picture_as_pdf 2010-09-08

DECRETO Nº 1580

 

Santa Fe, 31 de agosto de 2010.

 

VISTO:

El expediente n° 00101-0205510-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado -, por el cual se gestiona el otorgamiento de asueto al personal docente y de la Administración Pública Provincial que fuere designado como Jefe de Departamento, de Fracción y de Local y Autoridades de Mesa en los Comicios Extraordinarios a llevarse a cabo en la localidad de Laguna Paiva, Departamento La Capital, el día 19 de septiembre del año en curso, conforme el Decreto N° 0387/10; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acordada N° 0002/10, el Tribunal Electoral de la Provincia, ha aprobado la Estructura Operativa Electoral de Designación y Capacitación de Autoridades de Mesa, solicitando además, que este Poder Ejecutivo disponga de los recursos necesarios para hacer frente a los gastos que demande la implementación de la misma;

Que previéndose la utilización preferente de establecimientos educativos como lugares de votación, resulta necesario liberar a los mismos de las restricciones que en materia de utilización de los servicios telefónicos imponen los artículos 3°, 4° y 6° del Decreto N° 2341/78 y su complementario N° 1443/92;

Que asimismo, se estima pertinente facilitar la capacitación del personal afectado a dichas tareas comiciales, así como compensar mediante el otorgamiento de la franquicia pertinente, a quienes se desempeñen efectivamente en las mismas el día del acto eleccionario;

Que es pertinente, disponer la liberación de los pulsos telefónicos, en los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, donde funcionen Mesas de Sufragios;

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el Artículo 72°, inciso 15), de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° - Otórgase al personal docente y de la Administración Pública Provincial que hubiere sido designado en la localidad de Laguna Paiva, Departamento La Capital, como Jefe de Departamento, de Fracción, de Local y Autoridades de Mesa, dentro de la Estructura Operativa Electoral, aprobada por Acordada Nº 0002/10 del Tribunal Electoral de la Provincia, en los comicios generales a realizarse el día 19 de setiembre del corriente año, un asueto equivalente a media jornada de labor, de la correspondiente a su situación de revista, con la finalidad de justificar su asistencia a los cursos de instrucción que a tal fin se dictarán.

ARTICULO 2° - Dispónese la liberación de pulsos telefónicos de los Establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educación, donde funcionen mesas de sufragio, desde veinte (20) días antes y hasta el día posterior al comicio, ampliándose dicho período en los locales escolares donde se establezcan los Jefes de Departamento y los de Fracción, hasta una semana después del comicio.

ARTICULO 3° - Concédese un día de franquicia compensatoria - sin pérdida de Presentismo - al personal docente y de la Administración Pública Provincial que hubiere sido designado como Autoridad de Mesa en los comicios en cuestión, y efectivamente haya cumplido tales funciones, lo que acreditará mediante la presentación de la correspondiente documentación que así lo certifique.

ARTICULO 4° - Refréndese por el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado y la señora Ministra de Educación.

ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

Lic. Elida Elena Rasino

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