TURISMO Y SERVICIOS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Dentro de los autos Turismo y Servicios S.R.L. s/Transferencia de Cuotas Expte: 2784/08; se ha ordenado publicar que por auto Nº 2020 de fecha 01/08/08 dictado por el Juzgado Civil y Comercial de la 4ª. Nominación de Rosario en los autos caratulados "REYS HORACIO s/QUIEBRA" Expte: 2014/01, se ha aprobado la transferencia de la cuotas sociales perteneciente al Sr. Horacio Reys que detentaba en la sociedad "Turismo y Servicios S.R.L.". La resolución manifiesta: " Aprobar la oferta realizada en autos y consecuentemente con ello adjudicar las cuotas sociales de la sociedad Turismo y Servicios S.R.L., a favor de Germán Roberto Paternó, D.N.I. 28.565.613. Rosario, 25 de Febrero de 2009.
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ESKEL S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 1ra. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de Santa Fe, ha ordenado la siguiente publicación: Por Expediente Nro ...../2008, conforme a la Asamblea Extraordinaria de fecha 27/05/2008. Eskel S.A. tramitada por ante la IGPJ por Exp. Adm. N° 60463/08 aprobado por Resolución Nº 620/08 y a los efectos de su inscripción en el R.P. de Comercio, se publica por el término de ley.
1) Aumento del capital social en la suma de $ 2.442.000.- Totalmente suscripto e integrado por capitalización del saldo de la cuenta Aportes Irrevocables en la suma de $ 2.181.663,73 y parte del saldo de la cuenta Resultados No Asignados de $ 260.336,17.
2) Se redactó un nuevo Texto Estatutario Conformado: *Denominación: Eskel S.A. *Domicilio Social : calle Brown Nro. 1051 de la localidad de Carlos Pellegrini - Prov. de Santa Fe *Objeto Social: Tiene por Objeto: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades:
I) Referidas al Agro: a) La producción agropecuaria mediante la explotación de campos propios, de terceros y/o asociados a terceros, dedicados a la explotación de agricuItura, ganadería forestación, fruticultura, hortalizas floricultura, apicultura, aves, animales de cautiverio; la cría e invernada, mestización y cruza de animales de todo tipo; la explotación de tambos, la producción de semillas originales e híbridas; multiplicación de semillas originales (semilleros) de oleaginosas, legumbres, cereales y forrajeras. b) la compra-venta de cereales, oleaginosas, legumbres y sus subproductos; semillas y envases; su acondicionamiento, acopio, limpieza y transporte, ya sea por cuenta propia y/o de terceros. c) La compra-venta, producción distribución y representación de productos químicos para el agro, nutrientes, fertilizantes y sus subproductos y derivados. d) La compra-venta, producción, distribución y representación de productos medicinales para veterinaria e instrumentales de medicina veterinaria, para todo tipo de animales. e) La compra-venta, distribución y representación de maquinarias e implementos agrícolas de todo tipo.
II) Servicios: La prestación de servicios técnicos, administración y ejecuciones integrales referidos a empresas agropecuarias, fertilización de suelos, arada, siembra, fumigaciones y cosecha; elaboración de reservas forrajeras; cría y/o invernada de ganado de todo tipo y especie, prestados con maquinarias y herramientas propias o de terceros.
III) Mandatos: Realizando toda clase de operaciones sobre representaciones, comisiones, administraciones y mandatos, de personas físicas y/o jurídicas nacionales y/o extranjeras para uso por sí o contratados por terceros tanto en el país como en el exterior, de todos los items detallados precedentemente en las condiciones que autoricen las leyes en vigencia.
IV) Financieras: La realización de aportes e inversiones de capital propio en sociedades por acciones, constituidas o a constituirse, cualquiera sea su objeto, en forma accidental o continuada dentro de los marcos legales, dar y tomar dinero en préstamo con o sin garantías, constituyendo prendas de todo tipo o demás derechos reales, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por la que se requiera el concurso público de dinero y las limitaciones que fija el Art. 31 de la ley 19550.
V) Relacionado con las actividades antes enunciadas, podrá intervenir en licitaciones y/o concurso de precios públicos y/o privados; así como importar y exportar todo lo necesario para su cumplimiento
* Plazo de Duración: 99 años a contar desde la inscripción en el R.P.Com. (es decir hasta el 12 de abril de 2099)
* Capital Social: La suma es de $ 2.466.000.-representado por 2.466.000 acciones Ordinarias - Nominativas No Endosables de $ 1.- v/n. c/u. totalmente suscripto e integrados.
* Administración: Directorio, los designa la Asamblea de 1 a 5 miembros titulares. Debe designar igual o menor número de suplentes. Duración tres ejercicios.-Fiscalización: Se prescinde de la sindicatura Art. 55 de la Ley 19550).
* Organización de la Administración: Poder de firma: La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio.- Cuando se designare Presidente y Vicepresidente ambos asumirán la representación legal de la sociedad, pudiendo actuar en forma personal e indistinta cualesquiera de ellos, todo conforme al Art. 268 de la ley 19550.
* Cierre del ejercicio social: el 31 de diciembre de cada año.
Se designó Directorio por tres ejercicios: Presidente: Gabriel Cristian Bearzotti - Vicepresidente: María del Carmen Melguiot: Director titular: Lelio Alfredo Bearzotti y Director suplente: Clelia Natividad Melguiot. Santa Fe, 26 de Febrero de 2009
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IMEC VIDA S.A.
ESTATUTO
Socios: Soldevila José Alberto, argentino, D.N.I. N° 10.411.273, nacido el 12 de agosto de 1.952, divorciado, de profesión médico, con domicilio en calle 9 de Julio N° 557 de la ciudad de Cañada de Gómez provincia de Santa Fe, Midauar Juan Carlos, argentino, D.N.I. N° 13.116.555, nacido el 29 de septiembre de 1.957, divorciado, de profesión médico, con domicilio en calle Echeverría N° 742 de la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe.
Fecha del acta constitutiva: 3 de noviembre de 2008. Denominación: Imec Vida S.A..
Domicilio: Quintana 80 de la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe.
Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la explotación y prestación de todas las actividades, y servicios en todas las ramas y especialidades del arte de curar y de la medicina preventiva y/o curativa, clínica y/o quirúrgica y/o asistencial y/o emergencia médica, prestada a domicilio y/o en establecimientos asistenciales propios o contratados por profesionales matriculados y habilitados al efecto.
Plazo: Veinte años a contar desde la fecha de su inscripción.
Capital: $ 80.000.-
Administración: Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de 1 y un máximo de 5 quienes durarán en sus funciones 3 ejercicios.
Representación: Corresponde al presidente del directorio o al vice presidente en su caso; Presidente: Soldevila José Alberto; Vicepresidente Midauar Juan Carlos; y director suplente a Wierbilo Esteban Miguel, argentino, D.N.I. N° 4.438.557, nacido el 2 de junio de 1.944, casado en primeras nupcias con la Sra. Laura Ester Leonardi, empleado, con domicilio en calle Pellegrini N° 415 de la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe.
Fiscalización: se prescinde de la sindicatura.
Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
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SAN DIEGO S.A.
ESTATUTO
Se hace saber que, con fecha 27 de Octubre de 2008, los accionistas de SAN DIEGO S.A., inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Estatutos, el 27 de Junio de 1973 al Tº 54, Fº 810, Nº 91; y modificaciones inscriptas en ese Registro Público de Comercio en Estatutos el 10º de Noviembre de 1976 al Tº 57, Fº 2102, Nº 402 y el 28 de Octubre de 1986 al Tº 67, Fº 1637, Nº 314 por decisión unánime en Asamblea General Extraordinaria han resuelto: 1) aumentar el Capital Social a la suma de $ 1.000.000,00 (Un millón de pesos) mediante la capitalización del monto de $ 152.415,54 (ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos quince pesos con cincuenta y cuatro centavos) del saldo acreedor que por igual monto arroja la cuenta "Ajuste de Capital"; del monto de $ 847.582,56 (Ochocientos cuarenta y siete mil quinientos ochenta y dos pesos con cincuenta y seis centavos) del saldo acreedor que por mayor monto arroja la cuenta "Dividendos a Distribuir en Acciones" de acuerdo al Estado de Evolución del Patrimonio Neto - Capital, Reservas y Otros Resultados Acumulados del Balance General al 31 de Diciembre de 2007 aprobado por la Asamblea General Ordinaria Unánime de fecha 29 de Marzo de 2008.; 2) Cambiar el domicilio legal a la localidad de Alvear, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; 3) Ampliar el objeto social; 4) Determinar las clases de acciones que integran el Capital y las que puedan emitirse en el futuro; 5) Modificar el número de Miembros del Directorio; 6) suprimir la totalidad de acciones en circulación y su canje por acciones ordinarias.
Conforme a lo expuesto, la Asamblea aprueba por unanimidad la nueva redacción de los artículos primero, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, undécimo del Estatuto Social, los que quedan redactados en la siguiente forma:
"Artículo V: La sociedad se denomina San Diego Sociedad Anónima, y tiene su domicilio legal en la localidad de Alvear, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, pudiendo establecer por resolución del Directorio sucursales, agencias, fábricas, representantes y filiales en cualquier punto del país o del extranjero, con o sin capital determinado, según lo resuelva el Directorio y constituir domicilios especiales en su caso.
"Artículo 3º: La sociedad tiene por objeto la explotación de una planta industrial de fundición de metales; fabricación de repuestos y equipos para industrias. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer, obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto"
"Artículo 4º: El Capital Social de la Sociedad se fija en la suma de $ 1.000.000. (Un millón de pesos) dividido en diez mil acciones de un valor nominal de $ 100 (Cien pesos cada una).
Artículo 5º: Las acciones que lo integran corresponden a acciones nominativas, no endosables, ordinarias, con derecho a un voto por acción. También podrán emitirse acciones nominativas, no endosables, con el carácter de preferidas, las que por un valor nominal de $ 100 (cien pesos) no tendrán derecho a voto salvo en las materias incluidas en el cuarto párrafo del artículo 244 de la Ley de Sociedades o durante el tiempo en que se encuentren en mora en recibir los beneficios que constituyen su preferencia y podrán ser rescatables conforme a lo pactado y a las disposiciones legales
"Artículo 6º: El capital social podrá aumentarse hasta el quíntuplo por resolución de la asamblea general ordinaria de accionistas que fijará las características de las acciones a emitirse en razón del aumento, pudiendo delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago"
"Artículo 7º: Los tenedores de acciones, tendrán preferencia en la suscripción de las nuevas acciones que se emitan, a prorrata de sus tenencias en clase y cantidad, a cuyo efecto podrán hacer uso de este derecho dentro del plazo de treinta días, a partir de la última publicación en el Boletín Oficial, transcurrido dicho plazo perderán ipso jure, sin necesidad de acto alguno, el derecho premencionado"
"Artículo 11º: La Sociedad será administrada y dirigida por un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de tres y un máximo de seis, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios y podrán ser indefinidamente reelectos. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores durarán en sus cargos hasta tanto sean designados los reemplazantes por nueva elección en asamblea general ordinaria celebrada en los términos del artículo 234, de la ley 19.550. Los Directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente, éste último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. Cada director depositará doce mil pesos ($ 12.000) en efectivo como garantía de su desempeño"
El Directorio ha resuelto fijar como Domicilio Social (Art.10 de los Estatutos Sociales) el de Ruta Provincial 21 Km. 286 Parque Industrial Alvear, de la localidad de Alvear, Provincia de Santa Fe; y a los efectos de cumplimentar el Art. 2560 de la Ley 19.550 sobre fijación del Domicilio Especial los señores Directores, fijan como tal el de la sede social de la sociedad.
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DONCRAY S.A.
ESTATUTO
Denominación: DONCRAY S.A.
Fecha Instrumento: 18 de Mayo de 2008.
Domicilio: Alvear Nº 5670, Rosario Pcia. de Santa Fe.
Aumento de Capital: Por resolución de asamblea de accionistas se aumenta el capital social de DONCRAY S.A. dentro del quíntuplo, en Cinco Mil (5000) acciones ordinarias de un voto cada acción. La integración se realiza por capitalización de Aportes Irrevocables integrados antes del 31 de Agosto de 2001, por la suma de Pesos Cientos cincuenta y seis mil setecientos setenta y cinco con 12/100. en efectivo. Dicho aporte fue ajustado a moneda constante por Res. 240/2002 por la suma de $ 54.222,17 elevando el saldo de la Cuenta aportes irrevocables a la suma de $ 210.997,29. Por lo tanto la emisión del aumento de capital se realiza al valor nominal de $ 10 (diez pesos) cada acción con más una prima de emisión por acción de $ 32,20 (treinta y dos con 20/100) todo con cargo a la cuenta aportes irrevocables. La suscripción se realiza por los tenedores de aportes provisionales. Los accionistas Alcides Juan Cúneo L.E. 6.075.307 y Marcela Laura del Carmen Galdos D.N.I. 13.788.934 renuncian al derecho de acrecer. Condiciones de emisión se delegan en el Directorio.
Nuevo capital Social: Compuesto por Seis mil quinientas (6500) acciones de pesos Diez cada una todas de un voto cada acción nominativas no endosables, todas serie A , que componen una capital social de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00) totalmente suscripto e integrado. Rosario, 26 de febrero de 2009 - Expte. 509/2009. R. P Comercio - Fdo.: Dr. Hugo O. Vigna, Secretario.
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FIRST MARKET S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 25 días del mes de setiembre de 2008, los socios de FIRST MARKET S.R.L. decidieron por unanimidad elevar el capital social a la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), quedando modificada la cláusula quinta del contrato social de la siguiente manera : "Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), representado por 10.000 cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el socio Salvat, Otto Julian, suscribe 9.000 (nueve mil) cuotas de capital, o sea la suma de $ 90.000 (pesos noventa mil) y el socio Riff Alejandro David suscribe 1.000 (mil) cuotas de capital, o sea la suma de $ 110.000 (pesos diez mil). Los socios han integrado totalmente el capital con anterioridad al presente acto".
A su vez, también por unanimidad, los socios de FIRST MARKET S.R.L. procedieron a la renovación del mandato del Socio-Gerente, el señor Salvat Otto Julian y a la ampliación a tres años del término de duración del mandato del órgano de administración. Para ello se modifico la cláusula sexta del contrato social de la siguiente manera:
"Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de un Gerente, Socio o no, a tal fin usará su propia firma con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedido de la denominación social, actuando en forma individual. El Socio Gerente o Gerente, según el caso, cuya función se extenderá por el término tres ejercicios sociales y podrá ser reelegido, en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, a excepción de disponer de bienes inmuebles u otros bienes registrables de la Sociedad, o comprometerla mediante fianzas o garantías de terceros, o en obligaciones particulares, para lo cual necesitará la aprobación de la totalidad de los socios.
El Gerente o Socio Gerente, según el caso que de acuerdo con el contrato o por disposición de la ley tenga la representación de la Sociedad, obliga a esta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. El que faltare a sus obligaciones es responsable ilimitada y solidariamente por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión.
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EGEA S.R.L.
REACTIVACION Y AUMENTO DE
CAPITAL SOCIAL
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil y Comercial de la 1ª Nominación del Registro Público de Comercio, se ha ordenado la siguiente inscripción de Reactivacion y Aumento de Capital Social:
1) Denominación: "EGEA S.R.L.
2) Socios: Oscar Manuel Viso, argentino, nacido el 12/01/1954, de profesión comerciante, de estado civil casado en 1era. nupcias con Blanca Clementina Romero, con domicilio en calle Fraga 730 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, con D.N.I. Nº 10.986.765 y Cecilia María Pía Pincheti, argentina, nacida el 09/07/1978, de profesión comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en Fraga 730, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, con D.N.I. 26.680.190.
3) Fecha de Reactivación: 2 de Febrero de 2009.
4) Domicilio: Fraga 730 - Rosario.
5) Objeto: la realización de las siguientes tareas: - Empresa de Consultoría y de Construcción de Obra Pública y Privada. - Alquiler de Equipos y Comercialización de materiales para la industria de la construcción.
6) Plazo: 30 años a partir de la Inscripción en el Registro Público de Comercio de la Reactivación.
7) Capital Social: Pesos Cien Mil.
8) Administración: A cargo de Cecilia María Pía Pinchetti.
9) Fiscalización: A cargo de todos los socios.
10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Octubre de cada año.
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ALTO GYM S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Se hace saber que: mediante acta de acuerdo de fecha 30/10/2008, se ha modificado el contrato social de Alto Gym S.R.L. A) Juan Pablo Ridley, nacido el 26/03/1985, argentino, D.N.I. Nº 31.535.520, comerciante, soltero, domiciliado en calle Ruta 9 entre Almafuerte y Guiraldes de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, cede, vende y transfiere a Camilo Jaime, nacido el 18/10/1970, argentino, D.N.I. Nº 21.946.401, comerciante, soltero, domiciliado en calle Callao 257 Dpto. 2 de Rosario, Sesenta cuotas de capital de Pesos Cien que totalizan la suma de seis mil pesos y que son representativas del cincuenta por ciento (50%) del capital social., que se encuentra integrado en un 25%, es decir la suma de Pesos Un Mil Quinientos. El Sr. Lucas Jaime, nacido el 07/12/1974, argentino, D.N.I. Nº 24.282.058, comerciante, soltero, domiciliado en calle Callao 257 Dpto. 2 de Rosario, dio su total conformidad a dicha cesión de cuotas y renunció a su derecho de suscripción preferente. B) Consecuencia de la totalidad de las cuotas sociales que el Sr. Juan Pablo Ridley, poseía suscriptas e integradas, se produjo su retiro como socio. C) Consecuencia de los acuerdos precedentes la administración, representación legal, dirección y uso de la firma social estará a cargo del socio Lucas Jaime.
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MG MANUFACTURAS ARGENTINAS
S.R.L.
CESION DE CUOTAS Y
DESIGNACION DE SOCIOS GERENTES
El Señor Juez de Primera Instancia, Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público de Comercio ordenó la siguiente publicación de edictos:
Denominación:: "MG MANUFACTURAS S.R.L."
Cedente: Marisa Alejandra Mauri de nacionalidad argentina, de estado civil casada, nacida el 13 de noviembre de 1964, D.N.I. 17.298.274, con domicilio en calle Ruiz Moreno Nº 3389, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, como titular de 2000 (Dos Mil) cuotas sociales de $ 10. (Pesos Diez) cada una valor nominal, que representan el 50% (cincuenta por ciento) del Capital Social, cede, vende y transfiere la totalidad de las mismas.
Cesionarios: Al Sr. Moratelo Horacio Oscar, de nacionalidad argentina, estado civil casado en primeras nupcias con Llovera Alicia Clelia María, D.N.I. 13.588.743, nacido el 28 de diciembre de 1957, de profesión comerciante, domiciliado en calle Av. Fuerza Aérea Nº 3104, de la comuna de Funes, Provincia de Santa Fe las 2000 (Dos Mil) cuotas sociales en la suma de $ 20.000 (Pesos Veinte Mil).
Administración, Dirección y Repesentación Legal: Estará a cargo de ambos socios Silvestrini Romina Paola y Moratelo Horacio Oscar en carácter de socios gerentes, siendo condición de este contrato que ejerza la gerencia teniendo el uso de la firma social en forma indistinta, debiendo cumplir las funciones y contando con las facultades que le compete en la administración, representación y uso de la firma social.
Fecha de Cesión: 19 de Diciembre de 2008.
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IKON SISTEMAS S.A.
CONTRATO
1) Fecha del instrumento de constitución: 25 de septiembre de 2008.
2) Socios: Jorge Pablo Scola, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Gabriela Alejandra Morán, comerciante, con D.N.I. 17.756.041, domiciliado en calle Iporá sin número de la ciudad de Funes y CUIT 20-17756041-4, Juan Manuel Cena, argentino, casado en primeras nupcias con Griselda Noemí Strólogo, de profesión Técnico Mecánico Electricista, con D.N.I. 17.007.195, domiciliado en calle Coronel Virasoro 2238 de Rosario y CUIT 20-17007195-7 y Hugo Daniel Armano, argentino, soltero, de profesión Técnico Electrónico, con D.N.I. 18.215.360, domiciliado en calle Ovidio Lagos 5298 de Rosario y CUIT 20-18215360-6;
3) Denominación, domicilio y duración: La sociedad se constituirá con el nombre de IKON SISTEMAS S.A. con domicilio en de la ciudad de Rosario por un lapso de 99 años.
4) Objeto: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Comercialización, fabricación, montaje, renovación, reconstrucción de instrumentos científicos: 1) máquinas, equipos y sistemas de procesamiento de datos de cualquier tipo conocido comercialmente como hardware, así como sus piezas, repuestos, accesorios e insumos. 2) programas y todo aquello que esté comprendido dentro del término comercial de software; 3) equipos para diagnóstico por imágenes, cirugía, cardiología y materiales descartables; b) Servicios técnicos y profesionales mediante la reparación y mantenimiento de aparatos y equipos referidos al punto anterior, el desarrollo y diseño de sistemas de procesamiento de datos y software.
Para cumplir con el objeto se contratarán profesionales con incumbencia en la materia de que se trata. c) Importación por cuenta propia o de terceros y exportación de: 1) Equipos médicos para diagnósticos por imágenes nuevos y usados, equipos de RX para veterinaria, e industria; insumos, partes y repuestos para los mismos. Elementos electrónicos, componentes, partes de computadoras, instrumentos de medición, sistemas de video, y todo componente necesario para poder ejercer la actividad del punto "a". Se deja expresa constancia que la sociedad no realizará las actividades previstas en el inc. 41 del art. 299 de la Ley de Soc. Comerciales y procederá dentro de lo autorizado por el art. 30 y los límites establecidos por el art. 31 de la citada disposición. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o el estatuto.
5) Capital: $ 100.000 (Pesos Cien mil) el que se encuentra dividido en 10.000 acciones de valor nominal pesos diez ($ 10) c/u, que los socios suscriben e integran en este acto de la siguiente manera Jorge Pablo Scola, suscribe tres mil trescientos treinta y cuatro (3.334) acciones ordinarias de capital o sea la suma de pesos treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro ($ 33.334) que integra en efectivo en este acto pesos ocho mil trescientos treinta y cuatro con 34/100 ( $ 8.334,34) y el saldo de capital se integra en el plazo máximo de veinticuatro (24) meses a contar de la fecha del acta constitutiva; Juan Manuel Cena suscribe tres mil trescientos treinta y tres (3.333) acciones ordinarias de capital o sea la suma de pesos treinta y tres mil trescientos treinta y tres ($ 33.333) que integra en efectivo en este acto pesos ocho mil trescientos treinta y tres con 33/100 $ 8.333,33), el saldo de capital se integra en el plazo máximo de dos (2) años a contar de la fecha del acta constitutiva y Hugo Daniel Armano suscribe tres mil trescientos treinta y tres (3.333) acciones ordinarias de capital o sea la suma de pesos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 1,11:1 100 ($ 33.333,33) que integra en efectivo en este acto pesos ocho mil trescientos treinta y tres ($ 8.333,33); el saldo de capital se integra en el plazo máximo de dos (2) años a contar de la fecha del acta constitutiva.
6) Administración, dirección y representación como director titular, presidente, el señor Jorge Pablo Scola, Vicepresidente Juan Manuel Cena y director suplente al Sr. Hugo Daniel Armano.
7) Fiscalización: se prescinde de sindicatura.
8) Balance General y Distribución de Utilidades: fecha de cierre de ejercicio comercial 30 de Junio de cada año.
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PUERTO FUMIGACIONES S.R.L.
CONTRATO
En la ciudad de Rosario, Santa Fe, a los 24 días del mes de Fe del año dos mil nueve, entre Settimini Eduardo Esteban, Argentino, D.N.I. 23,645.068, soltero, nacido el 20 de Octubre de 1973, domiciliado en calle Bv. Urquiza 358 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, de profesión Contador Publico, González Antonio del Luján, Argentino, D.N.I. 21.417.876, soltero, nacido el 12 de Abril de 1970, domiciliado en calle Iguazú 1860 de la Ciudad de Puerto Gral. San Martín de profesión empresario, y el Sr. Ramón Alberto Flores, Argentino, D.N.I. 30.130.170, soltero, nacido el 22 de Abril de 1983, domiciliado en calle A. Pitton 1862 de la ciudad de Puerto Gral. San Martín, de profesión empleado. Hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que girará bajo la denominación de "PUERTO FUMIGACIONES S.R.L.". La sociedad, tendrá su domicilio legal en calle Iguazú 1860 la ciudad de Puerto Gral. San Martín en donde tendrá el asiento principal de su negocio, el termino de duración se fija en veinte años a partir de suscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad tendrá por objeto la actividad de fumigación y desinfección de cereales almacenados en depósitos, silos, celdas, camiones, barcos de bandera nacional como internacional como así también el saneamiento ambiental de comercios e industrias, además de la Comercialización en general de los productos empleados en el desarrollo de la actividad mencionada esta comercialización comprende la compraventa comercial por cuenta propia o de terceros. El capital social se fija en la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) dividido en tres mil (3000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: El Sr. Settimini Eduardo Esteban suscribe la cantidad de Novecientas (900) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una o se esos Nueve mil ($ 9.000); el Sr. González Antonio del Luján suscribe la cantidad de mil cincuenta (1050) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una o sea pesos diez mil quinientos ($ 10.500) y el Sr. Ramón Alberto Flores suscribe la cantidad mil cincuenta (1050) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una o sea pesos Diez mil quinientos ($ 10500). Las cuotas se integran en un 25% en este acto en efectivo, osea la cantidad de pesos siete mil quinientos ($ 7.500) y el setenta y cinco por ciento (75%) restante lo integrarán en el lapso de un año de la firma del p ente contrato. La Administración, dirección y representación estará a cargo del Sr. Settimini Eduardo Esteban quién revestirá el cargo de Gerente de la firma. En todos los actos y contratos podrá actuar, y obligará a la sociedad usando su firma particular precedida de la denominación PUERTO FUMIGACIONES S.R.L., en sello o estampada de puño y letra.
Anualmente el día 28 de Febrero al finalizar el ejercicio económico se practicará un inventario y Balance General y un cuadro demostrativo de Pérdidas y Ganancias, todo de acuerdo a las normas contables y usuales, respetando las normas impositivas.
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INSTITUTO GERIATRICO TIEMPO PRESENTE S.R.L.
AUMENTO CAPITAL
En la ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil nueve. Mónica Beatriz García de profesión médica, nacida el 26/02/1956, D.N.I. Nº 12.145.442. con domicilio en Agrelo 955 Rosario y Nora Inés González, de profesión administradora, nacida el 27/05/1960. D.N.I. 14.087.582. con domicilio en San Juan 1251 P.A. Rosario, ambas solteras. argentinas, hábiles para contratar e ejercer el comercio como únicas socias de INSTITUTO GERIATRICO TIEMPO PRESENTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA han decidido: Primero: Aumentar el Capital Social que es de $ 12.000.00 (pesos doce mil) dividido en 1200 (un mil doscientas) cuotas de $ 10.00 (pesos diez) cada una a la suma de $ 60.000.00 (pesos sesenta mil) o sea en la suma de $ 48.000.00 (pesos cuarenta ocho mil). Este aumento está dividido en 4800 (cuatro mil ochocientas) cuotas de $ 10.00 (pesos diez) cada una que es suscripto integramente por los socios en las siguientes proporciones: Mónica Beatriz García, 2796 (dos mil setecientos noventa seis) cuotas de $ 10,00 (pesos diez) cada una que representan $ 27.960,00 (veintisiete mil novecientos sesenta pesos). Y Nora Inés González, 2004 (dos mil cuatro) cuotas de $ 10.00 (pesos diez) cada una que representan $ 20.040.00 (veinte mil cuarenta pesos) del Capital Social. La integración se realiza en efectivo en este acto el 25% del Capital Suscripto y el saldo deberá integrarse dentro del plazo de dos años de celebrado el presente aumento. Segundo: Como consecuencia de lo expresado y respetando las proporciones que les corresponden a los socios luego del aumento de capital el mismo queda compuesto de la siguiente manera: Mónica Beatriz García la cantidad de 3600 (tres mil seiscientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una que representan $ 16.000 (treinta y seis mil pesos) y Nora Inés González 2400 (dos mil cuatrocientas) cuotas de $ 10,00 (pesos diez) cada una que representan $ 24.000,00 (pesos vienticuatro mil) del capital social.
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GOLHAI S.R.L.
CONTRATO
Administración y Dirección: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios Goldemberg Alejandro Jesús y Haimovich Jorge Mario quienes revisten por lo tanto el carácter de socios gerentes, obligando a la sociedad usando sus firmas particulares en forma indistinta y sin mediar rendiciones de cuentas entre ellos de los actos que realicen. La documentación pertinente será suscripta por los socios mencionados con su firma personal con el aditamento de "socio gerente" precedida de la denominaciòn social "GOLHAI S.R.L.". Los gerentes en el ejercicio de sus funciones podrán ejecutar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
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