Registrada bajo el Nº 12098
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1°.- Dispónese la inmediata redefinición
del Proyecto Ejecutivo de la obra "Estabilización de la Cascada sobre el
Arroyo Saladillo", que refiere al curso de agua que divide a las ciudades
de Rosario y Villa Gobernador Gálvez de esta Provincia.
ARTICULO 2°.- Cumplido que sea el trámite previsto en el artículo anterior,
el Poder Ejecutivo llamará a licitación para la concreción de la obra
mencionada, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será
atendido, como está previsto en la Ley N° 11.515, con
fondos provenientes del "Préstamo de Protección contra Inundaciones"
que concediera el Banco Mundial.
En caso de que dicho préstamo no estuviera en estado operativo, el Poder
Ejecutivo deberá realizar las previsiones presupuestarias en uno o más
ejercicios anuales, quedando facultado tomar los fondos de Rentas Generales o
de las partidas de fondos nacionales destinados al desarrollo del conurbano
rosarino.
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente Cámara de Diputados
Ing. Marcelo Muniagurria
Presidente Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Dr.Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, 30 de diciembre 2002
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Reutemann
Gobernador de Santa Fe
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