JUZGADO FEDERAL
El Juzgado Federal Nº 1 Secretaría Civil y Comercial, sito en calle 9 de Julio N° 1693 de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/OJEDA, Hugo Hernán s/ Ejecuciones varias - Expte. 5594/2014”, se ha ordenado citar al Sr. Hugo Hernán Ojeda DNI 33.808.951, con domicilio en calle Antonio Belotti N° 2672 de la ciudad de San Justo de la provincia de Santa Fe en los términos del art. 542 del CPCCN por edictos por única vez en el BOLETIN OFICIAL y Diario El Litoral, a los fines de intimar de pago y citar a la demandada a oponer excepciones dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de dar intervención a la Sra. Defensora Oficial. Fdo. Reinaldo R. Rodríguez - Juez Federal. Fdo. María Victoria Darsaut, secretaria.
S/C 254523 Mar. 9
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El Juzgado Federal Nº 1 Secretaría Civil y Comercial, sito en calle 9 de Julio Nº 1693 de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/OJEDA, Hugo Hernán s/Cobro de pesos Sumas de dinero - Expte. 5589/2014”, se ha ordenado citar al Sr. Hugo Hernán Ojeda DNI 33.808.951, con domicilio en calle Antonio Belotti Nº 2672 de la ciudad de San Justo de la provincia de Santa Fe en los términos del art. 343 y sgtes. del CPCCN por edictos por dos días en el BOLETIN OFICIAL y Diario El Litoral, a los fines de correr traslado de la demanda e intimar al demandado para que comparezca en autos dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial. Fdo. Reinaldo R. Rodríguez - Juez Federal. Fdo. María Victoria Darsaut, secretaria.
S/C 254522 Mar. 9 Mar. 10
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “DE LA VITTA, SEBASTIAN LEOPOLDO s/QUIEBRA” (CUIJ Nº 21-01959559-2, Año 2015) se ha dispuesto: “Santa Fe, 02 de Marzo de 2015.-.- AUTOS Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Declarar la quiebra de SEBASTIAN DE LA VITTA, D.N.I. N° 29.488.265, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle San Lorenzo 907 de la Ciudad de Laguna Paiva y legalmente en calle 9 de Julio 2238, Piso 2, Oficina 261 de esta ciudad, 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes.- 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces.6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico.- 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (13/07/15). ... 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 04/03/15 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 13/04/15, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación.- 14) Fijar el día 28/04/15 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.- 19) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese- Notifíquese. Firmado: Dr. Daniel Alonso (Juez) - Dra. Silvia Zabala de De la Torre (Secretaria).-
S/C 254485 Mar. 9 Mar. 13
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Por orden del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “MARQUEZ, JUAN CARLOS s/QUIEBRA”, Expediente N° 377, Año 2011, de trámite ante el juzgado indicado, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer la presentación del informe final y proyecto de distribución y su reformulación, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 218 de la LCQ; como así también la regulación de los honorarios practicada a la Sindicatura por la suma de $ 16.530,24 y al apoderado del fallido en $ 7.084,38. El decreto que ordena la publicidad expresa: “Santa Fe, 10 de febrero de 2015. Por presentado proyecto de distribución reformulado. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 218 de la L.C. Q. Notifíquese; Firmado: Dr. Daniel Fernando Alonso, Juez; Dra. Silvia B. Zabala de De la Torre, Secretaria. Santa Fe, febrero de 2015.
S/C 254568 Mar. 9 Mar. 10
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y laboral N° 18, de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “CARPIO, DARIO LUIS s/Quiebra” Expte. 315 Año 2012, en fecha 23 de Octubre de 2014, Se ha dispuesto la publicación de edictos en el diario de publicaciones legales, haciendo conocer la presentación del informe final y proyecto de distribución. Como lo solicita, publíquese los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la ley concursal.- Notifíquese. Publicándose a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. -Firmado. Dra. Laura M. Alessio, Jueza; Dra. María Alejandra Gioda. Secretaria.- San Justo, 18 de Febrero de 2015.
S/C 254572 Mar. 9 Mar. 10
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de San Javier Distrito N° 20, en los autos caratulados “GORONDON MARCELA VIVIANA s/Quiebra” (Expte. No 94; Año: 2.014) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de San Javier Distrito N° 20, se ha ordenado: 1) Declarar la quiebra de Gorondon, Marcela Viviana, argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 26.967.652, con domicilio real en calle calle B° El Once Sur y constituyendo domicilio procesal en calle Nicasio Oroño 2354, ambos de la ciudad de San Javier. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. de la designación del mismo, los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionadas con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 27 de abril de 2015 (o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado). Fdo. Dra. Lilian Insaurralde (Jueza) Dra. Silvina Demboryniski (Secretaria). San Javier, 18 de Febrero de 2015.
S/C 254531 Mar. 9 Mar. 13
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial 6° Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados CANO ANTONIO HILARIO s/Sucesorio (CUIJ 21-00933800-1); se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de ANTONIO HILARIO CANO, M 8.323.209, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, y se exhibe en los Estrados de este Tribunal. Secretaría, Santa Fe, 19 de febrero de 2015. Silvina Zabala de de la Torre, secretaria.
$ 45 254482 Mar. 9 Mar. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ADOLFO PABLO LAGO, DNI 6.217.716, Autos caratulados “LAGO ADOLFO PABLO s/SUCESORIO” E. 21-01957021-2 Año 2.014, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que, se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Fdo: Dra. Benitez, (secretaria) Santa Fe, 25 de Febrero de 2015.
$ 45 254513 Mar. 9 Mar. 20
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMECIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 11 de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña Adriana María Santo, DNI 12.740.981, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en los caratulados: “SANTO, ADRIANA MARIA s/SUCESORIO” (Expte. 34/2015). Daniela G. Piazzo, secretaria.
$ 45 254515 Mar. 9 Mar. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, dentro de los autos caratulados “BOGGINO BELDIZ CLEIDE MARGARITA s/SUCESORIO” Nº 1636 - Año 2014, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Beldiz Cleide Margarita Boggino, LC 2.083.639, con ultimo domicilio en calle Guido Spano 560 de Canos Pellegrini (Sta. Fe) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publicarán a sus efectos legales en el Boletín Oficial. San Jorge, a los 20 días del mes de Febrero de 2015. Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria.
$ 45 254456 Mar. 9 Mar. 20
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial nº 10 de San Cristóbal, hace saber que en los autos caratulados Exp. 525/2011: MAFRISAN SRL s/PEDIDO DE QUIEBRA, se ha presentado el informe final y el proyecto de distribución (art. 218 LC y Q), habiéndose regulado los honorarios de los profesionales intervinientes: CPN Eduardo Pablo Diedic en la suma de $ 42.553.13 y Dr. Aníbal Gerardo Caula $ 28.368.75, lo que se publica a los efectos previstos en el art. 218 LC y Q.
A los efectos previstos en la norma citada, y conforme lo ordenado por el Juzgado se transcriben a continuación el Informe Final presentado, las cifras generales del Proyecto de Distribución, así como también el detalle de los dividendos concúrsales obrantes en los Anexos correspondientes:
Señor Juez:
Eduardo P. Diedic, síndico designado en estos caratulados “ MAFRISAN S.R.L. s/pedido de quiebra Exp. 525/2011, ante VS comparezco y digo:
I.- Que, habiéndose liquidado los bienes de la fallida e integrado el saldo de precio, resulta éste el momento procesal oportuno para presentar el informe final y proyecto de distribución de bienes previstos por el art. 218 LC y Q
II.- Siguiendo el orden propuesto por la norma mencionada, y remitiendo, en lo que corresponda a las actuaciones obrante en autos, señalo que
1) El Informe Final
Como es de conocimiento de VS el presente proceso se inició en 01/07/2011, fecha en que diversos acreedores laborales solicitaron la declaración de quiebra de Mafrisan SRL
Corridos los traslados pertinentes, la quiebra fue declarada en fecha 12/12/2011. El suscripto fue designado en fecha 20/12/2011 y aceptó el cargo, una vez notificado el 01/02/2012
2) Rendición de cuentas
Inmediatamente después de haber asumido la administración y representación legal de la fallida como consecuencia de la declaración de quiebra, la sindicatura procedió a realizar las siguientes gestiones:
2.1) Conservación y custodia de los bienes de la fallida
Incautación de bienes
Una vez decretada la quiebra de la fallida, se procedió a la incautación de los bienes de la fallida practicando el inventario de los mismos el día 24/4/2012, según constancias agregadas en autos en fecha 26/4/2012 por la oficial de justicia actuante
2.2) Guarda, conservación y custodia de bienes incautados.
Atento a la naturaleza de los bienes incautados (inmuebles y algunos bienes de uso en mal estado y en desuso), se designó depositario de los últimos al Sr. Paniagua quien impuesto de sus deberes y responsabilidades, aceptó el cargo
2.3) Correspondencia de la fallida
Se procedió a la recepción y apertura de la correspondencia interdicta de la fallida, clasificando la misma según su origen y objeto. Se contestaron las de carácter comercial y fiscal que las circunstancias aconsejaban (requerimientos impositivos, reclamos de pago de deudas, etc.)
2.4) Expediente principal e incidentes:
Se diligenciaron oportunamente los oficios ordenados, según constancias agregadas en autos
Atento a diversas cuestiones planteadas en autos, que motivara la falta de publicación de edictos en tiempo y forma, el suscripto solicitó y VS recepto favorablemente, la prorroga de las fechas correspondientes al periodo informativo a desarrollarse en autos
Se evacuaron en tiempo y forma las vistas y traslados, corridos a esta sindicatura tanto en este expediente principal, como en el único incidente promovido en autos (incidente de revisión promovido por AFIP- exp. 65/2013, actualmente en la Alzada)
Presentados lo informes individuales de los créditos (art. 35 LC y Q), el consejo de la Sindicatura fue receptado favorablemente por el Tribunal en la resolución art. 36 LC y Q. Asimismo, se presento en tiempo y forma el informe general previsto por el art. 39 LC y Q.
2.5) Documentación y libros de la fallida.
Tal como se mencionara en la oportunidad de la diligencia de incautación y desapoderamiento de los fallidos, no se Incautaron papeles y/o documentación relativos a la actividad de los mismos
3.-) Realización de los bienes:
Incautados los bienes, se designó martillero para enajenar el activo falencial, quien aceptó el cargo en fecha 29/3/2012
Diligenciados los informes previos y cumplimentadas las constataciones y demás tareas previas, en fecha 13/11/2013 se realizó la subasta de los inmuebles
Según constancias agregadas en autos por la martillera martillero interviniente, y conforme al detalle obrante en el Anexo I de este informe, la subasta de los bienes alcanzó a la suma total de $ 555.000. Deducidos los gastos de la misma, por $ 3.810.29 según liquidación practicada en fecha 22/11/2013 y aprobada en autos, el producido neto de la misma alcanzó a $ 551.569.71, que se encuentran depositados en la cuenta judicial 7503/5 abierta a nombre de las presentes y a la orden de este Juzgado. Se acompaña informe de saldos que acredita la existencia de dicha suma en la cuenta. Por otra parte, ante la mora en el la integración del saldo de precio por parte del adquirente, el suscripto propuso la liquidación de intereses que fue receptada favorablemente por VS.
Intimado el adquirente depositó la suma de $ 5.726.69. Consecuentemente, el importe total obrante en la cuenta judicial alcanza a $ 556.916.69
4) Fondos de la quiebra
La totalidad de los fondos disponibles para ser distribuidos en autos se encuentra depositada en la cuenta judicial mencionada en el apartado anterior y cuyo saldo asciende a $ 556916.69
11.- REALIZACION DE BIENES
Tal como resulta de las constancias obrantes en autos, y según se detalla en el ANEXO I que se agrega a este INFORME y deberá considerarse parte integrante del mismo, el total de la liquidación de bienes (precio neto) alcanza a la suma de $ 560.726.69 según detallo
Resultado subasta 555.000,00
Intereses pagados por adquirente 5.726,69
Total liquidación de bienes 560.726,69
Deducidos los egresos habidos durante el proceso (Gastos del Concurso ya pagados según se detalla en el Anexo II), arroja un remanente líquido de $ 556.916.69 (según se detalla en el apartado 3 y 4) anteriores.
III. ENUMERACION DE BIENES NO ENAJENADOS Y CREDITOS NO COBRADOS
Queda sin realizar un lote de bienes de uso en mal estado, conforme se detallara en el acta de la oficial de justicia actuante que obra agregada a las presentes
IV.- PROYECTO DE DISTRIBUCION.
IV.-1) De conformidad con lo dispuesto por el inc. 4°) del primer párrafo del art. 218 LC y Q, se agrega a continuación el PROYECTO DE DISTRIBUCION DE FONDOS, según las rendiciones de cuentas practicadas en autos.
IV.2) Destaco a VS y a los señores acreedores que en la presente liquidación se cancelarán los Gastos de Justicia - art. 240 LC y Q (Anexo II), y los créditos con privilegio especial que en el caso corresponde a la Administración Provincial de Impuestos por el capital de impuesto inmobiliario (art. 241 inc. 3 LC y Q) Anexo III
IV.3) Respecto de los créditos laborales admitidos con privilegio especial, señalo que los únicos bienes liquidados son inmuebles. Consecuentemente, el privilegio no tiene asiento. Nótese en tal sentido que el privilegio especial establecido en el art. 241 inc. 2 sólo recaen sobre maquinarias, muebles y máquinas ubicadas en el establecimiento donde prestaron servicios
IV.4) Y respecto de tales créditos laborales, también señalo que en atención a lo dispuesto por el art. 247 LC y Q. insumirán la totalidad de los fondos remanentes, cancelándose parcialmente y a prorrata, conforme se detalla en el Anexo IV que se agrega al presente
IV.5) Así, quedarán totalmente insolutos los créditos con privilegio general (Art. 246 LC y Q) y los quirografarios (art. 248 LC y Q)
A título informativo, se detallan los mismos en el Anexo V que se agrega al presente
IV.6 En mérito a las consideraciones expuestas, se somete a consideración de VS el siguiente PROYECTO DE DISTRIBUCION
1 Activo realizado s/Anexo I 560.726,69
Menos
2 Gastos de justicia pagados (Anexo II # I) - 3.810,29
Más
3 depósito en exceso martillera 0,29
Saldo disponible para distribuir s/informe
5 de 556.916,69
saldo bancario acompañado
Menos
4 Créditos con privilegio especial Anexo III - 50.560,00
5 Remanente 506.356,69
Menos
6 Gastos de Justicia a pagar (Anexo II #4) - 17.571,85
7 Remanente 488.784,84
8 Créditos laborales - Anexo IV -488.784,84
9 Remanente 0,-
V.- PETITORIO:
Por todo lo expuesto, de VS solicito:
1) Tenga por presentado el Informe prescripto por el art. 218 LC y Q
2) Por acompañada los Anexos y la documental mencionados en este escrito
3) Siendo este el momento procesal oportuno (cfr. art. 218, art. 265 inc. 4° y 267 LC y Q), se practiquen las regulaciones de honorarios tomando como pauta, según lo dispuesto por el art. 267 LC y Q, el activo total realizado de $ 560.726.69 (detallado en Anexo I que se agrega al presente), a fin de que una vez firmes las mismas, se proceda conforme con lo dispuesto por el último párrafo in fine del art. 218 LC y Q. A los efectos que hubiere lugar, se agregan las constancias inscripción ante AFIP del suscripto y del apoderado peticionante de la quiebra
4) Se ordene la remisión de los autos a la Alzada, a los fines previstos por el art. 272 in fine LC y Q.
5) Se ordene publicar edictos por dos días en el boletín Oficial haciendo conocer la presentación de este Informe, del Proyecto de Distribución y las regulaciones de honorarios (art. 218 LC y Q).
6) Como se solicita en 1.5.2) anterior, se oficie al Nuevo Banco de Santa Fe SA, a los efectos de unificar las cuentas correspondientes a estos actuados
PROVEER DE CONFORMIDAD SERA JUSTICIA
ANEXOS - DETALLE
Activo liquidado Anexo I
I Subasta 13/11/2013
1.1 Inmueble - Dom. Tomo 145
P f° 428 n° 31898 510.000,00
1.2 Inmueble-Dominio Tomo 169
Imp fº 107 3999 45.000,00
Total Subasta 555.000,00
II Intereses por pago fuera de término 5.726,69
III Total activo realizado 560.726,69
GASTOS DE JUSTICIA Anexo II
I Gastos de justicia va pagados
Gastos de la subasta, s/liquidación del
22/11/2013 aprobada en autos 3.810,29
Total Gastos de Justicia ya pagados 3.810,29
II Gastos de Justicia a pagar
II,1 Aranceles art. 32 LC y Q
AFIP 50,00
AGRONORTE SEMILLAS
SUSANA M. GOLLE 50,00
API 50,00
AVALLE HNOS SOC. HECHO 50,00
CAULA ANIBAL
PONCE ARAGON ROBERTO 50,00
HIJOS DE CELESTINO SPAHN 100,00
LORENZON GUSTAVO 50,00
PARACHU MARCO, MARCELO 50,00
PAUTASSO HERNAN 50,00
PAUTASSO JORGELINA 50,00
PAUTASSO MARCELO 150,00
PONCINO, LILIANA, - MENEGHINI,
MARIA G 50,00 750,00
II.3 Reposiciones fiscales
Tasa de justicia 2,4% s/activo
realizado $ 560726,69 13.457,45
Tasa de actuación: 25%
del anterior 3.364,36 16.821,81
II.4 Total Gastos de justicia a pagar 17.571,81
III Total Gastos de Justicia (I + II.4) 21.382,10
FALTAN CUADROS
Para mayor recaudo se transcriben la resolución que ordena la presente publicación: “San Cristóbal, 2 de julio de 2014: Téngase presente el Informe Final y proyecto de distribución acompañado por la Sindicatura conforme lo previsto por el art. 218 de la ley de concursos y quiebras. Del calculo de los topes mínimos regulables, 4% del activo realizado y tres sueldos de Secretarios, así como también del monto máximo 12% del activo realizado (pautas establecidas por el art. 267 de la ley 24522) , se concluye que en este caso los tres sueldos de Secretario de Primera Instancia superan el 12% del activo liquidado, debiendo aquel tope conforme a lo establecido por la Jurisprudencia respecto a los honorarios en las quiebras liquidadas (C. Apel. Civ. y Com. Rosario, en pleno, 05/08/1998 L. Litoral 1992-2-296). Por ello siendo la masa regulable el equivalente a tres sueldos de Secretario de Primera Instancia los que a la fecha ascienden a la suma de $ 70.921.89, regúlense los honorarios profesionales del CPN Eduardo Pablo Diedic en la suma de (pesos cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y tres con trece centavos ($ 42.553.13). Regúlense los honorarios profesionales del Dr. Aníbal Gerardo Caula en la suma de pesos veintiocho mil trescientos sesenta y ocho con setenta y cinco centavos ($ 28.268.75). Requiérase a los mencionados profesionales acompañen constancias de inscripción ante la AFIP. Córrase vista a las cajas respectivas. Oportunamente y en estado, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones, sirviendo este proveído de atenta nota de remisión (art. 272 de la ley 24522). Hágase conocer el Informe final y Proyecto de Distribución presentado en la fecha, como así también el presente proveído, con transcripción íntegra de las mencionadas actuaciones, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado, pudiendo la fallida y los acreedores formular observaciones dentro de los diez días siguientes a la última publicación, bajo apercibimientos de ser aprobado, en caso de corresponder y proceder conforme lo dispone el art. 221 de la ley 24522. Asimismo y teniendo en cuenta la suscr5ipta que del informe Gral. y de las constataciones de bienes efectuadas previos al remate que el activo falencial se integra con bienes muebles, requiérase al Sr. síndico proponga a este juzgado la forma más conveniente de realización de los mismos en el término de cinco días y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado: Gutscrer (Juez)) Ruiz Díaz (Secretario). San Cristóbal, 29 de Diciembre de 2014.
S/C 254570 Mar. 9 Mar. 10
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Tercera Nominación en autos caratulados: “Unión Agrícola Avda. Coop. Ltda. c/Zaragüeta Gaspar s/Juicio Ejecutivo” Expte. Nº 1660/2010, ha dispuesto lo siguiente:” Reconquista, 12 de setiembre de 2014. Atento a la constancias de autos y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados declárese rebelde al demandado Gaspar Zaragüeta. Notifíquese. Firmado: Dra. María Martina Ballario, secretario. Dra. Margarita A. Cismondi, Jueza. Reconquista, 25 de Noviembre de 2014.
$ 33 254533 Mar. 9 Mar. 11
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial Segunda Nominación de Reconquista (Sta. Fe) en autos caratulados: JONES, GLADIS AVIDAY c/GONZALEZ, ADEMAR s/JUICIO ORDINARIO DE ESCRITURACION” (Expte. Nº 168/2013) el Sr. Juez ha dictaminado lo siguiente: “Reconquista, 02 de diciembre de 2014.- Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: hacer lugar a la demanda de escrituración y en consecuencia condenar al demandado a escriturar a favor de la actora el inmueble de figuración de autos, bajo apercibimiento de otorgar dicho acto el suscripto en su nombre y a su costa, salvo que fuere de cumplimiento imposible; con costas. Honorarios oportunamente. Notifíquese, agréguese y archívese”.- Fdo. Dr. Carlos Manuel Agustini (Juez) Dra. Celina Alloa Casale (Secretaria). Reconquista, 20 de febrero de 2.015.-
$ 33 253950 Mar. 9 Mar. 11
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Tercera Nominación en autos caratulados: SANDRIGO AROLDO s/SUCESORIO Expte. Nº 489 año 2014 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios del señor Sandrigo Aroldo, D.N.I. Nº 10.063.640, domiciliado en Lanteri, Dpto. Gral. Obligado (SF), a fin de que comparezcan en autos, a hacer valer sus derechos. Reconquista, 05 de Diciembre de 2014. María Martina Ballario, secretaria.
$ 45 254532 Mar. 9 Mar. 20
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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. N° 4 Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación en autos caratulados: “Cossa Osvaldo Juan y otros s/Sucesorio” Expte. Nº 265 Año 2014 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de los señores COSSA OSVALDO JUAN LE N° 2.444.603, CASAIS DIAZ ESCOLARIA ERNESTINA DNI Nº 6.449.144, ambos domiciliados en Calle General López N° 253 de la ciudad de Reconquista, (SF) a fin de que comparezcan en autos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Reconquista, 30/12/2014. Patricia Vanrrell, secretaria.
$ 45 254530 Mar. 9 Mar. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 4, Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Tercera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de don Ortiz, Nicanor y Díaz, Isabel, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: “ORTIZ, NICANOR y OTROS s/ Sucesorio” (Expte. Nro. 548/2014), Fdo. Dra. Marina Ballario-Secretaria. Reconquista, 19 de Febrero de 2015.- María Martina Ballario, secretaria.
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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del señor José Manuel Lebus, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: “ZAPATA, MARIA ESTELA y OTRO s/SUCESORIO” (Expediente N° 874, Año 1995). Firmado: Patricia Vanrrell; Abogada-Secretaria.- Reconquista, 26 de Febrero de 2015.
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo dé la Tercera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Vargas Leoncio, para que comparezcan y hagan valer sus derechos en autos: “VARGAS LEONCIO s/SUCESORIO” (Expte. Nº 411/09). Fdo. Dr. Esteban Montyn- Secretario.- Reconquista, 12 Agosto de 2010.- Esteban R. Montyn, secretario.
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