picture_as_pdf 2014-09-08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

BEATRIZ FERNANDEZ


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, el Secretario que suscribe hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/Otro y/o quien resulte propietario u ocupante s/Apremio Expte. Nº 1919/2001, se ha dispuesto que la martillera Beatriz Alicia Fernández, Matrícula 1399 F 76, venda en pública subasta el día 16 de setiembre de 2014 a las 18 hs, o el siguiente día hábil si el designado fuere feriado a la misma hora y en el mismo lugar, en pública subasta en la Asociación de Martilleros sito en calle Entre Ríos 238, de Rosario, el siguiente inmueble de propiedad horizontal, que a continuación se describe: “Un local para puesto de negocio, que forma parte del edificio sito en esta Ciudad en calle San Juan Nros. Municipales 1224 y 1226, designado con los guarismos Cero Cero - Cero Cuatro (00-04), en planta baja con entrada común por el Número 1224 de la expresada calle San Juan, tiene una superficie de bienes de propiedad exclusiva de 17,9621 m2., otra de bienes de propiedad común de 20,2970 m2., lo que hace un total general de 38,2591 m2., y al que corresponde el 9,21% sobre el valor total del inmueble. La totalidad del edificio está construida sobre un lote de terreno, que según títulos está situado en esta Ciudad en la calle San Juan entre las de General Mitre y Entre Ríos, compuesto de 8,66 metros de frente al Sud por 24,64 metros de fondo, lindando: por su frente al Sud con calle San Juan, al Norte con terrenos que fueron de Rosendo Olivé y Julián de Bustinza, al Este con terrenos que fueron de la Sociedad Progreso del Rosario y al Oeste con Ambrosio Bacigaluppi”.- Inscripto el dominio en el Registro General Rosario, al Tomo: 934 Folio: 137 N° 290.273 Dpto. Rosario PH:.- Informa el Registro General Rosario que: 1) El bien consta inscripto a nombre de la parte demandada; 2) Registra la siguiente medida cautelar: Embargo: base de esta acción al T° 121 E, F° 1961, Nº 346.314 de fecha 06/06/2012 en los autos que se ejecutan. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación de acuerdo a las constancias de autos. Con la base de $ 60.000 seguidamente en caso de no haber postores con una retasa del 25% o sea $ 45.000, y de persistir la falta de interesados a continuación el 20% menos de la anterior, retirándose de la venta en caso de reticencia. La venta se efectuará al mejor postor, debiendo abonar quien resulte comprador el 30% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión al martillero actuante o el honorario mínimo que fija la ley 7547 del Colegio de Martilleros, en efectivo y/o cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto, acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial que, previamente deberá abrir el martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días de conformidad con el art. 499 el C.P.C.C. S.F. y si intimado no efectuare el pago se dejará sin efecto la misma de conformidad con lo previsto por el art. 497 del C.P.C.C. S.F., debiendo ser dicho saldo depositado en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000, y a tenor de lo dispuesto por la Comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., deberá realizarse por transferencia intercambiaría. Si se incumpliere con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante al A.F.I.P. Impuestos, tasas y/o contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA y gastos centrales si correspondieren, como así cualquier gravamen que pese sobre el inmueble, serán a cargo del adquirente, como así también los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de dominio e IV.A si correspondiere. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyase, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F. Código Fiscal). El adquirente del bien subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, excluyéndose la opción prevista en el art. 505 2° Párrafo del C.P.C.C. S.F. Previo a la aprobación de la Cuenta de Gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación a la A.F.I.P. si no se cumpliere con lo dispuesto por B.C.R.A. al respecto. Asimismo se fija como condición que, en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimiento de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y art. 488 del C.P.C.C. S.F., librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes del acto de subasta; bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del C.P.C.C. S.F. El expediente deberá ser entregado al juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C S.F. y permanecerá en Secretaría. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma proscripta por el art. 67 del C.P.C.C. S.F., reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley. Modifíquese por cédula a las partes en el domicilio real y legal, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y que se autoriza. Líbrese oficio a la Asociación de Martilleros de Rosario a los fines de hacerle conocer a las autoridades de dicha institución la realización del acto de subasta en los presentes autos. Se fijan los tres días hábiles previos a la subasta en el horario de 14 a 17 horas, a los fines de su exhibición. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Rosario, 1 de Setiembre de 2.014. Dr. Sergio A. González, secretario.

S/C 239670 Set. 8 Set. 10

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

ADRIANA RIVERO CAPOBIANCO


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dra. Analía Irrazábal, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carozzo dentro de los Autos caratulados: COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y GAS, CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA DE MELINCUE LTDA. c/BARONE ANTONINA Y GARAFFO BARONE ANGELA ALICIA Y JOSE LUIS s/Apremio, Expte. Nº 867/2011, se ha dispuesto que la Martillera Adriana Rivero Capobianco, CUIT 23-27057280-4 venda en subasta pública el día 22 de Septiembre de 2014 a las 9.30 hs. o el día siguiente hábil inmediato si aquel resultare feriado en el hall de este Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, los siguientes inmuebles: “Dos lotes de terreno baldíos, con todo lo clavado y plantado, situados en Melincué, Dpto. Gral. López, Provincia de Santa Fe y que de conformidad al plano especial de subdivisión confeccionado por el Ing. Civil J. Spirandelli, en diciembre de 1954 e inscripto en el Registro General de Propiedades bajo el número 8.024 año 1955 son parte del lote número “Siete” de la manzana “BT” del plano oficial del pueblo y se designan con las letras “G” y “H” con las siguientes medidas, linderos y superficies a saber: Lote “G”: Ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Nor-Oeste sobre calle Saavedra, por veintiún metros sesenta y cinco centímetros de fondo, lindando por su frente al NO con la citada calle Saavedra; al NE con el lote “F”; al SE con propiedad de Pedro Moyano y al SO con el lote “H” ambos lotes, del mismo plano de subdivisión citado, encerrando una superficie total de 187.48 m2. Lote “H”: Ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Nor-Oeste sobre calle Saavedra, por veintiún metros sesenta y cinco centímetros de fondo, lindando por su frente al NO con la citada calle Saavedra; al NE con el lote “G”; al SE con propiedad de Pedro Moyano y al SO con el lote “I” del mismo plano de subdivisión citado, encerrando una superficie total de 187.48 m2. PII Nro. 17-09-00-370547/0003-0. Inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al tomo 0147, Folio 00209, Nro. 66534, Dpto. General López. Titulares Regístrales: Garaffo José Rosario, Barone Antonina, Garaffo Barone Angela Alicia, Garaffo Barone José Luis. Informe del Registro General de la Propiedad de Rosario, consta el dominio a nombre de los ejecutados, no se registran hipotecas ni inhibiciones pero si el siguiente embargo en cada uno de los ejecutados: Cooperativa de Agua Potable y Gas, Crédito, Consumo y Vivienda de Melincué Ltda. c/Barone Antonina y/u Otros s/Apremio. Expte. Nº 867/2011 inscripto al Tomo 123 E, Folio 2091 Nº 349572 (lote “G”) y Tomo 123 E, Folio 2090 Nº 349571 (lote “H”) de fecha 24/06/2014 por la suma de $ 5.034,06 cada lote. Adeuda en concepto de impuesto inmobiliario la suma de $ 472,18 para ambos lotes que comprende los períodos totales de 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y la cuota 1,2 y 3 del 2014, Adeuda a la Comuna de Melincué un total de $ 11.037,62 para ambos lotes que comprende a $ 4628,63 suma reclamada en el Expte. 413/2012 de trámite por ante este Juzgado, más intereses mas costas, mas $ 1910,15 más intereses en concepto de Tasa General de Inmuebles por períodos no comprendidos en el apremio, mas $ 1874,84 en concepto por desmalezado y limpieza y la suma de $ 2624,84 por cortes de pasto con posterioridad a la limpieza. Ambos inmuebles saldrán a la Venta en forma separada, al Contado y al Mejor Postor con una Base de $ 5.034,06 (cinco mil treinta y cuatro pesos con seis centavos) por cada uno de ellos y si por la base no hubiera oferentes, saldrán nuevamente en venta con la. Retasa del 25% de la base o sea la suma de $ 3.775,54 (tres mil setecientos setenta y cinco pesos con cincuenta y cuatro centavos, cada uno, y si tampoco hubiera oferentes por la retasa, seguidamente saldrán a la venta Sin Base y al Mejor Postor. El que resulte comprador de cada lote deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio en concepto de seña con más la comisión del 3% de la Martillera actuante, todo en efectivo o con cheque certificado, IVA si correspondiera. El saldo deberá depositarlo judicialmente dentro de los cinco (5) días de notificado el Auto aprobatorio de la subasta. Los Impuestos, tasas, servicios y/o contribución de mejoras serán a cargo del Comprador a partir de la fecha de subasta como así también los gastos de transferencia de dominio e IVA si correspondiere. Se hace saber que el inmueble sale a la venta con condición de Desocupado según consta en Acta de Constatación agregada en Autos a disposición de los interesados al igual que el Extracto de Dominio, acotándose que luego de la Subasta no se admitirán reclamaciones por insuficiencia de faltas de cualquier naturaleza. Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Melincué, 2 de setiembre de 2014. Leandro Carozzo, secretario.

$ 504,90 239695 Set. 8 Set. 10

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POR

ALEJANDRO PROLA HENKEL


En autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL VENADO TUERTO c/Otro s/Ejecución Prendaria, (e. 122/2013) tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo Nº 8 de Melincué a cargo de la Dra. Analia Irrazabal, Secretaría del Dr. Leandro Carozzo se ha dispuesto que el Martillero Público Nacional Alejandro Prola Henkel (Mat. 1222 - P - 107) CUIT 20-17075265-2, venda en pública subasta al último y mejor postor el día 15 de septiembre de 2014, a las 10:30 horas, en los Estrados del Tribunal sito en 25 de Mayo 401 de la localidad de Melincué, provincia de Santa Fe, el siguiente bien mueble, propiedad del demandado prendario en autos marca, Renault tipo Tractor de Carretera modelo Premium 380 DXI, marca de motor Renault marca de chasis Renault modelo 2008 dominio HAJ 823. Dicho rodado saldrá a la venta con la base de $ 108.155,01; en caso de no haber ofertas, el bien se retirará de la venta. Quien resulte ser el último y mejor postor deberá abonar en el acto de la subasta el 100% del precio de su compra, en efectivo y/o cheque certificado con más la comisión del martillero. El bien se subasta en las condiciones que constan en autos e inscripto el dominio en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Seccional Alcorta, y registra: 1) Inhibición de fecha 22/11/2012 al Tomo V Folio 2294 en autos “Nuevo Banco de Santa Fe SA c/La Perelada SA y/o s/Demanda Ordinaria” (e. 520/12) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo C. y C. de la 1ª. Nominación de Venado Tuerto por la suma de $ 24.596,54 con más la de $ 7.378,96. 2) Inhibición de fecha 20/05/2013 al Tomo W Folio 2361 en autos: Agrotecnología y Servicios SA c/La Perelada SA s/Juicio Ejecutivo (e. 233/2012) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo C. y C. de la 2ª. Nominación de Venado Tuerto por la suma de $ 10.178 con más la de $ 3.055. 3) Inhibición de fecha 28/05/2013 al Tomo W Folio 2366 en autos “Asociación Mutual entre Socios del Club Atlético Sportman Carmelense c/La Perelada SA s/Demanda Ejecutiva (e. 722/2012) de trámite por ante el Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo Nº 8 de Melincué por la suma de $ 100.964,95 con más la de $ 30.289,48. 4) Inhibición de fecha 28/04/2014 R.S. 1187 N° 1111 en autos Juzgado de Paz Letrado de General Arenales; Secretaría única “Asociación Mutual C.S.D. Ascensión c/La Perelada SA s/Cobro Ejecutivo (e. 8887/2014). 5) Inhibición de fecha 07/11/2011 al Tomo U Folio 2154 en autos “Asociación Mutual CES c/La Perelada SA s/Demanda Ejecutiva (e. 1103/11) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 8 de Melincué por la suma de $ 333.500 con más la de $ 100.500. 6) Embargo de fecha 13/06/2014 Oficio 1870 en estos autos por la suma de $ 68.173 con más la de $ 20.451,9 y 7) Prenda de fecha 05/11/2009 por la suma de $ 150.000, acreedor prendario Asociación Mutual de Venado Tuerto. Liquidación por deuda de patentes al 12/08/2014 de $ 53.893,03. Todos los impuestos y/o tasas que se adeuden por el vehículo a subastar, como así también los gastos e impuestos por transferencia e IVA -si correspondiere- quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente, así como los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia del dominio. El expediente se encontrará y permanecerá en Secretaría del Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines dispuestos por los artículos 494 y 495 del C.P.C.C SF. Informes previos, constatación y demás constancias de ley se encuentran agregados a autos para ser revisados por interesados en Secretaría, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta e insuficiencia de ellos. Exhibición, días y horas a designar por el martillero actuante. Melincué, 29 de agosto de 2014. Leandro Carozzo, secretario.

$ 395,01 239625 Set. 8 Set. 10

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POR

ALEJANDRO PROLA HENKEL


En autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL VENADO TUERTO c/ Otro s/ Ejecución Prendaria (e. 123/2013) tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo Nº 8 de Melincué a cargo de la Dra. Analia Irrazabal, Secretaría del Dr. Leandro Carozzo se ha dispuesto que el Martillero Público Nacional Alejandro Prola Henkel (Mat. 1222 -P- 107) CUIT 20-17075265-2, venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 15 de septiembre de 2014, a las 11:00 horas, en los Estrados del Tribunal sito en 25 de Mayo 401 de la localidad de Melincué, provincia de Santa Fe el siguiente bien mueble, propiedad del demandado prendario en autos, marca Hermann tipo Semirremolque modelo S.PA 3E 71 dominio KKO 311. Dicho rodado saldrá a la venta con la base de $ 231.775.75; en caso de no haber ofertas, el bien se retirará de la venta. Quien resulte ser el último y mejor postor deberá abonar en el acto de la subasta el 100% del precio de su compra, en efectivo y/o cheque certificado con más la comisión del martillero. El bien se subasta en las condiciones que constan en autos e inscripto el dominio en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Seccional Alcorta, y registra: 1) Inhibición de fecha 22/1 1/2012 al Tomo V Folio 2294 en autos Nuevo Banco de Santa Fe SA c/La Perelada SA y/o s/Demanda Ordinaria (e. 520/12) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo C. y C. de la 1ª Nominación de Venado Tuerto por la suma de $ 24.596,54 con más la de $ 7.378,96. 2) Inhibición de fecha 20/05/2013 al Tomo W Folio 2361 en autos -Agrotecnología y Servicios SA c/La Perelada SA s/Juicio Ejecutivo- (e. 233/2012) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo C. y C. de la 2ª. Nominación de Venado Tuerto por la suma de $ 10.178 con más la de $ 3.055. 3) Inhibición de fecha 28/05/2013 al Tomo W Folio 2366 en autos Asociación Mutual entre Socios del Club Atlético Sportman Carmelense c/La Perelada SA s/Demanda Ejecutiva (e. 722/2012) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 8 de Melincué por la suma de $ 100.964,95 con más la de $ 30.289,48. 4) Inhibición de fecha 28/04/2014 R.S. 1187 N° 1111 en autos Juzgado de Paz Letrado de General Arenales: Secretaría única “Asociación Mutual C.S.D. Ascensión c/La Perelada SA s/Cobro Ejecutivo (e. 8887/2014). 5) Inhibición de fecha 07/11/2011 al Tomo U Folio 2154 en autos “Asociación Mutual CES c/La Perelada SA s/Demanda Ejecutiva (e. 1103/11) de trámite por ante el Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 8 de Melincué por la suma de $ 333.500 con más la de $ 100.500. 6) Embargo de fecha 13/06/2014 Oficio 1869 en estos autos por la suma de $ 125.000 con más la de $ 37.500 y 7) Prenda de fecha 19/09/201 I por la suma de $ 125.000, acreedor prendario Asociación Mutual de Venado Tuerto. No registra deuda por patentes impagas por resultar exento dada su naturaleza de remolque. Todos los impuestos y/o tasas que se adeuden por el vehículo a subastar, como así también los gastos e impuestos por transferencia e IVA -si correspondiere- quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente, así como los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia del dominio. El expediente se encontrará y permanecerá en Secretaría del Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines dispuestos por los artículos 494 y 495 del C.P.C.C SF. Informes previos, constatación y demás constancias de ley se encuentran agregados a autos para ser revisados por interesados en Secretaría, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta e Insuficiencia de ellos. Exhibición: días y horas a designar por el martillero actuante. Melincué, 29 de agosto de 2014. Leandro Carozzo, secretario.

$ 395,01 239630 Set. 8 Set. 10

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