picture_as_pdf 2013-10-08

DECRETO Nº 2994


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 23 SEP 2013

VISTO:

El Expediente Nº 00703-0005207-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes y;

CONSIDERANDO:

Que la Empresa “SERODINO" S.R.L. solicita se le otorgue la correspondiente autorización para explotar un servicio público regular de transporte automotor de pasajeros entre las localidades de Serodino y Rosario y viceversa -en la modalidad "Servicio Urbano Interjurisdiccional", con movimiento de Intermedias y tráfico vedado en la localidad de Andino, circulando por la Ruta Provincial Nº 10, pasando por Andino y Aldao, desde allí por Ruta por Nº 18-s hasta Puerto General San Martín, y de allí circulando por Ruta Nacional Nº 11 hasta San Lorenzo, y accediendo desde este punto a la Autopista Brigadier López por el acceso Sur de esa localidad, ingresando a la localidad de Rosario por Boulevard Rondeau y finalizando su recorrido en la Plaza Sarmiento de la ciudad de Rosario;

Que el servicio peticionado constará de doce (12) horarios diarios de ida y de vuelta;

Que la pavimentación de la Ruta Provincial Nº 10 ha generado la posibilidad de brindar a la localidad de Aldao un servicio regular de transporte;

Que la Autopista Brigadier Estanislao López constituye una vía rápida para circular Serodino, Aldao y el cordón Industrial con la ciudad de Rosario;

Que lo expuesto precedentemente permite que el incremento en los servicios demandados por los usuarios no sobrecarguen el ya congestionado tránsito de la Ruta Nacional Nº 11 en el tramo San Lorenzo-Rosario;

Que la peticionante propone tres unidades tipo ómnibus que cumplen con las características técnicas para realizar el servicio;

Que la Empresa se encuentra realizando el servicio desde el 28 de Noviembre de 2010 mediante autorización conferida por la Subsecretaría de Transporte en fecha 21 de Octubre de 2010;

Que avala la presente gestión las autoridades comunales de Aldao, Puerto General San Martín, San Lorenzo y Andino;

Que verificado el cumplimiento de toda la documentación exigida por la Ley Nº 2.499 y modificatorias, y por aplicación del Decreto Nº 5325/68, se dictó la Disposición Nº 001/12 de la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Transito, ordenando publicarse edictos, y cumplida esta obligación, no se presentaron impugnaciones al pedido;

Que de acuerdo a antecedentes en términos a la Legislación aplicable, no existen razones de índole jurídica que impidan encauzar el trámite tendiente a introducir en el mercado una propuesta técnica viable para el usuario;

Que el Poder Ejecutivo ha impulsado la igualdad de condiciones de vida y de derechos de todos los habitantes de la Provincia de Santa Fe, brindando a las localidades la posibilidad de acceso a los servicios culturales, educativos, sanitarios, comerciales y administrativos en general, por cuanto el acto a autorizar constituye en gran medida con tales objetivos;

Que la gestión ha sido interpuesta conforme con las exigencias de los Decretos Nº 11755/61 y Nº 2041/81, de la Ley Nº 11.945 del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y su Decreto Reglamentario Nº 1005/06;

Que analizadas las actuaciones por la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Auditoría y Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, resulta procedente acceder a lo solicitado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente se ha expedido favorablemente al trámite, mediante Providencia de fecha 10 de Septiembre de 2013;

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 2499 y su modificatoria la Ley Nº 12.004;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º: Otórgase a la Empresa “SERODINO” S.R.L. con domicilio real y legal en calle Urquiza 220, de la localidad de Serodino, Provincia de Santa Fe, el Permiso Precario Nº 303 para explotar un servicio público regular de transporte automotor de pasajeros entre Serodino-Rosario y viceversa -en la modalidad "Servicio Urbano Interjurisdiccional" con movimiento de Intermedias y tráfico vedado en la localidad de Andino, circulando por la Ruta Provincial Nº 10, pasando por Andino y Aldao, desde allí por Ruta Provincial Nº 18-s hasta Puerto General San Martín, y de allí circulando por Ruta Nacional Nº 11 hasta San Lorenzo, y accediendo desde este punto a la Autopista Brigadier Estanislao López por el acceso Sur de esa localidad, ingresando a la localidad de Rosario por Boulevard Rondeau y finalizando su recorrido en la Plaza Sarmiento de la ciudad de Rosario.

ARTICULO 2º: Apruébanse para el Permiso Precario N° 303 el Cuadro Horario, el Cuadro Kilométrico y el Cuadro de Kilometraje que se presentan en Anexo Único que se agrega y forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 3º: El titular del Permiso Precario deberá dar estricto cumplimiento a las

disposiciones del artículo 14° de la Ley N° 10.582 (teniendo presente la limitación temporal establecida por la Ley N° 11387) y demás normas legales y reglamentarias que regulan la materia.

ARTICULO 4º: Este permiso podrá ser revocado en cualquier momento cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen y obliguen, sin que la permisionaria tenga derecho a indemnización alguna.

ARTICULO 5º: Notifíquese del presente Decreto a las respectivas autoridades Comunales y Municipales.

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BONFATTI

Antonio Ciancio


ANEXO UNICO:


Empresa “Serodino” S.R.L. Permiso Precario Nº 303

SERVICIO: Serodino-Rosario y viceversa-Serv. Interurbano (Modalidad: Urbano Interjurisdiccional) con movimiento de intermedias y tráfico vedado en la localidad de Andino.


CUADRO DE HORARIOS (TODOS LOS DIAS)


Parada 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Serodino 3,20 5,20 7,20 8,05 10,05 11,10 12,05 14,10 16,10 16,55 18,55 20,55

Andino (sin tráfico) 3,33 5,33 7,33 8,18 10,18 11,23 12,18 14,23 16,23 17.08 19,08 21,08

Aldao 3,45 5,45 7,45 8,30 10,30 11,35 12,30 14,35 16,35 17,20 19,20 21,20

Puerto G. San Martín 3,51 5,51 7,51 8,36 10,36 11,41 12,36 14,41 16,41 17,26 19,26 21,26

San Lorenzo (Av. San Martín y Oroño) 4,05 6,05 8,05 8,50 10,50 11,55 12,50 14,55 16,55 17,40 19,40 21,40

Rosario-Plaza Sarmiento 4,45 6,45 8,45 9,30 11,30 12,35 13,30 15,35 17,35 18,20 20,20 22,20


Parada 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Rosario-Plaza Sarmiento 5,00 7,00 9,00 9,45 11,45 12,50 13,45 15,50 17,50 18,35 20,35 22,35

San Lorenzo (Av. San Martín y Oroño) 5,40 7,40 9,40 10,25 12,25 13,30 14,25 16,30 18,30 19,15 21,15 23,15

Puerto G. San Martín 5,54 7,54 9,54 10,39 12,39 13,44 14,39 16,44 18,44 19,29 21,29 23,29

Aldao 6,00 8,00 10,00 10,45 12,45 13,50 14,45 16,50 18,50 19,35 21,35 23,35

Andino (sin Tráfico) 6,13 8,13 10,13 10,58 12,58 14,03 14,58 17,03 19,03 19,48 21,48 23,48

Serodino 6,25 8,25 10,25 11,10 13,10 14,15 15,10 17,15 19,15 20,00 22,00 0,00


DISTANCIAS


Paraje Andino (Sin Tráfico) Aldao Puerto G. San Martín San Lorenzo Rosario-Plaza Sarmiento

Serodino 12,0 km 19,0 km 25,0 km 28,0 km 58,0 km

Andino (Sin Tráfico) 7,0 km 13,0 km 16,0 km 46,0 km

Aldao 6,0 km 9,0 km 39,0 km

Puerto G San Martín 3,0 km 33,0 km

San Lorenzo 30,0 km

Rosario-Plaza Sarmiento


RECORRIDO


Desde Hasta Circulando por

Serodino Andino Ruta Provincial Nº 10

Andino Aldao Ruta Provincial Nº 10

Aldao Puerto General San Martín Ruta Provincial Nº 18-s

Puerto General San Martín San Lorenzo Ruta Nacional Nº 11

San Lorenzo Acceso Sur a Autopista Acceso Sur

Acceso Sur a Autopista Rosario-Bv. Rondeau Autopista Brigadier López

Rosario-Bv. Rondeau Zona Terminal Recorrido Urbano Rosario

Zona Terminal Plaza Sarmiento Recorrido Urbano Rosario

10186

__________________________________________