ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
A.P.I.
RECAUDACION TOTAL POR IMPUESTO
MAYO 2015
(en millones de pesos corrientes)
IMPUESTOS IMPORTE
Ingresos Brutos 1.366.284.652,00
Inmobiliario 137.537.819,00
Actos Jurídicos 181.766.559,00
Patente Vehículos 93.728.809,00
Aportes Sociales 223.908,00
Otros Rubros 4.290.128,00
Total 1.783.831.875,00
S/C 13826 Sep. 8
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JUNIO 2015
(en millones de pesos corrientes)
IMPUESTOS IMPORTE
Ingresos Brutos 1.362.709.548,00
Inmobiliario 193.676.306,00
Actos Jurídicos 187.666.310,00
Patente Vehículos 258.323.789,00
Aportes Sociales 334.705,00
Otros Rubros 4.102.489,00
Total 2.006.813.147,00
S/C 13827 Sep. 8
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MINISTERIO DE AGUAS,
SERVICIOS PUBLICOS
Y MEDIO AMBIENTE
RESOLUCION Nº 639
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”
VISTO:
El Expediente N° 01801-0034772-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se promueve llamar a concurso para cubrir cargos vacantes que actualmente se encuentran subrogados, en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente de la Jurisdicción, y;
CONSIDERANDO:
Que el presente llamado se realiza en el marco del “Régimen de Concursos’ aprobado por Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capitulo XIV -Régimen de Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Decreto-
Acuerdo N° 2695/83;
Que se han elaborado los perfiles pretendidos para los cargos, con la correspondiente participación de las entidades sindicales, conforme lo establecido en el artículo 21° del Decreto N° 1729/09;
Que la composición de los Jurados obedece a lo ordenado por el articulo 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por el Decreto N° 1729/09, integrándose con personas que poseen en su actividad jerarquías superiores, equivalentes a la requerida y especialidades afines a las concursadas;
Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales de procedimiento;
Que asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;
Que mediante Dictamen Nº 11704/15 la Dirección General de Asuntos Jurídicos no presenta objeciones de carácter legal al presente trámite;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE AGUAS,
SERVICIOS PUBLICOS
Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Llamar a concurso interno para cubrir los siguientes cargos:
ARTICULO 2°: Dejar establecido que los concursos internos se realizarán de acuerdo a lo normado por el Capitulo XIV - Decreto Acuerdo Nº 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09.
ARTICULO 3°: Aprobar el Anexo I, en el que se describen los puestos y determinan los perfiles solicitados así como las condiciones generales y particulares exigibles.
ARTICULO 4°: Aprobar el Anexo II en el que se determina la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito.
ARTICULO 5°: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.
S/C.- 13831 Set. 8 Set. 10
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MINISTERIO DE JUSTICIA
y DERECHOS HUMANOS
UBICACION DE INMUEBLE
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca Inmueble para alquiler en la ciudad de Santa Fe
Ubicación del inmueble: Zona céntrica.
Superficie mínima construida: 90 m2.
Características del inmueble: Para conformación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. Deberá contar con 3 habitaciones para oficinas, 1 baño, cocina y un living o sala de estar.
Plazo de la locación: 3 años.
Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.
Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.-
Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.
Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790- E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar
S/C 13839 Sep. 8
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MINISTERIO DE ECONOMÍA
RESOLUCION Nº 620
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 31 AGO 2015
VISTO:
El expediente Nº 00312-0007430-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir diversos cargos existentes en el Instituto Provincial de Estadística y Censos; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 5, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Escalafón General, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;
Que los cargos a concursar se encuentran todos vacantes y los mismos corresponden a los tramos de supervisión y superior del Instituto Provincial de Estadística y Censos;
Que la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública ha intervenido en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento de los perfiles previstos para los puestos, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE :
ARTÍCULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir los cargos dependientes del Instituto Provincial de Estadística y Censos, que a continuación se detallan:
PRIMERA ETAPA
Santa Fe:
- Coordinador General Técnica – Santa Fe, Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo.
- Coordinador Relevamiento Datos – Santa Fe, Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de Departamento Habilitación, Categoría 6 – Agrupamiento Administrativo.
- Subjefe Departamento Habilitación – Santa Fe, Categoría 5 – Agrupamiento -Administrativo.
- Subjefe de Departamento Coyuntura Económica Provincial, Categoría 5 - Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Mesa de Entradas – Santa Fe, Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de Sección Despacho, Categoría 3 – Agrupamiento Administrativo.
Rosario:
- Jefe de Departamento Sectores Socioeconómicos Zona Sur, Categoría 6 – Agrupamiento Administrativo.
- Subjefe de Departamento Subhabilitación - Rosario, Categoría 5 – Agrupamiento Adminis- trativo.
- Subjefe de Departamento Producto Bruto Geográfico, Categoría 5 – Agrupamiento Adminis- trativo.
- Jefe de División Mesa de Entradas – Rosario, Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Servicios Generales – Rosario, Categoría 4 – Servicios Generales.
- Jefe de División Personal Rosario, Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Análisis y Fomento de la Capacidad Estadística – Rosario, Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Muestreo – Rosario, Categoría 4 – Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Métodos Estadísticos – Rosario, Categoría 4 – Agrupamiento Adminis-trativo.
SEGUNDA ETAPA
Santa Fe:
- Supervisor Analista, Industria, Comercio y Servicios Encuesta a Instituciones y Organismos – Santa Fe, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico (4 cargos).
- Supervisor Analista Indice de Precios – Santa Fe, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico.
Rosario:
- Asistente Técnico Mayor – Agropecuarios, Categoría 4 – Agrupamiento Técnico.
- Asistente Técnico Mayor – Apoyo Actualización Cartográfica – Zona Sur, Categoría 4 – Agrupamiento Técnico.
- Supervisor Analista Índice de Precios – Rosario, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico (2 cargos)
- Supervisor Analista Encuesta a Hogares Villa Constitución – San Nicolás, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico (2 cargos)
- Supervisor Analista Industria, Comercio y Servicios - Rosario, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico (2 cargos)
- Supervisor Analista Encuesta a Hogares Rosario, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico (2 cargos)
- Supervisor Analista Encuesta de Tecnologías, Comunicaciones y Ambientales – Rosario, Categoría 3 – Agrupamiento Técnico.
ARTÍCULO 2° - La descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3° - Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTÍCULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CR. ÁNGEL JOSÉ SCIARA
MINISTRO DE ECONOMÍA
Provincia. Santa Fe
Nota: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
S/C. 13832 Set. 8 Set. 9
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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
RESOLUCION Nº 575
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional”, 10 JUL 2015
Visto el Expediente Nº 00301-0197704-V del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer los nuevos valores para los Derechos de Concesión y Extracción que percibe el Estado por parte de productores mineros;
Que el Decreto-Ley Nº 3257/57, Decreto reglamentario Nº 4795/57, ratificados por Ley Nº 4831, Decreto Nº 3818/82 y Decreto Nº 0471/10, establecen y reglamentan las funciones y atribuciones de la Autoridad Minera de la Provincia;
Que por ello se aplicará la mecánica establecida por la Resolución Nº 398/79, que determina un Derecho de Extracción igual al 3% del precio de venta promedio de la arena en la Provincia;
Por ello, y/o dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho,-
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer nuevos valores para los Derechos de Concesión y Extracción aplicables a la explotación de arena, limo y demás sustancias comprendidas en la Tercera Categoría del Código de Minería.-
ARTÍCULO 2º.- Los nuevos valores a que se hace referencia en el artículo anterior, tendrán vigencia a partir del día siguiente de su publicación oficial; quedando establecidos en:
a) Derecho Anual de Concesión: $ 3.300 (Pesos Tres Mil Trescientos)
b) Derecho de extracción: $ 3,30 (pesos tres con treinta centavos), por metro cúbico o tonelada métrica extraída, según corresponda, los que deberán hacerse efectivo en forma mensual, dentro de los sesenta (60) días posteriores a cada mes de explotación.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
C.P.N. CARLOS ALCIDES FASCENDINI
Ministro de la Producción
S/C 13824 Set. 8 Set. 10
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
PROMOCION DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
NOTIFICACIÓN.
Por resolución de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia-2da. Circunscripción- hago saber a la Sra. ANDREA FABIANA BLANCO, DNI N° 31.516.217, que dentro del legajo administrativo nro. 8682 Y 10576 referenciado administrativamente como BLANCO ANDREA ELIANA Y BLANCO MILAGROS BELENE/ Medida de protección excepcional de urgencia Art. 58 Bis Ley 12.967” que tramita por ante la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, 2° Circunscripción de Rosario, se dirige a Usted el presente a fin de notificar la siguiente resolución que a continuación se transcribe: Rosario, 13 de julio de 2015. ORDEN N° 81/15. Atento al pedido de Adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos del equipo interviniente respecto a la situación de las jóvenes ANDREA ELIANA BLANCO, DNI N° 42.481.580, de 15 años de edad, y MILAGROS BELEN BLANCO, DNI N° 44.291.720, de 17 años de edad, hija de la Sra. Andrea Fabiana Blanco, DNI 31.516.217, con domicilio desconocido. Que dado que se encuentra verosímilmente acreditada la situación de vulneración de derechos, existiendo grave riesgo para la vida e integridad psicofísica de las jóvenes se dispone adoptar Medida Excepcional de Urgencia; por los motivos esgrimidos a continuación y que surgen de los diversos informes que constan en Legajo administrativo N° 8682 y 10.576: Que respecto a Andrea Eliana se tomo una Medida de Protección Excepcional, de fecha 1 de Octubre de 2013, bajo el número de Orden n° 46. Que posteriormente en fecha 29 de mayo de 2014, fue cesada esta medida por medio de un Acta Acuerdo, en la que se establece que la joven iba a convivir con su hermana mayor, Carina Gisela Agüero, en calle Larralde 2662 de la ciudad de Rosario; en esta Acta se acordo que Milagros también iba a se alojada por en la casa de su hermana Carina. Que en fecha 19 de marzo del corriente año se recibe un informe del Centro Salud Ernesto Guevara, donde las jóvenes comienzan a ser atendidas en particular por el bajo peso que presentaba Andrea. Que también comienzan un espacio de terapia con la psicóloga del Centro de Salud. Que Carina expresó en el mes de octubre de 2014 que la dinámica familiar se alteró con la llegada de sus hermanas. Que además el equipo del centro de salud es anoticiado de situaciones de maltrato, descuido y violencia hacia Andrea y Milagros. Que las jóvenes manifiestan las amenazas recibidas por su hermana Carina en cuanto a lo que relatan en el Centro de Salud. Que las jóvenes escriben sendas cartas donde cuentan esta violencia que sufren por parte de su hermana, y por la pareja de esta. Que en reunión con las integrantes del Centro de Salud “Che Guevara”, nos relatan la situación por la que atraviesan las jóvenes: las mismas se encuentran desbordadas, que asisten muy poco a la escuela, que su hermana esta embarazada y las haría cargo de cuidar al bebe, que su cuñado intenta “hacerse el vivo” y las roza para acariciarlas. Que intentamos citar a Carina Agüero para conversar sobre la situación de sus hermanas, pero que la misma manifiesta telefónicamente verse imposibilitada de acercarse debido a su embarazo de cuidado. Que además en en reunión con el equipo del Centro de Salud interviniente, se suman las cartas escritas donde las jóvenes relatan episodios de violencia y un “supuesto abuso” por parte del cuñado y que pasan días sin comer, y la violencia ejercida por su hermana Carina. Que todo lo cual lo corrobora, una vecina que escuchó los gritos de las chicas.
Que por todo lo expuesto se entrevista a las jóvenes en el día de la fecha y ellas ratifican que su cuñado se hace el vivo y que su hermana no les cree, que ella las amenaza con cun cuchillo. Relatan situaciones de violencia y nos piden ser alojadas en una institución y no volver a la casa. Que en este acto se propone que las niñas ingresen a dos lugares del Sistema de Protección Integral. A continuación se trascribe Art. 58 Bis de la Ley Provincial N° 12.967 y su decreto reglamentario: “...Los trámites administrativos que demande la adopción de la medida de protección excepcional no obstan la aplicación urgente e inmediata de la medida, cuando el servicio evaluare que la no aplicación urgente e inmediata de la medida implique un grave riesgo para la vida e integridad psicofísica de la niña, niño o adolescente... En caso de ser necesario se requerirá a la autoridad judicial correspondiente el empleo de la fuerza pública para efectivizar la medida acompañando la orden respectiva”. En consecuencia, se ordena la efectivización de la medida mediante la separación temporal de los niños de su centro de vida, con el eventual auxilio de la fuerza pública de ser necesario, lo cual consistirá en el alojamiento de Andrea Eliana Blanco y de Milagros Blanco en Hogar perteneciente al Sistema de Protección Integral. Concédase un plazo de cinco (5) días hábiles para reunir todos los medios de prueba e informes necesarios que fundamenten el pedido. Elabórese informe del Equipo Interdisciplinario, dictamen del Área Legal. Notifíquese a los representantes legales o responsables. Oportunamente Artículos 60, 61 y 62 de Ley Provincial N° 12.967”. Fdo. Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia.
S/C. 13822 Set. 8 Set. 10
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CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA
ELEVACIÓN DE PROPUESTAS
Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 08 de Septiembre de 2015.
Atento a lo establecido en el Art. 25 del Dcto. N° 3904/12 y la Resolución N° 031/2015 de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta ordenada alfabéticamente y sin expresión de orden de mérito en el concurso para cubrir cargos de Fiscal Adjunto del Ministerio Público de la Acusación, para ocho (08) cargos de Fiscal Adjunto para la Sede Santa Fe: Dres. María Gabriela ARRI D.N.I. 29.722.418, Gonzalo IGLESIAS D.N.I. 27.620.646, Carlos Manuel LACUADRA D.N.I. 26.289.620, María Laura MARTÍ D.N.I. 26.594.922, María Lucila NUZZO D.N.I. 23.695.712, Yanina Aurora TOLOSA D.N.I 28.148.152 y María Laura URQUIZA D.N.I. 31.058.697; para un (01) cargo de Fiscal Adjunto para la Sede Coronda: no se presentaron postulantes; para un (01) cargo de Fiscal Adjunto para la Sede San Jorge: no se presentaron postulantes y para un (01) cargo de Fiscal Adjunto para la Sede San Justo: no se presentaron postulantes .-
S/C. 13821 Set. 8
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LOTERIA DE SANTA FE, Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre Ríos y Lotería de Córdoba, cuyos sorteos se utilizan para la resolución de nuestras jugadas y no existiendo situaciones especiales (por ejemplo: días feriados) en alguna de las jurisdicciones involucradas, teniendo en cuenta asimismo los antecedentes que obran en el área respectiva, relacionados con las Programaciones aprobadas correspondientes al mes de septiembre de cada año y debido a estrictas razones comerciales, se hace necesario dictar el acto administrativo pertinente;eo Nº 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($2.000) para los premios cuarto y quinto, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);Nº 855.
S/C. 17382 Set. 8