REGISTRADA BAJO EL Nº 13254
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2012, cuando razones de gobierno así lo aconsejen.
El Señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011.
Luis Daniel Rubeo
Presidente
Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente
Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 0356
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 26 DIC 2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.254 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Rubén Darío Galassi
7624
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