picture_as_pdf 2007-04-09

REGISTRADA BAJO EL Nº 12.706

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar o ceder en comodato a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, el inmueble propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado al sudeste de la Avenida Circunvalación "Mar Argentino", lindante con el predio del Club Náutico Sur, e inscripto dominialmente en el Registro General al Tomo 0066, Folio 0625, Nº 016815.

ARTÍCULO 2º.- La autorización dispuesta en el artículo 1º lo es en la medida que no esté prevista la utilización del inmueble para una obra pública y que de cederse lo sea con el cargo de que la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz lo destine a la radicación de un área recreativa y turística de acceso libre y gratuito.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 03 de abril de 2007

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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