REGISTRADA BAJO EL Nº 13474
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Institúyese la fecha 15 de octubre de cada año como día del Cooperador Escolar, en rememoración al día 15 de octubre de 1816, fecha de la creación de la Primera Junta Protectora, y en reconocimiento y homenaje al esfuerzo cotidiano brindado para el sostenimiento de las escuelas santafesinas.
ARTÍCULO 2.- La provincia de Santa Fe reconoce a la labor de los cooperadores escolares como eslabón fundamental en el sostenimiento de la educación y en la interrelación de la escuela y la comunidad.
ARTÍCULO 3.- Conmemórase en todos los establecimientos escolares de la Provincia de Santa Fe la fecha señalada, resaltando la acción del cooperador como ejemplo de solidaridad ciudadana.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2750
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
27 AGO 2015
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.474 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Rubén Darío Galassi
13828
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