DECRETO Nº 1580
Santa Fe, 31 de agosto de 2010.
VISTO:
El expediente n°
00101-0205510-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -
Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado -, por el cual se gestiona el
otorgamiento de asueto al personal docente y de la Administración Pública
Provincial que fuere designado como Jefe de Departamento, de Fracción y de
Local y Autoridades de Mesa en los Comicios Extraordinarios a llevarse a cabo
en la localidad de Laguna Paiva, Departamento La Capital, el día 19 de
septiembre del año en curso, conforme el Decreto N° 0387/10; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acordada
N° 0002/10, el Tribunal Electoral de la Provincia, ha aprobado la Estructura
Operativa Electoral de Designación y Capacitación de Autoridades de Mesa,
solicitando además, que este Poder Ejecutivo disponga de los recursos
necesarios para hacer frente a los gastos que demande la implementación de la
misma;
Que previéndose la
utilización preferente de establecimientos educativos como lugares de votación,
resulta necesario liberar a los mismos de las restricciones que en materia de
utilización de los servicios telefónicos imponen los artículos 3°, 4° y 6° del
Decreto N° 2341/78 y su complementario N° 1443/92;
Que asimismo, se
estima pertinente facilitar la capacitación del personal afectado a dichas
tareas comiciales, así como compensar mediante el otorgamiento de la franquicia
pertinente, a quienes se desempeñen efectivamente en las mismas el día del acto
eleccionario;
Que es pertinente,
disponer la liberación de los pulsos telefónicos, en los establecimientos
educativos dependientes del Ministerio de Educación, donde funcionen Mesas de
Sufragios;
Que el presente acto
se dicta en uso de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el
Artículo 72°, inciso 15), de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1° -
Otórgase al personal docente y de la Administración Pública Provincial que
hubiere sido designado en la localidad de Laguna Paiva, Departamento La Capital,
como Jefe de Departamento, de Fracción, de Local y Autoridades de Mesa, dentro
de la Estructura Operativa Electoral, aprobada por Acordada Nº 0002/10 del
Tribunal Electoral de la Provincia, en los comicios generales a realizarse el
día 19 de setiembre del corriente año, un asueto equivalente a media jornada de
labor, de la correspondiente a su situación de revista, con la finalidad de
justificar su asistencia a los cursos de instrucción que a tal fin se dictarán.
ARTICULO 2° -
Dispónese la liberación de pulsos telefónicos de los Establecimientos
educacionales dependientes del Ministerio de Educación, donde funcionen mesas
de sufragio, desde veinte (20) días antes y hasta el día posterior al comicio,
ampliándose dicho período en los locales escolares donde se establezcan los
Jefes de Departamento y los de Fracción, hasta una semana después del comicio.
ARTICULO 3° -
Concédese un día de franquicia compensatoria - sin pérdida de Presentismo - al
personal docente y de la Administración Pública Provincial que hubiere sido
designado como Autoridad de Mesa en los comicios en cuestión, y efectivamente
haya cumplido tales funciones, lo que acreditará mediante la presentación de la
correspondiente documentación que así lo certifique.
ARTICULO 4° -
Refréndese por el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado y la señora
Ministra de Educación.
ARTICULO 5° -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
Lic. Elida Elena Rasino
5101
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