picture_as_pdf 2003-01-09

Registrada bajo el Nº 12097

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1°.- Institúyese el día 9 de abril como "Día del Cooperativismo Lechero de la Provincia".

ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Educación, arbitrará los mecanismos necesarios para su difusión en las escuelas de la Provincia.

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente Cámara de Diputados

Ing. Marcelo Muniagurria

Presidente Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Dr.Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores

SANTA FE, 30 de diciembre 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Reutemann

Gobernador de Santa Fe

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