JB FRIGO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista Dr. José María Zarza, se hace saber que por instrumento privado de fecha 11 de julio de 2008, en autos: “JB FRIGO S.R.L. s/Modificación Contrato” Expte. Nº 114 Folio Nº 65 año 2008, los socios de la entidad “JB FRIGO S.R.L.”, han acordado modificar las cláusulas 3ra. (Objeto), por incorporación del rubro inmobiliaria, Construcción y Servicios y 4ta. (Capital) por aumento de $ 18.000 (pesos dieciocho mil), quedando las mismas redactadas de la siguiente manera:
Cláusula Tercera; Objeto: La sociedad tiene por objeto la explotación de: 1) Servicios técnicos y asesoramiento profesional de Ingeniería: en la industria vinculada al rubro frigoríficos, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en obras necesarias para el desarrollo de productos y de procesos industriales. 2) Atención de algunas o todas las tareas: necesarias de sectores específicos de servicio o de producción de la industria frigorífica como: sala de compresores, sala de electricidad, sala de calderas, tratamiento de efluentes, limpieza, cargas y descargas de mercaderías, subproductos, cámaras de enfriado y congelado, faena, despostada, menudencias, cueros, etc., entendiéndose por tareas: las de mantenimiento, reparación, controles, alimentación de combustibles a las maquinarias, asesoramiento técnico y mano de obra capacitada necesaria para su normal funcionamiento. 3) Comercialización: comprar, vender almacenar, intermediar como comisionista, importar y exportar, por cuenta propia o de terceros, productos relacionados con la industria frigorífica bovina, porcina, equina, caprina, avícola y de carnes en general como: cortes anatómicos con o sin hueso, carnes en porciones, menudencias, recuperos, subproductos, glándulas, cueros y todos los demás productos derivados de la industria frigorífica. 4) Inmobiliaria, Construcción y Servicios: Mediante la administración, compra venta, permuta, alquiler, arrendamiento, construcción, explotación y subdivisión de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o de terceros. Las actividades que así lo requieran, serán realizadas con la eventual contratación de profesionales habilitados en la matrícula. Para su cumplimiento, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.
Cláusula Cuarta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 30.000. (pesos treinta mil) dividido en 3.000 (tres mil) cuotas de $ 10. (pesos diez) valor nominal cada una que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: el socio Jorge Armando Bacca, la cantidad de 1.500 (un mil quinientas) cuotas de $ 10 cada una por un total de $ 15.000. (pesos quince mil), el socio: Jorge Nicolás Bacca, la cantidad de 1.500 (un mil quinientas) cuotas de $ 10 cada una por un total de $ 15.000.-(pesos quince mil). Cada cuota otorga derecho a un voto y la integración del capital es en efectivo en su totalidad.
Reconquista, 01 de Agosto de 2008. Fdo. Dr. Duilio M. Francisco Hail, secretario.
$ 53,90 41332 Ag. 8
__________________________________________
LABORATORIOS MEGA S.A.
AUMENTO DE CAPITAL
De acuerdo a lo resuelto en reunión de Directorio de fecha 22/07/2008, el Directorio de Laboratorios MEGA S.A. informa a los señores accionistas, que se pone a su disposición, de conformidad a lo dispuesto por el art. 194 de la ley 19550 (derecho de suscripción preferente y de acrecer) 43560 acciones de la sociedad, de tipo ordinarias, nominativas, no endosables; de valor: un peso ($ 1) cada una y con derecho a un voto por acción, emitidas en razón del aumento del capital aprobado en AGO de fecha 29/04/2008.- El ejercicio del derecho de suscripción preferente y de acrecer se hará en base a la tenencia accionaría que posee cada accionista. El plazo legal para el ejercicio del derecho antes citado comenzará a correr el día hábil siguiente al día que se haya efectuado la última de las tres publicaciones que Laboratorios Mega SA, efectuará y se extenderá por un plazo de 30 días corridos, prorrogándose de este modo el plazo concedido a los señores accionistas, y que fuera notificado mediante cartas certificadas con aviso de retorno. Dra. Marta Delponte, Presidente.
$ 49,50 41233 Ag. 8
__________________________________________
B. H. CARPINTERIA METALICA S.A.
TRANSFORMACION EN S.A.
ESTATUTO
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nº 4, en lo civil y comercial Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. José María Zarza, conforme lo ordenado en autos caratulados B.H. Carpintería Metálica S.A. s/Estatuto y designación de autoridades por transformación de B.H. Carpintería Metálica S.R.L. Expte. nº 105, Fº 65, año 2008 los señores René Agustín Braida, de apellido materno Contarde, L.E. Nº 6.351.863, domiciliado en calle Canadá Nº 1855, Barrio Las Flores, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado, nacido el 01/03/42, Empresario, CUIT Nº 20-06351863-9.- Iván Víctor Braida, de apellido materno Contarde, DNI Nº 6.343.017, estado civil casado en segundas nupcias, nacido el 18/04/38, de nacionalidad argentina, domiciliado en calle Amenábar Nº 755, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, Empresario, CUIT Nº 20-06343017-0 y Abel Adelqui Braida, de apellido materno Contarde, L.E. Nº 6.340.618, domiciliado en calle Hábegger Nº 1337 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado, 30/11/36, Empresario, CUIT Nº 20-06340618-0, y en el carácter de únicos socios de la firma que gira bajo la denominación de “B.H. CARPINTERIA METALICA S.R.L.”, cuyo contrato social celebrado el cuatro de febrero de dos mil tres se halla inscripto así: Tómese razón bajo el Nº 126, al folio Nº 136, del libro Nº 1 de SRL, Legajo Nº 71 del Registro Público de Comercio de Reconquista, en fecha 22 de abril de 2003 y su posterior modificación bajo el Nº 174, al folio 188 del libro Nº 1 de SRL, legajo Nº 71 del Registro Público de Comercio, Reconquista, 22 de diciembre de 2003, con el fin de dar forma legal a la transformación de la sociedad, de Sociedad de Responsabilidad Limitada a Sociedad Anónima, de acuerdo a lo convenido unánimemente en reunión de socios de fecha diez de enero de 2008. Atento a las disposiciones de la ley 19.550 que rigen la materia se ha solicitado la inscripción del Estatuto Social. Denominación: Artículo Primero: La Sociedad se denominará “B.H. CARPINTERIA METALICA S.A.”, continuadora de B.H. CARPINTERIA METALICA S.R.L. se regirá por el presente Estatuto. Domicilio: Artículo Segundo: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Duración: Artículo Tercero: La duración de la Sociedad será de noventa y nueve años, a contar desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio de la Sociedad de Responsabilidad Limitada el 22 de abril de 2003, pudiendo prorrogarse dicho plazo por resolución de la Asamblea General Extraordinaria. La prórroga debe resolverse y la inscripción solicitarse antes del vencimiento del plazo de duración de la sociedad. Objeto: Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, las siguientes operaciones: 1) Industriales: Mediante la fundición de metales ferrosos y no ferrosos, laminación, explotación, industrialización elaboración de productos y subproductos metalúrgicos de carpintería metálica y de electrónica. Fabricación de maquinarias, herramientas, motores y repuestos relacionados con la industria metalúrgica; la fabricación de elementos estructurales de acero, aluminio y otros metales para edificios, depósitos, chimeneas y puentes, puertas, rejas y marcos de ventanas corrientes y de guillotina; escaleras y otros elementos arquitectónicos en metal; productos para taller de calderas y componentes de chapa de edificios, tuberías, herrajes, cerraduras y accesorios; cadmiado y zincado de partes. Mediante la fabricación y/o fraccionamiento de pinturas, barnices, lacas, esmaltes, desoxidantes, fosfatizantes y de todo producto conexo. Productos químicos de limpieza para la producción industrial y/o de la construcción. 2) Constructora: Mediante la construcción de edificios, estructura metálicas o de hormigón; obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado, como así también el estudio de proyectos, dirección ejecutiva y dirección de obras de ingeniería y arquitectura; explotación de patentes, licencias y sistemas propios o de terceros, y todo servicio o actividad relacionada con la construcción. 3) Comerciales: Mediante la comercialización de los productos que fabrique o construya según el objeto social, o bien actuando como mandataria, comisionista y/o consignataria; efectuando compraventas, permutas, depósitos, transporte de dichos bienes, su importación o exportación. Para la realización de dichos fines, la sociedad podrá comprar y/o vender automotores, bienes raíces, marcas de comercio o de fábrica, patentes de invención, procedimientos industriales y cualquier otra mercadería o bienes cotizables o no en la Bolsa de Comercio y celebrar contratos de sociedad con otras empresas. Podrá asimismo gestionar, explotar y transferir cualquiera de las concesiones o privilegios de los Gobiernos, tanto Nacional, como Provinciales, Municipales y/o Internacionales y realizar todo tipo de transacciones bancarias o financieras que tengan por fin proteger los negocios de la sociedad. Dar y tomar bienes en arrendamiento y constituir toda clase de derechos reales; y en definitiva todo acto lícito a que diera lugar la mejor obtención de los fines para los cuales se constituye la Sociedad. Capital: Artículo Quinto: El capital social es de Pesos cien mil ($ 100.000,00) representado por mil (1.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de Pesos Cien ($ 100,00) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley 19.550. Administración y Representación: Artículo Décimo: La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de siete (7), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La Asamblea debe designar suplentes de igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. La Asamblea General fijará la remuneración del Directorio. Designación de Presidente y Vice-Presidente: Artículo Décimo Primero: En el caso que la Asamblea nombre un Directorio compuesto por dos o más miembros y hasta un máximo de siete, inmediatamente después de celebrada la Asamblea General Ordinaria, el Directorio nombrará en su seno el Presidente y el Vice-Presidente y los demás cargos que resolvieran establecer. El Vicepresidente sustituirá en todas las funciones al Presidente, en los casos de renuncia, fallecimiento, ausencia o cualquier impedimento de éste. Representación Legal de la Sociedad: Artículo Décimo Quinto: La representación legal de la Sociedad será ejercida por el Presidente del Directorio o por el Vice-Presidente en los casos previstos por el artículo décimo primero de este estatuto. Fiscalizaciones: Artículo Décimo Sexto: La Sociedad prescindirá de la Sindicatura pudiendo los accionistas ejercer el derecho de contralor que confiere el artículo 55 de la Ley 19550. Balance - Distribución de Ganancias y Liquidación: Artículo Décimo Noveno: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Composición del Directorio: Presidente: René Agustín Braida, de apellido materno Contarde, L.E. Nº 6.351.863, domiciliado en calle Canadá Nº 1855, Barrio Las Flores, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado, nacido el 01/03/42, Empresario, CUIT Nº 20-06351863-9. Vice-Presidente: Iván Víctor Braida, de apellido materno Contarde, DNI Nº 6.343.017, domiciliado en calle Amenabar Nº 755, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, estado civil casado, nacido el 18/04/38, de nacionalidad argentina, Empresario, CUIT Nº 20-06343017-0. Director Titular: Abel Adelqui Braida, de apellido materno Contarde, L.E. Nº 6.340.618, domiciliado en calle Hábegger Nº 1337 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado, 30/11/36, Empresario, CUIT Nº 20-06340618-0. Director Suplente: Hugo Fabián Braida, de apellido materno Tomadín, D.N.I. Nº 17.799.671, domiciliado en calle Moreno Nº 566 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado en segundas nupcias, nacido el 28/08/1965, Empleado administrativo, CUIT Nº 20-17799671-9. Sede social: Se acuerda mantener como sede social la siguiente: Parque Industrial Reconquista, Lote 15, Sector “C”, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Duilio Maximiliano F. Hail. Secretario. Reconquista, 29 de Julio de 2008.
$ 123,42 41326 Ag. 8
__________________________________________
TECNO LIGHT S.R.L.
RECONDUCCION
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: TECNO LIGHT SRL. s/RECONDUCCION MODIFICACION CLAUSULA 2ª. y 6ª. Expte. Nº 625, Año 2008, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto: En la ciudad de Santa Fe, a los ocho días del mes de Julio del año dos mil ocho entre el Señor Marcelo Alberto Pacini, apellido materno García, argentino, nacido el 16 de octubre de 1972, estado civil divorciado, comerciante, D.N.I. Nº 22.901.487, CUIT Nº 20-22901487-0, con domicilio real en calle Lisandro de la Torre 3864 de la ciudad de Santa Fe, y el Señor Ezequiel Mario Bauza, apellido materno Sello, argentino, nacido el 22 de enero de 1973, de estado civil casado en primeras nupcias con Alina Laura Vigil, comerciante, D.N.I. Nº 22.901.721, C.U.I.T. Nº 20-22901721-8, con domicilio real en calle San Juan 2787 de la ciudad de Santa Fe, en su carácter de únicos socios y componente de la sociedad TECNO LIGHT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con domicilio legal en Suipacha 3243 de esta ciudad de Santa Fe, con contrato inscripto bajo el Nº 569 al folio 134 vto. del Libro 13 de S.R.L., resuelven la modificación de las cláusulas segunda y sexta del contrato social conforme lo siguiente: Primero: Ante el acaecimiento del término de duración de la sociedad conforme el artículo segundo del contrato social, ocurrida el 21 de Mayo de 2008, y en el que se pacto la Reconducción de la sociedad inscripta bajo el Nº 830 al folio 236 del libro 15 de SRL del Registro Público de Comercio en fecha 21/05/2003, los socios de común acuerdo tratan la Reconducción de la sociedad, por un término igual de cinco años a contar de la inscripción de la reconducción de la sociedad en el Registro Público de Comercio, luego de la deliberación de los socios, unánimemente deciden la Reconducción en los términos tratados y modificar la cláusula segunda del contrato social, quedando la nueva redacción: Segunda: Duración: El término de duración de la sociedad será de veinte (20) años a partir de la fecha de inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio. Segundo: Asimismo los socios deliberan a los fines de la reconducción de la sociedad por el período mencionado en el punto anterior, que la administración de la sociedad sea ejercida por los Socios: Sres. Ezequiel Mario Bauza y Marcelo Alberto Pacini, quien se designan como Socios-Gerentes con las mismas facultades, deberes, derechos y responsabilidades que el administrador anterior, quedando en consecuencia la nueva redacción de la cláusula sexta de la siguiente manera: Sexta: Representación y Administración: La administración, el uso de la firma social y la representación de la sociedad serán ejercidas por los Sres. Ezequiel Mario Bauza y Marcelo Alberto Pacini, a quienes se los designan como Socios-Gerentes, obligando a la sociedad la firma de cualquiera de ellos en forma indistinta. Tendrá las facultades para actuar ampliamente en todos los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravarlos con derechos reales, efectuar todas las operaciones bancarias, y todos aquellos actos o contratos tendientes al cumplimiento del objeto social de la Sociedad, inclusive los previsto en el artículo 1881 del Código Civil y concordantes.
Durarán en su cargo el plazo de duración de la Sociedad.
Tercero: Las cláusulas no modificadas por el presente conservan la misma redacción que el contrato original.
Santa Fe, 4 de Agosto de 2008. Mercedes Kolev, secretaria.
$ 55 41275 Ag. 8
__________________________________________
VERONICA ANA MARIA
POCHETTINO E HIJOS S.R.L.
CONTRATO
1- Integrantes: Verónica Ana María Pochettino, argentina, empresaria, 41 años, D.N.I. 17.914.065, C.U.I.T. 27-17914065-4, casada en primeras nupcias con José María San Martino, domiciliada en calle Boulevard Solaris s/nº, Villa Tramontina, departamento San Jerónimo, Santa Fe y Jessica San Martino, argentina, estudiante, 20 años, D.N.I. 33.287.418, C.U.I.T. 27-33287418-2, domiciliada en zona rural Bernardo de Irigoyen, departamento San Jerónimo, Santa Fe.
2 - Fecha del instrumento de constitución: 15 de marzo de 2008.
3 - Razón social: Verónica Ana María Pochettino e hijos S.R.L.
4 - Domicilio de la sociedad: Roque F. Coulín 816, Gálvez.
5 - Objeto social: Organización de fiestas y eventos, contratación de servicios necesarios para realizarlos y arrendamiento de inmuebles.
6- Plazo de duración: Diez años, prorrogándose por 30 años.
7- Capital social: cincuenta mil pesos ($ 50.000,00).
8 - Administración y fiscalización: Verónica Pochettino, socia gerente.
9 - Representación: Verónica Ana María Pochettino.
10 - Cierre de ejercicio: 30 de octubre.
$ 15 41270 Ag. 8
__________________________________________
IRA S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Publico de Comercio se hace saber en los autos caratulados: IRA Sociedad de Responsabilidad Limitada s/Constitución, Expediente Nº 602, Folio 27 C, Año 2008, que por instrumento privado de fecha 13 de Junio de 2008 el Sr. Federico Juan Giacomisi, argentino, 32 años de edad, soltero, de profesión comerciante, nacido el 16 de julio de mil novecientos setenta y cinco, realmente domiciliado en calle Francia 1382 de la ciudad de Santa Fe del Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, DNI 24.292.745, C.U.I.T. Nº 20-24292745-2; y el Señor Matías Perman, argentino, 31 años de edad, soltero, de profesión comerciante, nacido el 30 de Agosto de mil novecientos setenta y seis, realmente domiciliado en calle Angel Cassanello 528 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, DNI 25.480.004, C.U.I.T. Nº 20-25480004-0, resuelven constituir una sociedad que se denominará IRA SRL con domicilio en la ciudad de Santa Fe y cuyo objeto social será las actividades de compra, venta, distribución, representación, importación y exportación, minorista y/o mayorista, y prestaciones de servicios de: a) Venta al por mayor y menor en comisión o consignación de alimentos, bebidas y tabaco. b) Venta al por mayor y menor de alimentos, bebidas y tabaco. El plazo de duración será de 20 (veinte) años. El capital social se fija en la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.) dividido en cien cuotas partes de cada una de un valor de pesos quinientos ($ 500.) y con derecho a un voto que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: El socio señor Federico Juan Giacomisi, noventa (90) cuotas, por un total de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000), integrando pesos once mil doscientos cincuenta ($ 11.250.-) y el señor Matias Perman, diez (10) cuotas, por un total de pesos cinco mil ($ 5.000), integrando pesos un mil doscientos cincuenta ($ 1.250.). Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha de inscripción de la Sociedad. La Administración estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. Tendrán a su cargo la administración, representación legal y uso de la firma social, pudiendo actuar en forma individual, conjunta ó indistinta. Se designa por unanimidad gerente al socio Sr. Federico Juan Giacomisi, quien hace expresa aceptación del cargo ofrecido. Los socios fijan domicilio en calle Av. Freyre 1980 de la ciudad de Santa Fe. La fecha de cierre de ejercicio al 31 de diciembre. Santa Fe, 28 de Julio de 2008. Mercedes Kolev, secretaria.
$ 45 41271 Ag. 8
__________________________________________
WITRY S.R.L.
DISOLUCION
NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR
A todos los efectos se hace saber que por Acta de Asamblea de fecha 30 de junio de 2008, se declara a partir ese día la disolución del contrato social de “WITRY S.R.L.” por decisión de los socios, y con anticipación al vencimiento del término de duración fijado para el 29 de septiembre de 2033, sociedad inscripta en Contratos con fecha 29/09/2003, al Tomo 154, Folio 17806, Nº 1528. A partir del 30 de junio de 2008 cesan las actividades mencionadas en el objeto social e inician el proceso de liquidación para la realización del activo y la cancelación del pasivo. Designase liquidador a Manuel Alejo Witry, DNI. 29.402.831, quien actuará en forma individual, ajustándose a las disposiciones del contrato social y de la Ley 19.550 y modificatorias, fijando domicilio en Córdoba 1438, piso 1º, oficina B, de la ciudad de Rosario.
$ 18 41211 Ag. 8
__________________________________________
NEOSOFT S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
A los 04 días del mes de agosto de 2008, los socios de la sociedad, por unanimidad y según lo establece el Art. 10 de la Ley 19550 y sus modificatorias, deciden:
1 - Trasladar el domicilio social a la calle Mitre 1.146, Planta Alta of. 01 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
$ 15 41249 Ag. 8
__________________________________________
BELEN PROPIEDAD
HORIZONTAL S.R.L.
PRORROGA
AUMENTO DE CAPITAL
Lorenzo Alfonso Dachs, argentino, nacido el 26 de junio de 1958, soltero, D.N.I. Nº 12.480.071, domiciliado en Av. Pellegrini Nº 583 Piso 5º de Rosario, de profesión Ingeniero Civil, y Pablo Fernando Azum, argentino, nacido el 9 de diciembre de 1961, casado, D.N.I. Nº 14.287.945, domiciliado en España Nº 2428 de Rosario, de profesión Ingeniero Civil; en su carácter de únicos socios, en la sociedad que gira en plaza bajo la denominación BELEN PROPIEDAD HORIZONTAL S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en “contratos” al tomo 153, folio 13605, número 1461, con fecha 18 de noviembre de 2002, han decidido prorrogar la vigencia de la sociedad hasta el 18 de noviembre de 2017. Al mismo tiempo han modificado la cláusula quinta del contrato original, aumentando el capital social a la suma de Cien mil pesos ($ 100.000).
$ 15 41307 Ag. 8
__________________________________________
SANATORIO NEUROPATICO S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado mediante oficio nro. 35 de fecha 05.02.2008 la transferencia a favor de Marcelo Jorge Fracassi (D.N.I. 5.962.393), Marcelo Teodoro Fracassi y Lejarza (D.N.I. 11.445.560) y María Alejandra Fracassi y Lejarza (D.N.I. 10.988.635) de las cuotas partes que representan el 50% del capital social de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación SANATORIO NEUROPATICO S.R.L., con domicilio en calle San Martín Nº 5848, y que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 127 Folio 4389 Número 1498 de fecha 23 de setiembre de 1976. A tales efectos se publican los datos personales de los nuevos socios: Marcelo Jorge Fracassi: argentino, viudo, médico, D.N.I.: 5.962.393, domiciliado en calle Av. Brassey Nº 8345 de Rosario, nacido el 30 de junio de 1926; Marcelo Teodoro Fracassi y Lejarza: argentino, casado, comerciante, D.N.I. 11.445.560, domiciliado en calle Av. Brassey Nº 8289 de Rosario, nacido el 5 de octubre de 1954 y María Alejandra Fracassi y Lejarza: argentina, casada, ama de casa, D.N.I. 10.988.635, domiciliada en calle Av. Brassey Nº 8359 de Rosario, nacida el 29 de setiembre de 1956. Todo por estar así ordenado dentro de los autos caratulados Lejarza, María Carmen s/Sucesión, Expte. 1905/99.
$ 24 41274 Ag. 8
__________________________________________
SANATORIO NEUROPATICO S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado mediante oficio nro. 173 de fecha 14.02.2008 la transferencia a favor de Marcelo Teodoro Fracassi y Lejarza (D.N.I. 11.445.560) y María Alejandra Fracassi y Lejarza (D.N.I. 10.988.635) de las cuotas partes que representan el 25% del capital social de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación SANATORIO NEUROPATICO S.R.L., con domicilio en calle San Martín Nº 5848, y que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 127 Folio 4389 Número 1498 de fecha 23 de setiembre de 1976. A tales efectos se publican los datos personales de los nuevos socios: Marcelo Teodoro Fracassi y Lejarza: Argentino, casado, comerciante, D.N.I. 11.445.560, domiciliado en calle Av. Brassey Nº 8289 de Rosario, nacido el 5 de octubre de 1954, correspondiéndole la cantidad de ciento ochenta cuotas (180) de pesos diez ($ 10) cada una de ellas y María Alejandra Fracassi y Lejarza: argentina, casada, ama de casa, D.N.I. 10.988.635, domiciliada en calle Av. Brassey Nº 8359 de Rosario, nacida el 29 de setiembre de 1956, correspondiéndole la cantidad de noventa (90) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una de ellas. Todo por estar así ordenado dentro de los autos caratulados FRACASSI, MARCELO J. S/SUCESION, Expte. 1593/01.
$ 24 41272 Ag. 8
__________________________________________
ALAS CONSTRUCCIONES S.R.L.
CONTRATO
Fecha de Constitución: 1 de julio de 2008.
Integrantes de la Sociedad: Fernández Sosa David, paraguayo, nacido el 15/04/1959, de profesión comerciante, estado civil casado en primeras nupcias con Guerrero Liliana Beatriz, con domicilio en calle Entre Ríos 4804 de la ciudad de Rosario, DNI 92.133.239; Boniardi Oscar Eduardo, argentino, nacido el 05/05/1969, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Garzón 412 bis de la ciudad de Rosario, DNI 20.800.595; Gonzalez Daniel Fabián, argentino, nacido el 08/04/1965, de profesión arquitecto, estado civil casado en primeras nupcias con Díaz María Susana del Luján, con domicilio en calle Pitágoras 227 de la ciudad de Granadero Baigorria, DNI 17.276.094, y Fleita Luis Ramón, argentino, nacido el 20/01/1969, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Barra 1285 de la ciudad de Rosario, DNI 20.486.242;
Denominación: ALAS CONSTRUCCIONES SRL.
Domicilio: Entre Ríos 4804 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Duración: Diez años (5), a partir de su inscripción R.P. Comercio.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a las siguientes actividades: construcción, reforma y reparación de edificios residenciales y no residenciales, de obras de infraestructura, de obras hidráulicas y redes; la realización de proyectos, de dirección, de administración, de conducción técnica, de ejecución y remodelación de edificios, de obras civiles, industriales, redes de infraestructura, obras de arte, silos, y de obras de arquitectura, e ingeniería publicas y privadas:
Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 48.000 (pesos cuarenta y ocho mil) dividido en 4800 (cuatro mil ochocientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: $ 12000, (pesos doce mil) Fernández Sosa David, que representan 1200 (un mil doscientas) cuotas; $ 12000, (pesos doce mil) Boniardi Oscar Eduardo que representan 1200 (un mil doscientas) cuotas; $ 12000,- (pesos doce mil) González Daniel Fabián que representan 1200 (un mil doscientas) cuotas; y $ 12000, (pesos doce mil) Fleita Luis Ramón que representan 1200 (un mil doscientas) cuotas. Los socios integran del capital social, el 25% (veinticinco por ciento) en efectivo en este acto, conforme boleta de depósito del Banco de Santa Fe S.A. y el 75% (setenta y cinco por ciento) restante, también en efectivo en el término de doce meses de la fecha del presente instrumento.
Cesión de Cuotas: Se podrán ceder libremente entre los socios. También se podrán ceder a terceros, teniendo el derecho de preferencia los socios de la sociedad.
Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. Designado el señor Fernández Sosa David.
Balance: El ejercicio económico de la sociedad, cerrara el 31 de mayo de cada año.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
$ 49 41336 Ag. 8
__________________________________________
EMPRESA DE SERVICIOS
TECNICOS S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Conforme al artículo 10 de la ley 19550.
Razón Social: EMPRESA DE SERVICIOS TÉCNICOS S.R.L.
Constitución: según contrato 19/09/2005.
Domicilio: en la calle Carriego 1450, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Hace saber que por resolución del 18/07/2008 lo siguiente: Pasando a considerar el punto segundo del orden del día, los socios por unanimidad deciden modificar el domicilio social estableciendo el mismo en la calle San Luis 4333 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Nuevo Domicilio: en la calle San Luis 4333 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Administración y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes socios o no, usarán sus propias firmas, habiendo sido designado el Señor Mario Rubén Seisas en calidad de socio gerente haciendo uso de la firma precedida de la razón social.
Fiscalización: la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.
$ 15 41243 Ag. 8
__________________________________________
SEM WEST S.R.L.
CONTRATO
1) Integrantes de la sociedad: Victoria Rozas, argentina, nacida el 20-12-1984, D.N.I. Nº 31.221.397, comerciante, soltera, con domicilio en calle Sucre 1505, piso 7º depto. “A” de Capital Federal; Osvaldo Juan Castro, argentina, nacido el 04-01-1962, D.N.I. Nº 14.920.175, comerciante, casado con Natalin Itati Introcaso Irazabal, con domicilio en calle Boedo 1021 de Capital Federal y José Luis Albizuri, argentina, nacido el 22-12-1974, D.N.I. Nº 24.105.810, comerciante, soltera, con domicilia en calle Prudencio González 760 de la localidad de Pergamino, Provincia de Buenos Aires; todos mayores de edad y hábiles para contratar.
2) Fecha de instrumento da constitución: 03-06-2008.
3) razón Social: “SEM WEST S.R.L.”
4) Domicilio: Bv. Rondeau 1633, Departamento “4” de Rosario.
5) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a la investigación, desarrolla y producción de semillas híbridas de cereales y oleaginasas y de semillas varietales o autofecundadas de cereales, oleaginosas y forrajeras: importación y exportación de semillas, productos agropecuarios y derivados y comercialización por cuenta propia y/o de terceros de semillas, productos agropecuarios y derivados.
6) Plazo de Duración: Cinco años a partir de la fecha de inscripción de el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: Cuarenta mil pesos ($ 40.000).
8) Administración y fiscalización: Estará a cargo de la Srta. Victoria Rozas y el Sr. Osvaldo Juan Castro a quienes se designan “socios-gerentes”.
9) Organización de la Representación: Los socios gerentes obligarán a la sociedad, actuando en forma indistinta, usando sus propias firmas precedida de la razón social y con el aditamento de “socio gerente” a “gerente”
10) Fecha da cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
$ 25 41289 Ag. 8
__________________________________________
COINDA S.R.L.
PRORROGA
AUMENTO DE CAPITAL
Jaime Dachs Tramunt, español, nacido el 27 de agosto de 1949, casado, D.N.I. Nº 93.738.919, domiciliado en Juan Manuel de Rosas Nº 1018 Piso 1º de Rosario, de profesión comerciante: y José Dachs Tramunt, español, nacido el 11 de noviembre de 1945, soltero, D.N.I. Nº 93.739.872, domiciliado en San Martín Nº 453 Piso 9º Dpto. “C” de Rosario, de profesión comerciante, ambos en su carácter de socios, y el segundo a la vez como representante de la Sucesión de Lorenzo Dachs, en la sociedad que gira en plaza bajo la denominación “COINDA S.R.L.” inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en “contratos” al tomo 129, folio 51, Nº 19, con fecha 4 de enero de 1978, y sus modificaciones inscriptas en el mismo Registro en «Contratos» al tomo 139, folio 616, número 195 de fecha 4 de marzo de 1988; al tomo 144, folio 15208, número 1471 de fecha 8 de octubre de 1993; al tomo 149, folio 2896, número 346 de fecha 9 de marzo de 1998 y al tomo 154, folio 2505, número 280 de fecha 4 de marzo de 2003; han decidido prorrogar la vigencia de la sociedad hasta el 4 de marzo 2018. Al mismo tiempo han modificado la cláusula pertinente del contrato original, aumentando el capital social a la suma de Sesenta mil pesos ($ 60.000).
$ 23 41304 Ag. 8
__________________________________________
CPC S.R.L.
PRORROGA
1) Socios: Pedro Nicolás Bertuccio, D.N.I. 6.178.820, argentino, nacido el 1º de noviembre de 1941, casado, comerciante, domiciliado en Los Fresnos 9680, Rosario; Amanda Beatriz Rodríguez, DNI 4.277.079, argentino, nacido el 12 de mayo de 1942, casada, comerciante, domiciliada en Los Fresnos 9680, Rosario.
2) Duración: 10 (diez)años desde el vencimiento 14/abril/2008.
Los socios ratifican las demás cláusulas del contrato social en cuanto no fueren modificadas por el presente.
Fecha de instrumento: 4 de abril de 2008.
$ 15 41310 Ag. 8
__________________________________________
CEBBRA S.R.L.
CONTRATO
Fecha de constitución : 18 de Julio de 2008
Socios: Sres. José Daniel Montoya, DNI 21.414.234, nacido el 23 de febrero de 1970, casado en primeras nupcias con Carolina Barrios, domiciliado en calle Montevideo 1026 de esta ciudad, de nacionalidad argentina; y Mario Adolfo Temporelli, DNI 21.814.807, nacido el 2 de octubre de 1970, casado en primeras nupcias con Roxana Marini, domiciliado en calle Garzón 642, de nacionalidad argentina; ambos arquitectos, vecinos de esta ciudad de Rosario, hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la ley 19.550 en general: Denominación: girará bajo la denominación de CEBBRA S.R.L.
Domicilio: 27 de Febrero 1478 Piso 0 Dpto 1 de la ciudad de Rosario (SF)
Plazo de Duración: Cinco (5) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario.
Objeto: La sociedad se dedicará a la prestación de servicios de mano de obra para la ejecución de trabajos de hormigón armado y albañilería para la construcción de edificios residenciales de terceros, como así también la administración de fideicomisos no financieros, con las limitaciones previstas por el Art. 5 de la Ley 24.441.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos Cincuenta Mil ($ 50.000) dividido en quinientas (500) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio José Daniel Montoya suscribe doscientas cincuenta cuotas (250) de capital equivalentes a un capital de pesos veinticinco mil ($ 25.000) el socio Mario Adolfo Temporelli suscribe doscientas cincuenta cuotas (250) de capital equivalentes a un capital de pesos veinticinco mil ($ 25.000) Los socios integran en este acto un veinticinco por ciento (25%), o sea la suma de pesos doce mil quinientos ($ 12.500) en este acto que se acredita mediante boleta de deposito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y el setenta y cinco por ciento (75%) restante, o sea la suma de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) lo integraran en un plazo no mayor a dos años contado desde la fecha de la firma del presente Administración: Estará a cargo de Uno o más gerentes socios o no, actuando en forma individual en el caso que exista un solo gerente e indistinta cuando haya más de uno. Se designa gerente al Sr. socio José Daniel Montoya.
Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad, expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que ser el libro de Actas de la sociedad, y serán firmadas por los presentes. Se reunirán cuantas veces lo requieran los negocios sociales y serán convocadas por cualquiera de los socios, efectuada de modo fehaciente con cinco días de anticipación. Las decisiones se adoptaran según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según el previsto por el art. 158 de la citada ley
Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
Disolución: por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550, y por decisión de socios que representen las dos terceras partes del capital. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios.
$ 53 41338 Ag. 8
__________________________________________