TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia N° 3- 2° Secretaria, de la ciudad de Santa Fe, en los autos BRINDISI CAYETANO PASCUAL c/RODRÍGUEZ GLADYS s/Divorcio” (CUIJ N° 21-10703839-3 - Año 2018), se cita, llama y emplaza a la demandada Sra. Gladys Ester Rodríguez, argentina, casada, DNI Nº 12.147.797, nacida en fecha 03 de enero de 1958 en la localidad de Ing. Jacobaci, Prov. de Río Negro, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se transcribe lo dispuesto por el Sr. Juez: —Santa fe, 22 de lebrero de 2018. Habiéndose acogido el Dr. Raúl Fosero a los beneficios de la jubilación, desígnase transitoriamente Juez de Trámite al Dr. Fabio Della Siega. Por presentadas, domiciliadas y en el carácter invocado: acuérdeseles la participación legal que en derecho corresponda. Téngase por promovida demanda de Divorcio (art. 438 del Cotí. Civ. y Com.) de Cayetano Pascual Brindisl. De la petición de divorcio, hágase saber a Gladys Ester Rodríguez. De la propuesta reguladora, córrase traslado a la contraria por el término de diez días. Agréguese la documental fundante (art. 137 CPCC). A lo demás, téngase presente para su oportunidad y de corresponder. Siendo de imposible implementación el impulso oficioso que prescribe el art. 709 del Código Civil y Comercial, atento la falta de recursos técnicos y humanos del Tribunal, hágase saber que el mismo estaré a cargo de los litigantes. Hágase saber al Oficial Notificador que, en el momento de hacer efectiva la diligencia, y de no ser hallada/ o la/el requerida/o en el domicilio denunciado, deberá requerir a quien lo atienda o de los vecinos la confirmación de que es allí donde vive la/el misma/o y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Acrediten los profesionales intervinientes su condición frente al IVA. Notifiquen los empleados de esta Secretarla. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Cód Civ. y Com. (art. 62, inc. 2º del CPCC). Notifíquese. Firmado: Dra. Gabriela N Suárez (Secretaria)- Dr. Fabio M. Della Siega (Juez). A continuación se transcribe el Articulo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación: —ARTICULO 438.- Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste: la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan: el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Otro decreto: Santa Fe, 26 de Abril de 2018 Téngase presente lo manifestado. Agréguese cédula y oficio diligenciado. Atento lo informado por la Secretaría Electoral Provincial (v.fs. 24) y lo manifestado por el Sr. Oficial Notificador ¡v. fs. 20 vtoj, notifíquese por edictos que se cotillearán por tres días en el BOLETÍN OFICIAL bajo formalidades de ley (art. 67 CPCC). Lo que es publicado a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 23 de Mayo del año 2018. Dra. Bonnin, Prosecretaria.
$ 45 358795 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Dr. Raúl Fosero, Juez del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3, sito en calle Tucumán Nº 2.846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “Expte. CUIJ Nº 21-10688825-3.- MIÑO DAIANA NATALI c/IBAÑEZ NADIA ROMINA s/Cese med. prot. excepcional- se notifica por edicto a Nadia Romina Ibañez, D.N.I. Nº 30.788.199, con domicilio actual desconocido, de lo dispuesto en autos: “Santa Fe, 07 de Marzo de 2017. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Tener por admitido el cese de la medida de protección excepcional de fecha 31 de Mayo de 2016 - Disposición Nro. 000079, y dispuesto por escrito de fecha 03 de octubre de 2016, conforme se solicitara por la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, por los motivos fundados, ratificándose el mismo. 2) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese Oportunamente archívese”. Fdo: RAÚL F. Fosero, Juez: Adolfo J. M. Drewanz, Secretario. Otro: “Santa Fe, 26 de Abril de 2017.- Téngase presente lo manifestado. Agréguese cédula sin diligenciar. Afín de notificar ¡a resolución de fecha 07.03.2017- (fs. 236) a la madre biológica, Nadia Romina Ibáñez, publíquense edictos en el boletín oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.” Fdo.: Dr. Raúl F. Fosero, Juez; Dr. Adolfo J. M. Drewanz, Secretario.
S/C 22294 Jun. 8 Jun. 12
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos: GONZÁLEZ ARACELI s/Quiebra” - CUIJ 21-01977102-1, se ha ordenado la siguiente publicación: Por presentado por la Sindicatura el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 L.C.Q. Asimismo se informa la Regulación de los Honorarios Profesionales del C.P.N. Reynaldo Mateo en la suma de $ 41.490,00 y del Dr. Alejandro Agustín González en la suma de $ 17.782,00 (Jus 9,48). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de planta baja de estos Tribunales.- Fdo. Dra. María Ester Noé de Ferro (secretaria) Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 1 de Junio de 2018.
S/C 358751 Jun. 8 Jun. 11
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: LECRUIT, SUSANA GRISELDA s/Quiebra” (CUIJ N° 21-01972218-7), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez a Cargo y Dra. Verónica Toloza, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y la regulación de honorarios de los .profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 41.490,06 y Dr. Sebastián Marcelo Tiscomia $ 17.781,45 (Art. 218 LCQ). Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Dra. Verónica Toloza, Secretaria. Dra. Romagnoli, Prosecretaria.
$ 112 358820 Jun. 8 Jun. 11
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de lo ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “MOLINA, MAXIMILIANO HIPÓLITO s/Quiebra” - Expte. 21-01995255-7, ha sido designado Síndico a la C.P.N. María Inés Margherit, con domicilio en calle Grand Bourg 4270 de esta ciudad. La sindico atiende de lunes a viernes en el horario de 14 a 20 hs. - Dra. Mariana Nelli, Secretaria. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
S/C 358796 Jun. 8 Jun. 22
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “ZALZA SILVIO JOSÉ s/Quiebra” Expte. N° 21-01983128-8, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el informe final y distribución presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Fdo: Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Santa Fe, 1 de Junio 2018. Dr. Daniel Maurutto, Secretario.
S/C 358829 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “FLORITO, ROBERTO GABRIEL s/Solicitud Propia Quiebra” (Expte. N° CUIJ 21-01996531-4) se ha declarado la quiebra en fecha 01.06.2018 de Roberto Gabriel Florito, DNI Nº 32.730.178, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Europa N° 7100- y legalmente en calle Fray Cayetano Rodríguez N° 3881 de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 27.06.2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 08.08.2018. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley Nº 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art 89 LCQ). Fdo. Dr. Lucio A Palacios (Juez) - Dr. Jorge A Gómez (Secretario).
S/C 358830 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MOLINA, RAÚL ORLANDO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ: 21-01996781-3) se ha declarado la quiebra en fecha 4 de Junio de 2018 de Raúl Orlando Molina, D.N.I. 6.247.055, mayor de edad, jubilado, apellido materno Caro, domiciliado realmente en Pasaje Público 9561 de la ciudad de Santa Fe, y con domicilio ad lítem constituido en calle 3 de Febrero 2761, Piso 5°, Oficina 5/6, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 27/06/2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 08/08/2018. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez)- Dr. Gómez (Secretario). Santa Fe, 4 de Junio de 2018.
S/C 358831 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos PUSTERLA, MARÍA VIRGINIA s/Quiebra” (CUIJ 21-01991585-6), se ha dispuesto: Santa Fe, 1 de Junio de 2018; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de María Virginia Pusterla, argentina, mayor de edad, soltera, D.N.I. 34.301.719 apellido materno Gómez, con domicilio real en calle Manzana 2 Escalera 8 s/n 1 14 Fonavi San Gerónimo y legal en calle La Rioja 3863 ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 13 de junio de 2018 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 30 de julio de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 13 de agosto de 2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 07 de septiembre de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 22 de octubre de 2018 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).
S/C 358832 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: MONZÓN, CAREN GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-01992388-3).- se ha dispuesto: Santa Fe, 1 de Junio de 2018; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Caren Guadalupe Monzón argentina, mayor de edad, D.N.I. 38.722.941 apellido materno Gorosito, con domicilio real en calle Matheu 4471 y legal en calle 25 de Mayo 2126, Piso 2°, Depto. “B” ambos de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 13 de junio de 2018 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 30 de julio de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 13 de agosto de 2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 07 de septiembre de 2018 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 22 de octubre de 2018 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).
S/C 358834 Jun. 8 Jun. 14
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Por así estar dispuesto en los autos: RONDAN, DAMIÁN GUSTAVO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01995390-1); la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Damián Gustavo Rondan, apellido materno Martínez, argentino, D.N.I. N° 21.530.830, CUIL N° 20-21530830-9, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Av. Galicia 1783 Interno y legal en calle Jujuy 3355 - Depto. 1 , ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse, la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 30/5/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 02/08/2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 17/08/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 17/09/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/10/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 30 de Mayo de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Carlos Alberto Sara con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 358808 Jun. 8 Jun. 14
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Por así estar dispuesto en los autos MARTÍNEZ, MARIANA ESTELA s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01991966-5) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Mariana Estela Martínez, apellido materno Alt, argentina, D.N.I. N° 35.649.931, CUIL Nº 27-35649931-5, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Fonavi San Jerónimo - Manzana 3 - Escalera 14 - 3° Piso - Depto. 109 y legal en calle La Rioja 2751, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 30/5/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 02/08/2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 17/08/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 17/09/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/10/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 30 de Mayo de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Roberto Mangini con domicilio en calle Talcahuano 7675 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 358812 Jun. 8 Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Doctor Bermúdez y Secretaría a cargo de la Doctora María Alfonsina Pacor Alonso, sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados “GAUNA, MARÍA DEL CARMEN s/Quiebra” – (CUIJ 21-01963219-5), se ha dispuesto la publicación de Edictos durante dos días, según lo normado por el art. 218 L.C.Q. A tales fines se transcribe el decreto que así lo dispone: “Santa Fe, 23 de Marzo de 2018. Por presentado informe final y proyecto de distribución de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Téngase por contestada la vista en relación a la rehabilitación del fallido. Notifíquese. Firmado: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Publíquense edictos durante dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 218 L.C.Q. Firmado: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez).
S/C 358848 Jun. 8 Jun. 11
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la undécima Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “GUTIÉRREZ IVANA ANABELA s/Solicitud propia quiebra” - Expte. CUIJ Nº 21-01994305-1, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24522 y modificatorias, haciendo saber que ha sido designado Síndico el C.P.N. Héctor Marcelo Madoery, domiciliado a los erectos legales en calle San Martín 2347 1° Piso Of.13 de la ciudad de Santa Fe con días y horas de atención de Lunes a Viernes de 16 a 20 hs., fijándose el día 27/06/2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes conforme con lo dispuesto por el Sr. Juez en fecha 26 de Marzo de 2018. Fdo: Dra. Ana Rosa Alvarez. Jueza; Dr. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 30 de Mayo de 2018. Dr. Hrycuk, Secretario.
S/C 358736 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del Señor Juez, Dr. Claudio A. Bermúdez de la Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta Nominación de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551, a quien cita, llama y emplaza a los herederos, de don Angel Remigio Villarreal, L.E. 2.376.809 y de dona Paula Margarita Romero de Villarreal, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos legales dentro de los autos caratulados “GIOMBINI, JOSÉ y Otra c/VILLARREAL, ANGEL R. s/Jcio. ejecutivo de escrituración” Expte. CUIJ Nº 21-01965648-6, de trámite por ante el Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, sito en la calle San Jerónimo Nº 1551 Santa Fe, 31 de Mayo de 2018. Secretaria: Dra. Ma. Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria.
$ 33 358763 Jun. 8 Jun. 12
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En los autos caratulados: “SALZMANN, CARMEN ESTHER y Otros V. ZAMIRRI, PEDRO LUIS y Otros s/Usucapión; Expte. Nº 1079/2013 conexo Expte. “ZAMIRRI, PEDRO LUÍS s/Sucesorio - CUIJ 21-01056117-2/1 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe sito en calle San Jerónimo Nº 1551 de esta ciudad, se cita y emplaza al co-demandado Sr. Francisco Domingo Zamirri, para que dentro del quinto día de la ultima publicación comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall de planta baja de estos Tribunales. Santa Fe, 30 de Mayo de 2018 - Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria).
$ 33 358753 Jun. 8 Jun. 11
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 de la Segunda nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: “COMUNA DE LLAMBI CAMPBEL c/FIDEICOMISO PASO CORRIENTES y Otros s/Otros apremios fiscales” (Expte. 21-01987112-3) se hace saber a FIDEICOMISO “Paso Corrientes” y/o Fiduciario Nolberto Aníbal Berga y/o Quien Resulte Titular Del Dominio del Dominio Fiduciario y/o Titular De Los Inmuebles y/o propietario actual y/o poseedor a titulo de dueño y/o quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles sitos en la localidad de Llambi Campbel, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, identificados con partidas inmobiliarias N° 10-03-00-135002/0002-3; 10-03-00-135002/0001-4; 10-03-00-134904/0002-7 LOTE “SIETE”; 10-03-00-134904/0001-8 LOTE “CINCO”; 10-03-00-134904/0005-4 LOTE “ONCE”; 10-03-00-134904/0002-8 LOTE “DOS”; 10-03-00-134904/0003-7LOTE CUATRO”; 10-03-00-134912/0004-4 LOTE “6C”; y 10-03-00-134912/0006-2 LOTE “6E”; que son citados para comparecer a estar a derecho y para que en el término de dieciséis (16) días oponga excepciones bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. Todo de acuerdo al decreto que se transcribe; Santa Fe, 15 de agosto de 2017. Téngase presente. Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado acuérdeseles la participación legal correspondiente. Por promovida demanda apremio por la suma de $ 420.464,89 con más intereses y costas, contra FIDEICOMISO “PASO CORRIENTES” y/o FIDUCIARIO NOLBERTO ANÍBAL BERGA y/o quien resulte titular del dominio fiduciario y/o titular de los inmuebles respectivos y/o jurídicamente responsable (Art. 70.: Ley 8173) a quienes se cita de remate con prevención de que sí no oponen excepción legítima dentro del término de 16 días se ordenara llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por el capital reclamado ($ 420.464,89) con más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas (...). A sus efectos, ofíciese al Registro General, autorizándose al suscripto y/o profesional que designe a intervenir en el diligenciamiento. Téngase presente la prueba ofrecida y reserva formulada. Notifíquese. Dr. Carlos Marcolin - Dr. Pablo Silvestrini, Secretario. Santa Fe, 16 de Mayo de 2018.
S/C 358801 Jun. 8 Jun. 12
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe (San Jerónimo 1551), se hace saber que en autos “TOLEDO, YANINA SOLEDAD s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ N° 21-01995308-1), se hace saber: Que el Síndico designado C.P.N. Horacio Andrés Romagnoli, ha aceptado el cargo, constituyendo domicilio en La Rioja 3314 de esta ciudad de Santa Fe. Fijando durante el período hasta el cual de los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes (14/06/12018) y hasta la presentación (31/08/2018) de los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley 24.522), el horario de 14 a 20 hs. en días hábiles judiciales para la atención al público. Asimismo se hace saber que se fijó el día 26/10/2018, para la presentación del Informe General. Lo que se publica a los fines establecidos en el art. 89 de la Ley 24.522. Sin cargo, cinco días. Fdo.: Dra. Ma. Marcela Romagnoli, Prosecretaria.
S/C 358758 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición de la Dra. Lilián M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “AVALOS, ÚRSULA PAOLA s/Quiebra” - Expte. Nº 57/2018, por resolución de fecha 22 de marzo de 2018 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, ley 24.522) de la Señora Avalos, Ursula Paola; D.N.I. Nº 26.149.689, argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Dr. de la Colina 1564- y procesal en calle Nicasio Oroño 2354, ambos de la ciudad de San Javier (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; (...) Otra Resolución: por resolución de fecha 18 de mayo de 2018 se ha resuelto: Autos y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Señalar hasta el día 02 de julio de 2018 inclusive como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico; señalar entre los días 30 de julio de 2018 y el 31 de julio del 2018 inclusive el Período de Observación e Impugnaciones; señalar el día 14 de septiembre de.2018, inclusive para que la Sindicatura presente los informes individuales y el 31 de octubre de 2018 inclusive, para la presentación del informe general. II) Publíquense edictos en el Boletín Oficial con las nuevas fechas, debiendo exhibirlos en la puerta del Juzgado. III) Ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina) haciéndoles saber que el fallido Avalos, Úrsula Paola, DNI: 26.149.689, no podrá ausentarse del país hasta la presentación del Informe General el cual deberá cumplimentarse el día 31 de octubre de 2018. Fdo. Dra. Lilián Insaurralde (Jueza) - Dra. Silvina Demboryniski (Secretaria).- Se hace saber que los pretensos acreedores podrán concurrir ante la Sindica, CPN Ileana Fasano, domicilio San Martín 1561, de lunes a viernes de 14 a 20 horas. San Javier, 18 de Mayo de 2018.
S/C 358730 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 34 Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita y emplaza a los herederos de Ricardo Delfino Masin a que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley en autos: “MASIN. ANÍBAL HÉCTOR c/MASIN RICARDO DELFINO s/Demanda de Escrituración” Expte. N° 08/2012. Villa Ocampo, 31 de Mayo de 2018. Dra. Zarza, Secretaria.
$ 45 358748 Jun. 8 Jun. 12
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo; se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Mónica Magdalena Yérmanos Macuglia, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley hagan valer sus derechos en autos: “YERMANOS MACUGLIA, MÓNICA Magd. s/Sucesorio” (Expte. 966/15). Villa Ocampo, 1 de Junio de 2018. Dra. Sánchez, Secretaria.
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Por disposición del Sra. Jueza, Dra. Viviana Marín, Secretario Dr. Daniel R. Maurutto a cargo del Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial Ira Nominación, Sec. Única Comercial, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “FERNANDEZ, ZULEMA s/Sucesorio CUIJ 21-01989591-9), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios de doña Zulema Fernández, L.E 6.099.944 para que dentro del termino y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a Derecho y hacer valer sus derechos. Fdo.: Sra. Jueza, Dra. Viviana Marín, Secretario Dr. Daniel R. Maurutto. Santa Fe, 31 de Mayo del Año 2018.
$ 45 358776 Jun. 8
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Por disposición del señor Juez Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, con domicilio en calle San Jerónimo 1551, de la ciudad de Santa Fe, en autos “FERRERO, ALCIRA AMELIA y Otros s/Sucesorio” (Expte. Nro. 21-01995892-9), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de los causantes doña Alcira Amelia Perrero, L.C. N° 4.667.463, fallecida en fecha 31/12/2004, y don Miguel Meyder, L.E. Nº 5.499.281, fallecido el 27/05/2007, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en el Santa Fe, 1 de Junio de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 358785 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Inst. Civil y Comercial 4ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “CANDELARIO HEREDIA s/Sucesorio” (CUIJ 21-01994024-9) se cita y emplaza a los acreedores y legatarios de Candelario Heredia, L.E. 2.492.251, para que en el termino y bajo apercibimientos legales comparezcan a hacer valer sus derechos ante el juicio sucesorio. Se publica a su efecto en el BOLETÍN OFICIAL y se exhiban en el lugar designado por la CSJ. Santa Fe, 19 de Febrero de 2018.
$ 45 358799 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de ésta ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “D´AMEN, DINO MAURO s/Sucesorio” (Expte. C.U.I.J. N° 21-01996072-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Diño Mauro D´Amen, Documento de Identidad N° 34.618.261, fallecido en Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, el día 11 de febrero de 2.018, para que en el término y bajo apercibimiento de ley hagan valer sus derechos. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Ley 11.287. Santa Fe, 1 de Junio de 2018. Dra. Roteta, Secretaria.
$ 45 358835 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito n° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, el Dr. Carlos Marcolín, en autos “COSTA, MARCELO SANTIAGO s/Sucesorio” (C.U.I.J. Nº 21-01996298-6), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante, Marcelo Santiago Costa, D.N.I. N° 10.935.237, fallecido el 20/07/2014 en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Santa Fe, 31 de Mayo de 2018. Dra. Silvestrini, Secretario.
$ 45 358840 Jun. 8
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. Casado, Mana Angélica, DNI N° 13.925.785, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Expediente CUIJ: 21-01995824-5. Juez: Dr. Di Chiazza Iván Gustavo. Secretaria: Dra. Mariana Nelli.
$ 45 358847 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del señor Juez de la. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: DAYER, LILIANA s/Sucesorio, Expte. CUIJ:21-01996017-7 - año 2018, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de dona Liliana Dayer, DNI: DNI: 13.925.574, fallecido en fecha 09-03-2018, domiciliada en Pje. L. Gianello 654 de esta ciudad de Santa Fe, para que en el plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales- (art. 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación). Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL (art. 63 CPCC modificado por la Ley 11287 y exhíbanse en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte suprema de Justicia). Santa Fe, Mayo de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 358822 Jun. 8 Jun. 22
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Por estar así ordenado en el juicio caratulado: ZURBRIGGEN, HÉCTOR RAFAEL s/Sucesorio” (CUIJ 21-01989244-9/2017) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Santa Fe, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: citar, llamar y emplazar a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el causante Héctor Rafael Zurbriggen, DNI 6.225.920 para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica a los efectos de ley. Fdo. Dra. Marín (Juez) - Dr. Maurutto (Secretario). Santa Fe, 10 de Abril de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 45 358739 Jun. 8 Jun. 22
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Por disposición del señor Juez del Tribunal de Primera Instancia de Distrito de la Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: FERRER, CONCEPCIÓN s/Sucesorio” (CUIJ: 21-01989952-4) se llama, cita, y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de la Sra. Concepción Ferrer, DNI 4.317.863, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Santa Fe, 19 de Marzo de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 45 358827 Jun. 8 Jun. 22
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Para los autos caratulados: “FELIPPELLI, SERGIO MARCELO s/Sucesorio”, Expte. CUIJ: 21-01995531-9 - año 2018 que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nom. Santa Fe, se cita, llama y emplaza a las heredaros, acreedores y legatarios de Sergio Marcelo Felippelli, D.N.I. Nro. 17.344.380, para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en puertas del Juzgado. Santa Fe, 30 de Mayo de 2018. Dr. Silvestrini, Secretario.
S/C 358823 Jun. 8
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial N° 11 de la ciudad de San Jorge; se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios del Sr. Luis Ernesto Turrini, titular del D.N.I. Nº 6.159.884, fallecido el día 21 de Junio de 2017 en la ciudad de San Jorge (SF), a los fines que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: “TURRINI, LUIS ERNESTO s/Sucesorio”, Expte. Nº 1545 - Año 2017, que se tramitan por ante el Juzgado citado. San Jorge, 19 de Abril de 2018. Dra. Piazzo, Secretaria.
$ 131,40 358844 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11 de San Jorge (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Guevara, Delfina Olga, D.N.I. Nº F 5.595.774; para que comparezcan en autos GUEVARA, DELFINA OLGA s/Sucesorio - Expte. 505 - Año 2018, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y transparente del Juzgado. San Jorge, 28 de Mayo de 2018. Fdo. Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria.
$ 45 358759 Jun. 8 Jun. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge; se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios de la Sra. María Faverzani, titular de la L.C. No 6.317.969, fallecida el día 12 de Enero de 2006 en la ciudad de San Jorge (SF), a los fines que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: “FAVERZANI. MARÍA s/Sucesorio; Expte. Nº 719 - Año 2017, que se tramitan por ante el Juzgado citado. San Jorge, 19 de Abril de 2018. Dra. Piazzo, Secretaria.
$ 131,40 358845 Jun. 8 Jun. 14
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por estar así dispuesto por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, se hace saber lo ordenado en los autos caratulados: MARTINUZZI, MILENA BEATRIZ s/Quiebra, Expte. Nº 45 - Año 2018: “San Cristóbal, 23 de marzo de 2018. Y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar en estado de quiebra a la Sra. Milena Beatriz Martinuzzi, argentina, mayor de edad, nacida el 24 de junio de 1981, empleada, domiciliado realmente en calle Maipú N° 1211, de la ciudad de San Cristóbal, con domicilio legal constituido en calle Caseros N° 633 de ésta ciudad de San Cristóbal, con los alcances previstos por la ley Concursal. 6) Intimar a la fallida para que en forma inmediata proceda a entregar al Síndico toda la documentación que pudiera tener relacionada con su situación patrimonial; como así también se intimará a todos aquellos que tengan bienes del fallido, a fin de que los pongan a disposición del Sr. Síndico, bajo apercibimientos de Ley. 7) Prohibir efectuar pagos a la fallida bajo apercibimientos de que, los que se hicieren; serán reputados ineficaces...10) Fijar el día 31 de julio de 2018 como último plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de sus créditos y títulos pertinentes al Sindico actuante, con arreglo a lo dispuesto por el art. 32 de la ley 24.522. Fdo.: Graciela Gutscher - Jueza -Ricardo Ruiz Díaz - Secretario. Se hace saber que la sindica designada es la CPN Teresa Zulema Marín, con domicilio fijado en calle Maipú No 1273 de San Cristóbal, con horarios de atención a los pretensos acreedores de lunes a viernes por la tarde de 17:00 hs. a 20:00 hs. San Cristóbal, 04 de Junio de 2018. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
S/C 358836 Jun. 8 Jun. 14
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil, y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Jorge Alberto Velásquez, DNI M6.295.042 para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley en los autos: Expte. Nº 215 - 2018 - Velazquez, Jorge Alberto s/Sucesorio, iniciado con el patrocinio de la Dres. M. A. Salari y E. Rosso. Firmado: Dra. Mendoza (Juez), Dr. Cerliani, Abogada Secretaria. Rafaela, 22 de Mayo de 2018. Dra. Pasero, Prosecretario Subr.
$ 45 358788 Jun. 8 Jun. 22
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por estar así ordenado en los autos caratulados: Expte. Nº 400/2016 - METALURGICA GENOVESE S.A. c/CEIVAL S.R.L. s/Ordinario, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de Distrito N° 4, de la Ciudad de Reconquista (Santa Fe), se lo notifica al demandado CEIVAL S.R.L. CUIT Nº 30-70951156-0: Reconquista, 28 de diciembre de 2017. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo:... Hacer lugar a la demanda y en consecuencia condenar a la parte demandada Ceival S.R.L., a abonar a la actora Metalúrgica Genovese S.A., la suma reclamada, la que llevará desde la mora un interés igual a la tasa activa empleada por el Banco de la Nación Argentina, para operaciones de descuento de documentos y de depósito a treinta días y los punitorios pactados, con I.V.A sobre intereses (si correspondiere). Imponer las costas al demandado perdidoso. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta que se practique liquidación. Hágase saber, insértese y resérvese el original. Fdo. Dr. José María Zarza, Juez; Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Tres veces en 5 días. Reconquista, 14 de Mayo de 2018. Dr. Caglia, Secretario.
$ 52,50 358778 Jun. 8 Jun. 12
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - 1ra. Nominación - de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. N° 1342/2008 - BANCO MACRO S.A. c/ OBERTI ENRIQUE DAWEL y O. s/Ordinario”, ha recaído el siguiente decreto: Reconquista, 26 de Diciembre de 2017.- Al punto 1: Atento al fallecimiento de la codemandada Sra. Silvia Beatriz Vera, Cítese y emplácese a los herederos de la misma para que en el término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento—de Rebeldía. Publíquense edictos de ley conforme Art. 597 del CPCC.... Notifíquese.- Fdo.: Dr. José María Zarza - Juez - Dr. Iván Manuel Astesiano, Secretario. Reconquista, 24 de Mayo de 2018. Dr. Caglia, Secretario.
$ 52,50 358781 Jun. 8 Jun. 12
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Por disposición del Juez de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de: Osvaldo Horacio Marcón, DNI. 06.348.042, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, en autos caratulados: MARCÓN, OSVALDO HORACIO s/Sucesorio, Expte. N° 761/2017, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe y en las puertas de los Tribunales de Reconquista, por el término de ley (cinco veces en diez días). En la ciudad de Reconquista, 16 de Mayo de 2018. Dr. Boaglio, Secretario.
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