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DECRETO 0796

SANTA FE, 06 MAY 2005

VISTO:

Lo establecido en la Ley 12.408 sancionada el pasado 5 de mayo de 2005, y el Decreto del  Poder Ejecutivo Provincial 0606/2005, y;

CONSIDERANDO:

Que la referida Ley establece que, para la renovación parcial del Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, el Poder Ejecutivo convocará a la elección de siete (7) concejales para el año 2005, conforme al censo poblacional realizado durante el año 2001;

Que al momento de efectuar la convocatoria realizada por el Decreto   0606 de fecha 6 de abril de 2005, este Poder Ejecutivo Provincial consideró para la renovación de bancas del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, el Censo Poblacional de 1991, aprobado por Ley 11.337/95, lo establecido por el Art. 80° de la Ley 2.756 -Orgánica de Municipalidades- y lo dispuesto en la Ley 12.065;

Por ello, y de conformidad al artículo 72°, inciso 15) de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

ARTICULO 1° -Modifícase el artículo 3° del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial 0606/05, convocándose para la renovación parcial del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, la cantidad de 7 (siete) Concejales Titulares y 4 (cuatro) Suplentes.

ARTICULO 2° -Comuníquese el presente Decreto al Ministerio del Interior, a la Excma. Cámara Nacional Electoral, al Sr. Juez Federal con competencia Electoral y  al Excmo. Tribunal Electoral de la Provincia, para el cumplimiento de las normas legales vigentes en sus respectivas jurisdicciones y competencia.

ARTÍCULO 3°  - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Dr. Roberto A. Rosúa

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