picture_as_pdf 2003-01-09

Registrada bajo el Nº 12098

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1°.- Dispónese la inmediata redefinición del Proyecto Ejecutivo de la obra "Estabilización de la Cascada sobre el Arroyo Saladillo", que refiere al curso de agua que divide a las ciudades de Rosario y Villa Gobernador Gálvez de esta Provincia.

ARTICULO 2°.- Cumplido que sea el trámite previsto en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo llamará a licitación para la concreción de la obra mencionada, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido, como está previsto en la Ley 11.515, con fondos provenientes del "Préstamo de Protección contra Inundaciones" que concediera el Banco Mundial.

En caso de que dicho préstamo no estuviera en estado operativo, el Poder Ejecutivo deberá realizar las previsiones presupuestarias en uno o más ejercicios anuales, quedando facultado tomar los fondos de Rentas Generales o de las partidas de fondos nacionales destinados al desarrollo del conurbano rosarino.

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente Cámara de Diputados

Ing. Marcelo Muniagurria

Presidente Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Dr.Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores

SANTA FE, 30 de diciembre 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Reutemann

Gobernador de Santa Fe

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