picture_as_pdf 2017-03-09

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


INFORMA

ELEVACIÓN DE PROPUESTAS


Atento a lo establecido en el artículo 24° y 25º del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Defensores Regionales del Servicio Público de la Defensa Penal (Circunscripciones Nº 1, 2, 4 y 5), se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta para el cargo de Defensor Regional de la Circunscripción Judicial N° 5, conformada con el postulante que ha “superado ampliamente las pautas de evaluación” según orden de mérito sugerido por el Cuerpo Evaluador: 1º- MORENO ROBINSON, Estrella DNI 14.587.331.-

S/C 19050 Mar. 9

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Atento a lo establecido en el artículo 24° y 25º del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Defensores Regionales del Servicio Público de la Defensa Penal (Circunscripciones Nº 1, 2, 4 y 5), se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente terna para el cargo de Defensor Regional de la Circunscripción Judicial N° 1, conformada con los postulantes que han “superado ampliamente las pautas de evaluación” según orden de mérito sugerido, por mayoría, por el Cuerpo Evaluador: 1º-MIRO, Jorge Leandro DNI 23.926.402; 2º- MINGARINI, Rodolfo DNI 22.526.492; 3º- AMADEO, Sebastián José DNI 22.584.551.

S/C 19047 Mar. 9

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Atento a lo establecido en el artículo 24° y 25º del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Defensores Regionales del Servicio Público de la Defensa Penal (Circunscripciones Nº 1, 2, 4 y 5), se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta para el cargo de Defensor Regional de la Circunscripción Judicial N° 2, conformada con los postulantes que han “superado ampliamente y superado las pautas de evaluación” según orden de mérito sugerido por el Cuerpo Evaluador: 1º- FRANCESCHETTI, Gustavo DNI Nº 22.210.302; 2º- SCAVUZZO, Gustavo DNI Nº 17.669.329.-

S/C 19049 Mar. 9

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Atento a lo establecido en el artículo 24° y 25º del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Defensores Regionales del Servicio Público de la Defensa Penal (Circunscripciones Nº 1, 2, 4 y 5), se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente terna para el cargo de Defensor Regional de la Circunscripción Judicial N° 4, conformada con los postulantes que han “superado ampliamente las pautas de evaluación” según orden de mérito sugerido por el Cuerpo Evaluador: 1º- LAPISSONDE, María Valeria DNI 21.798.647; 2º- CACERES, Martín Ignacio DNI 29.387.649; 3º QUIROGA, Ariana Flavia DNI 23.676.476.-

S/C 19048 Mar. 9

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Atento a lo establecido en el artículo 24° y 25º del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Fiscales Regionales (Circunscripciones Nro. 1, 2, 4 y 5) del Ministerio Público de la Acusación, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente terna para el cargo de Fiscal Regional de la Circunscripción Judicial N° 1, conformada con los postulantes que han “superado ampliamente las pautas de evaluación” según orden de mérito sugerido por el Cuerpo Evaluador: 1º- ARIETTI, Carlos Ernesto DNI Nº 22.732.333; 2º- VIGO, Diego Fernando DNI Nº 23.929.883 y 3º- COCOCCIONI, Pablo DNI Nº 28.074.549.-

S/C 19052 Mar. 9

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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente RECURSOS EVENTUALES S.A., con domicilio fiscal en calle Balcarce N° 1785; de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y al Sr. Mauro, Gabriel Alejandro, D.N.I. 18.193.578, Presidente del Directorio por el período 06/04/2010 hasta 14/04/2015, con domicilio particular en calle Guiraldes 2223 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y a la Sra. Zambruno, Viviana María del Lujan, D.N.I. 14.081.514, Presidente del Directorio desde el 15/04/2015 hasta el 30/09/2015, con domicilio particular en Pje. Patria 1835 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, estos últimos responsables solidarios en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal Ley 3.456, t.o. Decreto 4481/14; inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 921-735019-0, CUIT N° 30-71090216-6, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nº 1272-4/16 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0913624-0 “RECURSOS EVENTUALES S.A.”

Rosario, 17 de Noviembre de 2016.-


VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra la contribuyente RECURSOS EVENTUALES S.A., inscripta ante la Administración Provincial de Impuestos bajo la Cuenta N° 921-735019-0, CUIT N° 30-71090216-6, con domicilio fiscal en calle Balcarce 1785 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; al Sr. Mauro, Gabriel Alejandro, D.N.I. 18.193.578, Presidente del Directorio por el período 06/04/2010 hasta 14/04/2015, con domicilio particular en calle Guiraldes 2223 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y a la Sra. Zambruno Viviana María del Luján, D.N.I. 14.081.514, Presidente del Directorio desde el 15/04/2015 hasta el 30/09/2015, con domicilio particular en Pje. Patria 1835 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ambos responsables solidarios en virtud del artículo 26 inciso d) del Código Fiscal Ley 3.456, t.o. Decreto 4481/14, con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 09/2015, para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2° - Instruir sumario a los responsables citados en el artículo anterior, por las infracciones materiales prima facie cometidas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 09/2015, derivadas de un ingreso inferior de impuesto por bases imponibles declaradas en defecto -artículo 87 del Código Fiscal (Ley Nº 3.456, t.o. Decreto Nº 4.481/14) y por infracción a los deberes formales, conforme lo establecido en el artículo 77 punto 1 del Código Fiscal (Ley 3.454, t.o. Decreto 4.481/14)- originado en la inobservancia de las disposiciones respecto del domicilio fiscal, artículo 33 inc. b) de la referida norma legal, así como por el incumplimiento de los Requerimientos de fechas 26/10/2015, 11/01/2016 y 30/05/2016 (fjs. 4, fjs. 15 y fjs. 19, respectivamente) -conforme lo establecido en el artículo 77 punto 2 del Código Fiscal (Ley 3.454, t.o. Decreto 4.481/14)- y por la no presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2014 y la presentación fuera de término de la Declaración Jurada mensual del anticipo 12/2014 -conforme a lo establecido en el artículo 78 del Código Fiscal (Ley 3.454, t.o. Decreto 4.481/14)-, según se expusiera en los Considerandos de la presente, para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada, se formule por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas, mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante que surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa que se adjunta y forma parte de la presente; presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar que en caso de aceptarse la pretensión fiscal podría gozarse de la reducción de sanciones contenidas en el artículo 92 del Código Fiscal (Ley N° 3.456, t.o. Decreto N° 4.481/14).

ARTÍCULO 4° - Disponer que el descargo a la Resolución y el alegato de defensa y/u ofrecimiento de pruebas al sumario instruido deberán ser presentados ante la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I., debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán Nº 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 5° - Dejar constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal vigente (Ley N° 3.456, t.o. Decreto N° 4.481/14), que la presente Vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 6° - Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa (1 foja) a la contribuyente RECURSOS EVENTUALES S.A., con domicilio fiscal en calle Balcarce 1785 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; al Sr. Mauro, Gabriel Alejandro, D.N.I. 18.193.578, Presidente del Directorio por el período 06/04/2010 hasta 14/04/2015, con domicilio particular en calle Guiraldes 2223 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y a la Sra. Zambruno, Viviana María del Lujan, D.N.I. 14.081.514, Presidente del Directorio desde el 15/04/2015 hasta el 30/09/2015, con domicilio particular en Pje. Patria 1835 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, estos últimos responsables solidarios en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal Ley 3.456, t.o. Decreto 4481/14.

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 316055 Mar 9. Mar. 13

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Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente GASTRONÓMICA OESTE S.R.L., con domicilio fiscal en calle Jujuy N° 2301; y el procesal encalle San Martín N° 1081 Local 15, ambos de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y al Sr. EDUARDO DANIEL BLANDO, D.N.I. N° 14.426.249, con domicilio en calle Carp. Guatemala N° 883 de la ciudad de Rosario Pcia. De Santa Fe, como Socio Gerente de la sociedad antes mencionada y al Síndico, C.P.N. Hugo Marcos Sáenz, responsable en virtud del Art. N° 26 inc. C) y d) del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y sus Modif.) con domicilio en calle Riobamba N° 1349 Piso 2 Oficina 2 de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe; inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-379968-9, CUIT N° 30-71173859-9, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 1296-4/16 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0932856-4, “GASTRONÓMICA OESTE S.R.L.”

Rosario, 05 de Diciembre de 2016.-

VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra el contribuyente GASTRONÓMICA OESTE S.R.L. con domicilio fiscal en calle Jujuy 2301 y procesal en calle San Martín 1081 Local 15, ambos en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta N° 021-379968-9, CUIT N° 30-71173859-9, y/o al Sr. EDUARDO DANIEL BLANDO D.N.I. N° 14.426.249, con domicilio en calle Carp. Guatemala N° 883 de la ciudad de Rosario, Socio Gerente de la mencionada sociedad, responsable en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y mod.), y/o al Síndico al C.P.N. Hugo Marcos Sáenz, responsable en virtud del artículo 26 inc. c) del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y mod.) con domicilio en calle Riobamba N° 1349 piso 2 oficina 2 de la ciudad de Rosario, con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 11/2014 a 07/2016, para que en el término de Quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, conforme al cuadro de determinación según planilla anexa o formulen por escrito su descargo y ofrezcan o presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2º - Instruir Sumario de las actuaciones al contribuyente GASTRONÓMICA OESTE S.R.L. con domicilio fiscal en calle Jujuy 2301 y procesal en calle San Martín 1081 Local 15, ambos en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este organismo bajo la cuenta N° 021-379968-9, CUIT N° 30-71173859-9, y/o al Sr. EDUARDO DANIEL BLANDO D.N.I. N° 14.426.249, con domicilio en calle Carp. Guatemala N° 883 de la ciudad de Rosario, Socio Gerente de la mencionada sociedad, responsable en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y mod.), por la infracción prima facie cometida en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos comprendidos desde 11/2014 a 07/2016,derivada de la omisión del impuesto y de la infracción a los deberes formales por omisión de presentar DDJJ del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según los establecido por los art. 78 y art. 87 del Código Fiscal vigente (T.0.2014 y mod.), correspondiendo encuadrar la conducta del responsable, en principio, como culposa- infracción material no fraudulenta, para que en el término de Quince (15) días de notificada la presente, formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Hacer saber al responsable que en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto, de acuerdo a la determinación que consta en la Planilla Anexa, que se adjunta y forma parte de la presente, presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para el responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco limitada a los aspectos fiscalizados..

ARTÍCULO 4° - Dejar expresa constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal (TO 2014 y mod.) que la presente vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 5° - Disponer que la contestación a la vista y sumario instruido deba ser presentada en la División Control de la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de la A.P.I., debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 6° - Notificar esta Resolución y su planilla anexa (3 fojas) al contribuyente GASTRONÓMICA OESTE S.R.L. con domicilio fiscal en calle Jujuy 2301 y procesal en calle San Martín 1081 Local 15, ambos en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. EDUARDO DANIEL BLANDO D.N.I. N° 14.426.249, con domicilio en calle Carp. Guatemala N° 883 de la ciudad de Rosario, Socio Gerente de la mencionada sociedad y al Síndico, C.P.N. Hugo Marcos Sáenz, responsable en virtud del artículo 26 inc. c) y d) del Código Fiscal vigente (T.O. 2014 y mod.) con domicilio en calle Riobamba N° 1349 piso 2 oficina 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

S/C 316053 Mar. 9 Mar. 13

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Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la contribuyente “Asociación Mutual de Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu”, con sede en calle Córdoba 1060 Piso 1° of. 1, de esta ciudad de Rosario, Pcia. de “Santa Fe y al Sr. Díaz Roberto Carlos, D.N.I 21.722.257, con domicilio en la calle Ituzaingó Nº 3547 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Pte. del Consejo Directivo desde 31/10/2012 hasta 22/10/2014, y al Sr. Belinky Marco Fernando, D.N.I. 7.624.688, con domicilio fiscal declarado ante esta Administración en calle Pje. Alfonsina Storni 723 piso 8 dto. “a” de la ciudad de Rosario y domicilio fiscal declarado ante la AFIP sito en calle Córdoba 1060 piso 1 oficina 1 de la ciudad de Rosario, Presidente del Consejo Directivo a partir del 23/10/2014, designados según acta de Asamblea General Ordinaria de designación del Consejo Directivo Nº 20 de fecha 31 de Octubre de 2012 y Acta de reunión de Consejo Directivo N° 168 de fecha 22 de Octubre de 2014, ambos por su carácter de presidentes de la Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu, inscripto en este organismo en el impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo la cuenta N° 021-431527-3, CUIT N° 30-64000721-0, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 1178-5/16 dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302- 0911315-7, “Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu” Rosario, 14 de Octubre de 2016.-

VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados, a la contribuyente “Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu”, con sede en calle Córdoba 1060 Piso 1° of. 1, de esta ciudad de Rosario, Inscripta en este organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el N° de cuenta 021-431527-3 por los anticipos de 01-2013 a 08-2015, para que en el término de Quince (15) días hábiles a partir de la-notificación de la presente, conforme las liquidaciones practicadas o se efectúe por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2° - Conferir vista de las actuaciones al Sr. Díaz Roberto Carlos, D.N.I. 21.722.257, con domicilio en la calle Ituzaingo 3547 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Pte. del Consejo Directivo desde 31/10/2012 hasta 22/10/2014, y al Sr. Belinky Marco Fernando, D.N.I. 7.624.688, con domicilio fiscal declarado ante esta Administración en calle Pje. Alfonsina Storni 723 piso 8 dto. “a” de la ciudad de Rosario y domicilio fiscal declarado ante la AFIP sito en calle Córdoba 1060 piso 1 oficina 1 de la ciudad de Rosario, Presidente del Consejo Directivo a partir del 23/10/2014, designados según acta de Asamblea General Ordinaria de designación del Consejo Directivo Nº 20 de fecha 31 de Octubre de 2012 y Acta de reunión de Consejo Directivo N° 168 de fecha 22 de Octubre de 2014, ambos por su carácter de presidentes de la Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu, en relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los conceptos, períodos e importes detallados en el artículo precedente, siendo responsables solidarios en virtud del art. 26 inc. d) y 28 inc. a) del Código Fiscal vigente (T.O 2014 y modificatorias), para que en el término de quince (15) de notificada la presente, conformen las liquidaciones practicadas o formulen su descargo y ofrezcan o presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Instruir sumario a la responsable citada en el artículo 1° de la presente, por la infracción prima facie, descripta por art. 91 inciso “g” del Código Fiscal vigente, correspondiendo encuadrar la conducta de la responsable, en principio, como defraudación al fisco provincial, conforme a lo previsto en el artículo 89 del Código Fiscal vigente (T.O 2014 y modificatorias), para que en el término de quince (15) días de notificada, se formule por escrito el pertinente descargo y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 4° -Instruir sumario a los responsables citados en el articulo 2do. De la presente, por la infracción prima facie, descripta por art. 91 inciso “g” del Código Fiscal vigente, correspondiendo encuadrar la conducta de la responsable, en principio, como defraudación al fisco provincial, conforme a lo previsto en el artículo 89 del Código Fiscal vigente (T.O 2014 y modificatorias), y en virtud de sus obligaciones solidarias según lo dispuesto en el art. 23, 26 inc. d) y 28 inc. a) del Código Fiscal de Santa Fe (T.O 2014 y modificatorias), para que en el término de quince (15) días de notificada, se formule por escrito el pertinente descargo y se ofrezcan o presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 5° - Hacer saber a la responsable que en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante qué surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa, que se adjunta y forma parte de la presente, presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la División Control de la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar que en caso de aceptarse la pretensión fiscal, podría gozarse de la reducción de sanción conforme a las previsiones y condiciones contenidas en el artículo 92 del Código Fiscal de Santa Fe vigente (T.O. 2014 y modificatorias)

ARTÍCULO 6° - Disponer que la contestación a la vista y sumario instruido deberá ser presentada en la División Control de la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de la Regional Rosario de A.P.I., debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones, que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán Nº 1.853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 7° - Dejar expresa constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal de Santa Fe vigente (T.O. 2014 y modificatorias), que la presente vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 8° - Notifíquese a la contribuyente Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu con domicilio fiscal en calle Córdoba 1060 Piso 1° of. 1 de la ciudad de Rosario, al Sr. Díaz Roberto Carlos, con domicilio en la calle Ituzaingo 3547 de la ciudad de Rosario, y al Sr. Belinky Marco Fernando, con domicilio fiscal declarado ante esta Administración en calle Pje Alfonsina Storni 723 piso 8 dto. “a” de la ciudad de Rosario y domicilio fiscal declarado ante la AFIP sito en calle Córdoba 1060 piso 1 oficina 1 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en su carácter de presidentes de la Asociación Mutual Empleados, Comerciantes e Industriales del Barrio de Echesortu, remitiendo copia de la presente y su planilla anexa (05 fojas).

C.P. CRISTIAN FRANCISCHETTI

Administrador

Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS



S/C 316049 Mar. 9 Mar.13

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Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente DERKOLOR S.R.L., con domicilio fiscal ante esta Administración en calle Sarmiento N° 2303 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y al Sr. Maximiliano Andrés Derevianyj, D.N.I. Nº 22.810.047, con domicilio real en calle Cochabamba Nº 317 Piso 6 Depto. 2 de la ciudad de Rosario, en su carácter de socio Gerente, responsable solidario según art. 26 inc. d) del Código Fiscal (Ley 3456 t.o. Decreto 4481/14), inscripto en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-340478-5, CUIT N° 30-70961035-6, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 1369-3/16 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0936681-8, “DERKOLOR S.R.L.”

Rosario, 14 de Diciembre de 2016.-

VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra la contribuyente DERKOLOR S.R.L., inscripta ante la Administración Provincial de Impuestos con la Cuenta N° 021-340478-5, CUIT N° 30-70961035-6, con domicilio fiscal en Sarmiento N° 2303 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y al Sr. Maximiliano Andrés Derevianyj, D.N.I. N° 22.810.047, con domicilio real en calle Cochabamba N° 317 Piso 6 Depto. 2 de la ciudad de Rosario, en su carácter de socio Gerente, responsable solidario según art. 26 inc. d) del Código Fiscal (Ley 3456 t.o. Decreto 4481/14), con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 02/2013 (desde el 19/02/2013, día posterior a la presentación en Concurso Preventivo) a 11/2015 (hasta el 20/11/2015, fecha de declaración de Quiebra), para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la-notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 2° - Instruir sumario a los responsables citados en el artículo anterior, por las infracciones materiales prima facie por ella cometidas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los anticipos 02/2013 (desde el 19/02/2013, día posterior a la presentación en Concurso Preventivo) a 11/2015 (hasta el 20/11/2015, fecha de declaración de Quiebra), derivadas de la omisión de bases imponibles e impuesto (artículo 87 del Código Fiscal Ley 3456 T.O. Decreto 4481/14) y por el incumplimiento de los deberes formales (art. 78 del Código Fiscal - Ley 3456 T.O. Decreto 4481/14 y Resoluciones Generales N° 027/2008, No 021/2014 y N° 05/2015), como consecuencia de no haber presentado las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos 10/2013, 01 a 12/2014 y 01 a 10/2015 y la falta de presentación de las declaraciones juradas anuales correspondientes a los períodos fiscales 2013 y 2014, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada, se formule por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

ARTÍCULO 3° - Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas, mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante que surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa que se adjunta y forma parte de la presente; presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar, que en el caso de aceptarse la pretensión fiscal, podría gozarse de la reducción de sanción conforme a las previsiones y condiciones contenidas en el artículo 92 del Código Fiscal Vigente(Ley 3456 T.O. Decreto 4481/14).

ARTÍCULO 4° - Disponer que el descargo a la vista y el alegato de defensa y/u ofrecimiento de pruebas al sumario instruido, deberán ser presentados en la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I., debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán ?1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 5° - Dejar constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal (Ley 3456 T.O. Decreto 4481/14), que la presente vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

ARTÍCULO 6° - Notificar esta resolución y su Planilla Anexa (1 foja) a DERKOLOR S.R.L. con domicilio fiscal en calle Sarmiento N° 2303 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al Sr. Maximiliano Andrés Derevianyj, D.N.I. N° 22.810.047, con domicilio real en calle Cochabamba N° 317 Piso 6 Depto. 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socio Gerente, responsable solidario según art. 26 inc. d) del Código Fiscal (Ley 3456 t.o. Decreto 4481/14), y al Síndico de te Quiebra C.P.N. Hugo A. Beldoménico, responsable en virtud del art. 26 inc. c) del Código Fiscal (Ley 3.456 t.o. Decreto 4481/14), con domicilio en calle Riobamba ?1888 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


S/C 316048 Mar 9 Mar. 13

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Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente YAHG ZHIXIA, con domicilio fiscal en calle 27 de Febrero Nº 3059 y en calle Lamadrid 3 Bis, ambos domicilios de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, que se encuentra inscripto ante el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Cuenta Nº 021-396123-7, CUIT Nº 23-94317660-4, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 005-5/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0864640-1, “YAHG ZHIXIA”

Rosario, 03 de Enero de 2017.-

VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 1135-0/15, al contribuyente YAHG ZHIXIA, D.N.I. N° 94.317.660.-, con domicilio fiscal en calle 27 de Febrero 3059, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-396123-7, C.U.I.T. N° 23-94317660-4, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados al contribuyente YAHG ZHIXIA, D.N.I. N° 94.317.660.-, con domicilio fiscal en calle 27 de Febrero 3059, de la ciudad de Rosario, de la Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 021-396123-7, C.U.I.T. N° 23-94317660-4 por los anticipos 01/2012 a 02/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar al contribuyente YAHG, ZHIXIA, D.N.I. N° 94.317.660.-, las penalidades previstas en las Resoluciones Generales N° 020/14, 021/14 y 05/2015, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Requerir al Sr. YAHG ZHIXIA, D.N.I. No 94.317.660.- dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 99 del Código Fiscal (T.O. 2014) el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los artículos anteriores, sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término, por los conceptos y períodos determinados en los arts. 1 y 2 de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 3° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al contribuyente YAHG ZHIXIA, D.N.I. N° 94.317.660.- en el domicilio fiscal en calle 27 de Febrero 3059 y en Lamadrid 3 Bis, ambos de la ciudad de Rosario de la Provincia de Santa Fe.-

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


S/C 316062 Mar 9 Mar 13

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NOTIFICACIÓN DE PRE-VISTA


Razón Social: IRBIS KEY S.R.L.

Domicilio Fiscal: Entre Ríos 1940 - Rosario, Santa Fe.

N° de Cuenta Impuesto sobre los Ingresos Brutos: 921-391505-0.

C.U.I.T.: 30-71137280-2.


Para verificar el cumplimiento dado a las leyes de gravámenes cuya recaudación está a cargo de esta Administración Provincial de Impuestos en fecha 26/12/2016 se notificó la emisión de una Orden de Intervención, mediante Expediente N° 13302-0913636-5, de cuyas actuaciones surgen diferencias a favor del Fisco Provincial y a favor de la contribuyente, las que han sido compensadas según Cuadro de Compensación que se acompaña en 7 (siete) fojas. Por lo tanto se notifica que dentro del plazo de quince (15) días de recibida la presente, proceda a ratificar o rectificar el Ajuste de Inspección por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 09/2015, según consta en 1 (una) hoja de trabajo adjunta a la presente (Anexo A).

En caso de ratificar la hoja de trabajo, deberá presentar las Declaraciones Juradas rectificativas de dicho Impuesto e ingresar el saldo resultante con más los intereses resarcitorios correspondientes.

Asimismo deberá ingresar la Multa por Omisión prevista en el Art. 87 del Código Fiscal (Ley 3.456, t.o. Decreto 4.481/2.014) y las Multas por Infracción a los Deberes Formales conforme se detalla en el Anexo B adjunto.

Se le hace saber de la reducción de las sanciones previstas en el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3.456, t.o. Decreto 4.481/2.014).

En caso de no ratificar la hoja de trabajo adjunta, se solicita aporte la documentación respaldatoria de ello, haciéndole saber que, de no obtenerse respuesta en el plazo estipulado, se iniciará el trámite de Determinación de Oficio establecido por los artículos 66 y siguientes del Código Fiscal vigente, debiendo dirigirse a ésta Dirección para cualquier consulta.

Dirección de Fiscalización Externa Nº IIIRosario, 2 de Febrero de 2017.

C.P.N. Leandro Graziola

Inspector

C.P.N. Darío C. Ortega

Supervisor General

C.P.N. Daniel R. Vizueta

Director

Dirección de Fiscalización Nro. 3

Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 316064 Mar. 9 Mar. 13

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Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente ALDEA S.A., con domicilio fiscal en calle Córdoba Nro. 1452, 2do. Piso, Oficina E, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 921-752638-1, CUIT N° 30-58197714-6, y al Sr. Alberto Constantino BANEGAS, Presidente del Directorio, D.N.I. N° 12.113.663, con domicilio en Pasaje Colibrí 171 Bis, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe; por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la (Ley 3456 y modificatorias- t.o. Decreto N° 4481/14), la Resolución N° 1417-3/16, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0856305-0 “ALDEA S.A.”

Rosario, 21 de Diciembre de 2016.-

VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 1251-1/15 a la firma ALDEA S.A., con domicilio fiscal en calle Córdoba 1452 Piso 2° Oficina E de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en este Organismo al Régimen de Convenio Multilateral bajo Cuenta N° 921-752638-1, CUIT N° 30-58197714-6 y al Sr. ALBERTO CONSTANTINO BANEGAS, D.N.I. N° 12.113.663.- en su carácter de Presidente del Directorio, con domicilio real en Pasaje Colibrí 171 Bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y por los períodos 07 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 04/2014, por la presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en lo referido al Impuesto sobre los Ingresos. Brutos.

ARTÍCULO 2°: Determinar reajustes impositivos a la firma ALDEA S.A., C.U.I.T. N° 30-58197714-6, en su carácter de contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los anticipos 07 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 04/2014, intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014 según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Aplicar a la firma ALDEA S.A., CUIT 30-58197714-6 las penalidades previstas en los Art. 78 y 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) y Resoluciones Generales N° 020/14 y 021/14, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución”.

ARTÍCULO 4°: Requerir a la firma ALDEA S.A., dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 99 Código Fiscal vigente (T.O. 2014) el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los artículos anteriores, sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y de hacer efectivo el apercibimiento previsto en el art. 28 inc. a) Código Fiscal T.O. 2014 respecto del Sr. ALBERTO CONSTANTINO BANEGAS, Presidente del Directorio, D.N.I. 12.113.663.-, por los conceptos y períodos determinados en los artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 5°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal T.O. 2014.

ARTÍCULO 6°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (t.o. 2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 8°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 9°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la firma ALDEA S.A., con domicilio fiscal en calle Córdoba 1452 Piso 2° Oficina “E” de la ciudad de Rosario, y al Sr. ALBERTO CONSTANTINO BANEGAS, Presidente del Directorio, D.N.I. 12.113.663.-, con domicilio fiscal en Pasaje Colibrí 171 Bis, ambos de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS


S/C 316047 Mar. 9 Mar. 13

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