picture_as_pdf 2004-01-09

DECRETO 0097

 

SANTA FE, 15 de Diciembre de 2003.

VISTO:

La necesidad de crear un área con funciones de asistencia al Secretario de Estado General y Técnico de la Gobernación en todo lo concerniente a la coordinación de las áreas de administración de bienes y servicios a su cargo; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 35° de la Ley de Ministerios 10.101, establece que “El Poder Ejecutivo podrá crear en cada Ministerio o Secretaría de Estado, una o más Subsecretarías...” y además en el segundo párrafo prevé: “...Los Subsecretarios secundan a los Ministros y Secretarios de Estado en el desempeño de sus tareas dentro del área de su competencia...”;

Que la citada norma legal habilita al Señor Gobernador a crear en el ámbito de la Secretaría de Estado General y Técnica de la Gobernación una Subsecretaría, con las funciones indicadas en el visto de la presente norma legal;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° - Créase en el ámbito de la Secretaría de Estado General y Técnica de la Gobernación, la Subsecretaría de Logística, asignándole las siguientes competencias:

- Asistencia al Secretario de Estado General y Técnico de la Gobernación en la coordinación y supervisión administrativa de los servicios de movilidad aérea, terrestre y fluvial que atienden al Señor Gobernador de la provincia cuya administración está a cargo de la Secretaría de Estado.

- Asistir al Secretario de Estado en la Coordinación y Supervisión Administrativa del Sistema de Comunicaciones.

- Asistir al Secretario de Estado en la organización y dirección de todos los servicios de la Casa de Gobierno.

- Asistir al Secretario de Estado en materia administrativa-contable.

- Asistir al Secretario de Estado en lo atinente a la racionalización del personal, su administración, normas de procedimientos, papeles y servicios de todas las áreas a su cargo.

- Asistir al Secretario de Estado en la coordinación e implementación global de los planes y programas establecidos para la jurisdicción.

- Asistir al Secretario de Estado en todas las acciones tendientes a lograr la disponibilidad permanente de información sistematizada de las actividades de las diversas áreas, a fin de racionalizar la toma de decisiones.

- Asistir al Secretario de Estado en la preparación del presupuesto anual de la jurisdicción y en el control de su aplicación.

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Dr. Alberto Horacio Gianneschi

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