picture_as_pdf 2014-07-08

DECRETO Nº 1875


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 26 JUN 2014

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0078318-9 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ministerio de la Producción gestionó el Decreto Nº 3253/12 de creación de la Unidad Ejecutora Provincial requerida por la Ley Nacional Nº 26.141 de “Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina”; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 19 de octubre de 2012 se dictó la Resolución Nº 1053 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación por la cual se aprueba el manual Operativo de la Ley Nacional Nº 26.141;

Que dicho Manual establece la integración de miembros de la Unidad Ejecutora Provincial, entre otras cosas;

Que los integrantes de la Unidad Ejecutora creada por el Decreto Provincial Nº 3253/12, no son los previstos en el Manual Operativo aprobado por la Resolución Nº 1053/12 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación;

Que resulta necesario adecuar la composición de la Unidad Ejecutora Provincial a la normativa nacional vigente;

Que de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 72 inciso 4 de la Constitución Provincial y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio recurrente;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1º.-Modifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 3253 de fecha 7 de noviembre de 2012, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) que prevé el artículo 20º inciso a) de la Ley Nacional Nº 26.141, a la que adhiere la Provincia de Santa Fe, mediante Ley Nº 12892, la que estará integrada en representación del Ministerio de la Producción por el Secretario del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustible en carácter de presidente y el Director Provincial de Desarrollo Territorial en carácter de suplente, el representante en la Provincia de Santa Fe de la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Nación, un representante titular y un suplente en representación del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), un representante titular y un suplente en representación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y un titular y un suplente de las siguientes Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC): Asociación para el Desarrollo Regional del Departamento 9 de Julio con domicilio en Villa Minetti, Departamento 9 de Julio, Asociación para el Desarrollo Rural con domicilio en Villa Minetti, Departamento 9 de Julio, Asociación para el Desarrollo Regional del Departamento Vera con domicilio en Vera, Asociación para el Desarrollo Regional con domicilio en Avellaneda, Departamento General Obligado, Fundación para el Desarrollo en Justicia y Paz (FUNDAPAZ) con domicilio en Vera, Departamento Vera, Unión de Familias Organizadas de la Cuña Boscosa y Bajos Submeridionales (UOCB) con domicilio en Vera, Departamento Vera y Cooperativa de Productores de Villa Minetti, Departamento 9 de Julio, debiendo ser los representantes titulares de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) productores caprinos”.

ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Artículo 3º del Decreto Nº 3253 de fecha 7 de noviembre de 2012, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 3º.- Serán funciones de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) las establecidas en el Anexo B 1. del Manual Operativo, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Nº 1053/12 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación Argentina o las que en el futuro establezcan los organismos nacionales competentes”.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Carlos Fascendini

11800

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