picture_as_pdf 2003-06-09

DECRETO 1567

 

SANTA FE, 06 JUN 2003

VISTO:

 

La convocatoria a elecciones provinciales y municipales realizada por el Poder Ejecutivo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el sistema electoral vigente de "Lemas"  o "Doble voto simultáneo", establecido por Ley Nº 10.524, permite la participación de agrupaciones o corrientes internas denominadas "Sublemas", quienes se encuentran habilitadas para presentar listas de candidatos para una elección general, siempre que cuenten con el reconocimiento del Tribunal Electoral de la Provincia;

 

Que, la Ley Nº 10.524, su modificatoria 12.079 y su decreto reglamentario Nos. 0536/91; no estipulan plazos máximos permanentes para la presentación de sublemas y alianzas previstas en los artículos 14º y 15º de aquella;

 

Que, conforme las consideraciones efectuadas, corresponde dar certidumbre a las etapas básicas del sistema electoral vigente, fijando las fechas y plazos para los comicios venideros;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1º - Fijase 25 de junio de 2003 como fecha del vencimiento del plazo para la presentación de pedidos de reconocimiento de los sublemas, previstos en el artículo 14 inc. a), b) y C)  de la Ley Nº 10.524.

 

ARTICULO 2º - La presentación de pedidos de reconocimiento de frentes y alianzas establecidos en el artículo 15 de la Ley 10.524 se admitirá hasta sesenta (60) días antes del acto eleccionario.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

REUTEMANN

CARLOS ALBERTO CARRANZA

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