picture_as_pdf 2008-04-09

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

MIRTA ALICIA SCALCO

Por disposición del Sr. Juez Primera Instancia de Distrito Civil y Comercian de la Segunda Nominación de Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTRO (Documento: no se consigna Nº) s/Apremio (Exp. 227/07), se ha dispuesto que la Martillera Mirta Alicia Scalco, (Mat. 1585-S-109 - CUIT. 27-05910407-7), proceda a vender en Pública Subasta, al último y mejor postor, el día 15 de abril de 2008 a las 11 hs., en la puerta del Juzgado Comunal de la Localidad de Roldán, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, y/o de resultar feriado o inhábil, y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la Subasta, la misma se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora, en el mismo lugar y condiciones del inmueble que a continuación se describe: Un terreno baldío situado en esta localidad de Roldán, Departamento San Lorenzo de esta Provincia, el que según plano confeccionado por el Agrimensor señor Roberto A. Waters bajo el número cincuenta y dos mil cuatrocientos siete, año mil novecientos sesenta y siete, es el designado con el número Doce de la manzana "G", se encuentra ubicado sobre calle Pública entre calle Pública y calle Pública, a los treinta metros de calle Pública hacía el Norte, mide diez metros de frente al Este por cuarenta metros de fondo. Encierra una superficie total de cuatrocientos metros cuadrados y linda: al Este, con calle Pública, al Norte, con el lote once, al Sud, con el lote trece y al Oeste, con el lote dieciséis, todos de igual plano. Inscripto al T° 214 F° 345 N° 156.747. De información recabada en el Registro Gral. de la Propiedad el inmueble embargado en autos registra los siguientes Embargos: 1º) Inscripto T° 116 E F° 5.099 N° 378.396, de fecha 04/09/07; ordenado p/Juz. Dist. C. y C. de 2ª Nom.; en autos: Municipalidad de Roldán c/Otro (Doc.: no consignado Nº) s/Apremio (Exp. 227/07), Mont. $ 6.259,16. Hipoteca: no registra. El demando no registra Inhibiciones: Dicho inmueble saldrá a la venta con la Base de $ 337,88 (A.M.), de no haber postores por dicha Base seguidamente con la Retasa del 25% de persistir la misma situación seguidamente con el 20% del Avaluó Fiscal como última Base, adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio de su compra y como a cuenta del mismo, con más 3% de la comisión de ley al martillero y mas el 2% en concepto de Tasa de Remate conforme Ordenanza Municipal Nº 482/06, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. Los gastos por Impuestos, Tasas, Contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como gastos e impuestos de transferencia, e IVA si correspondiere. El comprador deberá acudir a Escribano público para confeccionar la Escritura que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianeras en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto Pcial. Sobre los Ingresos Brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F CF). Los impuestos municipales serán a cargo del período tres del 2007. Más Desplazamiento. Hágase saber a los interesados en el acto de la subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. Hágase saber que previo a la aprobación de la Subasta deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad, con copia certificada del acto de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma a favor del adquirente. El saldo del precio deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificada la aprobación la Subasta y si no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, bajo apercibimiento del art. 97 C.P.C.C. Se vende en las condiciones de ocupación que consta en autos; Desocupado, según constatación efectuada. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 31 de marzo de 2008. Néstor Osvaldo García, secretario.

S/C 28586 Abr. 19 Abr. 15

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