picture_as_pdf 2010-07-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13087

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la "Carta Compromiso", celebrada el 15 de Setiembre de 2009, entre la Provincia de Santa Fe, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES)- Organismo Descentralizado del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación-, Nación Fideicomisos S. A.,- sociedad anónima con participación estatal mayoritaria y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, para acordar los términos y condiciones de la asistencia financiera que se otorgará para ser aplicada a las respectivas obligaciones surgidas de la "Propuesta de Reconversión" del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas aprobado por Ley N° 12.922.

La Carta Compromiso, fue inscripta en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 17 de Noviembre de 2009, bajo el N° 3796 -Folio 200 -Tomo VII, aprobada por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 2379/09, se agrega como Anexo I y forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Apruébase el "Contrato de Organización para la Emisión de Valores Fiduciarios", celebrado el 28 de Octubre de 2009, entre la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia y Nación Fideicomisos S.A.,-sociedad anónima con participación estatal mayoritaria-, para fijar las pautas para la colocación de los valores fiduciarios a emitirse en el fideicomiso financiero que los tendrá como partes.

El contrato fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos

Interjurisdiccionales en fecha 17 de Noviembre de 2009, bajo el N° 3797 – Folio 200 -Tomo VII, aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 2379/09, se agrega como Anexo II y forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1093

 

SANTA FE, 30 JUN 2010

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.087 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BINNER

Angel José Sciara

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnetbiz.com.ar

4797

________________________________________________________