DECRETO N°
0484
Santa Fe, 28 de Febrero de 2006.
VISTO:
El expediente N°
00201-0111019-6, del registro del Sistema de información de Expedientes
(Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto), en el cual se gestiona conceder,
por única vez, al Personal Policial del Servicio Penitenciario Provincial e
Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias una Asignación
Especial No Remunerativa No Bonificable y No Acumulativa de $ 500 por cargo y
CONSIDERANDO:
Que la asignación que se otorga por
única vez, está destinada a la reposición anual de uniformes y equipos en
general del personal de las fuerzas de seguridad y penitenciarias;
Que resulta necesario a fin de hacer
viable la presente gestión exceptuarlo de lo dispuesto en el Decreto N° 0235/96;
Que la gestión se ajusta a la
autorización conferida en el artículo 48° de la Ley N°
1757/56 de Contabilidad, modificada por el artículo 1° de la Ley N° 10.580;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°- Exceptuase la presente
gestión de lo dispuesto en el Decreto N° 0235/96.
ARTICULO 2°. Dispónese
-por única vez- el otorgamiento a favor del Personal de la Policía de la
Provincia, del Servicio Penitenciario Provincial e Instituto Autárquico
Provincial de Industrias Penitenciarias, de una Asignación No Remunerativa No
Bonificable y No Acumulativa de Pesos Quinientos ($ 500,00) por cargo,
destinada a la reposición anual de uniformes y equipos en general.
ARTICULO 3°. El beneficio dispuesto en
el artículo anterior no constituye base de cálculo para ningún adicional,
suplemento o compensación vigente o a crearse.
ARTICULO 4°. El gasto que demande el
presente beneficio se imputará con cargo al Presupuesto vigente del Ministerio
de Gobierno, Justicia y Culto y el Instituto Autárquico Provincial de
Industrias Penitenciarias, conforme a la siguiente discriminación:
Sector 1-Subsector
1-Carácter 1-Jurisdicción 20-Programa 16-Actividad 00-Fuente de Financiamientol 111 -Inciso 1 -Partida Principal 1 -Partida
Parcial 7-Partidas Subparciales 06 -Ubicación
Geográfica 82-996-0-Finalidad 2-Función 10.
Sector 1-Subsector
1-Carácter 1-Jurisdicción 20-Programa 17-Actividad 00-Fuente de Financiamiento
111 -Inciso 1 -Partida Principal 1 -Partida Parcial 7-Partidas Subparciales 06 -Ubicación Geográfica 82-996-0-Finalidad
2-Función 20.
Sector 1-Subsector
1-Carácter 2-Jurisdicción 20-Programa 16-Actividad 00-Fuente de Financiamiento
111 -Inciso 1 -Partida Principal 1 -Partida Parcial 7-Partidas Subparciales 06 -Ubicación Geográfica 82-105-0-Finalidad
2-Función 20.
ARTICULO 5°. Refréndese por los Señores
Ministros de Gobierno, Justicia y Culto y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 6°. Regístrese, comuníquese y
archívese.
OBEID
Dr. Roberto Arnaldo Rosua
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
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