picture_as_pdf 2013-11-08

MINISTERIO DE AGUAS,

SERVICIOS PÚBLICOS

Y MEDIO AMBIENTE


RESOLUCIÓN Nº 690


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”,

VISTO:

El Expediente Nº 01801-0030705-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se promueve llamar a concurso para cubrir cuatro cargos vacantes en el ámbito de la Jurisdicción, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 05, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3924/87, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar los llamados a concurso;

Que se han elaborado los perfiles pretendidos para los cargos, con la correspondiente participación de las entidades sindicales, conforme lo establecido en el artículo 21º del Decreto Nº 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente – Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que mediante Dictamen N° 8854/13 la Dirección General de Asuntos Jurídicos no presenta objeciones de carácter legal al presente trámite;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capitulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE AGUAS,

SERVICIOS PÚBLICOS

Y MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Llamar a concurso interno para cubrir los siguientes cargos:

Perfil I

Cargo 7

Agrupamiento Profesional

Función Área Estudios Básicos y Gestión de Tierras Zona Sur

Dependencia Dirección General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras

Subsecretaría de Planificación y Gestión - Secretaría de Aguas


Perfil II

Profesional 7

Función Área Gestión de Tierras

Dependencia Dirección General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras

Secretaría de Aguas


Perfil III

Profesional 7

Función Área Estructuras, Defensas y Protección de Márgenes

Dependencia Dirección Provincial de Sistema de Provisión de Aguas.

Secretaría de Aguas


Perfil IV

Profesional 7

Función Jefe Área Profesional de Aguas

Dependencia Subdirección General de Asuntos Jurídicos – Dirección General de Asuntos Jurídicos

Subsecretaría Legal y Técnica


ARTÍCULO 2°: Dejar establecido que el concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II – art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09.

ARTÍCULO 3°: Aprobar el Anexo I, en el que se describen los puestos y determinan

los perfiles solicitados así como las condiciones generales y particulares exigibles.

ARTÍCULO 4°: Aprobar el Anexo II, en el que se determina la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito.

ARTÍCULO 5°: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.

PERFIL I

JURISDICCION: 63 - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE – SECRETARÍA DE AGUAS – SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS- DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS - ÁREA DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS ZONA SUR

Cargo a Cubrir: JEFE DE ÁREA ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS ZONA SUR - NIVEL 7 - Agrupamiento Profesional.

Lugar de Prestación de Servicios: Montevideo 970 – 2000 - ROSARIO

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente.

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 2612/06 y modificatorios, se detallan a continuación;

A. De las misiones del puesto

Coordinar todas las tareas necesarias tendientes a la Gestión de Tierras: agrimensura legal y técnica, estudios catastrales y dominiales, liberación de trazas y expropiaciones, relacionadas con las obras hidráulicas y/o otras acciones llevadas adelante en el ámbito de este Ministerio. Coordinar y supervisar las tareas requeridas por la superioridad en lo que respecta a relevamientos topográficos, hidrométricos e hidrometeorológicos, necesarios para efectuar los proyectos de obras hidráulicas. Todo dentro de la zona sur, con dependencia administrativa de la Dirección General Delegación Rosario

B. De las acciones

1. Acordar las acciones para ejecutar la inspección y cuantificación de las mensuras de deslinde de obras.

2. Coordinar las tareas tendientes a inspeccionar y visar las tareas y/o planos de mensuras contratadas a terceros o confeccionadas por la administración correspondiente al deslinde de obras hidráulicas o realizadas por particulares donde se involucran obras hidráulicas.

3. Coordinar las acciones necesarias para desarrollar las tramitaciones inherentes a las expropiaciones de inmuebles afectados a obras hidráulicas.

4. Asistir a las Direcciones Generales de Obras por Terceros y Comités de Cuencas y Talleres, en todas las tareas necesarias para el cumplimiento de sus funciones específicas.

5. Acordar las acciones necesarias tendientes a controlar el cumplimiento de todas las normas legales concernientes al uso y manejo de los recursos hídricos, dentro del área de su competencia.

6. Acordar los trabajos de agrimensura que deben ser resueltos en forma previa y posterior a la realización de los proyectos o licitación de obras.

7. Acordar acciones para efectuar relevamientos topográficos, hidrométricos e hidrometeorológicos, necesarios para los estudios y proyectos de obras hidráulicas.

8. Coordinar las tareas necesarias para actualizar la base de datos referente a bibliografía, relevamientos, estudios, proyectos y obras, así como también el respectivo grado de avance de las mismas.

9. Seguir lineamientos de la Dirección General respecto a los formatos para el procesamiento y archivo de los estudios topográficos, hidrométricos e hidrometeorológicos. Coordinar acciones con el área de Prevención Hídrica.

10. Brindar asistencia profesional en todos los aspectos específicos que le sean requeridos por el Director General y asesorar a distintos estamentos del Ministerio.

11. Acordar las acciones necesarias tendientes a controlar el cumplimiento de todas las normas legales concernientes al uso y manejo de los recursos hídricos, en el área de su competencia.

12. Desarrollar además, todas las otras funciones que surjan de su misión, las complementarias de la misma, las necesarias para su administración interna y las que fije la superioridad.

13. Promover la capacitación y formación del personal bajo su dependencia

14. Controlar y asesorar a los jefes de departamento.

C. Formación Académica requerida:

Título secundario (excluyente): Decreto N° 2695/83-Capítulo IV.

Título universitario en Agrimensura, Ingeniero Geógrafo o título afín, (excluyente).

D. Conocimiento general:

De la organización del Estado:

Ley de Ministerios - Ley N° 12.817.

Del personal:

Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Decreto N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto N° 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley N° 10.052 y modificatorias.

Decreto N° 291/2009 y modificatorios. Proceso de Selección para el Ingreso a la Administración Pública.

Decreto 1729/2009 y modificatorios. Régimen de concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.

Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N° 10.204/58 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

De leyes provinciales relacionadas con el agua:

Conocimiento general de las Leyes 13.032, 11.730, 12.081 y toda otra relacionada con el conocimiento del agua de la provincia.

E. Conocimiento específico inherente a la Jurisdicción y al cargo:

Estructura y competencias del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente (Decreto N° 0025/07, y modificatorios).

Estructura y competencias de la Dirección General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras (Decreto Nº 2612/06 y modificatorios).

Conocimiento de los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales de Higiene y Seguridad Laboral del MASPYMA.

Conocimiento respecto de la ejecución de estudios topográficos planialmétricos, planos de mensura y visaciones de los mismos.

F. Conocimientos técnicos

- Conocimiento en el manejo de instrumental topográfico y geodésico.

- Manejo de herramientas informáticas (software libre, procesador de texto, planilla de cálculo, correo electrónico, internet, Google earth).

G. Competencias Actitudinales:

- Marcada capacidad de trabajo y de gestión.

- Profunda responsabilidad y compromiso.

- Integridad, honestidad y ética.

- Espíritu crítico, creativo e innovador.

- Iniciativa y proactividad.

- Capacidad de análisis y resolución de problemas.

-Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajo multidisciplinario.

- Correcta expresión oral y escrita.

ANEXO I

PERFIL II

JURISDICCION: 63 - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE – SECRETARÍA DE AGUAS – SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS – SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GESTIÓN DE TIERRAS – ÁREA GESTIÓN DE TIERRAS.

Cargo a Cubrir: JEFE ÁREA GESTIÓN DE TIERRAS - NIVEL 7 - Agrupamiento Profesional.

Lugar de Prestación de Servicios: Delegación Santa Fe

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente.

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 2612/06 y modificatorios, se detallan a continuación;

A. De las misiones del puesto

Coordinar todas las tareas necesarias tendientes a la Gestión de Tierras: agrimensura legal y técnica, estudios catastrales y dominiales, liberación de trazas y expropiaciones, relacionadas con las obras hidráulicas y/o otras acciones llevadas adelante en el ámbito de este Ministerio.

B – FUNCIONES:

1. Coordinar las acciones necesarias para desarrollar la liberación de traza de las obras de infraestructura hídrica, mediante expropiaciones, permisos de paso, o cualquier otra gestión necesaria.

2. Acordar las acciones para ejecutar la inspección y cuantificación de las mensuras de deslinde de obras.

3. Inspeccionar y visar las tareas y/o planos de mensuras contratadas a terceros o confeccionadas por la administración correspondiente al deslinde de obras hidráulicas o realizadas por particulares donde se involucran obras hidráulicas o donde intervenga el recurso hídrico.

4. Coordinar las acciones necesarias para desarrollar las tramitaciones inherentes a las expropiaciones de inmuebles afectados a obras hidráulicas.

5. Asistir a las Direcciones Generales de Proyectos, Obras por Terceros y Comités de Cuencas y Talleres, en todas las tareas necesarias para el cumplimiento de sus funciones específicas.

6. Acordar las acciones necesarias tendientes a controlar el cumplimiento de todas las normas legales concernientes al uso y manejo de los recursos hídricos.

7. Acordar los trabajos de agrimensura que deben ser resueltos en forma previa y posterior a la realización de los proyectos o licitación de obras.

8. Coordinar las tareas necesarias para actualizar la base de datos referente a bibliografía, relevamientos, estudios, proyectos y obras, en los temas de su competencia.

9. Desarrollar además, todas las otras funciones que surjan de su misión, las complementarias de la misma, las necesarias para su administración interna y las que fije la superioridad.

10. Promover la capacitación y formación del personal bajo su dependencia.

11. Controlar y asesorar a los jefes de departamento.

C. Formación Académica requerida

Poseer título universitario en Agrimensura, Ing. Geógrafo o título afín. (Excluyente).

D. Conocimiento general:

1. De la organización del Estado:

Ley de Ministerios - Ley N° 12.817

2. Del personal:

Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Decreto N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto N° 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el / los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley N° 10.052 y modificatorias.

Conocimiento de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales de Higiene y Seguridad y Medio Ambiente del MASPyMA (disponible en el área de Pliegos y Presupuesto de Obras).

Decreto N° 291/2009 y modificatorios. Proceso de Selección para el Ingreso a la Administración Pública.

Decreto 1729/2009 y modificatorios. Régimen de concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.

3. Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N°10.204/58 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

E. Conocimiento específico inherente a la Jurisdicción y al cargo:

Estructura y competencias del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente (Decreto N° 0025/07, y modificatorios).

Estructura y competencias de la Dirección General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras (Decreto Nº 2612/06 y modificatorios).

Leyes Provinciales Nros. 11.730, 17.534, 10.921, 2.996 y 10.547.

Decreto 336/93 y 0872/01.

Disposición N° 1 de Escribanía.

Resoluciones de SCIT Nros. 44/10 y 144/10.

F. Conocimientos técnicos

Manejo de herramientas informáticas (software libre, procesador de texto, planilla de cálculo, correo electrónico, internet y Autocad).

Conocimiento respecto de IDESF y base catastral del SCIT.

G. Competencias Actitudinales:

Capacidad de supervisión y organización de los recursos humanos promoviendo la capacitación y búsqueda de niveles de excelencia.

Actitud creativa, innovadora, autogestionaria y proactiva.

Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajo multidisciplinarios.

Correcta expresión oral y escrita.

PERFIL III

JURISDICCION: 63 - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE – SECRETARÍA DE AGUAS – SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROTECCIÓN URBANA CONTRA INUNDACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS – ÁREA ESTRUCTURAS, DEFENSAS Y PROTECCIÓN DE MÁRGENES.

Cargo a Cubrir: JEFE DE AREA ESTRUCTURAS, DEFENSAS Y PROTECCIÓN DE MÁRGENES - NIVEL 7 - Agrupamiento Profesional.

Lugar de Prestación de Servicios: Delegación Santa Fe

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente.

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 2612/06 y modificatorios, se detallan a continuación;

A – MISIÓN:

Acordar las acciones vinculadas al diseño de estructuras garantizando la aplicación de criterios de seguridad adecuados para las obras que se proyecten y ejecuten dentro del ámbito del Ministerio de Asuntos Hídricos.

B – FUNCIONES:

1. Realizar todas las tareas profesionales que le sean solicitadas por el Director General de Proyectos.

2. Participar en el proyecto de presupuesto de su área.

3. Coordinar los equipos de trabajo para llevar a adelante los proyectos de estructuras hidráulicas atendiendo a las necesidades y a las previsiones de los planes de gestión integrada de los recursos hídricos.

4. Coordinar el estudio y proyecto de obras de prevención y defensa contra inundaciones y protección de márgenes y conjuntamente con otras áreas del Ministerio, vigilar por el estado de las mismas.

5. Realizar el estudio y proyecto de obras complementarias necesarias para asegurar el funcionamiento de las obras de defensa contra inundaciones y protección de márgenes, de acuerdo a las exigencias ambientales.

6. Elaborar estudios de diagnóstico, inventario, prefactibilidad, factibilidad y proyectos ejecutivos de obras hidráulicas.

7. Brindar asistencia profesional en todos los aspectos específicos que le sean requeridos por el Director General de Proyectos y asesorar a distintos estamentos del Ministerios.

8. Participar en la evaluación y estudios de impacto ambiental.

9. Gestionar la permanente actualización de herramientas para la realización de proyectos: normas, reglamentos, software, bibliografía, etc.

10. Controlar y verificar los proyectos de obras hidráulicas, realizadas por terceros u otros organismos nacionales, provinciales o municipales que se desarrollen en la jurisdicción de la provincia.

11. Propender la participación y asesoramiento en reuniones, congresos, etc., que estén relacionados a la temática del manejo y control y/o aprovechamiento del Recurso Hídrico.

12. Desarrollar además, todas las otras funciones que surjan de su misión, las complementarias de la misma, las necesarias para su administración interna y las que fije la superioridad.

13. Promover la capacitación y formación del personal bajo su dependencia

14. Controlar y asesorar a los jefes de departamento.

C. Formación Académica requerida

Poseer título universitario en Ingeniería Civil con orientación hidráulica (Excluyente).

Especialización en Estructuras, Geotecnia, Hidráulica, Hidrología (Preferentemente).

D. Conocimiento general:

4. De la organización del Estado:

Ley de Ministerios - Ley N° 12.817

5. Del personal:

Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Decreto N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto N° 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el / los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley N° 10.052 y modificatorias.

Decreto N° 291/2009 y modificatorios. Proceso de Selección para el Ingreso a la Administración Pública.

Decreto 1729/2009 y modificatorios. Régimen de concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.

6. Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N°10.204 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

E. Conocimiento específico inherente a la Jurisdicción y al cargo:

Estructura y competencias del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente (Decreto N° 0025/07, y modificatorios).

Estructura y competencias de la Dirección General de Proyectos (Decreto Nº 2612/06 y modificatorios).

Ley Provincial de Obras Públicas N° 5188 y sus decretos reglamentarios.

Ley Provincial N° 11008 - Creación del Colegio de Profesional de la Ingeniera Civil.

Ley Provincial N° 11730 - Régimen de Uso de Bienes situados en las áreas inundables dentro de la jurisdicción provincial.

F. Conocimientos técnicos

Hidráulica fluvial (procesos de erosión, sedimentación), Corrientes naturales, Transporte de sedimentos en ríos, estudios para diseño de puentes y de cruces subfluviales, control de inundaciones, avalanchas, estabilidad de taludes sumergidos y naturales.

Conocimiento respecto de las partes que componen un proyecto de obras hidráulicas, las técnicas de remediación y protección de costas y los distintos materiales utilizables para su aplicación en obras hidráulicas.

Desarrollo de la metodología de cálculo y verificación de estructuras de hormigón armado y metálicas, y su normativa de aplicación según los reglamentos nacionales vigentes.

Interpretación de estudios de suelo y sistemas de clasificación SUCS.

Análisis de los proyectos evaluando la compatibilidad del mismo según el tipo de financiamiento asignado.

F. Conocimientos técnicos no específicos:

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo y bases de datos, Internet y correo electrónico.

G. Antecedentes laborales (preferentemente):

Experiencia mínima de cinco (5) años en elaboración de proyectos y/o dirección y coordinación de obras hidráulicas y/o prevención de inundaciones.

G. Competencias Actitudinales:

Capacidad de gestión ante distintos organismos y empresas consultoras.

Dedicación a las tareas que se impartan, con énfasis en los proyectos de obras hidráulicas y protección de líneas de ribera.

Capacidad de liderazgo.

Capacidad de autogestión.

Capacidad de comunicación y trabajo en equipo.

PERFIL IV

JURISDICCION: 63 - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE – SECRETARÍA DE AGUAS – SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS - AREA PROFESIONAL DE AGUAS

Cargo a Cubrir: JEFE ÁREA PROFESIONAL DE AGUAS - NIVEL 7 - Agrupamiento Profesional.

Lugar de Prestación de Servicios: Delegación Santa Fe

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente.

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 1609/12 y modificatorios, se detallan a continuación;

A. MISION

Entender en todos los aspectos inherentes a la Secretaria de Aguas, organizando y coordinando el trabajo de los departamentos profesionales a su cargo, con sujeción a los criterios emanados de la Fiscalía de Estado y de la Dirección General.

B. FUNCIONES

1. Coordinar y supervisar el trabajo de los departamentos profesionales bajo su dependencia, en el análisis de los aspectos jurídicos-formales del despacho puesto a su consideración, impartiendo las instrucciones del caso.

2. Encomendar y coordinar con los departamentos a su cargo la distribución, entre los profesionales dependientes, de los expedientes ingresados a la Dirección General con proyecto de actos administrativos a ser emitidos por el titular de la Jurisdicción o por el Poder Ejecutivo, y si así correspondiere, por los Secretarios u otros funcionarios con competencia para hacerlo, a los fines de la verificación del ajuste de los mismos a las normativas vigentes.

3. Controlar y verificar la uniformidad de criterios vertidos por los profesionales a su cargo, en la consideración del despacho sometido a su examen y en los dictámenes por ellos elaborados.

4. Encomendar la sistematización y clasificación de la doctrina administrativa sentada por Fiscalía de Estado.

5. Verificar la observancia de la jurisprudencia administrativa emergente de los dictámenes producidos por la Fiscalía de Estado o, en su caso, el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 192 de la Reglamentación aprobada por el Decreto Acuerdo 1\1 9 0132/94.

6. Dar cumplimiento a toda otra gestión, que en el marco de la misión de la Dirección General, sea específicamente encomendada por la superioridad.

C. Formación Académica requerida

Poseer título universitario en Abogacía (excluyente).

Estudios de postgrado finalizados o en curso relativos a los recursos hídricos y/o derecho administrativo (preferentemente).

D. Conocimiento general:

7. De la organización del Estado:

Ley de Ministerios - Ley N° 12.817.

8. Del personal:

Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Decreto N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Decreto N° 1919/89 y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el / los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley N° 10.052 y modificatorias.

Decreto N° 291/2009 y modificatorios. Proceso de Selección para el Ingreso a la Administración Pública.

Decreto 1729/2009 y modificatorios. Régimen de Concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.

9. Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N°10.204/58 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

E. Conocimiento específico inherente a la Jurisdicción y al cargo:

Estructura y competencias del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente (Decreto N° 0025/07, y modificatorios).

Estructura y competencias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Decreto Nº 1609/12).

Decreto 132/94. Reglamentación de funcionamiento sobre el funcionamiento de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico.

Constitución Nacional.

Ley Nº 25.675 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental

Ley Nº 25.688 de Presupuestos Mínimos Ambientales para la Preservación del Agua

Código Civil

Constitución Provincial

Ley Nº 3.375 - Obras de Desagües

Ley Nº 4.767 - Fiscalía de Estado

Ley Nº 6.705 - Extracción de arenas para relleno de zonas costeras erosionadas, playas y obras de bien público

Ley Nº 7.534 - Expropiación

Ley Nº 9.721 - Estudio de escurrimiento de aguas superficiales

Ley Nº 9.830 - Comité de Cuencas

Ley Nº 11.220 - Marco regulatorio del Servicio Público de Agua Potable y Saneamiento

Ley Nº 11.717 - Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

Ley Nº 11.730 - Áreas Inundables

Ley Nº 12.046 - Redeterminación de los costos de las obras públicas.

Ley Nº 12.081 de Resolución de conflictos de Obras Hidráulicas Menores

Ley Nº 12.668 - Programa Grandes Acueductos Provinciales.

Ley Nº 13.036 - Comercialización de agua dulce.

Ley Nº 13.132 – Adhesión a los “Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina”

Ley Nº 13.246 - Implementación de medidas estructurales y no estructurales para estabilización de aportes por escurrimiento superficiales procedente de precipitaciones en la cuenta del sistema del arroyo Ludueña.

La legislación citada debe considerarse con los decretos reglamentarios en cada caso.

F. Conocimientos técnicos

Manejo de herramientas informáticas (software libre, procesador de texto, planilla de cálculo, correo electrónico, internet, Google earth).

H. Competencias Actitudinales:

Trato amable y respetuoso.

Responsabilidad y compromiso.

Capacidad de análisis y resolución de problemas.

Espíritu crítico, creativo e innovador.

Iniciativa y proactividad.

Correcta expresión oral y escrita.

Capacidad de integración y conformación de equipos de trabajo interdisciplinarios.


ANEXO II

COMPOSICIÓN DEL JURADO – SECRETARÍA DE AGUAS

El Jurado estará integrado de la siguiente manera para el PERFIL I:

Presidente: Subsecretario de Planificación y Gestión – Ing. Ricardo Giacosa

Miembros por el Ministerio:

Titulares:


Ing. Pablo Storani - Director Provincial de Administración de los Recursos Hídricos.

Ing. Daniel Avellaneda – Director Provincial de Sistemas de Provisión de Aguas.

Ing. Edgardo Murillo – Subdirector General de Administración y Legislación de los Recursos Hídricos.

Agrim. Grethel Von Der Thusen – Directora General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras.

Suplentes:

Alberto Mitri – Director Provincial de Drenaje y retenciones

Ing. Lilia Rossi – Directora Provincial de Saneamiento y Preservación de los Recursos Hídricos

Ing. Sergio Rojas – Director General de Proyectos

Dr. Gerardo Galimberti – Director Asuntos Jurídicos.

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

Eduardo Rubén Belmonte

Tec. Heriberto Martínez

Eduardo Temperini

Suplentes:

Carlos Almeida

Fernando Ávila

Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Darío Galarza

El Jurado estará integrado de la siguiente manera para el PERFIL II:

Presidente: Subsecretario de Planificación y Gestión – Ing. Ricardo Giacosa

Miembros por el Ministerio:

Titulares:

Ing. Pablo Storani - Director Provincial de Administración de los Recursos Hídricos.

Agrim. Grethel Von Der Thusen – Directora General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras.

Agrim. Analía Viloria. Subdirectora General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras.

Ing. Sergio Rojas – Director General de Proyectos

Suplentes:

Ing. Daniel Avellaneda – Director Provincial de Sistemas de Provisión de Aguas.

P.T.C. Dolores Puccio – Subdirectora General de Despacho

P.T.C. Fernando Landi – Área de Estudios Básicos Topográficos

Ing. Edgardo Murillo – Subdirector General de Administración y Legislación de los Recursos Hídricos.

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

Eduardo Rubén Belmonte

Tec. Heriberto Martínez

Eduardo Temperini

Suplentes:

Carlos Almeida

Fernando Ávila

Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Carlos Meloni

El Jurado estará integrado de la siguiente manera para el PERFIL III:

Presidente: Subsecretario de Planificación y Gestión – Ing. Ricardo Giacosa

Miembros por el Ministerio:

Titulares:

Ing. Sergio Rojas – Director General de Proyectos.

Ing. Pablo Storani - Director Provincial de Administración de los Recursos Hídricos.

Ing. Edgardo Murillo – Subdirector General de Administración y Legislación de los Recursos Hídricos.

Agrim. Grethel Von Der Thusen – Directora General de Estudios Básicos y Gestión de Tierras.

Suplentes:

Ing. Jorge Gruber - Jefe Área Evaluación Económica Financiera.

Ing. Gustavo Ferreira – Director General de Servicios Técnicos Específicos a/c.

Ricardo Andrés Robul – Jefe de Área Sistemas de Información y Normatización.

Ing. María de los Angeles Vigetti, Jefe de Área Hidrología e Hidráulica.

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

Téc.Eduardo Rubén Belmonte

Ing. Carlos Almeida

Ing. Sergio Rojas

Suplentes:

Tec. Heriberto Martínez

Ing. Fernando Ávila

Carlos Ferreira

Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Carlos Meloni

Composición Jurado Subsecretaría Legal y Técnica

El Jurado estará integrado de la siguiente manera para el PERFIL IV:

Presidente: Subsecretaria Legal y Técnica – Dra. Leonor Vera

Miembros por el Ministerio:

Titulares

Dr. Gerardo Galimberti, Directora General de Asuntos Jurídicos

Dr. Orlando Pitteri, Subdirector General de Asuntos Jurídicos

CPN Adriana Cattáneo, Subdirectora General de Administración

PTC Dolores Puccio, Subdirectora General de Despacho

Suplentes

D. Marcos Rivas, Director General de Despacho

Ing. Edgardo Murillo, Subdirector General de Administración y Legislación de los Recursos Hídricos

Agrim. Analía Viloria, Subdirectora General Estudios Básicos y Gestión

Ing. Gustavo Ferreyra, Director General de Servicios Técnicos Específicos

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

Téc. Eduardo Belmonte

Ing. Carlos Almeida

Téc. Eduardo Miguel

Suplentes:

Téc. Heriberto Martínez

Ing. Fernando Ávila

Ing. Sergio Rojas

Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Carlos Meloni

I. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Lugar de presentación de la documentación:

En la Coordinación General de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General de Administración – Sede Central - Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, sita en calle Avda. Alte. Brown Nº 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8.30 hs. a 12.30 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

Difusión: Desde el 11/11/2013 al 22/11/2013. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada de la Página Web Oficial de la Provincia.

Inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización, esto es, desde el 11/11/2013 al 02/12/2013, en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs. en la Mesa de Entradas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, sito en calle Avda. Almirante Brown 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concursos abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

II. ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del día 03/12/13 en horario a determinar por el Jurado

Lugar: Avda. Almirante Brown 4751 de la ciudad de Santa Fe.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente manera:


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: a partir del día 16/12/13, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: A partir del 05/03/14 en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación técnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

El jurado interviniente podrá solicitar a los profesionales, un informe ampliatorio del resultado de la evaluación de las competencias laborales si lo considera necesario.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: A partir del 20/03/14, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación psicotécnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para los concursos internos de las categorías 6, 7, 8 y 9; igual o mayor a 50 puntos para los concursos internos de las categorías 3, 4 y 5. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionado en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Peso relativo de cada Etapa

Categorías 7

Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40 %

Evaluación Personalidad 20 %

Entrevista Personal 10 %

Total 100 %

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

S/C. 10409 Nov. 8 Nov. 12

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN Nº 0457


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 04/11/2013

VISTO:

El Expediente Nº 02001-0021047-3 del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual se gestiona la designación del Presidente del Consejo de la Magistratura para los concursos destinados a la cobertura de los cargos indicados en el inciso “a” del Decreto N° 3904/12; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 2 de Septiembre de 2013 a través de la Resolución N° 0363/13 se designó como Presidenta del Consejo de la Magistratura a la Sra. Secretaria de Programas de Transformación de los Sistemas Judiciales para los concursos del inciso “a” del artículo 1° del Decreto N° 3904/12;

Que en esta instancia el Sr. Titular de esta Jurisdicción ha decidido que, en ejercicio de la facultad que le otorgó el Sr. Gobernador en el segundo párrafo del articulo 2° del Decreto N° 3904/12, la Presidencia del Consejo para los concursos del inciso “a” del artículo 1° de dicha norma recaiga nuevamente en el Sr. Secretario de Justicia;

Que atento a lo dispuesto por el artículo 15° del Decreto mencionado deberá ponerse en conocimiento de los postulantes que participan en estos procesos de selección de lo resuelto en el presente acto;

Que también deberá comunicarse de dicha decisión al Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Desígnase al Sr. Secretario de Justicia, a partir del 4 de Noviembre de 2013, en la Presidencia de los concursos destinados a la cobertura de cargos vacantes en las cámaras de apelación, jueces de primera instancia, tribunales colegiados de instancia única y demás tribunales y jueces establecidos por ley que requieran acuerdo del Poder Legislativo y que se regulen bajo el Decreto N° 3904/12.

ARTÍCULO 2º: Póngase en conocimiento de lo dispuesto en el articulo 1° de la presente a todos los postulantes que se encuentran participando en los procesos de selección regulados bajo el Decreto N° 3904/12, a los efectos previstos en el articulo 15° de dicha norma.

ARTÍCULO 3º: Póngase en conocimiento del Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, y archívese.-

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministro de Justicia y

Derechos Humanos

S/C 10415 Nov. 8

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FISCO NACIONAL (A.F.I.P. - DGI)


REMATE POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL (A.F.I.P- D.G.I.) c/ Otro s/ Ejecución Fiscal” (Expte. N° 91004/2012), en trámite por ante el Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Rosario a cargo del Dr. Héctor Alberto Zucchi, secretaría de la Dra. Mercedes Andrada, la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama CUIT: 27-26921558-0 Matrícula 1715-M-166; Matrícula Federal N° 372; Rematará en subasta pública el día Jueves 21 de Noviembre de 2013, a las 10:00 Hs. En el Colegio de Martilleros de la ciudad de Venado Tuerto, cito en calle Mitre Nº 915; el siguiente bien: 100% - Rodado Marca: IVECO; Modelo: 450E33T Cursor, Tipo: Tractor con Cabina Dormitorio; Año: 2012, Chasis IVECO Nº: 93ZMIPNH088601885, Motor IVECO Nº 8120891; Dominio: KXU-480 De titularidad Registral de Brandfood S.A. 100%. Si el día designado para la subasta resultare inhábil, se llevará a cabo al día siguiente hábil a la misma hora, condiciones y lugar establecidos. El bien saldrá a la venta conforme su estado con una Base de $ 250.000, comenzándose las pujas desde este monto, de no haber ofertas por dicha base o superiores a la misma, se declarará desierta la subasta.- Según consta en el Informe de Dominio expedido en fecha 10/10/13 por el Registro General de la Propiedad Automotor de la ciudad de Firmat el bien objeto de ejecución registra el siguiente gravamen: 1º) Embargo de fecha (11/06/2013, por un Monto de $ 371.663,80 más $ 168.677,47 por intereses, en autos: FISCO NAC. AFIP-DGI c/ BRANDFOOD S.A s/ E. Fiscal (Expte. Nº 91004/2012) Juzg. Fed. Nº 1 Rosario. La Comuna con asiento en Localidad de Hughes, informa a la fecha 16/10/13, que en concepto de Patentes se registra deuda por la suma de $ 20.047,26 no informando infracciones de tránsito. De la Verificación Automotor efectuada el día 16/10/13 no surgen anomalías. Del mandamiento de secuestro de fecha 01/10/2013 surge que la unidad se encuentra Funcionando en Buen Estado de Conservación. El que resulte comprador abonará en el acto de remate el 50% del precio de compra, con más el 10% de comisión de Ley a la Martillera actuante, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio (50% restante) lo abonará dentro de las 72 hs. hábiles posteriores al remate mediante deposito bancario, cheque certificado, dinero efectivo y/o transferencia interbancaria, en la cuenta judicial que se le informará el día de la subasta en Banco de Nación Argentina. El bien mueble será entregado a su comprador al momento de la acreditación del pago del saldo de precio, conforme el Art. 574 CPCCN. El comprador toma a su cargo las deudas que por patentes, multas y/o infracciones de tránsito pudieran pesar sobre el bien, como así también de corresponder IVA, cambio de radicación y transferencia. Se hace saber que conforme lo dispone el Art. 598 inc. 7° del CPCCN no se procederá a la compra en comisión. Hágase saber en el caso de corresponder, a los acreedores existentes, oficiándose a los Juzgados pertinentes de la subasta a realizarse. La exhibición del bien se efectuará los dos días hábiles previos a la subasta. En cumplimiento de la Resolución General de la AFIP se deja constancia que el número de CUIT de la parte ejecutada es 30-71178642-9. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Fdo. Dr. Eduardo Giunta -Agente Fiscal (AFIP-DGI) - Se deja constancia que el presente Edicto se encuentra Excento de Pago. 30 de Octubre de 2013.

S/C 215182 Nov. 8 Nov. 11

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL

MES DE NOVIEMBRE DE 2013


En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional Nº 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, y asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Provincial N° 0869/09, conforme la modificación dispuesta por el Artículo 5 del Decreto Provincial N° 0409/13 y la Resolución N° 0074/13 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, por el cual se fijan como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF)

1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 8,099

Este precio se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial

S/C 10417 Nov. 8 Nov. 12

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