picture_as_pdf 2007-01-09

REGISTRADA BAJO EL Nº 12700

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Ley N° 11.727.

ARTÍCULO 2°.- Restablécese la plena vigencia de la Ley N° 10.014 .

ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo procederá a la integración del Directorio de la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), dentro de los sesenta días de vigencia de la presente ley.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Firmado:

Edmundo Carlos Barrera

Presidente Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 3693

SANTA FE, 28 12 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.700 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

Firmado:

Jorge Alberto Obeid

Alberto Nazareno Hammerly

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