picture_as_pdf 2010-07-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13081

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA

LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, celebrado el 11 de junio de 2009, entre el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe, representado por el Señor Ministro de Seguridad, y la Cámara Argentina del Transporte Automotor de Materiales Peligrosos - C.A.T.A.M.P.-, representada por su Presidente, por el cual se busca posibilitar, independientemente de la asistencia técnica especializada, el avance en el desarrollo de estrategias conjuntas, para el diseño y aplicación de medidas preventivas que se orienten a evitar la ocurrencia de accidentes industriales mayores, a partir del intercambio de recursos profesionales y logísticos, sin que ello signifique erogación monetaria alguna para el Gobierno de la Provincia.

El documento, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 22 de junio de 2009, bajo el N° 3648, al Folio 126, del Tomo VII, aprobado por Decreto N° 1317 de fecha 16 de julio de 2009 a referéndum de estas Cámaras Legislativas, se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 02 JUL 2010

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Antonio Juan Bonfatti

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 -

e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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