Registrada bajo el Nº 12093
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1°.- Modifícase el artículo 4° de la ley
Provincial N° 10.987, el que quedará redactado del
siguiente modo:
"Artículo 4°.- Las pruebas de laboratorio indicadas en el artículo
anterior se efectuarán gratuitamente en los establecimientos sanitarios de la
Provincia, según lo establezca la reglamentación de la presente; o bien en
establecimientos o por profesionales privados, según la preferencia de los
padres o de las personas autorizadas. Del resultado de las pruebas se entregará
constancia certificada.
La Dirección General de Registro de Estado Civil y Capacidad de las
Personas deberá solicitar la constancia certificada precitada cuando sea
inscripto un nacimiento. Para el supuesto que a ese momento no se hubiere
cumplido con la obligación establecida en el artículo 3° precedente, se
informará a los comparecientes sobre la vigencia de la ley y se le entregará el
material informativo con el que se cuente, confeccionado en virtud del artículo
2° de la presente, debiendo el compareciente suscribir la constancia pertinente
de que ha sido informado y que ha recibido el material referido, previo a
producirse la inscripción y la entrega del documento de identidad.
ARTICULO 2°.- La presente ley comenzará a regir a los noventa (90) días de
su publicación.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente Cámara de Diputados
Ing. Marcelo Muniagurria
Presidente Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Dr.Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, 30 de diciembre 2002
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Reutemann
Gobernador de Santa Fe
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