N° 295
REF.: APROBANDO
PROGRAMACIONES DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES
DE OCTUBRE 2002.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el
Expediente N° 00302-0043966-3 del registro de esta
Caja de Asistencia Social, mediante el cual se elevan para su aprobación las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la
Gerencia respectiva para el, mes de Octubre del año 2002; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de referencia prevé la
realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela y
Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires
de lunes a viernes, de Quiniela Vespertina por Sorteos Especiales de Quiniela
de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios y
por Quiniela y/o Lotería de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela
Nocturna de lunes a sábados por Lotería Especiales de Quiniela de Lotería
Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, Sorteos de
las Loterías de Córdoba y Santiago del Estero y Sorteos de Quiniela de
Montevideo;
Que a tal efecto se han tenido en
cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos
casos no comunicados oficialmente pero anticipada telefónicamente por sus
funcionarios;
Que en fecha 12/10/02 se realizará el
Sorteo Nro. 5711 de Quiniela Nocturna, el cual se
resolverá por los Códigos de Lotería 1 (Lotería Nacional), 2 (Lotería Provincia
de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe) en razón de ser
Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay;
Que también se programan Concursos
Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no
ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero
en efectivo, en todos sus premios;
Por todo ello, y de conformidad a la
facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nro. 1651/82
LA DIRECCION
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Aprobar las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de OCTUBRE
2002, las que incluyen la correspondiente a los Concursos Extras, de acuerdo a
los detalles obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 2°. - Regístrese, comuníquese
y archívese.
SANTA FE, 27 de Septiembre de 2002.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
ANEXO
1
PROGRAMACION
QUINIELAS
OCTUBRE/2002
SORTEO
FECHA LOT.
INTERVINIENTES HORA PRESCRIP.
DEBITOS
STA.FE/ROS
- INTERIOR
1645 01/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2273 01/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5701 01/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1646 02/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2274 02/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5702 02/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4 CORDOBA 22.00 17/10/02
1647 03/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2275 03/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5703 03/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1648 04/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2276 04/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5704 04/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5705 05/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
1649 07/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2277 07/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5706 07/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1650 08/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2278 08/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5707 08/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1651 09/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2279 09/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5708 09/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4 CORDOBA 22.00 24/10/02
1652 10/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2280 10/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5709 10/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1653 11/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2281 11/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5710 11/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5711 12/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 20.00
2282 14/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
1654 15/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2283 15/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5712 15/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1655 16/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2284 16/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5713 16/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4 CORDOBA 22.00 31/10/02
1656 17/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2285 17/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5714 17/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1657 18/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2286 18/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5715 18/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5716 19/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
1658 21/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2287 21/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5717 21/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1659 22/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2288 22/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5718 22/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1660 23/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2289 23/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5719 23/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4 CORDOBA 22.00 07/11/02
1661 24/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2290 24/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5720 24/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1662 25/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2291 25/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5721 25/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5722 26/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
1663 28/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2292 28/10/02 1
NAC 2 BS.AS. 3 STA.FE 4
5723 28/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
1664 29/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2293 29/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5724 29/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA. FE 22.00
1665 30/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2294 30/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5725 30/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4 CORDOBA 22.00 14/11/02
1666 31/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 14.00
2295 31/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 4
5726 31/10/02 1
NAC. 2 BS.AS. 3
STA.FE 22.00
SORTEO NRO. 5711 QUINIELA NOCTURNA, SE
CAPTARAN APUESTAS PARA LOS CODIGOS DE LOTERIA 1 (LOTERIA NACIONAL), 2 (LOTERIA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES) Y 3 (SORTEO PROPIO LOTERIA DE SANTA FE), EN RAZON DE
SER FERIADO NACIONAL EN LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
CONCURSOS EXTRAS
OCTUBRE/2002
SORTEO FECHA PERIODO
COMPRENDIDO
542 02/10/02 20/09/02 AL 26/09/02
543 09/10/02 27/09/02 AL 03/10/02
544 16/10/02 04/10/02 AL 10/10/02
545 23/10/02 11/10/02 AL 17/10/02
546 30/10/02 18/10/02 AL 24/10/02
PARTICIPAN ADEMAS LOS TICKETS NO
GANADORES CORRESPONDIENTES A JUGADAS DEL PERIODO INMEDIATO ANTERIOR QUE NO
HUBIERAN SIDO DEPOSITADOS EN LAS URNAS POR LOS SEÑORES APOSTADORES.
DETALLE
DE PREMIOS:
PRIMER PREMIO: $ 10.000 (PESOS DIEZ MIL)
SEGUNDO PREMIO: $ 1.000 (PESOS MIL)
TERCER PREMIO: $ 500 (PESOS QUINIENTOS)
CUARTO PREMIO: $ 350 (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)
QUINTO PREMIO: $ 350 (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)
HORARIO: 19.45 HS.
SE REALIZARAN ANTE ESCRIBANO PUBLICO Y SERAN
TELEVISADOS DESDE LA SALA DE SORTEOS DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL EN FORMA
DIRECTA POR CANAL 13 SANTA FE DE LA VERA CRUZ.
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nro. 294
REF: APROBANDO
LA PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “TOMBOLA SANTAFESINA” CORRESPONDIENTE AL MES
DE OCTUBRE DE 2002.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el
Expediente N° 00302-0043965-2 del Registro de
Información de Expedientes, vinculada con la Programación de Sorteos de Tómbola
Santafesina, correspondientes al mes de Octubre de 2002; y
CONSIDERANDO:
Que el reglamento de dicho juego,
aprobado por Resolución de Presidencia N° 003/93, en
su artículo 2do. determina que los sorteos se
realizarán conforme a la programación y frecuencia que determine la Caja de
Asistencia Social;
Que de la evaluación del resultado de
la comercialización del juego, se evidencia la conveniencia de continuar con la
frecuencia de tres jugadas semanales,
Por ello, y de conformidad a la
facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82:
EL DIRECTOR
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1. - Aprobar la Programación
de Sorteos de la “Tómbola Santafesina”, correspondiente al mes de OCTUBRE de
2002, y de la presentación de aciertos, las que como Anexo I y II forman parte integrante
de la presente resolución.
ARTICULO 2. - Los sorteos de la
“Tómbola Santafesina” se realizarán con los equipos propios de esta Caja de
Asistencia Social y con la intervención de su propio personal.
ARTICULO 3. - Regístrese, comuníquese y
archívese.
Caja de Asistencia Social
ANEXO
I
TOMBOLA
SANTAFESINA
PROGRAMACION DE
SORTEOS
MES DE:
OCTUBRE/2002
SORTEO
N° FECHA HORA FECHA
SORTEO PRESC.
1.393 01-10-2.002 22:00 16-10-2.002
1.394 03-10-2.002 22:00 18-10-2.002
1.395 05-10-2.002 20:00 21-10-2.002
1.396 08-10-2.002 22:00 23-10-2.002
1.397 10-10-2.002 22:00 25-10-2.002
1.398 12-10-2.002 20:00 28-10-2.002
1.399 15-10-2.002 22:00 30-10-2.002
1.400 17-10-2.002 22:00 01-11-2.002
1.401 19-10-2.002 20:00 04-11-2.002
1.402 22-10-2.002 22:00 06-11-2
002
1.403 24-10-2
002 22:00 08-11-2.002
1.404 26-10-2.002 20:00 11-11-2.002
1.405 29-10-2
002 22:00 13-11-2.002
1.406 31-10-2.002 22:00 15-11-2.002
GERENCIA DE TOMBOLA, 27 de setiembre de
2002
ANEXO
II
TOMBOLA
SANTAFESINA
PRESENTACION DE
ACIERTOS
MES DE:
OCTUBRE/2002
SORTEO
N° FECHA
PRESENTACION
1381 al 1382 07/10 al 11/10
1383 al 1385 14/10 al 18/10
1386 al 1388 21/10 al 25/10
1389 al 1392 28/10 al 01/11
La presentación de los aciertos
correspondientes a los sorteo arriba mencionados se efectuarán en las fechas
indicadas, siguiendo el cronograma dispuesto para los aciertos de Quiniela
Nocturna, Vespertina y Matutina, según se ha comunicado para cada caso en
particular, ciudad de Santa Fe y Rosario, e interior de la provincia.
GERENCIA DE TOMBOLA, 27 de Setiembre de
2002.
________________________________________________________________________________________
MINISTERIO DE EDUCACION
REGION VI
CITACION
Hago saber a Ud.
que en el Expte. N°
00416-0041305-8, del registro de este Ministerio caratulado: “Escuela de
Educación Técnica N° 469 - Ref. “Abandono de cargo
del Sr. Blufstein, Ernesto” se lo cita para que comparezca
a esta Dirección Regional de Educación y Cultura - Región VI -, sita en Gaboto 450 de Rosario, Santa Fe, a fin de justificar las
inasistencias en que incurriera desde el 29/10/01, por el término de 72 horas
de recibida la presente, bajo apercibimiento de tenerse por consumado el
abandono de servicios sin causa justificada; que de acuerdo a lo preceptuado
por el Art. 18 - Ley 10290, es causal de cesantía. En consecuencia, queda Ud. debidamente notificado a los efectos que por su derecho
hubiere lugar.
S/C 16618 Oct.
8 Oct. 10
________________________________
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESOLUCION DE
CONSEJO SUPERIOR Nº
09/2002
PRESTAMOS
PERSONALES PARA PROFESIONALES
Tratamiento de la Cartera de Préstamos
Vigentes al 03.02.02
VISTO
Las competencias otorgadas por la Ley
8738.
La Resolución de Consejo Superior Nº
04/2002 "Préstamos Personales Para Profesionales", del 14 de marzo de
2002 y la sanción del Decreto 762/02 del Poder Ejecutivo Nacional sobre
Reordenamiento del Sistema Financiero.
CONSIDERANDO
Que, es facultad del Consejo Superior
reglamentar el otorgamiento de préstamos a los profesionales.
Que, el Decreto 762/02 exceptúa de la
aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia -CER- a los
préstamos otorgados a personas físicas por entidades financieras, sociedades
cooperativas, asociaciones, mutuales o personas físicas o jurídicas de
cualquier naturaleza y a los préstamos personales con o sin garantía
hipotecaria e instruye al Ministerio de Economía para que eleve al Poder
Ejecutivo Nacional un proyecto de reglamentación de sus disposiciones dentro de
los 30 días de su publicación.
Que, a la fecha no ha vencido el plazo
antedicho, no habiéndose publicado la reglamentación pertinente.
Por todo ello
EL CONSEJO
PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS
DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
RESUELVE:
Artículo 1º: Derogar los artículos 4to.
y 5to. de la Resolución de Consejo Superior Nº
04/2002 que establecen la metodología de recálculo de los
créditos derivadas de préstamos
personales a profesionales mediante la aplicación del Coeficiente de
Estabilización de Referencia -CER- que publica el Banco Central de la República
Argentina.
Artículo 2º: Establecer que para la
Cartera de Préstamos Personales, en
cualquiera de sus modalidades, otorgados por cada una de las Cámaras del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, convertidos a pesos a razón de $ 1 por cada
dólar estadounidense y no cancelados al 03.02.02 se aplicará las normativas y metodologías
establecidas por el Decreto 762/2002 y las que surjan de su reglamentación.
Artículo 3º: Encomendar a cada Cámara el dictado,
en los límites de la presente resolución, de las reglamentaciones pertinentes
teniendo en cuenta las modalidades y características que más se adecuen a las
particularidades de su jurisdicción.
Artículo 4º: Comuníquese a las Cámaras,
a los matriculados, a los titulares y codeudores de préstamos, publíquese en el
Boletín Oficial de la Provincia, regístrese y archívese.
Rosario, 31 de Mayo de 2002
Dr. MIGUEL A. FELICEVICH
Contador Público
Presidente
Dra. PATRICIA B. PEREZ PLA
Contador Público
Secretaria
RESOLUCION DE CONSEJO
SUPERIOR Nº 10/2002
RATIFICACIÓN
RESOLUCIÓN Nº 234 -FACPCE
VISTO
La Resolución Nº 234/01 sancionada por
la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas - F.A.C.P.C.E -.
CONSIDERANDO
Las facultades otorgadas a este Consejo
por la Ley 8738.
La importancia de salvaguardar
adecuadamente el ejercicio de la profesión en ciencias económicas y demostrar
la uniforme posición ante los organismos
de recaudación impositiva en relación a los
informes especiales requeridos por la normativa especifica.
Que
en la reunión de Junta de Gobierno de la mencionada Federación en la cual se
consideró y aprobó la Resolución indicada este Consejo votó favorablemente
Por todo ello
EL CONSEJO
PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS
DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
RESUELVE:
Artículo 1º: Admitir como normas de auditoría aplicables en la jurisdicción de este Consejo a
los criterios contenidos en las "Pautas requeridas y acordadas para los
procedimientos y alcances en los informes relacionados con el beneficio del
Decreto 493/01" de la Resolución Nº 234/01 de la F.A.C.P.C.E..
Artículo 2º: Tener como parte
integrante de esta Resolución el texto pertinente de la Resolución Nº 234/01 y
que se transcribe como Anexo "A" de la presente .
Articulo 3º: Establecer que las normas
de esta Resolución se aplican a partir del 14 de marzo de 2002.
Artículo 4º: Comuníquese a las Cámaras,
a los matriculados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
regístrese y archívese.
Rosario, 31 de mayo de 2002
Dr. MIGUEL A. FELICEVICH
Contador Público
Presidente
Dra. PATRICIA B. PEREZ PLA
Contador Público
Secretaria
RESOLUCION DE CONSEJO
SUPERIOR Nº 11/2002
RESOLUCION
TÉCNICA Nº 20
VISTO
La aprobación de la Resolución Técnica
Nº 20 por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas,
y
CONSIDERANDO
Que es atribución de los Consejos
ordenar el ejercicio profesional de ciencias económicas dictando para ello las
medidas y disposiciones de todo orden que resultan necesarias o convenientes
para el mejor desenvolvimiento de la misma.
Que entre dichas medidas se incluyen
las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados dentro de las
respectivas jurisdicciones.
Que el objetivo de lograr la
unificación de las normas contables profesionales a nivel nacional es tan relevante
para los contadores públicos como para los emisores y distintos usuarios de la
información contable, y resulta una etapa necesaria para alcanzar la
armonización de tales normas a nivel regional e internacional.
Que en la Junta de Gobierno de la Federación
Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas realizada el 5 de
Abril de 2002, se analizó y aprobó la Resolución Técnica mencionada.
Que es potestad de cada Consejo
establecer si lo entendiese prudente adecuaciones especificas
para su jurisdicción como así también la fecha de puesta en vigencia de las
mismas.
Que la norma contable sancionada trata
en detalle la medición contable y exposición de la información relacionada con
los instrumentos derivados involucrados en operaciones de riesgos y de la
contabilidad de las coberturas en general ya prevista en la RT Nº 18 (Normas
Contables Profesionales: Desarrollo de algunas cuestiones de aplicación
particular).
Por ello, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 33 inciso f) de la Ley 8738.
EL CONSEJO
PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS
DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
RESUELVE:
Artículo 1º: Declarar a la Resolución
Técnica Nº 20 que integra la presente
como Anexo "A", norma contable
profesional aplicable en el ámbito de competencia de este Consejo.
Artículo 2º: Establecer que las normas
de la Resolución Técnica citada en la cláusula precedente tiene vigencia para los estados contables
anuales o de períodos intermedios correspondientes a ejercicios que se inicien
a partir del 1º de Julio de 2002,
admitiendo su aplicación optativa a partir de la fecha de la presente resolución.
Artículo 3º: A partir de la vigencia
dispuesta de la nueva norma técnica quedan derogadas todas las Resoluciones de
este Consejo que se opongan o fueren incompatibles con lo dispuesto por la
Resolución Técnica Nº 20.
Artículo 4º: Comuníquese a las Cámaras,
a los matriculados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
regístrese y archívese.
Santa Fe, 28 de Junio de 2002
Dr. MIGUEL A. FELICEVICH
Contador Público
Presidente
Dra. PATRICIA B. PEREZ PLA
Contador Público
Secretaria
$ 119 16920 Oct.8
________________________________________