JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA
POR
ENRIQUE G. CARBAJO
Por disposición del
Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 8ª
Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría del autorizante, en autos:
“COMUNA DE LA PENCA Y CARAGUATÁ c/Otros s/Apremio”, Expte. N° 703/08, el
martillero público Enrique G. Carbajo (C.U.I.T. 20-14558201-7), procederá a
vender en pública subasta el día 15 de marzo de 2010, a las 11 horas, o el día
hábil siguiente a la misma hora si aquel resultara inhábil, en el Juzgado
Comunal de Gobernador Crespo, con la base de $ 48,87 (A.F.). En caso de no
haber postores, después de esperar un tiempo prudencial y de su ofrecimiento,
se reducirá la base en un 25% ($ 36,65) y si a pesar de la reducción y
transcurrido otro tiempo prudencial no se presentaren postores, saldrá a la
venta sin base y al mejor postor: Un Inmueble ubicado en calle pública s/n de
la localidad de La Penca. Inscripto en el Registro General de Propiedades al N°
1343 F° 47 T° 98 Impar Dpto. San Justo y con la siguiente descripción: “un lote
de terreno de su propiedad, con todo lo clavado, plantado, edificado y adherido
al suelo, siendo parte de una fracción mayor, comprendido dentro del lote 32 de
la Colonia La Penca, Dpto. San Justo, Pcia. de Santa Fe, de acuerdo al plano
confeccionado por el Ing. don Héctor C. Scotta, e inscripto en el Depto
Topográfico de la Pcia. de Santa Fe, bajo el N° 24783, designado como lote “B”
y se compone de las siguientes medidas, superficies y linderos: 20 m de frente
al Sud, por 50 m de fondo, o sea una superficie de 1000 m2 y linda: al Norte y
Este, Julián Spinetta; al Sud, calle sin abrir y al Oeste, parte con José M.
Gómez y parte con Andrés F. Moreno, todo de acuerdo al referido plano”.
Registro: dominio a nombre del demandado Hipoteca no registra. Inhibiciones no
informa. Embargos: N° 089463 estos autos $ 853,38 12-8-08. Informan: A.P.I.,
partida 060600-026164/0003-4 $ 373,94; Comuna $ 1.130,54. Constatación: “
procedo a constatar que se trata de un terreno baldío, libre de ocupantes y sin
ningún tipo de construcción, estando el mismo totalmente desocupado”.
Condiciones: El comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% a cuenta
del precio con más el 3% de la comisión del martillero en dinero efectivo. El
saldo del precio deberá ser abonado al aprobarse la subasta. Hágase saber al
adquirente que estarán a su cargo los impuestos, tasas, y demás contribuciones
que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de aprobación de la subasta.
Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 2 de
Marzo de 2010. Elio F. Alvarez, secretario.
S/C 93603 Mar. 9 Mar. 15
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