cuyas medidas y linderos coinciden con lo detallado en el respectivo mandamiento. Se deja constancia que obra agregada a fs. 38 y 39 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del CPCC). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes Juzgado y al martillero al teléfono 03471-451607, mail walterzipperlen@hotmail.com. San Genaro, 2 Junio de 2010. Patricia N. Ebenegger, secretaria.

S/C             102302   Jun. 9 Jun. 11

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