REGISTRADA BAJO EL Nº 12.706
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar o ceder en comodato a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, el inmueble propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado al sudeste de la Avenida Circunvalación "Mar Argentino", lindante con el predio del Club Náutico Sur, e inscripto dominialmente en el Registro General al Tomo 0066, Folio 0625, Nº 016815.
ARTÍCULO 2º.- La autorización dispuesta en el artículo 1º lo es en la medida que no esté prevista la utilización del inmueble para una obra pública y que de cederse lo sea con el cargo de que la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz lo destine a la radicación de un área recreativa y turística de acceso libre y gratuito.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 03 de abril de 2007
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
7604
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