DECRETO N°
0796
SANTA FE, 06 MAY 2005
VISTO:
Lo establecido en la Ley N° 12.408 sancionada el pasado 5 de mayo de 2005, y el
Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 0606/2005, y;
CONSIDERANDO:
Que la referida Ley establece que, para
la renovación parcial del Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, el Poder
Ejecutivo convocará a la elección de siete (7) concejales para el año 2005,
conforme al censo poblacional realizado durante el año 2001;
Que al momento de efectuar la
convocatoria realizada por el Decreto N° 0606 de fecha 6 de abril de 2005, este Poder
Ejecutivo Provincial consideró para la renovación de bancas del Honorable
Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, el Censo Poblacional de 1991,
aprobado por Ley N° 11.337/95, lo establecido por el
Art. 80° de la Ley 2.756 -Orgánica de Municipalidades- y lo dispuesto en la Ley
N° 12.065;
Por ello, y de conformidad al artículo
72°, inciso 15) de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1° -Modifícase
el artículo 3° del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°
0606/05, convocándose para la renovación parcial del Honorable Concejo
Municipal de la ciudad de Santa Fe, la cantidad de 7 (siete) Concejales
Titulares y 4 (cuatro) Suplentes.
ARTICULO 2° -Comuníquese el presente
Decreto al Ministerio del Interior, a la Excma. Cámara Nacional Electoral, al
Sr. Juez Federal con competencia Electoral y
al Excmo. Tribunal Electoral de la Provincia, para el cumplimiento de
las normas legales vigentes en sus respectivas jurisdicciones y competencia.
ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
OBEID
Dr. Roberto A. Rosúa
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