picture_as_pdf 2017-08-08

MAPA S.A.


ESTATUTO


A efectos del art. 10 de la Ley 19.550, se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 13 de Marzo de 2017, se ha resuelto constituir una sociedad anónima que girará bajo la denominación de “MAPA” S.A., cuyos socios son: Lisandro Andrés Acosta, argentino, nacido el 18 de Junio de 1982, apellido materno Ganora, soltero, D.N.I. Nº 29.630.487, C.U.I.T. N° 20-29630487-6, comerciante, domiciliado en Av. San Martín N° 563 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe; Jonatan Emir Acosta, argentino, nacido el 15 de Febrero de 1981, apellido materno Ganora, soltero, D.N.I. N° 28.197.572, C.U.I.T. N° 20-28197572-3, docente, domiciliado en calle Aarón Castellanos N° 650 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe, y Adrián Osiris Acosta, argentino, nacido el 20 de Junio de 1979, apellido materno Ganora, soltero, D.N.I. N° 27.297.091, C.U.I.T. N° 20-27297091-3, comerciante, domiciliado en calle Aarón Castellanos N° 650 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe. La sociedad tiene su domicilio legal en la localidad de Gobernador Crespo, Provincia de Santa Fe.

Su plazo de duración es de 50 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. La sociedad tendrá por objeto la administración de bienes inmuebles propios (urbanos o rurales). A tal fin estará habilitada para realizar las siguientes actividades: adquisición, venta, permuta, arrendamiento, locación, mandatos, representaciones, comisiones, loteos, sometimiento a propiedad horizontal, constitución de cualquier otro tipo de derecho real sobre bienes inmuebles propios; fraccionamiento y subdivisión de inmuebles, y en general todo acto y/o contrato necesario para el desarrollo de las actividades descriptas en el objeto social, sin que implique intermediación de acuerdo a la Ley provincial N° 13.154 y excluyendo las actividades comprendidas en el inciso 4° del artículo 299 de la Ley N° 19.550. El capital social es de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), representado por tres mil (3000) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El Capital de la Sociedad podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo, conforme lo previsto por el art. 188 de la Ley 19.550. La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto de un número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de su elección. Los Directores en su primera sesión deben designar un Presidente, y un vicepresidente cuando el órgano fuese plural. Este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.

Asimismo, designan para integrar el Directorio a Lisandro Andrés Acosta, argentino, nacido el 18 de Junio de 1982, apellido materno Ganora, soltero, D.N.I. N° 29.630.487, C.U.I.T. N° 20-29630487-6, comerciante, domiciliado en Av. San Martín N° 563 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe, quien lo hará como Director Titular en el cargo de Presidente y Adrián Osiris Acosta, argentino, nacido el 20 de Junio de 1979, apellido materno Ganora, soltero, D.N.I. N° 27.297.091, C.U.I.T. N° 20-27297091-3, comerciante, domiciliado en calle Aarón Castellanos N° 650 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe, quien lo hará como Director Suplente y quienes aceptaron sus respectivos cargos en el acto constitutivo. De acuerdo a lo establecido por el art. 284 último párrafo de la ley 19.550, se ha prescindido de la sindicatura, pudiendo los socios ejercer el contralor que prevé el art. 55 de la misma ley.

En relación a la sede social, la misma ha sido fijada en calle Aarón Castellanos N° 650 de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe. El cierre del ejercicio social se ha fijado en fecha 30 de septiembre de cada año. Autos: MAPA S.A. s/Constitución de Sociedad Expte. Nº 1429, año 2017) Santa Fe, 31 de Julio de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 120 330412 Ag. 8

__________________________________________


MERCOFRIO S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. 136 - Año 2.017 - MERCOFRÍO S.A. s/Modificación del Estatuto Social - Texto Ordenado” han solicitado la inscripción del Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 20 (unánime) de fecha 11 de Octubre de 2.016, por la que resolvieron en forma unánime: 1) Modificar el artículo Tercero (Objeto social); el artículo cuarto (capital social); el artículo quinto (restricción a la transferencia de acciones); el artículo octavo (garantía de los directores) y la adopción de un Texto Ordenado, el cual ha quedado redactado de la siguiente manera:

Artículo Primero: La sociedad se denomina “MERCOFRIO S.A.”, y tiene su domicilio legal en la localidad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias, anexos o sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.

Artículo Segundo: Duración - Su plazo de duración es de noventa y nueve (99) años, contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Artículo Tercero: Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar, tanto en el país como en el extranjero, con profesionales matriculados en caso de ser así requerido por la normativa vigente, las siguientes actividades: 1) Montaje y puesta en marcha: El servicio de montaje y puesta en marcha de equipos industriales. 2) Servicio de Mantenimiento. Reparación y Alquiler: La prestación de servicios de mantenimiento, reparación y alquiler de maquinarias y equipos de frío y/o otros equipos industriales. 3) Comercialización: La comercialización, al por mayor y menor, importación y exportación de equipos e instalaciones de refrigeración industrial y comercial y sus repuestos y accesorios. 4) Fabricación: La fabricación de maquinarias y equipos para refrigeración industrial y comercial, de maquinas especiales para la industria alimenticia, química y otras, la fabricación y venta de hielo, el desarrollo y provisión de la automatización de equipos para la industria y el comercio. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.”

Artículo Cuarto: Capital Social: El capital social es de pesos quinientos mil ($ 500.000.-) representado por cincuenta mil (50.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 10 (V$N 10) cada una, con derecho a un voto por acción. De dichas acciones, treinta y cuatro mil (34.000) acciones corresponden a la Clase “A” y dieciséis mil (16.000) acciones corresponden a la Clase “B”. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto. La emisión podrá ser delegada en el directorio de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. La emisión de acciones correspondientes a cualquier aumento de capital, deberá hacerse en la proporción de 68% de acciones Clase “A” y 32% de acciones de Clase “B”. Artículo Quinto: Acciones - derecho de preferencia - limitación a Su transferencia a favor de terceros - fallecimiento de algún accionista:

I.- Acciones: Las acciones serán: (a) Ordinarias, nominativas, no endosables, Clase A y Clase B, con derecho a un voto cada una, o (b) Preferidas. Estas últimas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérseles o no prelación en el reembolso del capital y en la liquidación de la sociedad. Las acciones preferidas no darán derecho a voto a excepción de las materias incluidas en el artículo 244, párrafo 4° de la ley General de Sociedades N° 19.550, y del supuesto de mora en el pago de los dividendos pactados en la suscripción respectiva, por falta o insuficiencia de utilidades y durante el tiempo en que la situación se mantenga. Dentro de las condiciones generales establecidas en el estatuto, la asamblea fijará las características de las acciones a emitir por razón del aumento, pudiendo delegar en el directorio la determinación de la época de la emisión, forma y condiciones de pago de la misma. II.- Derecho de preferencia: Las acciones ordinarias Clase A y Clase B, y las preferidas otorgarán a sus titulares derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de la misma clase que se emitan, en proporción a las que posean. Este derecho deberá ejercitarse dentro de los treinta (30) días siguientes al de la última publicación que por tres (3) días se hará en el diario de publicaciones legales y en un diario local de la ciudad de Rafaela. Tendrán asimismo el derecho de acrecer en proporción a sus respectivas tenencias, en los términos del artículo 194 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Para el ejercicio efectivo del derecho de acrecer, el directorio deberá notificar fehacientemente a los accionistas, dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento para el plazo del ejercicio del derecho de preferencia, que existen acciones no suscriptas, a cuyos efectos se otorgará un plazo de quince (15) días corridos y adicionales para que los accionistas que hubieren ejercido la preferencia, acrezcan sus tenencias en la proporción que posean y en la que hayan ejercido la preferencia.

III.- Limitación a la transferencia de acciones: Las acciones son libremente transmisibles entre los socios. La transferencia de acciones entre los accionistas es libre, bastando al efecto la sola comunicación al Directorio a los fines de su registración. El accionista que desee ceder total o parcialmente sus acciones a un tercero deberá comunicarlo al Directorio por medio fehaciente en el que se indicará clase y número de las acciones a transferir, precio pretendido y forma de pago. El Directorio, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, notificará esto a los restantes accionistas, quienes dispondrán de treinta (30) días corridos a partir de la recepción de la comunicación para manifestar su voluntad de adquirirlas. En el caso de que los accionistas no ejerzan el derecho de opción en el plazo fijado anteriormente o lo ejerzan parcialmente, la sociedad podrá adquirir las acciones por las que no se ejerció la opción de acuerdo a lo establecido en el art. 220 de la Ley General de Sociedades Nº 19550 en las siguientes condiciones: a) para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital, b) excepcionalmente, con ganancias realizadas y liquidas o reservas libres cuando estuvieren completamente integradas y para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima asamblea ordinaria; c) por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpore. La sociedad deberá comunicar al socio saliente dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados a partir de la recepción de la notificación de la decisión de ceder las acciones, quienes son los accionistas que ejercieron su derecho de preferencia para adquirir total o parcialmente sus acciones y/o si correspondiera su derecho de preferencia para rescatar las acciones. Vencido este último plazo de sesenta (60) días sin existir respuesta afirmativa para la venta a los accionistas y/o el rescate de las acciones, el accionista saliente podrá venderlas total o parcialmente a terceros al mismo o mayor precio que el ofrecido a los socios, con similares condiciones de venta y dentro del plazo de ciento ochenta (180) días corridos de vencido el plazo con que cuenta la sociedad para notificar al socio saliente la voluntad de los accionistas de adquirir las acciones y/o su derecho de rescate. Vencido este último plazo, el accionista saliente deberá iniciar nuevamente el procedimiento establecido en la presente cláusula. La venta efectuada por un accionista a un tercero en violación al procedimiento establecido en esta cláusula será inoponible a la sociedad, quien estará facultada para no registrar dicha venta en el libro respectivo y a accionar judicialmente contra el accionista infractor.

IV.- Fallecimiento de accionistas: En el caso de que se produzca el fallecimiento o incapacidad total y permanente de cualquiera de los accionistas, el resto de los socios podrá adquirir proporcionalmente a sus tenencias, y con derecho a acrecer, las acciones del socio fallecido o con incapacidad total y permanente, pagando un justo precio a sus herederos, quienes quedarán, por tanto excluidos de la sociedad. A ese fin, el Directorio convocará al resto de los accionistas al domicilio registrado en el libro respectivo, en el término de treinta (30) días con posterioridad al fallecimiento o la declaración de incapacidad total y permanente, para que ejerzan el derecho de preferencia en proporción a las propias tenencias dentro de cada categoría de acciones, y con derecho a acrecer para el supuesto de que alguno o todos los demás accionistas no lo ejercieren, lo que deberán efectuar dentro de los 20 días de la notificación hecha por la sociedad. Al vencimiento de este plazo se tendrá por no ejercida la preferencia, pudiendo los herederos incorporarse a la sociedad, con el total de las acciones no adquiridas por el resto de los socios del fallecido o incapacitado, debiendo en este caso unificar personería. Cuando al tiempo de ejercitar el derecho de preferencia los accionistas impugnan el precio de las acciones, deberán expresar el que consideran ajustado a la realidad. En este caso, si los herederos no aceptaran este último precio, las partes gozarán de u nuevo plazo de veinte (20) días a contar del vencimiento del plazo anterior para ponerse de acuerdo sobre los términos de la cesión. Vencido este último plazo, sin haberse llegado a un arreglo, la determinación del precio deberá establecerse mediante pericia judicial, a cuyo efecto los herederos deberán promover la acción pertinente dentro de los sesenta (60) días corridos de vencido el último plazo aludido, bajo apercibimiento de caducar su derecho a incorporarse a la sociedad. Los impugnantes no están obligados a pagar un precio mayor que el propuesto por los herederos; ni los herederos a cobrar uno menor que el ofrecido por los que ejercitaron la opción. Las costas del procedimiento estarán a cargo de la parte que pretendió el precio más distante del citado por la tasación judicial.

Artículo Sexto: Título: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.

Artículo Séptimo: Mora - En caso de mora en la integración de capital, el directorio queda facultado para proceder según lo dispuesto por el artículo 193 de la Ley 19.550.

Artículo Octavo: Administración y Representación - La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y, en caso de un órgano plural, un vicepresidente, quien reemplazará automáticamente al primero en caso de ausencia o impedimento; La representación legal de la sociedad estará a cargo tanto del presidente como el vicepresidente, en forma indistinta. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley 19.550, el Directorio se integrará por lo menos con tres directores. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros conforme artículo 260 L.S.C. y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio. Los directores deben prestar la siguiente garantía: de $ 20.000,00 (pesos veinte mil) cada uno, la que se depositará en la caja social.

Artículo Noveno: Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19.550. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley citada, el Directorio deberá convocar a Asamblea General Ordinaria para la designación de un Síndico Titular y uno Suplente, que durarán en sus funciones por el término de un ejercicio, sin necesidad de modificación del presente Estatuto. La Asamblea fija la remuneración del Síndico.

Artículo Décimo: Asambleas -Las asambleas deben ser citadas, simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en forma establecida por el artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime, en cuyo caso se celebrarán en segunda convocatoria el mismo día una hora después de fracasada la primera. En caso de convocatoria sucesiva, se estará a lo dispuesto por el artículo 237 antes citado. El quórum y mayoría se rigen por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materia de que se trate. La asamblea extraordinaria en segunda convocatoria se celebrará cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.

Artículo Décimo Primero: Cierre De Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conformes a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) No menos del cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de Reserva Legal, b) A remuneración del directorio y síndico, si lo hubiere, c) A dividendos de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos.

d) El saldo, en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias con el tope del 30% de dichas utilidades, o a fondos de reservas facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción y con la limitación en cuanto al monto máximo a distribuir establecido en el punto d) de la presente.

Artículo Décimo Segundo: Disolución: Producida la disolución de la sociedad, su liquidación estará a cargo del directorio actuante a ese momento o de una comisión liquidadora que podrá designar la asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela, 27 de Julio de 2.017. Dra. Gisela Gatti. Secretaria.

$ 898 330345 Ag. 8

__________________________________________


FABEN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la Ciudad de Rafaela, se ha ordenado la inscripción de la designación de autoridades que de acuerdo a lo resuelto en la reunión de Directorio de fecha 14 de marzo de 2017 quedó constituida de la siguiente manera: Presidente: Víctor Alberto Ceferino Tesone D.N.I. Nº 16.303.888, C.U.I.T. 23-16303888-9; Vicepresidente: Alcides Remigio Marcante D.N.I. Nº 6.277.028 C.U.I.T. 20-06277028-8; Directores: Reinaldo Rubén Bürcher DNI Nº 17.390.770, C.U.I.T.: 28-17390770-3; Silvio Francisco Nocete D.N.I. Nº 17.964.032, C.U.I.T. 20-17964032-6; Alejandro Giuliani D.N.I. Nº 16.795.252, C.U.I.T. 20-16795252-7, Síndico Titular: Raúl Alberto Abeillé D.N.I. N° 7.649.058, C.U.I.T. 23-07649058-9; y Síndico Suplente: Alberto Armando Buonifacino D.N.I. Nº 8.323.905, C.U.I.T. 20-08323905-1, por un mandato de 3 (tres) ejercicios.-

Lo que se publica a los efectos legales.-

Rafaela, 27 de Julio de 2017. Gisela Gatti, secretaria.-

$ 33 330381 Ag. 8

__________________________________________


MALSA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de la ciudad de Reconquista Dr. José María Zarza, hace saber que en los autos caratulados Malsa S.A. s/Designación de Autoridades Expte. N° 218/2017; ha ordenado la siguiente publicación: Según, lo resuelto por Asamblea General Ordinaria N° 3 y Acta N° 17, ambas de fecha 10-05-2017, han resulto la designación de los integrantes del directorio y distribución de cargos, quedando constituido de la siguiente manera: Presidente. Bauducco Fabricio Martín, argentino, soltero, nacido el 07 de enero de 1976, Comerciante, domiciliado en calle Belgrano N° 1413 de la localidad de Romang, provincia de Santa Fe, de profesión Empresario, DNI N° 24.786.862, CUIT N° 20-24786862-4; Vicepresidente. Bauducco Edgardo Juan, argentino, nacido el 01 de enero de 1943, casado, de profesión Contador Público, con domicilio en calle Belgrano N° 1413 de la localidad de Romang, Santa Fe, DNI Nº 6.295.874, CUIT N° 20-06295874-0, Director Suplente : Marcelo Germán Ruiz, argentino, nacido el 08 de enero de 1948, casado, de profesión Abogado, con domicilio en calle Moreno N° 735 de Reconquista, Santa Fe, DNI N° 8.157.726, CUIT N° 23-08157726-9. Dichas autoridades han sido designadas para un periodo de tres ejercicios.

Reconquista, 31 de julio de 2017. Secretaria: Mirian Graciela David

$ 45 330317 Ag. 8

__________________________________________


NORTE AGROPECUARIA S.A.


ESCISIÓN


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Por. Asamblea General Extraordinaria de fecha: 30/04/2016, se ha resuelto la escisión de “NORTE AGROPECUARIA S.A.”, con domicilio en calle Saavedra Nº 161 de la localidad de San Vicente, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Nº 95, Folio 48, Libro 7, Santa Fe 18/12/92, a los efectos de constituir una nueva sociedad que se denominará “LA OSADIA S.A.”, con domicilio en Juan José Paso Nº: 498 de la localidad de San Vicente, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, siendo el total del Activo $ 8.618.668,96 y del Pasivo $ 3.840.391,33, según Estados Contables al 31/01/2016, destinándose $ 3.727.000 a la nueva sociedad. Asimismo y con el propósito de asegurar la consecución de los objetivos propuestos los Sres. Accionistas de “NORTE AGROPECUARIA S.A.”, han resuelto realizar la capitalización del saldo de Ajuste del Capital $ 59.399. (cincuenta y nueve mil trescientos noventa y nueve), de Aportes Irrevocables para futuras suscripciones $ 163.758,94 (ciento sesenta y tres mil setecientos cincuenta y ocho c/94/100) y Resultados no Asignados por la suma de $ 350.442,06 (trescientos cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y dos c/06/100) para que el Capital Social ascienda a la suma de $ 600.000 (Pesos: Seiscientos mil), modificándose como consecuencia el artículo cuarto del Estatuto Social, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo cuarto: “El capital social se fija en la suma de seiscientos mil pesos ($ 600.000.-) representado por seiscientas (600) acciones de valor nominal mil pesos ($1.000) cada una. Por decisión de la asamblea ordinaria el capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 188 de la ley 19.550”. De la entidad “NORTE AGROPECUARIA S.A.”, se ha redactado un nuevo Texto Ordenado, cuya redacción resumida es la siguiente: Denominación: NORTE AGROPECUARIA S.A., continuadora por cambio de denominación de Guerino Periotto S.A.-

Domicilio: calle Saavedra Nº 161 de San Vicente, Dpto. Castellanos (Sta.Fe).-

Duración: 50 años.-

Capital: $ 600.000.-(Pesos: Seiscientos mil).-

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: f-La explotación agropecuaria en todas sus etapas.- g-La compraventa, locación, permuta, explotación, construcción y administración de inmuebles urbanos y rurales.- h-Actuar como consignatarios y/o mandatarios en operaciones de compraventa de hacienda y/o cereales.- i-La prestación de servicios agropecuarios de fumigación, aspersión y pulverización de agentes perjudiciales para los cultivos; roturación y siembra; cosecha y recolección de cultivos.- j-La importación y exportación de maquinarias, partes, repuestos y cualquier otra pieza o productos, necesaria para cumplir con las actividades enunciadas en los incisos a,b,c,d, del presente artículo.-

Administración y Representación: Directora Titular Presidente: María Cristina Jalit, D.N.I. N° 14.336.054 y Director Suplente: Gabriel Rubén Colombero, D.N.I. N° 14.336.028.-La sociedad prescinde la de Sindicatura.

Cierre del ejercicio: 31 de Enero de cada año.-

Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 1 de Agosto de 2017. Gisela Gatti, secretaria.

$ 183 330290 Ag. 8

__________________________________________


FIDEICOMISO EL FUTURO


CONTRATO


En cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial referente a la inscripción del contrato de fideicomiso hace saber que:

Se ha iniciado la inscripción del contrato de Fideicomiso El Futuro de fecha 26 de Mayo de 2017 en ésta ciudad de Rafaela siendo partes del mismo el Sr. Jorge Carlos Airaudo DNI 13.873.111 y la Sra. Patricia María del Carmen Lozano DNI 16.647.639 como fiduciante, el Sr. Diego Lozano DNI 17.104.998 como fiduciario y Paola Daniela Airaudo Lozano DNI 29.722.415; Gabriel Alejandro Airaudo DNI 31.369.529; Florencia Soledad Airaudo DNI 37.300.667 y Facundo Nicolás Airaudo DNI 39.754.574 como beneficiarios y fideicomisarios.-

Bienes objetos del fideicomiso: el fiduciaria adquiere de los fiduciantes y los recibe en forma posterior a la firma del presente contrato mediante escritura pública que será firmada a tal efecto, para el fideicomiso, el dominio fiduciario de los bienes que se detallaran oportunamente.-

Plazo: no se fija plazo de vencimiento y se extinguirá por a) vencimiento del plazo máximo legal de 30 años; b) por imposibilidad de cumplimiento; c) por voluntad, libremente acordada de la Fiduciaria con los Fiduciantes y d) por las causas previstas en el contrato.-

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela, 26 Julio de 2017.- Fdo. Dra. Gisela Gatti, Secretaria.

$ 67 330413 Ag. 8

__________________________________________


EMPRESA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR RAFAELA S.A. (E.T.A.R. S.A.)


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación de Rafaela, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. Nº 438, Año 2017 “Empresa de Transporte Automotor Rafaela S.A. s/Designación de Autoridades”, han solicitado la inscripción del acta de asamblea ordinaria Nº 64 de fecha 13 de mayo de 2016, documento en el que se ha registrado la designación de los miembros del Directorio y la distribución de los cargos, por el período complementario al estatutario de tres ejercidos, que finaliza el 31 de diciembre de 2017.- Integran el Directorio: Presidente: Sr. Horacio Juan Michelod, DNI 6.304.258; Vicepresidente: Sr. Aloisio Gerardo Sommer, DNI 93.363.452; Directores titulares: Sr. Elvio Carlos Michelod, DNI 6.300.857; Sr. Pedro Domingo Andreucci, DNI 6.291.945; Directores suplentes: Sr. Ariel Alejandro Michelod, DNI 23.801.171; Sra. Patricia Mercedes Sommer, DNI 18.549.169; Sr. Guillermo Pedro Andreucci, DNI 24.684.108; y Sra. Marcela Itati Michelod, DNI 27.484.158.-

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.-

Rafaela, 26 de Julio de 2017. Gisela Gatti, secretaria.

$ 33 330395 Ag. 8

__________________________________________


REDILAB S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Mediante Acta Constitutiva de fecha: 11/04/17 y ratificatoria de fecha: 23/06/17 los Sres. accionistas de la entidad “REDILAB SOCIEDAD ANÓNIMA.”, han resuelto la constitución de dicha sociedad, cuyos datos son los siguientes:

Accionistas: Javier Martín Vieri, D.N.I. Nº 26.963.673, argentino, nacido el 20/12/78, comerciante, casado, domiciliado en Italia 281 de Humberto Primo (Sta. Fe) y Silvana Guadalupe Pellegrinet, D.N.I. Nº: 29.156.884, argentina, nacida el: 12/04/82, comerciante, casada, domiciliada en Italia 281 de Humberto Primo (Sta. Fe).-

Fecha del Acta Constitutiva: 11/04/2017 y Ratificatoria de fecha: 23/06/2017.-

Denominación: REDILAB SOCIEDAD ANONIMA.

Domicilio: Italia 281 de Humberto Primo, Dpto. Castellanos (Sta. Fe).-

Duración: 50 años.-

Capital: $ 400.000.- (Pesos: cuatrocientos mil).-

Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia de terceros o asociados a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes actividades: Comerciales: Mediante la compraventa, permuta, representación, consignación, distribución y comercialización al por mayor y por menor en general de productos, partes piezas, accesorios e insumos para industrias. Importación y exportación: Actuando como importadora y exportadora de los productos mencionados precedentemente. Financieras: mediante préstamos en general, con garantía real o personal o sin garantía, a corto, mediano y largo plazo para financiar operaciones realizadas o a realizarse que deriven de su giro comercial, así como la compra-venta de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas creados o a crearse, exceptuándose las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o cualesquiera otras en las que se requiera el concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentaciones vigentes y por este estatuto.-

Administración y Representación: Presidente: Javier Martín Vieri, D.N.I. N° 26.963.673 y Director Suplente: Silvana Guadalupe Pellegrinet, D.N.I. N° 29.156.884.-

Cierre del ejercicio: 31 de Marzo de cada año.-

Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 27 de Julio de 2017. Gisela Gatti, secretaria.

$ 134 330291 Ag. 8

__________________________________________


LIDERTEC S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación de Rafaela, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. Nº 433, Año 2017: “LIDERTEC S.A. s/Designación de Autoridades”, han solicitado la inscripción del acta de asamblea ordinaria Nº 4 de fecha 31 de mayo de 2017, documento en el que se ha registrado la designación de los miembros integrantes del Directorio por el período estatutario de tres ejercicios.- Integran el Directorio: Presidente: Juan José Sánchez, DNI 16.303.667; Directora suplente Nº 1: María Carolina Zimmermann Vottero, DNI 22.054.530.- Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.-

Rafaela, 25 de julio de 2017. Gisela Gatti, secretaria.

$ 33 330393 Ag. 8

__________________________________________


SCA-MER S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Secretario a cargo del Registro Público de Comercio, ciudad de Santa Fe, por resolución dentro del expediente “SCA-MER S.R.L. s/Modificación al Contrato Social” (Expte. N° 1213/Año: 2017/CUIJ N° 21-05194561-9), se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para saber que:

a) Cesión Gratuita de Derechos y Acciones Sobre Aportes Irrevocables. Por contrato de cesión del 07/06/2017, María Virginia Fernández transfiere gratuitamente a Graciela Cristina Guadalupe triarte, todos los derechos que tiene sobre los aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital de la sociedad SCA-MER S.R.L. por la suma de $25.000 (Pesos Veinticinco Mil) y a Oscar Antonio Fernández por la suma de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil); y María Soledad Fernández, transfiere gratuitamente a Graciela Cristina Guadalupe Iriarte, todos los derechos que tiene sobre los aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital de la sociedad SCA-MER S.R.L. por la suma de $25.000 (Pesos Veinticinco Mil) y a Oscar Antonio Fernández por la suma de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil).

b) Modificación al Contrato Social Por acta de reunión de socios de fecha 07/06/2017 se resolvió aprobar un nuevo texto ordenado del contrato social, en el cuál se introducen modificaciones en las siguientes cláusulas: Tercero: la sociedad tiene por objeto; compra venta de repuestos, rodamientos, retenes y accesorios para automotores e industrias de maquinarias agrícolas; así como la importación y exportación de todo elemento, producto o servicio relacionado con ese objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se realicen con el fin de lograr el objeto social. Cuarta: el plazo de duración de la sociedad se fija en 45 (cuarenta y cinco) años a partir de su inscripción el día 15 de junio de 1982 en el Registro Público de Comercio. Quinto: el capital social se fija en la suma de $512.000 (Pesos Quinientos Doce Mil) dividido en 5120 (cinco mil ciento veinte) cuotas de $100 cada una, las que han sido suscriptas e integradas totalmente en la siguiente proporción: Oscar Antonio Fernández, DNI Nº 10.S74.407, 3072 (tres mil setenta y dos) cuotas, valor cada una de ellas $100, o sea $ 307.200 (pesos trescientos siete mil doscientos) Graciela Cristina Guadalupe Iriarte, DNI N° 10.874.288, 512 (quinientas doce) cuotas, valor cada una de ellas $100, o sea $51.200 (pesos cincuenta y un mil doscientos); María Virginia Fernández. DNI N° 28.764.354, 768 (setecientos sesenta y ocho) cuotas, valor cada una de ellas $100, o sea $76.800 (pesos setenta y seis mil ochocientos); y María Soledad Fernández, DNI N° 29.520.346, 768 (setecientos sesenta y ocho) cuotas, valor cada una de ellas $100, o sea $76.800 (pesos setenta y seis mil ochocientos).

Santa Fe, 30 de Junio de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 120 330324 Ag. 8

__________________________________________


LA ILUSIÓN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados LA ILUSIÓN S.A., sobre inscripción de designación de autoridades Presidente Director Suplente Expte. Nº 1316/2017, F° … año 2017, que se tramita por ante el Registro Público de Comercio del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de la primera nominación de Santa Fe, hace saber, que mediante Asamblea General unánime de fecha 04 días del mes de Abril de 2017, resuelven lo siguiente: Designación de Autoridades, con lo cual la administración y representación legal será ejercida por los señores Presidente Zulma Haydee Ocampo González, nacida el 31 de Marzo de 1970, CUIT Nro. 27-21421973-0, con domicilio en calle San Lorenzo 248, de la ciudad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe; Director Suplente: Guillermo Ricardo Viera, nacida el 11 de Septiembre de 1986, CUIT Nro. 20-32889679-7, con domicilio en calle Urquiza 631 de la localidad de Colonia Belgrano, provincia de Santa Fe. Quienes firman aceptando los cargos en prueba de total conformidad.—

Lo que se publica a los efectos de ley. Santa Fe, 07 Julio de 2017.- Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 330361 Ag. 8

__________________________________________


LUVI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “LUVI S.R.L. s/Modificación de contrato Social” Expte. 1350 Año 2017 de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:

Los socios acuerdan ampliar el objeto social, modificando la cláusula Cuarta del Contrato Social, la que queda: Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la venta e instalación de piscinas y accesorios para piscinas. La fabricación de piscinas, tanques y accesorios en P.R.F.V. (Plástico Reforzado por Fibra de Vidrio). A tal fin la sociedad tiene plena capacidad Jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social.

Santa Fe, 29/06/2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 330305 Ag. 8

__________________________________________


CERVECERÍA CERRO LEÓN S.A.


CAMBIO SEDE SOCIAL


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la entidad “Cervecería Cerro León S.A.”, mediante Acta N° 31 de fecha: 02/03/2017, ha resuelto el traslado de su sede social al nuevo domicilio de calle San Martín N° 383 de la localidad de de San Carlos Sud, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos de ley. Autos: “Cervecería Cerro León S.A. s/Cambio de Sede Social” (Expte. Nº831, Año 2.017). Santa Fe, 25 de Julio de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 330417 Ag. 8

__________________________________________


CLÍNICA SAN JUAN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que puedan corresponder, conforme Resolución de fecha 27 de Julio de 2017.

Directorio de CLÍNICA SAN JUAN S.A., con domicilio en Calle Santa Fe Nº 375 de la localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, provincia de Santa Fe, cuyo mandato tendrá vigencia hasta que la Asamblea General Ordinaria que se reúna para considerar el Balance General cerrado el 31 de Octubre de 2.018, proceda a su renovación, Presidente: Robiolo Alejandro Luis, D.N.I. N° 25.453.814, C.U.I.T. N° 20-25453814-1, argentino, nacido el 11 de Diciembre de 1976, casado con Abip María José, Médico, domiciliado en Calle Antoniutti N° 651, de la localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, provincia de Santa Fe. Director Suplente: Galliano Silvia Verónica, D.N.I. N° 23.305.333, C.U.I.T. N° 20-123305333-9, argentino, nacido el 19 de Marzo de 1973, casada con Amadori Marcelo, Médico, domiciliado en Calle San Martín N° 61, de la localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe.

$ 94 330397 Ag. 8

__________________________________________


TECVEN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Jueza en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550, s/resolución de fecha 26 de Julio de 2017.

Por Acta de Asamblea de fecha 12 de Abril de 2016 y Acta de Directorio de fecha 13 de Abril de 2016, se resolvió la elección del nuevo directorio y la distribución y aceptación de cargos: Director Titular: Presidente: Juan Carlos Street, fecha nacimiento 28/08/1958, DNI Nº 12326627, soltero, domicilio Lavalle 1 875 Venado Tuerto, técnico. Director Suplente: María Guadalupe Bacci, fecha nacimiento 24/04/1955, DNI Nº 11 535444, casada, domicilio Los Alamos 4410 Venado Tuerto, contadora pública.

$ 47 330404 Ag. 8

__________________________________________


DON MARTÍN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que puedan corresponder, conforme Resolución de fecha 04 de Julio de 2.017.-

Directorio de DON MARTÍN S.A. CUIT Nº 30-69693313-4, con domicilio en Castelli Nº 546 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe, cuyo mandato tendrá vigencia hasta que la Asamblea General Ordinaria se reúna para renovar el Órgano Administrativo que caducará al cierre del ejercicio económico finalizado el 31 de Diciembre de 2017, a saber: Presidente: Fernando Gustavo Alvado, DNI. Nº 20.362.013, CUIT Nº 20-20362013-7, apellido materno Mir, argentino, productor agropecuario, nacido el 15 de Junio de 1.969, divorciado de primeras nupcias con María José Quevedo s/Expte. Nº 1048/07, Sentencia de Divorcio Nº 859 de fecha 29 de Junio de 2008 del Juzgado Civil y Comercial de Venado Tuerto a/c. del Dr. Marcos Ferrarotti Secretaria Escr. Leonor Antelo, domiciliado en Castelli Nº 546 de Venado Tuerto, Departamento Gral. López, Pcia. de Santa Fe; Vice-Presidente: Alejandro Raúl Alvado, D.N.I. Nº 17.075.423, CUIT Nº 23-17075423-9, apellido materno Mir, argentino, productor agropecuario, nacido el 2 de Mayo de 1965, casado en primeras nupcias con Patricia Viviana Marasovich, domiciliado en Hipólito Yrigoyen Nº 1094 de la localidad de Santa Isabel, Departamento General López, Provincia de Santa Fe; Director Suplente: Gustavo Jorge Buzeta, DNI. Nº 17.514.401, CUIT Nº 20-17514401-4, apellido materno Lettieri, argentino. Contador Público, nacido el 03 de Julio de 1.965, casado en primeras nupcias con Elisabet Lujan Piermattei, domiciliado en Entre Ríos N° 373 de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

$ 100 330341 Ag. 8

__________________________________________


TRANSPORTES MANU S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, a los 07 días del mes de Julio de 2017, se reúnen los Sres. Juan Climaco Tello Benites, de profesión comerciante, con domicilio en calle Av. Francia 434 de la ciudad de Rosario, D.N.I. 18.761.427, nacido el 9 de noviembre de 1956 en Lima, Perú, de estado civil casado en primeras nupcias con Keli Salazar Castillo, de nacionalidad argentino naturalizado el 25 de agosto de 1992, Juzgado Federal Nro. 1 de Rosario, Santa Fe y Keli Salazar Castillo, de profesión comerciante, con domicilio en calle Av. Francia 434 de la ciudad de Rosario, D.N.I. 18.830.327, nacida el 22 de mayo de 1969 en Safios, Perú, de estado civil casada en primeras nupcias con Juan Climaco Tello Benites, de nacionalidad argentina naturalizada el 6 de Febrero de 2001, Juzgado Federal Nro. 1 de Rosario, Santa Fe, ambos hábiles para contratar, únicos integrantes de Transportes Manu S.R.L., con domicilio legal en Av. Francia 434 de la ciudad de Rosario, Santa Fe, sociedad constituida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 04 de mayo de 2007, en Contratos, al Tomo 158, Folio 9714, Nro. 730, y reconducida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 16 de julio de 2012, en Contratos, al Tomo 163, Folio 18162, Nro. 1143, como mejor proceda en derecho dicen que han convenido lo siguiente: Modificar la Cláusula Tercera y Cuarta del Contrato Social que quedan redactada de la siguiente forma:

Tercera: La sociedad tiene vigencia por el plazo de diez (10) años a contar desde la inscripción de la Reconducción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá ser nuevamente prorrogado por voluntad expresa de los socios, previa inscripción en el organismo competente.- Cuarta: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, transportes terrestres generales nacionales e internacionales de cualquier tipo de cargas, mercaderías y bienes muebles en general, comisiones, transporte y distribución de encomiendas y bultos en general.-

Se ratifican todas las demás cláusulas del contrato social y previa lectura y ratificación firman las partes tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.—

$ 55 330326 Ag. 8

__________________________________________


BOOK NEWS S.R.L.


CONTRATO


1) Integrantes: Gustavo Ernesto Natale, apellido materno Huertas, de nacionalidad argentino, titular del D.N.I. 12.381.033, C.U.I.T. 20-12381033-4, estado civil divorciado, nacido en fecha 20/01/1958, con domicilio real en calle Agrelo 2339 de Rosario, comerciante y Carlos Iván Moro, apellido materno Ampuero, de nacionalidad argentino, titular del D.N.I. 32.983.745, CUIT 23-32983745-3, estado civil soltero, nacido en fecha 10/08/1987, con domicilio real en calle Gral. Savio 142 de Fray Luis Beltran, empleado.-

2) Fecha de Constitución: 18/07/2017.-

3) Razón Social: BOOK NEWS S.R.L.-

4) Domicilio: calle 9 de Julio 405 de Capitán Bermúdez.-

5) Objeto: a) Explotación de bares, confiterías, restaurantes, salones de fiestas y afines, b) Servicios de catering y concesiones gastronómicas, c) Distribución de comidas pre elaboradas y elaboradas, comedores comerciales, industriales, estudiantiles y actividades afines a la gastronomía, d) Explotaciones de mini mercados.-

6) Duración: 20 años a partir de fecha de inscripción en Registro Público Comercio.-

7) Capital Social: El capital social se fija en al suma de $ 180.000 (pesos ciento ochenta mil) divididos en 18.000 (dieciocho mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: El socio Gustavo Ernesto Natale suscribe la cantidad de 13.680 (trece mil seiscientos ochenta) cuotas de capital representativas de $ 136.800 (pesos ciento treinta y seis mil seiscientos ochenta) y el socio Carlos Iván Moro suscribe la cantidad de 4.320 (cuatro mil trescientos veinte) cuotas de capital representativas de $ 43.200 (pesos cuarenta y tres mil doscientos).

Las cuotas se integran en un 25% (veinticinco por ciento) en dinero efectivo en este acto, o sea que los socios integran la suma de $ 45.000 (pesos cuarenta y cinco) que se justificará mediante la boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales de la ciudad de Rosario. En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de $ 45.000 (pesos cuarenta y cinco mil) y el saldo de $ 135.000 (pesos ciento treinta y cinco mil) se comprometen a integrarlo, en efectivo o bienes dentro del plazo de un año, contado desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.-

8) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.-

9) Administración, Dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los gerentes, socios o no. En este acto se designan como Gerente al socio Gustavo Ernesto Natale.-

10) Fecha de Cierre de Ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año.-

$ 105 330323 Ag. 8

__________________________________________


EXTREME LIVE S.R.L


CONTRATO


Datos de los socios: Esteban Eduardo Burgos, argentino, nacido el 03/11/1963, D.N.I. 16.483.559, C.U.I.T. 20-16483559-7, apellido materno Hamson, comerciante, casado en primeras nupcias con Graciela Mabel Olsina, domiciliado en calle Juan Semino 821 de la ciudad de Carcarañá, Pcia. de Santa Fe; y Graciela Mabel Olsina, argentina, nacida el 02/08/1966, D.N.I. 17.449.590, C.U.I.T. 23-17449590-4, apellido materno Muff, comerciante, casada en primeras nupcias Esteban Eduardo Burgos, domiciliada en calle Juan Semino 821 de la ciudad de Carcarañá, Pcia. de Santa Fe;

Fecha de instrumento de constitución: 12 de julio 2017.-

Razón social: EXTREME LIVE S.R.L

Domicilio: Juan Semino 821 de Carcarañá, Provincia de Santa Fe.-

Plazo de duración: Diez años contados a partir de la fecha del instrumento constitutivo.-

Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior, a la explotación de cabañas con fines turísticos, para ello la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con su objeto social-

Capital: El Capital social se fija en la suma de $ 200.000.- (Pesos Doscientos Mil), dividido en 2.000 (Dos Mil) cuotas de $ 100 (Pesos Cien) valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios, según el siguiente detalle: Esteban Eduardo Burgos, $ 100.000.- (Pesos Cien Mil.-) que representan 1.000 cuotas de $ 100.- valor nominal cada una, y Graciela Mabel Olsina, $ 100.000.- (Pesos Cien Mil) que representan 1.000 cuotas de $ 100.- valor nominal cada una. Este capital se integra en dinero efectivo y en un veinticinco por ciento en este acto. Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años, computados a partir de la fecha del presente instrumento.- La reunión de socios dispondrá el momento en que se completara la integración.

Administración, Dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, que actuarán en forma indistinta, en caso de ser plural, por el término de duración de la sociedad. Se designan gerentes a los Sres. Esteban Eduardo Burgos y Graciela Mabel Olsina, quienes actuaran en forma indistinta.-

Cierre del ejercicio: El 30 de junio de cada año.

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

$ 115 330374 Ag. 8

__________________________________________


KRAMER S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por acta de fecha 15 de Mayo de 2017 el señor Gustavo Daniel Polak Gelber, el señor Iván Andrés Vinocur y el señor Federico Brigati siendo ellos todos los socios de la sociedad, deciden modificar la sede social de KRAMER Sociedad de Responsabilidad Limitada a la calle Italia 1889 piso 1 departamento A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 330296 Ag. 8

__________________________________________


ADMINISTRACIÓN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


A) Cesión de Cuotas: Fecha del instrumento: 30 de abril de 2015.

1) Leandro Cleofaz Azagra, DNI 16.249.834 cede a Diego Damián Palao, argentino, contador público nacional, DNI Nº 16.745.347, CUIT 20-16745347-4, nacido el 16 de abril de 1964, la cantidad de 225 cuotas de V.N. 10 cada una. y 2) María Teresa Azagra, DNI 17.807.264 cede a Viviana Ester Boggio, argentina, DNI Nº 17.079.171, CUIT 27-17079171-7 nacida el 24 de diciembre de 1964, la cantidad de 75 cuotas de $ 10 V.N. cada una. Ambos cesionario con domicilio en José Hernández 1509 de la ciudad de Rosario y cónyuges entres si.

B) Disolución, Nombramiento de Liquidador y Cambio de Sede Social: Fecha del instrumento: 24 de julio de 2017.

1) Se resuelve la Disolución de la sociedad; 2) Nombramiento del Liquidador: Se resuelve nombrar liquidador al socio Diego Damián Palao y 3) Sede Social: Se resuelve fijar nueva sede social en calle José Hernández 1509, de la ciudad de Rosario.

$ 45 330394 Ag. 8

__________________________________________


ÁREA VICTORIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha dispuesto inscribir la prórroga al contrato social de ÁREA VICTORIA S.R.L. al 27/06/2027 resuelta por Acta de Reunión Extraordinaria de Socios N° 50 de fecha 01/06/2017. Asimismo, por Acta de Reunión Extraordinaria de Socios N° 51 de fecha 17/07/2017 se ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO: la modificación del domicilio de la sede social, fijándosela en calle 1° de Mayo 953 Block 3°, Piso 3° Dpto. “A” de la ciudad de Rosario; Segundo: la modificación de la Cláusula Cuarta del Contrato Social; y Tercera: el aumento de capital social a la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000.-) y modificación de la Cláusula Quinta del Contrato Social.

Por consiguiente, las Cláusulas Tercera, Cuarta y Quinta han quedado redactadas del siguiente modo:

Tercera: Duración: El plazo de duración se fija en veinte (20) años, contados a partir de la inscripción del Contrato Social de ÁREA VICTORIA S.R.L. en el Registro Público de Comercio de Rosario, sección Contratos al Tomo: 158 Folio: 14.010, Número: 1.069, con fecha 27/06/07; extendiéndose hasta el 27/06/2027.

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a: I) Inmobiliaria: La compra-venta, financiamiento, construcción y comercialización, remodelación o restauración de obras civiles, locación y permuta de todo tipo de bienes inmuebles propios, urbanización, subdivisiones, loteos, administración y cualesquiera otras operaciones de renta inmobiliarias. Podrá realizar todas las operaciones mencionadas únicamente sobre inmuebles propios. Se deja expresamente establecido que la sociedad no podrá realizar las actividades previstas en el artículo 299 Ley de Sociedades Comerciales, como así también quedan excluidas las actividades previstas en la Ley Provincial 13.154 sobre correaje inmobiliario. II) Agropecuaria: Mediante la explotación, en campos propios o de terceros, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros de establecimientos rurales, dedicados a la explotación agrícolas, ganaderos, forestales, frutícolas, apicultura, fruticultura, hortalizas, floricultura, avícola, granja y todo tipo de aves en cautiverio, tambos, cría y/o invernada de ganado de todo tipo y especie; explotación de cabañas y harás.

Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes así lo requieran, serón realizados por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Contrato.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000), dividido en Quinientas Mil (500.000) cuotas de Pesos Uno ($ l.-) cada una, que los socios tienen suscriptas e integradas de la siguiente manera: Lucio Vidal Saldivia: tiene suscriptas Ciento Cincuenta Mil (150.000) cuotas que a su valor de $1.- cada una, totalizan la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-), e integradas en la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000.-) en este acto, y el saldo, es decir la suma de Pesos Noventa Mil ($ 90.000) se compromete a integrarlo dentro de los dos (2) años a contar a partir de la inscripción del aumento de capital ante el Registro Público.

Adrián Saldivia: tiene suscriptas Ciento Cincuenta Mil (150.000) cuotas que a su valor de $1.- cada una, totalizan la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000), e integradas en la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000.-) en este acto, y el saldo, es decir la suma de Pesos Noventa Mil ($ 90.000) se compromete a integrarlo dentro de los dos (2) años a contar a partir de la inscripción del aumento de capital ante el Registro Público.

María Carmen Murabito: tiene suscriptas Doscientas Mil (200.000) cuotas que a su valor de $1.- cada una, totalizan la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-), e integradas en la suma de Pesos Ochenta Mil ($80.000.-) en este acto, y el saldo, es decir la suma de Pesos Ciento Veinte Mil ($120.000) se compromete a integrarlo dentro de los dos (2) años a contar a partir de la inscripción del aumento de capital ante el Registro Público.

$ 95 330316 Ag. 8

__________________________________________


PLAY PUBLICIDAD S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley de General de Sociedades, se hace saber el Nombramiento del Directorio de “PLAY PUBLICIDAD S.A.” según Acta de Directorio N° 245 del 27 del mes de abril de 2017, de acuerdo al siguiente detalle: Director Titular - Presidente: Alberto Raúl Banchero, D.N.I. 5.999.222, Domicilio: Rioja 521 - piso 14 Dto A – Rosario. Director Titular: María Virginia Culasso. D.N.I. 10.864.700, Domicilio: Rioja 521 - piso 14 Dto A – Rosario. Director Titular: Nilda Rosa Banchero. D.N.I. 5.518.967, Domicilio: España 616 piso 11 Dto. B – Rosario. Director Suplente: Martín Guarneri, D.N.I. 23.790.512, Domicilio: Córdoba 1147 piso 5 of 3 - Rosario.

Siendo sus mandatos aceptados por los mencionados por el término de un ejercicio.

$ 45 330342 Ag. 8

__________________________________________


COMERCIAL CALL S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los Actos Caratulados “COMERCIAL CALL S.A. s/Constitución de Sociedad”, Expediente Nº 3595 Año 2016, CUIJ Nº 21-05495639-5 de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber:

1. Denominación: COMERCIAL CALL S.A.

2. Fecha del instrumento: 26 días del mes de Enero de 2016.

3. Integrantes: Sra. Camila Brigante, nacionalidad argentina, estudiante, soltera, DNI 35.449.401, CUIL 27-35449401-4, nacida a los 13 días del mes de Octubre de 1990 con domicilio en calle Pje. Jacinto 503 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Juliana Manino, nacionalidad argentina, contadora publica, soltera, DNI 29-311.749, CUIL 20-29311749-8, nacida a los 28 días del mes de Abril de 1892 con domicilio en calle Rioja 580 Piso 10 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe

4. Capital Social: El capital social es de Trescientos Mil pesos ($300.000,00), representado por tres mil (3000) acciones de cien pesos ($100), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550.

5. Domicilio: Pje. San Jacinto Nº 503 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

6. Objeto: Tiene por objeto: a) compra y venta, por vía telefónica y medios análogos, de: 1) servicios de internet, equipos para telefonía celular móvil, tarjetas telefónicas y sus accesorios ya sea por cuenta propia o de terceros, b) Comercialización, por vía telefónica y medios análogos, de tarjetas de crédito y productos accesorios y/o complementarios, préstamos personales, planes de ahorro y demás productos y/o servicios financieros y/o bancarios de terceros- Las actividades previstas en este objeto que para su cumplimiento requieran título habilitante, serán realizadas por profesionales con títulos necesarios según las respectivas reglamentaciones; c) La comercialización por mayor y menor, colocación y distribución de los productos y servidos mencionados; d) la prestación de servicios de asesoramiento técnico integral relacionados con dichas actividades prestado por profesionales matriculados; e) la representación como agente oficial de empresas estatales como privadas, nacionales o extranjeras para la comercialización, distribución de equipos, elementos componentes y materia prima relacionada con la telefonía estática y/o móvil de fabricación nacional o extranjera f) la exportación e importación de todos los productos mencionados así como también la materia prima y componentes de los mismos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. Dirección y Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus fundones tres ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente –en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.

El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del directorio. Cargos Actuales; Presidente del Directorio: Brigante Camila, nacionalidad argentina, estudiante, soltera, nacida a los 13 días del mes de Octubre de 1990, con domicilio en calle Pje. San Jacinto 503 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe, DNI Nº 35.449.401, CUIL 27-35449401-4. Director suplente: Juliana Manino, nacionalidad argentina, contadora publica, soltera, nacida a los 28 días de abril de 1982 con domicilio en calle Rioja 580 Piso 10 de la ciudad de Rosario, pcia. Santa Fe, DNI Nº 29.311.749, CUIL 20-29311749-8.-

8. Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Junio de cada año.

9. Duración: Su duración es de 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

10. Suscripción e Integración del Capital Accionario: La Sra. Camila Brigante suscribe la cantidad de 2700 acciones ordinarias, nominativas, no endosables y equivalentes a $270.000,00 es el 90% del Capital Social. Y Juliana Manino suscribe la cantidad de 300 acciones ordinarias, nominativas, no endosables y equivalentes a $ 7.5000,00 es el 10% del Capital Social.

Lo que se publica por el término de Ley y a los fines pertinentes.

$ 107 330401 Ag. 8

__________________________________________


SERVICIOS SATELITALES S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Fecha del Instrumento de Cesión de Cuotas: 20/12/2016

Cesión de Cuotas: el Sr. Salvador Vicente Avendaño, D.N.I. 6.037.160, CUIT: 20-06037160-2, empresario, casado en primeras nupcias con Norma Beatriz Herminia Elisabeth Woelflin, domiciliado en calle Sánchez de Loria N° 558 Bis, de Rosario, nacido el 25 de Abril de 1940, en adelante el cedente; y el Sr. Rodrigo Avendaño, D.N.I. 22.889.834, CUIT 20-22889834-2, Licenciado en Administración de Empresas, casado en primeras nupcias con Gissel Sedan, con domicilio real en calle Av. Fuerza Aérea N° 4204 de la ciudad de Funes, Santa Fe, nacido el 22 de Diciembre de 1972, en adelante el cesionario, convienen en celebrar el siguiente contrato de cesión de cuota de capital social, a saber: Primero: El cedente es socio de la sociedad “Servicios Satelitales S.R.L.”, constituida con fecha 15 de Enero de 2008 e inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Tomo 159 Folio 1610 N° 129 bajo su anterior denominación “Taxi Satelital S.R.L.”, cuyo capital asciende a la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000.-). Dicho capital está dividido en ocho (8) cuotas de valor nominal de Diez mil pesos ($10.000.-) cada una, correspondiendo al Sr. Salvador Vicente Avendaño la titularidad de una de dichas cuotas. Segundo: En este estado, el Sr. Salvador Vicente Avendaño cede al Sr. Rodrigo Avendaño, quien acepta, la referida cuota de capital, colocando al cesionario en el mismo lugar, grado y prelación de derechos que al mismo le correspondía.

Tercero: Se verifica esta cesión de cuota por el precio total de pesos treinta mil ($30.000) que el cesionario paga en este acto, en dinero efectivo, por cuyo importe el cedente otorga el más eficaz recibo y carta de pago en forma.

$ 60 330388 Ag. 8

__________________________________________


ESTRUCTURAR S.R.L


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados Estructurar S.R.L. s/Designación de Autoridades Expte. Nº 21-05194765-4 Año 2017 se hace saber que por Acta de Reunión de Socios Nº 18 de fecha 26/06/2016, se procedió a la designación de autoridades: Socios Gerentes: Sr. Hugo Bernardo Frutos, DNI 11.061.531, CUIT 20-11061531-1, casado, argentino, de profesión comerciante, nacido el 27 de febrero de 1.954, con domicilio en calle Alvear 2550, de la ciudad de Santo Tome, provincia de Santa Fe, y a la Sra. Mariana Torres, D.N.I. 24.995.180, C.U.I.T. 27-24995180-9, soltera, argentina, de profesión Licenciada en Ciencias Empresariales, nacida el 23 de noviembre de 1.975, domiciliada en Club El Pinar Lote 304, jurisdicción Santo Tome Departamento La Capital, provincia de Santa Fe.

Santa Fe, a los 26 del mes de Julio del dos mil diecisiete. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 33 330423 Ag. 8

__________________________________________


METALÚRGICA EL PAMPA S.R.L.


CONTRATO


1- Socios: Ariel Carlos Palacio, nacido el 12/10/1982, de nacionalidad argentina, de profesión empresario, de estado civil soltero, domiciliado en Pasaje Uruguay Nro. 629 de la ciudad de General Roca, Provincia de Córdoba, quien acredita su identidad personal mediante. DNI Nro. 29.133.435, C.U.I.T. 20-29133435-1; y Horacio Marcelo Giacomossi, nacido el 25 de Octubre de 1964, de nacionalidad argentina, de profesión empresario, casado en primeras nupcias con Alicia Cristina Jordán, domiciliado en calle San Martín N° 1926, de la ciudad de Armstrong, quien acredita su identidad personal mediante, DNI N° 16.932.224, CUIT 20-16932224-5

2- Fecha del Instrumento: 23 de Junio de 2017

3- Denominación Social: METALÚRGICA EL PAMPA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

4- Domicilio: Área Industrial Avenida 4 Lote 42 “o” de la ciudad de Armstrong.

5- Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la fabricación de máquinas agrícolas, sus partes y repuestos.

6- Duración: El término de duración se fija en diez (10) años, prorrogables previa inscripción en el Registro, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7- Capital Social: el capital social se fija en la suma de trescientos mil pesos ($300.000) dividido en trescientas mil cuotas (300.000) de un ($ 1) peso cada Una, que han sido suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: Ariel Carlos Palacio suscribe ciento cincuenta mil (150.000) cuotas, por ciento cincuenta mil ($ 150.000,00) pesos de capital, Horacio Marcelo Giacomossi suscribe ciento cincuenta mil(150.000) cuotas, por ciento cincuenta mil ($ 150.000,00-) pesos de capital.

8- Administración: Estará a cargo de Uno o Más Gerentes socios o no. A Tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. La representación y administración de la sociedad estará a cargo de Ariel Carlos Palacio y de Horacio Marcelo Giacomossi.

9- Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

10- Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Abril de cada año

$ 80 330363 Ag. 8

__________________________________________


CASTETS Y TANINO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza, en los autos caratulados CASTETS y TANINO S.R.L. s/Modificación al Contrato Social, Expediente N° 148, Año 2015, se publica el siguiente edicto, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sus modificatorias y complementarias:

1) Cláusula Cuarta: Capital: El Capital Social es de Pesos Cuatro millones quinientos mil ($ 4.500.000,00) dividido en cuatro mil quinientas (4.500) cuotas sociales de Pesos Un Mil ($ 1.000,00) de Valor Nominal cada una y que los socios tienen suscriptas e integradas en su totalidad, de acuerdo al siguiente detalle: El Señor Roberto Oscar Castets, la cantidad de dos mil doscientos cincuenta (2.250) cuotas sociales de Pesos Un mil ($ 1.000,00) de valor nominal cada una de ellas, o sea la suma de $ 2.250.000,00 (Pesos dos millones doscientos cincuenta mil) y la señora Viviana Graciela Castets, la cantidad de dos mil doscientos cincuenta (2.250) cuotas sociales de Pesos Un mil ($ 1.000,00) de valor nominal cada una de ellas, o sea la suma de $ 2.250.000,00 (Pesos dos millones doscientos cincuenta mil). Cuando el giro comercial de la Sociedad lo requiera podrá aumentarse el Capital indicado en el presente artículo, con la conformidad de los socios reunidos en Asamblea, los que determinaran el plazo y monto de integración conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales suscriptas por cada uno de los socios. Fdo. Mirian Graciela David, secretaria.

$ 70 330411 Ag. 8

__________________________________________