REGISTRADA BAJO EL Nº 13228
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase a la Comuna de Santa Rosa de Calchines, departamento Garay, a donar a favor de los beneficiarios de diversos planes de viviendas, construídas por el Gobierno de la provincia de Santa Fe sobre terrenos de dicha Comuna, los bienes inmuebles que se identifican de acuerdo con las siguientes inscripciones registrales:
a) El inmueble inscripto al número 11195, folio 62, Tomo 114 del departamento Garay en fecha 05/02/1987, correspondiente al "Barrio Renacer". Fracción subparcelada según plano de mensura N° 129154 a nombre de la Comuna. Las partidas del impuesto inmobiliario de los lotes cuya donación se autorizan son los siguientes: Lote 2: 05-03-0022390/0002; Lote 3: 05-03-0022390/0003; Lote 4: 05-03-0022390/0004; Lote 5: 05-03-0022390/0005; Lote 6: 05-03-0022390/0006; Lote 7: 05-03-0022390/0007.
b) El inmueble inscripto al número 62839, folio 337, Tomo 126 del departamento Garay en fecha 16/07/1999, correspondiente al "Barrio Esperanza II. Fracción subparcelada según plano de mensura N° 132481 a nombre de la Comuna. Las partidas del impuesto inmobiliario de los lotes cuya donación se autorizan son los siguientes: Lote 2: 05-03-00-022368/0028; Lote 3: 05-03-00-022368/0029; Lote 4: 05-03-00-022368/0030; Lote 5: 05-03-00-022368/0031; Lote 6: 05-03-00-022368/0032; Lote 7: 05-03-00-022368/0033; Lote 8: 05-03-00-022368/0034; Lote 9: 05-03-00-022368/0035; Lote 10: 05-03-00-022368/0026; Lote 11: 05-03-00-022368/0027.
c) El inmueble inscripto al número de folio real 1294244, correspondiente al "Barrio Matadero". Fracción subparcelada según plano de mensura N° 151030 a nombre de la Comuna. Las partidas del impuesto inmobiliario de los lotes cuya donación se autorizan son los siguientes: Lote 1: 05-03-00023797/0007-3; Lote 2: 05-03-00023797/0012-5; Lote 3: 05-03-00023797/0013-4; Lote 4: 05-03-00023797/0014-3; Lote 5: 05-03-00023797/0015-2; Lote 6: 05-03-00023797/0016-1; Lote 8: 05-03-00023797/0018-9; Lote 9: 05-03-00023797/0019-8; Lote 10: 05-03-00023797/0008-2; Lote 11: 05-03-00023797/0009-1; Lote 12: 05-03-00023797/0010-7; Lote 13: 05-03-00023797/0011-6; Lote 14: 05-03-00023797/0020-4; Lote 15: 05-03-00023797/0028-6; Lote 16: 05-03-00023797/0029-5; Lote 17: 05-03-00023797/0030-1; Lote 18: 05-03-00023797/0031-0; Lote 19: 05-03-00023797/0032-9; Lote 20: 05-03-00023797/0033-8; Lote 21: 05-03-00023797/0034-7; Lote 22: 05-03- 00023797/0035-6; Lote 23: 05-03-00023797/0021-3; Lote 24: 05-03-00023797/0022-2; Lote 25: 05-03-00023797/0023-1; Lote 26: 05-03-00023797/0024-0; Lote 27: 05-03-00023797/0025-9; Lote 28: 05-03-00023797/0026-8; Lote 29: 05-03-00023797/0027-7.
ARTÍCULO 2.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación estarán a cargo de los respectivos donatarios.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
28-DIC-2011
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Rubén D. Galassi
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado
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