picture_as_pdf 2006-11-08

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION 013/06 - Gral.

 

Santa Fe, 23 de octubre de 2006

VISTO:

El expediente 13301-0145288-2 del registro del Sistema de Información de Expediente, mediante el cual se tramitó la aprobación la Versión 3.0 Release 23 del Aplicativo IBSF - Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración viene desarrollando distintos programas informáticos para que los Contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, en forma eficiente y práctica, y asimismo, brindándoseles las facilidades y comodidades en sus presentaciones;

Que, a tales efectos, por Resolución General 011/06, quedó aprobada la versión 3.0 release 23 para que los contribuyentes locales obligados a utilizar el sistema OSIRIS de la AFIP., presenten sus declaraciones juradas y efectúen los pagos;

Que, ante la implementación referenciada, se ha detectado una inconsistencia para el cálculo de deducciones que se originan por lo emanado de la Ley 12373 sobre crédito fiscal para empresas de transporte de carga y de pasajeros;

Que, a los fines de cubrir todas las alternativas exteriorizadas, se trabajó para lograr una variante respecto a lo programado dando origen a un nuevo “release” de la versión 3.0;

Que, la Dirección General Técnica y Jurídica mediante el Informe 1209/06, se ha pronunciado manifestando no encuentra objeciones técnicas que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Apruébase la versión 3.0 Release 26 del Aplicativo IBSF - Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTICULO 2°: Establécese que los Contribuyentes Locales obligados a presentar sus declaraciones juradas y pagos mediante la utilización del sistema OSIRIS de la AFIP., podrán utilizar cualquiera de las versiones en vigencia, hasta el anticipo 10/2006, cuyo vencimiento se produce en el mes de noviembre de 2006. A partir del anticipo 11/2006, cuyo vencimiento se produce en el mes de diciembre de 2006 será de uso exclusivo y obligatorio la versión 3.0 Release 26, quedando las versiones anteriores inhabilitadas.

ARTICULO 3°: Dispónese la libre utilización de la actualización del aplicativo citado en el artículo 1°, el que se pone a disposición de los usuarios en las sedes de las Administraciones Regionales, sus respectivas Delegaciones y en la página de Internet con acceso a través de: www.santafe.,gov.ar.

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE

Administrador Provincial API

S/c          29719    Nov. 8

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