picture_as_pdf 2017-02-09

CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DE CONSEJO

SUPERIOR Nº 27/2016


Aplicación de la Circular Nº 10 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas sobre Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera

VISTO

Las atribuciones conferidas al Consejo Superior por la Ley 8738 (t.o.), artículo 33 inc. f);

Las Resoluciones N° 06/2009 y 02/2011 de este Consejo Superior disponiendo la aplicación en el territorio de su competencia de la RT N° 26 (modificada por la RT N° 29) de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE); y

La Circular N° 10 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financieras (NIIF) emitida por la FACPCE; y

CONSIDERANDO

Que el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) expidió modificaciones y correcciones que mejoran la exposición de los textos originales de las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 26 (modificada por la RT N° 29).

Que el Reglamento del CENCyA, artículo N° 19 establece que los documentos denominados Circulares de Adopción de las NIIF se emitirán para poner en vigencia como norma contable profesional a las nuevas reglas Internacionales de Información Financiera, a sus sucesivas modificaciones e interpretaciones despachadas por el organismo internacional.

Que transcurrido el procedimiento para el despacho de dictámenes del CENCyA, de las consultas previas y de tratamiento de la materia por la Mesa Directiva de la FACPCE, ésta despachó la Circular N° 10 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera aprobadas, oportunamente, por la Resolución Técnica N° 26 (modificada por la RT N° 29), homologada en jurisdicción de este Consejo Superior por Resoluciones CS N° 6/2009 y 02/2011

Que, en el marco de la denominada “Acta de Tucumán” del 04 de octubre del 2013 y satisfecho el procedimiento de formación de las resoluciones, técnicas, se ha dispuesto la consideración por parte de este Consejo Superior de la Circular de Adopción de las NIIF N° 10 al que refiere el considerando precedente.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: Declarar aplicable el contenido normativo de la Circular N° 10 de Adopción de las NIIF emanada de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas conforme a lo establecido en la RT N° 26 (modificada por la RT N° 29) y con el alcance de los considerandos que anteceden.

Artículo 2°: Incorporar a esta resolución como Anexo “A”, el texto íntegro de la norma referida en el artículo 1°. (*)

Artículo 3°: La presente resolución rige en el ámbito territorial de competencia de este Consejo a partir de su fecha de emisión.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese a las Cámaras y a los matriculados, hágase saber a la FACPCE, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y archívese.

Santa Fe, 25 de Noviembre de 2016

$ 101 313689 Feb. 9

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RESOLUCIÓN DE CONSEJO

SUPERIOR Nº 25/2016


CONFIRMACIÓN RECOMENDACIÓN TÉCNICA DEL SECTOR PUBLICO Nº 3

Presentación de Estados Contables”

VISTO

La Recomendación Técnica del Sector Público N° 3 aprobada por la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en reunión celebrada en Paraná, Entre Ríos, el pasado 14 de octubre de 2016 y,

CONSIDERANDO

Que es atribución de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas el dictado de normas de ejercicio profesional y expedir recomendaciones técnicas vinculadas al ejercicio de la profesión de ciencias económicas en ámbitos privados y públicos.

Que la entidad federativa, en cumplimiento del encargo de los Consejos asociados ha elaborado un bloque de normas técnicas y recomendaciones aplicables a la contabilidad del sector público.

Que la Federación ha seguido, en la materia, los antecedentes provenientes de la Federación Internacional de Contadores y el parecer expuesto por el Consejo Emisor de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) y del Centro de Estudios Científicos y Técnicos (CECyT).

Que la iniciativa tuvo el tratamiento orgánico previsto en los reglamentos de la Federación concluyendo con el despacho del acuerdo puesto a consideración de este Consejo Superior el que también ha contado con el examen de las comisiones especiales creadas en el ámbito de su jurisdicción.

Que las opiniones recibidas de los diversos agentes que examinaron la propuesta han sido propicias a la aceptación en general y en particular de la Recomendación Técnica del Sector Público N° 3 “Presentación de Estados Contables”.

Que conforme a la cumplimentación del tratamiento orgánico previsto para la emisión de las normas técnicas y a los compromisos asumidos por este Consejo Profesional en el “Acta de Tucumán” del 04 de octubre de 2013 corresponde completar el trámite con la homologación de la Recomendación Técnicas del Sector Público N° 3 confirmando su aplicación en el ámbito de la provincia de Santa Fe.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1°: Adoptar en el ámbito territorial de este Consejo y desde la sanción de la presente la Recomendación Técnica del Sector Público N° 3 “Presentación de Estados Contables”

Artículo 2°: Ejecutar los actos y operaciones sugeridos en el artículo 2° apartados b) y c) del acuerdo federativo.

Artículo 3°: Llevar a cabo por ante los órganos competentes de la administración pública provincial y municipal las acciones recomendadas en el artículo 3° del acuerdo federativo adoptado.

Artículo 4°: Incorporar el texto de la Recomendación Técnica del Sector Público Nº 3 “Presentación de Estados Contables” a la presente resolución como Anexo “A”. (*)

Artículo 5°: Regístrese; comuníquese a las Cámaras y a los matriculados; hágase saber a la FACPCE; publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y en los medios de difusión de ambas Cámaras y archívese.

Santa Fe, 25 de Noviembre de 2016.

$ 101 313687 Feb. 9

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COLEGIO DE MARTILLEROS

ROSARIO


INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

DE MATRÍCULAS


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que el señor ARAMBURU JUAN CRUZ, DNI: Nº 36.138.229, argentino, soltero, nacido el 13/09/1991, de apellido materno ARAMBURU, con domicilio real y legal en calle Córdoba Nº 1055 de la localidad de Firmat, código postal N° 2630, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno N° 1546 de la cuidad de Rosario, a los un día del mes de Febrero de 2017. Firma: Mirta B. Gianotto - Secretaria.

$ 90 313632 Feb. 9 Feb. 10

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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

DE MATRÍCULAS


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley N° 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que el señor MARNETTO MARCELO ADRIÁN, DNI: N° 26.325.188, Argentino, casado, nacido el 03/07/1978, de apellido materno CORREA, con domicilio real en calle Víctor Badano Nº 1155 Casa 3 Manzana 11 de la localidad de Paraná, código postal N° 3100, Provincia de Entre Ríos, y domicilio legal en calle Moreno N° 1546 de la localidad de Rosario, código postal N° 2000, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno N° 1546 de la cuidad de Rosario, a los un día del mes de febrero de 2017. Firma: Mirta B. Gianotto - Secretaria.

$ 90 313629 Feb. 9 Feb. 10

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ROGIRO ACEROS S.A.


CAMBIO DE DENOMINACION

SEDE SOCIAL


Conforme Ordenanza Nº 8967, dictada por el Concejo de la Municipalidad de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, se ha designado con el nombre de AVENIDA DE LAS PALMERAS, al tramo que se denominara anteriormente como LIMITE DEL MUNICIPIO. En virtud de ello el directorio en su reunión del 30/01/2017 resolvió adecuar el domicilio social a la nueva denominación siendo la misma en AVENIDA DE LAS PALMERAS 4515 A, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 313836 Feb. 9

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