picture_as_pdf 2012-01-09

REGISTRADA BAJO EL Nº 13239

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase a la Universidad Nacional del Litoral a vender el inmueble que fuera donado por la Provincia en virtud de la ley provincial n° 10.150 con destino a la construcción del edificio de la Sede Reconquista, ubicado en calle Freyre, esquina General Obligado, de la localidad de Reconquista, departamento General Obligado, identificado como solar 517, manzana 130, Partida del Impuesto Inmobiliario n° 10094 y que en el plano registrado bajo el n° 110842 por el Departamento Topográfico de la Dirección Provincial de Catastro, figura designado como fracción de terreno n° 2, con una superficie de 2500 m

ARTÍCULO 2.- La autorización dispuesta por el artículo anterior no implica la renuncia al cargo impuesto por la Ley N° 10.150.

ARTÍCULO 3.- El producido de la venta del inmueble descrito en el artículo 1, será destinado a la construcción del nuevo edificio de la Sede Reconquista en el terreno que fuera cedido por la Municipalidad de Reconquista, mediante Ordenanza n° 5996/08, ubicado en calle Fray Antonio Rossi, lote n° 3 de una superficie mayor definida como Vivero Municipal.

ARTÍCULO 4.- El inmueble deberá ser vendido en subasta pública y el valor de la venta no podrá ser inferior a la tasación que del inmueble descrito haga el Tribunal de Tasaciones de la Nación.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE

Eduardo Alfredo Di pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28-DIC-2011

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legisltiva - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2º Piso - Santa Fe Tel. 0342- 4506607 - e-mail: ditecleg@arnetbiz.com.ar

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