picture_as_pdf 2015-09-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13474


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Institúyese la fecha 15 de octubre de cada año como día del Cooperador Escolar, en rememoración al día 15 de octubre de 1816, fecha de la creación de la Primera Junta Protectora, y en reconocimiento y homenaje al esfuerzo cotidiano brindado para el sostenimiento de las escuelas santafesinas.

ARTÍCULO 2.- La provincia de Santa Fe reconoce a la labor de los cooperadores escolares como eslabón fundamental en el sostenimiento de la educación y en la interrelación de la escuela y la comunidad.

ARTÍCULO 3.- Conmemórase en todos los establecimientos escolares de la Provincia de Santa Fe la fecha señalada, resaltando la acción del cooperador como ejemplo de solidaridad ciudadana.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2750


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

27 AGO 2015

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.474 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

13828

__________________________________________