picture_as_pdf 2007-11-08

MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO

RESOLUCION N° 1396

Santa Fe, 2 de Octubre de 2007.

Visto: el Expediente N° 00201-0122778-4, registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), en cuyas actuaciones obran antecedentes relacionados a la Contratación de un Servicio destinado a la inspección de horas vuelo del helicóptero adquirido oportunamente por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, asignado a la Policía de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que conforme constancias obrantes a fs. 01/04 se solicita gestionar la contratación de un servicio que permitan realizar la inspección correspondiente a las cincuenta (50) horas de vuelo sobre el helicóptero marca Helibras ECUREUIL, Modelo AS350-B2 -S/N 4230 matrícula LQ-BIN, adquirido a la Empresa Helicópteros Do Brasil S.A. -Helibras- por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, mediante Decreto N° 3023 del 09 de Noviembre de 2006, destinado a ese Organismo para la prevención del delito,

Que a fs. 05 la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad manifiesta que el único Taller Aeronáutico de Reparación en el país, habilitado para realizar trabajos de mantenimiento sobre aeronaves de ese tenor, es la Empresa Helicópteros Marinos S.A., especificando la ubicación y teléfonos de la misma en virtud al requerimiento efectuado por la Sra. Asistente Técnica a fs. 03;

Que el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto instrumenta llamado a la Gestión Directa Interna Expte. N° 00201-0122778-4 con fecha de apertura el 10 de Agosto de 2007, constando a fs. 06/07 el pedido cotización con las características generales de la prestación y su correspondiente ficha técnica remitida a la Empresa Helicópteros Marinos S.A.;

Que atendiendo al requerimiento efectuado Ut-Supra, la Empresa Helicópteros Marinos S.A., remite el pertinente presupuesto donde obra la descripción del servicio correspondiente a 50 horas de vuelo y anexándose cotización adicional de tracking, balanceo de rotor principal y de cola para verificación de vibraciones con equipo Chadwick (Vide fs.08/09).

Que a fs. 10 se advierte el Acta y Justificación de Adjudicación en el que se preadjudica a la Empresa HELICOPTEROS MARINOS S.A., por un monto total de $ 5.142,50. (Pesos Cinco Mil Ciento Cuarenta y Dos con Cincuenta Centavos) por ser el único oferente habilitado y precio para la prestación del servicio técnico solicitado - información recibida de la Dirección de Aviación General perteneciente a la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad, cuyos antecedentes obran en autos. y además por cumplir con los requisitos técnicos requeridos en el Pliego;

Que a 11/12 se glosa la Planilla Anexa al Decreto N° 4504/92, debidamente cumplimentada por los Funcionarios competentes, detallando la prestación y con la fundamentación de contratación por vía de excepción otorgada por los mismos;

Que a fs. 17/18 se emite informe del Art. 114° de la Ley de Contabilidad - Registro - Proveedores del Estado- extraídos del modulo Beneficiarios Sistema SIPAF;

Que a fs. 19/20 se anexan los Certificados Negativos de los integrantes de la Empresa preadjudicada emitidos por el Registro de Procesos Universales del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, dando satisfacción a lo dispuesto por el Art. 8° de la Ley Provincial N° 11.945 y su Decreto Reglamentario N° 1005/06 Art. 8°. Asimismo se cumplimenta el punto B) - Calidad de Proveedor del Pliego de Bases y Condiciones, en referencia a la Personería Jurídica de la firma con (Vide fs.24/67);

Que a fs. 21 luce la afectación preventiva del gasto en la contabilidad presupuestaria, dando satisfacción a lo impuesto por el Decreto N° 155/03 y Resolución N° 005/07 del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que habiéndose cumplimentado en autos lo solicitado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, la que ha intervenido mediante dictamen N° 2317/07 de fs. 82/82 vta., procede la resolución favorable del trámite;

Por ello y de acuerdo a lo establecido en los Decretos 4504/92 y 3226/05;

EL MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Encuadrar la presente gestión en lo dispuesto en el Art. 108° inc. g) del Decreto - Ley N° 1757/56 y Modificatorios (Ley de Contabilidad), y en el Art. 6°. inc. g) del Decreto Acuerdo N° 4059/79.

ARTICULO 2°.-Adjudicar de conformidad a la Gestión Directa Interna a favor de la Empresa HELICOPTEROS MARINOS S.A. CUIT. 30-57615464-6 Beneficiario SIPAF 8557 por el importe total de $ 5.142,50. (Pesos Cinco Mil Ciento Cuarenta y Dos con Cincuenta Centavos) la Contratación de los Servicios que permitan realizar la inspección correspondiente a las cincuenta (50) horas de vuelo sobre el helicóptero marca Helibras Ecureuil, modelo AS 350-B2 serie N° 4230 matrícula LQ-BIN adquirido a la Empresa Helicópteros Do Brasil -Helibras- por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, destinado a la Policía de la Provincia, en virtud a lo expuesto en los considerandos de la presente norma legal, en un todo de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto en el Pliego de Bases y Condiciones de fs. 06/07, al presupuesto de fs. 08/09, al informe técnico de la Dirección de Aviación General perteneciente a la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad de fs. 05, al Acta y Justificación de Adjudicación de fs. 10 y a la ampliación de validez de oferta de servicio de fs. 80.

ARTICULO 3°.-Imputar el presente gasto con cargo al crédito previsto en el Presupuesto General vigente a: Sector 1- Subsector 1-Carácter 1-Jurisdicción 20 Subjurisdicción 00-Programa 16-Subprograma 00-Proyecto 00-Actividad 00- Obra 00 Fuente de Financiamiento 111-Inciso 3-Partida Principal 3-Partida Parcial 0-Partida Subparcial 0-Ubicación Geográfica 82-63-0-Finalidad 2-Función 10.

ARTICULO 4°.-Regístrese, comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto para la emisión de la respectiva orden de provisión y a la Policía de la Provincia a sus efectos.

Dr. ROBERTO A. ROSUA

Ministro De Gobierno

Justicia y Culto

S/C 608 Nov. 8

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RESOLUCION N° 1544

Santa Fe, 22 de Octubre de 2007.

Visto: el Expediente N° 00201-0120899-6, registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), en el cual obran antecedentes relacionados a la adquisición de grupos electrógenos y sistemas de alimentación ininterrumpidas (UPS) para la Compañía Tropas de Operaciones Especiales (T.O.E) dependiente de la Policía de la Provincia;

CONSIDERANDO:

Que según nota de fs. 01/01 vta. el Jefe de la Compañía de las Tropas de Operaciones Especiales (T.O.E.) de la Policía de la Provincia, solicita la adquisición de dos (2) Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS) y de dos (2) Grupos electrógenos, enumerando en dicho requerimiento las características de los mismos, destinados a la instalación del sistema de seguimiento para testigos sometidos al programa pertinente;

Que dicho programa fue aprobado oportunamente por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, mediante Decreto Provincial N° 0076 del 18 de Enero de 2007, destinado a la Protección y Atención de Testigos en Grado de Exposición y Riesgo;

Que a fs. 09/12, la Dirección Provincial de Informática del Ministerio de Hacienda y Finanzas, toma la intervención que le compete procediendo a elaborar las Fichas Técnicas respectivas;

Que a fs. 19 se glosa informe del Area Mantenimiento de aquella Dirección en el cual se detallan los consumos eléctricos en KVA para el equipamiento a instalar en las ciudades de Santa Fe y Rosario a tenor de lo requerido por la Empresa Telecom Argentina S.A. a fs. 13/14;

Que en virtud a lo expuesto, el Departamento Logística D 4 de la Policía de la Provincia instrumenta el llamado a la Gestión Directa Interna Expte. N° 00201-0120899-6 con fecha de apertura el día 30 de Agosto de 2007, constando a fs. 32/110 los pedidos de cotización con los requisitos a cumplimentar y las condiciones necesarias para validar los presupuestos remitidos por aquel Departamento, a distintas Empresas pertenecientes al rubro grupo moto-generadores y computación;

Que a la compulsa fueron invitadas cuatro (4) Empresas del ramo de la Provincia de Santa Fe a saber: 1-GENESIS COMPUTACION, 2-RECOMOVIL S.A., 3-DELFIN NAUTICA, 4-DI CICCO, RICARDO OSCAR "CCI COMPUTACION", 5-KATODO S.R.L., 6-RIBLES, ERNESTO DIONISIO (S.E.I.) y 7-GUERRERO S.A., observándose a fs. 33, fs. 39, fs. 45, fs. 51, fs. 57, fs.63 y fs. 69 respectivamente, las constancias de recepción de las mismas;

Que a la convocatoria a la Gestión Directa Interna. Expte. N° 00201-0120899-6, registro del S.I.E. responden las siguientes Empresas: 1-DI CICCO, RICARDO OSCAR "CCI COMPUTACION", 2KATODO S.R.L. y 3-RIBLES, ERNESTO DIONISIO "S.E.I" constando a fs. 75/87, fs 88/90 y fs..91/110 respectivamente los presupuestos de lo requerido en autos. A fs. 111/112 se glosa el Acta de Apertura firmada sin observaciones por los presentes y a fs. 112 vta. Acta de Constatación de Error de Escritura con la salvedad expuesta por el Jefe del Departamento Logística D4 en referencia al costo unitario del renglón N° 2- Sistema de Alimentación Ininterrumpida (U.P.S.);

Que previo análisis de las ofertas y del Cuadro Comparativo de Precios de fs. 113, y al Acta y Justificación de Adjudicación de fs. 121, el Departamento Logística D 4 de la Policía de la Provincia preadjudica a la Empresa RIBLES, ERNESTO DIONISIO "S.E.I." CUIT. 20-05531152-9 Beneficiario SIPAF 6757 por el importe total de $ 8.400. (Pesos Ocho Mil Cuatrocientos) el renglón N° 1 - Grupo electrógeno, y a la Empresa KATODO S.R.L. CUIT. 30-70786840-2 Beneficiario SIPAF 3956 por el precio total de $ 16.760. (Pesos Diez y Seis Mil Setecientos Sesenta) el renglón N° 2 - Sistema de Alimentación Ininterrumpida (U.P.S.)- conformando un monto total de $ 25.160. (Pesos Veinticinco Mil Ciento Sesenta) IVA incluido;

Que a fs. 116 se observa informe del Area Mantenimiento de la Dirección Provincial de Informática dependiente de Ministerio de Hacienda y Finanzas donde determina que las propuestas presentadas por las Empresas preajudicadas, cumplen con las especificaciones técnicas requeridas por las fichas técnicas de fs. 09 y fs. 11 respectivamente;

Que a 119/120 se glosa la Planilla Anexa al Decreto N° 4504/92, debidamente cumplimentada por los Funcionarios competentes, detallando las características de los elementos a adquirir,

Que el fundamento de preadjudicación del renglón N° 1-Grupo electrógeno- es por única oferta y del renglón N° 2 - Sistema de Alimentación Ininterrumpida (UPS)- es el menor costo que resulta razonable conforme a los valores de plaza y cumplir con los requisitos técnicos requeridos oportunamente, de acuerdo al informe de la Dirección Provincial de Informática de fs. 116 y a la intervención de competencia del Jefe del Departamento Logística D4 y del Jefe de Policía de la Provincia (Vide fs. 123/124);

Que a fs. 90 y fs. 142 se anexan los Certificados Negativos de los integrantes de la Empresas preadjudicadas emitidos por el Registro de Procesos Universales del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, dando satisfacción a lo dispuesto por el Art. 8° de la Ley Provincial N° 11.945 y su Decreto Reglamentario N° 1005/06 Art. 8° Asimismo se adjunta a fs. 143/148 la pertinente documental legal e impositiva de la Empresa KATODO S.R.L.;

Que a fs 130 luce la afectación preventiva del gasto en la contabilidad presupuestaria, dando satisfacción a lo impuesto por el Decreto N° 155/03 y Resolución N° 005/07 del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que a fs. 132/137 se emite el informe del Art. 114° de la Ley de Contabilidad - Registro de Proveedores del Estado- extraídos del módulo Beneficiarios Sistema SIPAF;

Que a fs. 154, la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional interviene mediante dictamen N° 2486/07 sin formular observaciones;

Por ello y de acuerdo a lo establecido en los Decretos 4504/92 y 3226/05;

EL MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Exceptuar la presente Gestión Directa Interna del Decreto Nro. 580/89 y encuadrar en lo dispuesto en el Art. 108° inc. h) del Decreto-Ley N° 1757/56, en el Art. 6to. inc. b) del Decreto-Acuerdo N° 4059/79 y Modificatorios (Ley de Contabilidad) y en el Art. 7° del Decreto N° 3226/05.

ARTICULO 2°.-Adjudicar de conformidad a la Gestión Directa Interna a la Empresa RIBLES, ERNESTO DIONISIO "S.E.I." CUIT. 20-05531152-9 Beneficiario SIPAF 6757 por el importe total de $ 8.400. (Pesos Ocho Mil Cuatrocientos) el renglón N° 1 - Grupo electrógeno -, y a la Empresa KATODO S.R.L. CUIT. 30-70786840-2 Beneficiario SIPAF 3956 por el precio total de $ 16.760. (Pesos Diez y Seis Mil Setecientos Sesenta) el renglón N° 2 - Sistema de Alimentación Ininterrumpida (U.P.S.) conformando un monto total de $ 25.160. (Pesos Veinticinco Mil Ciento Sesenta) IVA incluido; en virtud a los considerandos expuestos en la presente norma legal, a los presupuestos de fs. 91/110 y fs. 89, al Informe Técnico de la Dirección Provincial de Informática de fs. 116, al Acta y Justificación Adjudicación de fs. 121, a lo solicitado por el Servicio recurrente a fs. 01, y a la planilla Anexo "A" que se adjunta y forma parte integrante del presente decisorio.

ARTICULO 3°.- Imputar el presente gasto con cargo al crédito previsto en el Presupuesto General vigente a: Sector 1-Subsector 1-Carácter 1-Jurisdicción 20 Subjurisdicción 00-Programa 16-Subprograma 00-Proyecto 00-Actividad 00- Obra 00 Fuente de Financiamiento 111-Inciso 4-Partida Principal 3-Partida Parcial 0- Partida Subparcial 0

Ubicación Geográfica 82-63-0 $ 12.580. Ubicación Geográfica 82-84-0 $ 12.580.

Finalidad 2-Función 10

ARTICULO 4°.-Regístrese, comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto a sus efectos.

Dr. ROBERTO A. ROSUA

Ministro de Gobierno

Justicia y Culto

 

 

 

Gestión Directa Interna Expte. N° 00201-0120899-6

Adquisición de Grupos Electrógenos y UPS para las Tropas de Operaciones Especiales (T.O.E.)

Planilla Anexo "A"

REN- CANTI- PRECIO

ADJUDICATARIO GLON DAD CONCEPTO UNITARIO Subtotal Total

RIBLES, Grupos electrógenos de 5,5, Kva. de potencia

ERNESTO marca Toyama, modelo G-5,5 T monofásico

DIONISIO de 220 volts.

Corriente nominal: 22 amperes en potencia

"S.E.I." continua durante 9 hs., más 10% de sobrecarga en stand-by

CUIT. Frecuencia nominal: 50 Hz c/generador de 2

20-05531152-9 polos.

Velocidad nominal: 3.000 r.p.m. c/elementos de

BENEFICIARIO 1 2 primera calidad, probada confiabilidad y para

SIPAF 6757 1 2 cumplir c/todas las prestaciones solicitadas en la 4.200,00 8.400,00 $ 8.400,00

ficha técnica del Pliego de Bases y Condiciones

de la presente gestión.

KATODO S.R.L. UPS ON LINE, marca LYONN, modelo ULT

5000-LCD

CUIT. Doble conversión, onda de salida senoidal.

30-70786840-2

C/20 baterías internas de 12 volts x 7 Ah. Pack de

20 baterías externas de 12 volts x 7

Ah., de electrolito absorbido.

Gabinete, conectores, fusibles, y llave térmica

BENIFICIARIO p/cumplir c/el requerimiento de una autonomía de

SITAF 3956 2 2 30 minutos y c/ todas las prestaciones solicitadas 8.380,00 16.760,00 $ 16.760,00

en la ficha técnica del Pliego de Bases y

Condiciones de la presente gestión.

TOTAL GENERAL 25.160,00

 

S/C 606 Nov. 8

 

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MINISTERIO DE EDUCACION

RESOLUCION N° 1531

Santa Fe, 30 de Octubre de 2007.

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0169754-1 del registro de este Ministerio, cuyas actuaciones se relacionan con la Resolución Nº 369 del 28 de noviembre de 2003; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado decisorio se convocó a Concurso de Ascenso, Antecedentes y Oposición para cubrir cargos de Director y Vicedirector de Centros de Educación Física dependientes de esta Jurisdicción;

Que atento la presentación realizada por numerosos docentes, ante la Cámara de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de Santa Fe caratulada: "Strnad José Atilio y otros c/ Provincia de Santa Fe s/Recurso Contencioso Administrativo (CCA: 117/2004), dicha Cámara ha dictado la Resolución del 20 de mayo de 2004 por la cual dispone "...la suspensión del concurso convocado por resolución 369/03 hasta tanto la Administración resuelva, mediante acto definitivo y que cause estado, los cc planteos efectuados por los recurrentes en sede administrativa; y dejar a salvo la posibilidad de que decida, de estimarlo necesario, una nueva integración del jurado, o efectúe, en ejercicio de sus potestades administrativas propias, las reformas al acto impugnado que estime pertinentes.;

Que en foja 1 ha tomado intervención la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades solicitando se deje sin efecto tal convocatoria en razón de gestionarse un nuevo llamado que será presupuestado en el año 2008;

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Educación en foja 15 de autos;

Que la Secretaria Privada de la suscripta requiere la elaboración del instrumento legal correspondiente;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

1) Dejar sin efecto el Concurso de Ascenso, Antecedentes y Oposición para cubrir cargos de Director y Vicedirector de Centros de Educación Física dependientes de esta Jurisdicción, convocado por Resolución Ministerial Nº 369 del 28 de noviembre de 2003, atento los fundamentos expuestos en la presente.

2º) Hágase saber y archívese.

Lic. ADRIANA CANTERO

Ministra de Educación

S/C 591 Nov. 8

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESOLUCION N° 023/07 - GRAL.

Santa Fe, 31 de Octubre de 2007.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 13301-0161935-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, sobre pago con cheques de los tributos que resulten de la intervención de los Escribanos Públicos; y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario normar, en cuanto a las formas de abonar las obligaciones fiscales en que los Escribanos Públicos actúan en su carácter de Agentes de Retención y que emanan de las operaciones en que intervienen extendiendo las escrituras públicas respectivas, para que resulten acordes a las políticas trazadas en materia de cumplimiento fiscal;

Que, en el mismo sentido, se estima conveniente posibilitar a dichos profesionales, una forma segura y práctica para que impongan en tiempo y forma el ingreso de las retenciones y teniendo en cuenta la magnitud de los importes resultantes, un medio que les evite el traslado de dinero efectivo;

Que, el Decreto Nº 3505/01 del Poder Ejecutivo Provincial, en su artículo 4º dispone que la facultad establecida en el artículo 1º podrá ser ejercida en un todo de acuerdo con las condiciones y la reglamentación que al efecto dicte la Administración Provincial de Impuestos, quien reglamentará la forma, modos y proporción para la utilización de cada una de las modalidades que se autoricen, como sus limitaciones, fecha de entrada en vigencia de cada una de las modalidades de pago y demás condiciones que resulten necesarias para su efectiva aplicación;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Técnica y Jurídica mediante el Informe Nº 1129/07, no encontrando observaciones al proyecto propuesto;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º) Establécese que los Escribanos Públicos deberán obligatoriamente efectuar el pago de sus "CORRESPONDE" y Boletas de Depósitos, resultantes de los actos de escrituración, mediante la utilización de cheques, librados en las formas y condiciones que esta Administración establece en esta resolución.

ARTICULO 2º) La obligatoriedad del artículo 1º será de aplicación para toda operatoria cuyas obligaciones tributarías resulten igual o superior a los $ 1.000,00 (pesos un mil), pudiendo optar por idéntico medio para aquellas que el importe del tributo sea inferior al mencionado monto.

ARTICULO 3º) A los efectos de la tributación establecida en los artículos precedentes, los Escribanos Públicos deberán utilizar Cheque cumpliendo las siguientes condiciones:

a) Emisión de un cheque por cada obligación tributaria, el cual deberá estar emitido a la orden del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - No a la Orden y cancelarse dicha obligación en la mencionada institución bancaria.

b) El librador del cheque debe ser el Escribano Público interviniente.

c) Deberá girarse contra una cuenta abierta en una entidad bancaria de la misma plaza del lugar de pago.

d) Los cheques deberán ser librados con cláusula de imputación, la que contendrá la leyenda "para cancelar obligaciones A.P.I., número de Clave Unica de Identificación Tributaría (CUIT) del Escribano Público, Número de identificación de la Obligación Tributaría (Corresponde Nº o Boleta de Depósito) y Concepto (Sellos, Ingresos Brutos, etc.).

ARTICULO 4º Los Escribanos Públicos recibirán como constancia de pago un ticket, que contendrá como mínimo, los siguientes datos:

a) Nombre del Banco Cobrador.

b) Sucursal, su número.

c) Terminal, su número.

d) Fecha y hora.

e) Cajero, su número.

f) Número de transacción.

g) Impuesto o concepto, año, anticipo cuota. h) Identificación del tributo.

i) Importe pagado.

j) Forma de pago.

ARTICULO 5º) Cuando por cualquier razón el cheque fuera rechazado, el comprobante de pago recibido (ticket) no será válido para acreditar la cancelación del tributo, en tal caso los Escribanos Públicos deberán solicitar en el banco receptor del documento, la devolución del mismo, en tanto hubieran satisfecho los requisitos de orden interno de acuerdo con las prácticas bancarias y el solicitante hubiese presentado la pertinente autorización emitida por la A.P.I.

ARTICULO 6º) Procédase, a través de la Subdirección de Finanzas de la Administración Provincial de Impuestos a notificar al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., como Agente financiero de la Provincia de Santa Fe, la presente Resolución y requerirle la adopción de las medidas internas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.

ARTICULO 7º) Procédase, a través de la Subdirección de Secretaría General de la Administración Provincial de Impuestos, a notificar a los Colegios de Escribanos de la Provincia de Santa Fe para que tomen debida nota de la presente Resolución General.

ARTICULO 8°) Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese.

C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE

Administrador Provincial

S/C 594 Nov. 8

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RESOLUCION N° 024/07 - GRAL.

Santa Fe, 1° de Noviembre de 2007.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente N° 13301-0159718-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes; las disposiciones vigentes en materia de facilidades de pago en cuotas de deudas impositivas, las facultades otorgadas por el artículo 58 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias) y las Resoluciones Nros. 724/05 y 408/07 del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Res. Gral. N° 19/07 - API.; y

CONSIDERANDO:

Que, a fin de facilitar el ingreso de obligaciones de pagos incumplidas, resulta conveniente extender el plazo previsto para la vigencia de la Resolución General 19/07 - API; manteniéndose el carácter de temporal que, desde su inicio, se le asignara al régimen por ella instaurado;

Que esta Administración, de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 58 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias), se halla en condiciones de dictar las disposiciones que regularán la formalización de los convenios de pagos;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Sustitúyese el artículo 12° de la Resolución General N° 19/07 - API, por el siguiente:

ARTICULO 12° - Cualquiera sea el medio de pago, para aquellos contribuyentes que celebren Convenios de Pago entre el 01/11/07 y el 07/11/07, el vencimiento de la 1ra. cuota operará el 07/11/07 y el vencimiento de la 2da. cuota operará el 15/11/07, mientras que las restantes cuotas vencerán los días 15 de cada mes.

ARTICULO 2°- Sustitúyese el artículo 23° de la Resolución General N° 19/07 - API, por el siguiente:

"ARTICULO 23° - La presente Resolución tendrá vigencia hasta el 07 de noviembre de 2007.

ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese por circular, publíquese y archívese.

C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE

Administrador Provincial

S/C 593 Nov. 8

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DIRECCION PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPOSICION N° 0147

Santa Fe, 26 de Octubre de 2007.

VISTO:

El Expediente N° 00301-0057264-0, del registro del Sistema de información de Expedientes, mediante el cual el Programa Municipal de Inversiones del Ministerio de Hacienda y Finanzas gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario .... atribución que fuera encomendada a este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que por Resolución 623/05, el Ministro de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4° de la Ley N° 12.360;

Que el Reglamento de la Ley 12.360, aprobado por Decreto Nro. 1.820/05, contempla en el apartado Excepciones, en el artículo 4° inciso b) los sistemas heredados y el inciso d) los sistemas transferidos;

Que la autorización solicitada por el Programa Municipal de Inversiones del M.H. y F., se encuentra vinculada al Expediente N° 00301-0056803-8, en el que se tramita la adquisición de hardware y software con destino a dicho organismo;

Que dicho equipamiento y software será destinado para acceder al sistema SIPAF y al aplicativo UEPEX;

Que el SIPAF, Sistema de Administración Financiera de la Provincia, requiere para su utilización, una plataforma de trabajo, sustentada por el sistema operativo Windows. Se trata de un sistema heredado, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, demanda un enorme esfuerzo desde el punto de vista técnico y económico;

Que los puestos de trabajo destinados al SIPAF, de acuerdo a lo formulado por la empresa proveedora del mismo, y que cumplan funciones de clientes del SIPAF, es exigible que tengan instalado dicho sistema operativo, para un adecuado soporte al funcionamiento de las aplicaciones;

Que el UEPEX, es una aplicación Metaframe vía Internet, para la administración de los nuevos programas de financiamiento, que generan la necesidad de asistir a los Municipios en la formulación de los proyectos, en los procesos licitatorios y efectuar el monitoreo de entrega de equipos y/o ejecución de obras vinculadas a los mismos;

Que el UEPEX, requiere que los puestos de trabajo, dispongan de sistema operativo Windows, de acuerdo a las especificaciones formuladas por la Unidad Informática de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción de la Nación;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar al Programa Municipal de Inversiones del M.H. y F., en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado, que se refiere al sistema operativo Windows;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPONE:

1°.- Autorizar al Programa Municipal de Inversiones del Ministerio de Hacienda y Finanzas a utilizar el software propietario peticionado, con destino al equipamiento gestionado a través del expediente 00301-0056803-8, según el siguiente detalle:

* Sistema Operativo Windows, 10 (diez) licencias.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial de Informática

S/C 592 Nov. 8

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MINISTERIO DE GOBIERNO,

JUSTICIA Y CULTO

NOTIFICACION

En las actuaciones tramitadas por expediente N° 00201-0067307-2 y agregados Nros. 00201-2000363-V caratulado: "VILLASBOAS PATRICIA FELISA", la Dirección General de Despacho del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, a tenor de lo dispuesto por los artículos 20 inciso e) y 28 del Decreto N° 10.204/58, notifica a los Dres. JUAN ANTONIO CAPPELLI y LAURA INES MAYOL, apoderados del causante, lo siguiente: "RESOLUCION N° 0982 - SANTA FE, 14 de agosto de 2006. VISTO el expediente N° 00201-0067307-2 y agregados N° 00201-2000363-V, y CONSIDERANDO:.. Por ello EL MINISTRO DE - GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO RESUELVE: ARTICULO 1- Rechazar, por extemporáneo, el reclamo administrativo previo interpuesto, a través de apoderados, por PATRICIA FELISA VILLASBOAS (M.I. 24.414.427), tendiente a obtener una indemnización por daños y perjuicios que dice haber sufrido, a raíz de un hecho ocurrido con un agente de la Policía de la Provincia, en la ciudad de Tostado (Dpto. 9 de Julio), en fecha 23 de diciembre de 1995. ARTICULO, 2) Regístrese, hágase saber y archívese. Fdo: Dr. Roberto Arnaldo Rosua. Ministro de Gobierno, Justicia y Culto, Asimismo se le hace conocer, en cumplimiento de los términos de la Ley 12.071 sobre los derechos recursivos y plazos para ejercerlos, lo siguiente: Art. 42 del Decreto 10204/58- "El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decreto y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y en general contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación".

S/C 607 Nov. 8

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AFIP - DGI

REMATE POR:

FEDERICO GARMENDIA MOLAS

Por disposición de la AFIP-DGI y conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 25.239 al Sr. Agente Fiscal, Dr. Cristian J L. Bussi, se hace saber que en los autos: Fisco Nacional (AFIP-DGI) c/Otro s/Ejecución Fiscal" (Expte. Nº 1396/04; CUIT: 20-17339882-5 - Juzg. Federal Nº 2 de Santa Fe, Secretaría de Ejec. Fiscales), se ha dispuesto que el martillero Federico Garmendia Molas, mat. 835, venda en pública subasta el día 13 de noviembre de 2007, a las 10 hs., en el Anexo del Colegio de Martilleros sito en calle 9 de Julio 1426 de Santa Fe, o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado a la misma hora, una vivienda ubicada con frente al oeste sobre pasaje de tránsito ubicado en pasaje Koch 1241 de Santa Fe. Se la designa como lote cuatro, según plano Nº 2584 y mide: 8,20 m. en su frente y contrafrente, por 25 m. en sus lados norte y sur. Superficie total: 204,9680 m2. Cuenta con: garaje sin aberturas, semi abierto y techado con tejas, y un hall en la parte delantera de la vivienda. Interior: cuenta con living cocina comedor de 10 x 3 m y tres habitaciones. Dos de ellas miden 4 x 4 m y la otra mide 3 x 3 m; dos baños sin inodoro, bidet, piletas ni duchas. Uno de ellos mide 1,50 x 1,50 m, azulejado hasta medía altura. El otro, de 1,50 x 3 m, azulejado en su totalidad. Se observa una galería, que mide 3 x 6 m y que comunica a este último baño, a una de las habitaciones, la cocina y al patio. Exterior: El patio mide 5 x 4 m y el piso es de cemento. Se observa un asador y un lavadero de 3 x 3 m, con pileta de lavado. La propiedad cuenta con los servicios de agua corriente y cloacas. El inmueble se encuentra deshabitado; presenta un marcado deterioro y se advierte la ausencia de aberturas. La instalación eléctrica y el sistema de agua presentan un estado defectuoso. Junto con la vivienda descripta, se enajena la catorce ava parte indivisa de una fracción de terreno que es contigua a la anterior y le da salida al Pasaje Juan Koch, afectado a servidumbre de paso perpetua a favor de todos los lotes que le son contiguos y linderos. Inscripción Registro Gral: Tomo 578 Impar; Folio 2734; Nº 57219; Dpto. La Capital. Registra embargos, hipoteca en primer grado en favor de Mutual de Asociados y Adherentes de la Asociación Médica del Departamento Castellanos, deudas en la API, Municipalidad de Santa Fe y Aguas Santafesinas Sociedad Anónima. Las deudas registradas al momento de la subasta serán afrontadas con el producido del remate, siendo a cargo del adquirente las tasas e impuestos posteriores, una vez aprobada la misma. El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 11.785,59 (art. 578 CPC y CN). De persistir la falta de oferentes, con la retasa del 25% ($ 8.839,19). El adquirente abonará en el acto de la subasta y al contado, el 10% a cuenta de precio, más honorarios de ley del martillero, todo en dinero en efectivo. El saldo, dentro del quinto día de aprobada la subasta. Edictos: BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral por dos días. Exhibición: 12 de noviembre de 8:30 a 10:30 hs. Más informes al martillero, tel. 154-210346, o al Agente Fiscal, 154-225179 6 4585425. Santa Fe, 23 de octubre de 2007. Fdo: Dr. Cristian J. L. Bussi, Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 15021 Nov. 8 Nov. 9