picture_as_pdf 2014-07-08

MINISTERIO DE ECONOMIA


DIRECCION GENERAL DE DESPACHO

Y SERVICIO INTERMINISTERIAL


AVISO


RESOLUCION N° 259 - SANTA FE, 14 DE MAYO DE 2014 - VISTO: … y; CONSIDERANDO: … ; POR ELLO: EL MINISTRO DE ECONOMIA RESUELVE: ARTICULO 1°: Declárase desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el agente JUAN MIGUEL GOÑI (C.U.I.L. N° 20-08048310-5), por derecho propio y con patrocinio letrado, con domicilio real en calle Catamarca N° 1431 Piso 4 Departamento “B” y con domicilio legal constituido en calle Moreno N° 519, ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Interna N° 087/04 de la Administración Provincial de Impuestos, por las razones vertidas en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2°: Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12.071, tiene derecho de interponer formal Recurso de Revocatoria en un plazo de 10 (diez) días hábiles de la notificación, tal como lo establece el articulo 5° del Decreto N° 0916/08 con las formalidades previstas en el artículo 42º de la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto-Acuerdo N° 10.204/58. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.

Nota: Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12071, tiene derecho de interponer formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días Hábiles de la notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto N° 916/08 con las formalidades previstas en el Art. 42° de la Reglamentación para el Tramite de Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto Acuerdo Nº 10204/58.

S/C 11791 Jul. 8

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MINISTERIO DE AGUAS,

SERVICIOS PUBLICOS

Y MEDIO AMBIENTE


RESOLUCIÓN Nº 389


SANTA FE, “CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”,


V I S T O :

El expediente Nº 01801-0028350-0 y su agregado a cuerda floja Nº 00101-0229973-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona la aprobación de la documentación técnica tendiente a la contratación, mediante la convocatoria a una Licitación Pública de la obra: “OPTIMIZACIÓN Y MEJORAS AL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE ALEJANDRA – DEPARTAMENTO SAN JAVIER”, y,

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Comuna de Alejandra informa que el servicio de agua potable local, que es prestado por la Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Educativos y de Viviendas de Alejandra Ltda., se encuentra con serios problemas en cuanto a la capacidad de producción, afectando el normal desenvolvimiento del suministro de agua potable a la población, máxime teniendo en cuenta que se trata de un servicio esencial para el desarrollo de la vida humana;

Que ante la necesidad de ejecutar la obra de la referencia, se encomendó a la Dirección Provincial de Saneamiento y Preservación de los Recursos Hídricos de la Jurisdicción, la elaboración de la documentación técnica a los fines de la contratación referida, mediante la convocatoria a una Licitación Pública, en base al proyecto presentado por la Cooperativa;

Que a criterio de dicha Dirección Provincial, por la importancia y magnitud de la obra, y consecuentemente su alto costo, resultaría más accesible la ejecución por etapas;

Que el objetivo general de la obra es optimizar el funcionamiento de todos los componentes del sistema existente y realizar las mejoras necesarias para que en los próximos 20 años el prestador del servicio alcance alta eficiencia en la explotación y provisión del servicio público de agua potable en condiciones que aseguren su continuidad, regularidad, calidad y generalidad, garantizando su eficiente suministro a los usuarios reales y la protección del medio ambiente, los recursos naturales y la saluda de la población;

Que consecuentemente, eleva para su aprobación la documentación técnica de la primera etapa de los trabajos, que componen los Rubros II y III (CAPTACIÓN – IMPULSIÓN Y TRATAMIENTO – RESERVA), quedando para una segunda etapa el reemplazo de las cañerías distribuidoras;

Que los trabajos precedentes se realizarán conforme la documentación técnica consiste en: Memoria Descriptiva, Formulario de la Propuesta, Planilla para la Cotización de Precios, Pliego Único de Bases y Condiciones, Pliego de Bases y Condiciones Complementarias y Anexo, Pliego General de Especificaciones Técnicas, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y Anexo, Planos Particulares y Planos Tipos;

Que el presupuesto oficial de la obra ha sido estimado en la suma de $ 2.053.001,63 (PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL UNO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS), calculado a valores del mes de Diciembre de 2013 como mes base de referencia;

Que el plazo de ejecución previsto para los trabajos en cuestión es de SEIS (6) meses calendario, a partir de la primer Acta de Replanteo (parcial o total) o del Acta de Iniciación de los trabajos, conforme lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias – Artículo 17º;

Que la Secretaría de Aguas de la Jurisdicción expresa a fs. 219 que corresponde imputar en el presente ejercicio la suma de $ 100.000,00, el cual resultará suficiente para atender el inicio de la obra;

Que consecuentemente la Coordinación Contable-Presupuestaria de la Dirección General de Administración del Ministerio, procedió a confeccionar el PCP Nº 978/14 de SIPAF por la suma de $ 100.000,00, y el saldo se considerará en futuras planificaciones, conforme lo expresado por la Secretaría de Aguas;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; entendiendo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente que apruebe la documentación técnica referida y disponga el llamado a licitación pública, Dictamen Nº 09832/14;

Que la presente gestión se encuadra en los Artículos Nºs 21 a 32 de la Ley Nº 5188 y su Decreto Reglamentario;

POR ELLO,

EL MINISTRO DE AGUAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º: Apruébase la documentación técnica confeccionada por la

Dirección Provincial de Saneamiento y Preservación de los Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Aguas de la Jurisdicción, para la contratación de la Obra: “OPTIMIZACIÓN Y MEJORAS AL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE ALEJANDRA – DEPARTAMENTO SAN JAVIER”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 2.053.001,63 (PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL UNO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS).

ARTICULO 2º: Autorízase la convocatoria a una Licitación Pública para

contratar la ejecución de los trabajos de que se trata, debiendo publicarse los avisos pertinentes, no menos de tres (3) veces en el Boletín Oficial y no menos de dos (2) en diarios de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 12.489.

ARTÍCULO 3º:Fijase el acto de apertura de las propuestas el día 30 de Julio

de 2.014, o el primer día hábil posterior si aquel no lo fuere, a las 12:00 horas, en dependencias de la Comuna de Alejandra, cita en calle Thomás Moore 1568 de la localidad de Alejandra, Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 4º: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y

pagar la publicación de los avisos licitatorios correspondiente a la presente licitación previa presentación de las facturas pertinentes por parte de los medios gráficos y la debida intervención de la Dirección General Publicitaria y Administrativa del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, todo ello en el marco de las normas vigentes.

ARTÍCULO 5º:El gasto hasta la suma de $ 100.000,00 (PESOS CIEN MIL)

impútese con cargo al Presupuesto Vigente – Jurisdicción 63 – Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente SAF 1 – Categoría Programática 17.1.4.51 – Fuente de Financiamiento 111 – Objeto del gasto 4.2.2.2 – Clasificación Geográfica 62-98-0 – Finalidad 3 - Función 90 y el saldo se considerará en futuras planificaciones.

ARTÍCULO 6º:Regístrese, comuníquese y archívese.

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RESOLUCIÓN Nº384


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,


V I S T O :

El expediente N° 01803-0010460-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona la aprobación de la documentación técnica tendiente a la contratación, mediante la convocatoria a una Licitación Pública de la obra: “CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE PERFORACIONES DE EXPLOTACIÓN PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A LAS LOCALIDADES DE HUGHES – DPTO. GRAL LÓPEZ-, CORONEL BOGADO -DPTO. ROSARIO-, LA VANGUARDIA -DPTO. CONSTITUCIÓN- PAVÓN – DPTO. CONSTITUCIÓN Y CORREA -DPTO. IRIONDO”, y;

CONSIDERANDO:

Que para dar respuesta a las solicitudes efectuadas por las Cooperativas de Agua Potable de las localidades de Hughes – Departamento General López-, Coronel Bogado Departamento Rosario, La Vanguardia Departamento Constitución y Correa Departamento Iriondo, que dieron origen a distintas actuaciones se realizó el Proyecto Ejecutivo para la ejecución de la obra de referencia;

Que la Dirección Provincial de Saneamiento y Preservación de los Recursos Hídricos de esta Jurisdicción adjunta la documentación técnica correspondiente a la obra que se propicia consistente en: Datos Generales, Memoria Descriptiva, Pliego Único de Bases y Condiciones, Pliego de Condiciones Complementarias, Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos por Localidad, Anexos, Formulario de Propuesta y Planilla para la Cotización de Precios,

Que la licitación tiene por objeto la construcción de un pozo de explotación con su correspondiente impulsión en las localidades de Hughes – Departamento General López-, Coronel Bogado Departamento Rosario, La Vanguardia Departamento Constitución, Pavón – Departamento Constitución y Correa Departamento Iriondo, lo que permitirá la ampliación de la captación de agua apta para consumo humano para el abastecimiento de la población de dichas localidades;

Que el Presupuesto Oficial para la ejecución de las obras se ha estimado en la suma total de $ 949.623,29, correspondiendo a cada una las localidades involucradas los siguientes montos: La Vanguardia $ 219.533,88; Pavón $ 181.662,76; Coronel Bogado $ 207.164,17; Hughes $ 157.391,02 y para Correa $ 183.871,46 (fs. 225), confeccionados a valores del mes de Diciembre/13;

Que el plazo de ejecución previsto para los trabajos en cuestión es de 4 (cuatro) meses calendario;

Que ha intervenido la Subsecretaria de Administración de la Jurisdicción manifestando que deberá imputarse la suma de $ 100.000,00 monto que se considerara suficiente para el inicio de la gestión licitatoria;

Que la Coordinación Contable Presupuestaria de la Dirección General de Administración del Ministerio procedió a confeccionar el PCP Nº 986/14 por la suma de $ 100.000,00;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción, produce Dictamen Nº 9831/14 en el que concluye que no existen obstáculos legales para que la gestión prospere;

Que el presente trámite se encuadra en las prescripciones del Artículo 20 Primer Párrafo de la Ley de Obras Públicas Nº 5188;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE AGUAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Apruébase la documentación técnica confeccionada por la

Dirección Provincial de Saneamiento y Preservación de los Recursos Hídricos de la Jurisdicción para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE PERFORACIONES DE EXPLOTACIÓN PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A LAS LOCALIDADES DE HUGHES – DPTO. GRAL LÓPEZ-, CORONEL BOGADO -DPTO. ROSARIO-, LA VANGUARDIA -DPTO. CONSTITUCIÓN- PAVÓN – DEPTO. CONSTITUCIÓN Y CORREA -DPTO. IRIONDO”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 949.623,29 ( PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS CON 29/100).-

ARTICULO 2º: Autorízase la convocatoria a la Licitación Pública para contratar los

trabajos de que se trata la obra de referencia, debiendo publicarse los avisos pertinentes, no menos de tres (3) veces en el Boletín Oficial y no menos de dos (2) en diarios de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 12.489.-

ARTÍCULO 3º: Fijase el acto de apertura de las propuestas el día 25 de

Julio de 2014 el primer día hábil posterior si aquel no lo fuere, a las 12 horas, en dependencias de la Comuna de Coronel Bogado, sito en calle Belgrano Nº 689  de la localidad de Coronel Bogado, Provincia de Santa Fe.-

ARTICULO 4º: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y

pagar la publicación de los avisos licitatorios correspondientes a la presente licitación previa presentación de las facturas pertinentes por parte de los medios gráficos y la debida intervención de la Dirección General Publicitaria y Administrativa del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, todo ello en el marco de las normas vigentes.-

ARTICULO 5º: El gasto por la suma de $ 100.000,00 ( PESOS CIEN

MIL) monto previsto de ejecución en el presente ejercicio impútase al Presupuesto Vigente - Jurisdicción 63 – MASP y MA - SAF 1 - Categoría Programática 17.1.4.51- Fuente de Financiamiento 111- Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 2 - Subparcial 2 - Ubicación Geográfica 82-995-0– Finalidad 3 - Función 9.0 y el saldo se contemplará en futuras planificaciones.-

ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese y archívese.-

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RESOLUCION GENERAL N° 024/14 .


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 27 de junio de 2014.-


VISTO:

El expediente Nº 13301-0241337-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se propicia la regularización de la inscripción como agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Tasas Retributivas de Servicios; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución General Nº 18/14 -API-, publicada en el Boletín Oficial el día 15/05/2014, se aprobó el texto ordenado del Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecido por la Resolución General Nº 15/97 - API y sus modificatorias;

Que mediante Resolución General Nº 11/03 -API- y modificatorias se aprobó el Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios;

Que las mencionadas resoluciones imponen a contribuyentes y/o responsables que desarrollan determinadas actividades o que realizan determinados actos, contratos u operaciones la obligación de inscribirse como Agentes de Retención y/o Percepción;

Que a pesar de ello, existen contribuyentes que no han efectuado su inscripción oportunamente;

Que ante dicha situación la Administración Provincial de Impuestos entiende que resulta necesario lograr que estos contribuyentes regularicen su inscripción otorgando un plazo para cumplir con la obligación impuesta por las resoluciones generales mencionadas precedentemente y lograr de esa manera mejorar el cumplimiento fiscal de los mismos que redundará en una mejora en la recaudación;

Que con esa finalidad resulta conveniente otorgar un plazo para que los sujetos obligados regularicen su situación fiscal, período en el cual no serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 1º inc. c) de la Resolución General Nº 21/2014;

Que Dirección General Técnica y Jurídica ha emitido el Dictamen Nº 226/2014 de fs. 6, no encontrando objeciones de índole legal que formular al acto propuesto;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Inscripción.

Agentes de Retención y/o Percepción – Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTÍCULO 1º - Los contribuyentes que deben actuar como Agentes de Retención

por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de acuerdo a lo establecido en los incisos a), b), c), d), f), h), i), j), k), l), ll) del artículo 1º y el artículo 2º y los que deban actuar coma Agentes de Percepción conforme a los incisos a), b), d), e), f), i), j) del artículo 10 de la Resolución General Nº 15/97 (t.o. por Resolución General Nº 18/14) y que no solicitaron oportunamente su inscripción en dependencias de la Administración Provincial de Impuestos, podrán hacerlo hasta el 30 de Septiembre de 2014.

Agentes de Retención y/o Percepción – Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios.

ARTÍCULO 2º - Los contribuyentes obligados a efectuar el pago de las retencio-

nes y/o percepciones del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios por el Sistema de Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución General Nº 11/03 y modificatorias y que no solicitaron oportunamente su inscripción en dependencias de la Administración Provincial de Impuestos, podrán hacerlo hasta el 30 de Septiembre de 2014.

ARTÍCULO 3º Los contribuyentes alcanzados por lo dispuesto en los artículos 1º

y 2º deberán solicitar la inscripción presentando:

1. El Formulario Nº 1034 o 1060 según se trate del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o Impuesto de Sellos y/o Tasas Retributivas de Servicios, los que deberán contar en la parte de Observaciones con la siguiente leyenda: Se solicita inscripción en los términos de la RG Nº 24/14 –API, y

2. Los documentos exigidos para estos trámites son los que se encuentran publicados en el sitio www.santafe.gov.ar/tramites en los siguientes servicios:

Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Agentes de Retención: Inscripción como Agentes de Retención y/o Percepción.

Impuesto de Sellos – Agentes de Retención: Inscripción como Agente de Retención y/o Percepción.

ARTÍCULO 4º - Dispónese como fecha de inscripción, a partir de la cual el contri-

buyente y/o responsable deberá actuar como Agente de Retención y/o Percepción, la del pago de las Tasas Retributivas de Servicios exigidas para estos trámites estampados en el dorso de los Formularios Nos. 1034 y 1060, según el impuesto que corresponda, por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. si el mismo se realiza en las cajas de la entidad bancaria o con la Constancia de Liquidación de la Tasa (Formulario Nº 324) y Ticket si utiliza el servicio “Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios: Liquidación Web” y Botón de Pago de la red link; en ambos casos el área pertinente deberá intervenir los timbrados y/o tickets correspondientes.

Sanciones.

ARTÍCULO 5º - Los contribuyentes que regularicen dicha inscripción hasta la

fecha dispuesta en los artículos 1º y 2º no serán pasibles de la aplicación de multas por infracción a los deberes formales contempladas en el artículo 1º inc. c) de la Resolución General Nº 21/14 -API-.

Declaración Jurada.

ARTÍCULO 6º - Los contribuyentes que regularicen su inscripción en los términos

de la presente resolución general están obligados a presentar las declaraciones juradas e ingresar los impuestos retenidos o percibidos como Agentes de Retención y/o Percepción desde la fecha de alta o inscripción dispuesta en el artículo 4º de la presente resolución respetando el calendario de vencimiento aprobado para los Agentes de Retención y/o Percepción por esta Administración Provincial de Impuestos.

Vigencia.

ARTÍCULO 7º -La presente resolución entrará en vigencia a partir del primer

día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 8º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. José Daniel Raffín

Administrador Provincial de Impuestos.

S/C. 11789 Jul. 8

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TRIBUNAL DE CUENTAS


Notificaciones


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Dra. AURORA BRUNO, ex- miembro del Consejo de Administración del Hospital Provincial del Centenario – Rosario, que en autos caratulados: “Expediente Nº 00901-0040319-7 SIE-TCP – y agregado legajo Nº 000794-D, S/Juicio de Cuentas iniciado por reparos a la rendición de cuentas correspondiente a la inversión de Fondos Propios de Enero 2008”, se ha dictado Resolución S.II Nº 039/2014 de fecha 07 de Abril de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:.. CONSIDERANDO:.. RESUELVE: Artículo 1º: Rechazar por improcedente el Recurso de Revocatoria incoado por el Sr. MAURICIO G. MORERA, el CPN ENRIQUE MATHEUS y el Sr. ARIEL PEREZ, contra la Resolución de Formulación de Cargo Nº 851/11 dictada por la Sala II de este Tribunal de Cuentas, por aplicación de la Resolución Nº 006/06 T.C.P., reglamentaria del Recurso de Revocatoria ante la Sala conforme lo dispone el artículo 238º de la Ley Nº 12.510 y los argumentos de la parte considerativa de la presente, concediendo la apelación interpuesta subsidiariamente. Artículo 2º: Excluir del tratamiento de los recursos incoados a la Dra. AURORA BRUNO y al Sr. RAÚL FARRÉ, toda vez que, al ser excluidos de responsabilidad mediante la Resolución S. II Nº 851/11, no hay materia que resolver respecto de los mencionados. Artículo 3º: Regístrese, notifíquese y archívese”. “FDO.: CPN GERMÁN LUIS HUBER – Presidente, Dr. GERARDO GASPARRINI – Vocal, CPN MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, CPN IBIS E. BRAGA – C.F. Secretaria Sala II”.

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Dra. AURORA BRUNO, ex- miembro del Consejo de Administración del Hospital Provincial del Centenario – Rosario, que en autos caratulados: “Expediente Nº 00901-0040321-2 SIE-TCP – y agregado legajo Nº 000793-D, S/Juicio de Cuentas iniciado por reparos a la rendición de cuentas correspondiente a la inversión de Fondos Propios de Marzo 2008”, se ha dictado Resolución S.II Nº 040/2014 de fecha 07 de Abril de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:.. CONSIDERANDO:.. RESUELVE: Artículo 1º: Rechazar por improcedentes los Recursos de Revocatoria incoados por la Dra. AURORA BRUNO, el Sr. MAURICIO G. MORERA, el CPN ENRIQUE MATHEUS, el Sr. ARIEL PEREZ y por el Sr. RAÚL FARRE, contra la Resolución de Formulación de Cargo Nº 853/11 dictada por la Sala II de este Tribunal de Cuentas, por aplicación de la Resolución Nº 006/06 T.C.P., reglamentaria del Recurso de Revocatoria ante la Sala conforme lo dispone el artículo 238º de la Ley Nº 12.510 y los argumentos de la parte considerativa de la presente, concediendo los Recursos de Apelación interpuestos subsidiariamente. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y archívese”. “FDO.: CPN GERMÁN LUIS HUBER – Presidente, Dr. GERARDO GASPARRINI – Vocal, CPN MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, CPN IBIS E. BRAGA – C.F. Secretaria Sala II”.

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Dra. AURORA BRUNO, ex- miembro del Consejo de Administración del Hospital Provincial del Centenario – Rosario, que en autos caratulados: “Expediente Nº 00901-0043525-5 SIE-TCP – y agregado legajo Nº 007588-D, S/Juicio de Cuentas iniciado por reparos a la rendición de cuentas correspondiente a la inversión de Fondos Propios de Agosto 2008”, se ha dictado Resolución S.II Nº 041/2014 de fecha 07 de Abril de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:.. CONSIDERANDO:.. RESUELVE: Artículo 1º: Rechazar por improcedentes los Recursos de Revocatoria incoados por la Dra. AURORA BRUNO, el Sr. MAURICIO G. MORERA, el CPN ENRIQUE MATHEUS, el Sr. ARIEL PEREZ y por el Sr. RAÚL FARRE, contra la Resolución de Formulación de Cargo Nº 837/11 dictada por la Sala II de este Tribunal de Cuentas, por aplicación de la Resolución Nº 006/06 T.C.P., reglamentaria del Recurso de Revocatoria ante la Sala conforme lo dispone el artículo 238º de la Ley Nº 12.510 y los argumentos de la parte considerativa de la presente, concediendo los Recursos de Apelación interpuestos subsidiariamente. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y archívese”. “FDO.: CPN GERMÁN LUIS HUBER – Presidente, Dr. GERARDO GASPARRINI – Vocal, CPN MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, CPN IBIS E. BRAGA – C.F. Secretaria Sala II”.

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Dra. AURORA BRUNO, ex- miembro del Consejo de Administración del Hospital Provincial del Centenario – Rosario, que en autos caratulados: “Expediente Nº 00901-0045669-4 SIE-TCP, S/Juicio de Cuentas iniciado por rendiciones faltantes, se ha dictado Resolución S.II Nº 042/2014 de fecha 07 de Abril de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:.. CONSIDERANDO:.. RESUELVE: Artículo 1º: Rechazar por improcedente los Recursos de Revocatoria incoados por la Dra. AURORA BRUNO, el Sr. MAURICIO G. MORERA, el CPN ENRIQUE MATHEUS, el Sr. ARIEL PEREZ y por el Sr. RAÚL FARRE, contra la Resolución de Formulación de Cargo Nº 879/11 dictada por la Sala II de este Tribunal de Cuentas, por aplicación de la Resolución Nº 006/06 T.C.P., reglamentaria del Recurso de Revocatoria ante la Sala conforme lo dispone el artículo 238º de la Ley Nº 12.510 y los argumentos de la parte considerativa de la presente, concediendo los Recursos de Apelación interpuestos subsidiariamente. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y archívese”. “FDO.: CPN GERMÁN LUIS HUBER – Presidente, Dr. GERARDO GASPARRINI – Vocal, CPN MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, CPN IBIS E. BRAGA – C.F. Secretaria Sala II”.

S/C. 11803 Jul. 8 Jul. 11

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


ENTREVISTA ORAL Y PUBLICA:


La Presidente del Consejo de la Magistratura informa que se llevará a cabo la Entrevista Oral y Pública en el Concurso para cubrir el cargo de Fiscal del M.P.A. Sede Tostado – Quinta Circunscripción Judicial, a la postulante Dra. YASIN, Paula Roxana.

La misma se celebrará el día 24 de Julio de 2014 a partir de las 11.30 hs. en la Casa del Foro sito en calle Alvear 425 – Rafaela.-

Participación ciudadana: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art 8° de la Resolución Nº 0153/13. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 – 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 ó en forma digital en el correo conmagsfe@santafe.gov.ar. Quienes hagan llegar sus preguntas deberán acreditar su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

Plazo de recepción: hasta el día Miércoles 23 de Julio de 2014 a las 12 hs.

CUERPO COLEGIADO ENTREVISTADOR:

Dra. Maria Cecilia VRANICICH Presidente del Consejo de la Magistratura, Dra. Analía ANTIK del Estamento Académico, Dra. Gertrudis POCOVI por los Colegios de Abogados y el Dr. Mario Martín BARLETTA del Ministerio Público de la Acusación.

S/C. 11802 Jul. 8 Jul. 11

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ENTREVISTA ORAL y PUBLICA:

CONCURSO PARA CUBRIR EL CARGO

DE FISCAL DEL M.P.A. SEDE TOSTADO

QUINTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.


La Presidente del Consejo de la Magistratura informa que se llevará a cabo la Entrevista Oral y Pública en el Concurso para cubrir el cargo de Fiscal del M.P.A. Sede Tostado – Quinta Circunscripción Judicial, a la postulante Dra. Yasin, Paula Roxana.

La misma se celebrará el día 24 de Julio de 2014 a partir de las 11.30 hs. en la Casa del Foro sito en calle Alvear 425 Rafaela.

PARTICIPACION CIUDADANA: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art. 8° de la Resolución N° 0153/13. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura - Amenábar 2689 - 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 o en forma digital en el correo conmagsfe@santafe.gov.ar. Quienes hagan llegar sus preguntas deberás acreditar su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

PLAZO DE RECEPCION: hasta el día Miércoles 23 de Julio de 2014 a las 12 hs.

CUERPO COLEGIADO ENTREVISTADOR: Dra. María Cecilia Vranicich Presidente del Consejo de la Magistratura, Dra. Analía Antik del Estamento Académico, Dra. Gertrudis Pocovi por los Colegios de Abogados y el Dr. Mario Martín Barletta del Ministerio Público de la Acusación.

S/C 11794 Jul. 8 Jul. 11

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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL


RESOLUCION DE DIRECCION

GENERAL Nº 101/14.


REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE JULIO 2014.


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0116063-0 del S.I.E., mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por el Departamento respectivo para el mes de JULIO 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Sorteos de Quiniela de Lotería de Buenos Aires, Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe, Quiniela y/o Lotería de Montevideo y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela y/o Lotería de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo. Tómbola (Quiniela y/o Lotería) de Entre Ríos y Lotería de Córdoba y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver los de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta sus programaciones, ya que las mismas han comunicado su aprobación definitiva con excepción de Lotería Provincia de Buenos Aires;

Que el día 09/07/14 no se realizará ningún sorteo atento al Feriado Nacional del Día de la Independencia;

Que el Sorteo Nº 9259 del día 10/07/14 de Quiniela Nocturna se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2,3,4,5 y excepcionalmente por Lotería de Córdoba (Cód. 6);

Que el Sorteo N° 9264 del día 16/07/14 de Quiniela Nocturna se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2,3,4 y 5 por no realizar sorteos Lotería de Córdoba (Cód. 6);

Que el Sorteo N° 5259 del día 18/07/14 de Quiniela Vespertina se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2,3 y 5 por ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay;

Que el Sorteo N° 9266 del día 18/07/14 de Quiniela Nocturna se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2,3 y 5 por lo expuesto precedentemente;

Que en el Sorteo N° 9272 de Quiniela Nocturna a llevarse a cabo el día viernes 25/07/14, el Código de Lotería 4, corresponde a Sorteo de Lotería de Montevideo.

Que en concordancia con la medida adoptada por Lotería Nacional S.E., Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Entre Ríos, a partir de Enero/14, esta Caja de Asistencia Social ha dispuesto que durante el mes de Julio de 2014, los sorteos Propios de Quiniela Matutina y Vespertina se lleven a cabo a la hora 14:00 y 17:30 de lunes a sábados.

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Julio/14, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realiza la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe;

Que se estima conveniente asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) para el primer premio, de la categoría Poceada Federal, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes, correspondientes por venta de apuestas. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva, previsto en el Artículo 45° del Reglamento General del Juego de la Quiniela de Santa Fe;

Que para la categoría Quiniela Exprés, implementada a partir del 01/06/2012, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 277/12, durante el presente mes se mantendrá en vigencia el horario de 20.45 horas fijado para el cierre de transmisión de apuestas;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados periodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo Nº 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($ 2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto Nº 2480/09,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA

DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” del mes de JULIO/14, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General Nº 170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente, y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estimulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.

ARTICULO 4°.- Asegurar un Pozo Mínimo de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) para el Primer Premio, de la categoría Quiniela Poceada, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario, el Pozo para premio seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas.

ARTICULO 5º.- Disponer que continúe en vigencia el horario de cierre de captura de apuestas para la Categoría Quiniela Exprés fijado en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 6°.- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 -Pérdidas Operativas- Premios.

ARTICULO 7°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 25 de Junio de 2014.

Dra. MONICA CALDERON

a/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL NUMERO: 104


Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE

MES DE AGOSTO DE 2014

Emisiones: 3567, 3568, 3569, 3570 y 3571


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0115422-6 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación de los sorteos comunes de Lotería Tradicional de Santa Fe para el mes de Agosto de 2014;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000) al precio de Setenta y Dos Pesos ($ 72) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON CUARENTA CENTAVOS ($ 2.605.582,40), lo que representa el Sesenta con Treinta y Uno por Ciento (60,31%) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General Nro. 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto Nro. 2480/09;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA

DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondientes a las emisiones Nro. 3567, 3568, 3569, 3570 y 3571 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 02,09,16, 23 y 30 de Agosto de 2014 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 – Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas Premios.—

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 02 de Julio de 2014.

Dra. MONICA CALDERON

a/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe

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