picture_as_pdf 2012-06-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13262


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Apruébase el convenio de colaboración suscripto el día 27 de abril de 2010 entre la Provincia de Santa Fe, representada por el Señor Ministro de la Producción, y la Asociación Marchigianar para la Promoción y el Intercambio Empresario entre los Marchigianos de Argentina y la Región de Le Marche, para colaboración entre las partes en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines de los signatarios, o que permitan brindar un servicio a la comunidad de la jurisdicción territorial de la provincia.

El convenio fue registrado en fecha 04 de mayo de 2010, bajo el N° 3959, al Folio 283 del Tomo VII, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales (Decreto N° 1767/84), aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 2282 de fecha 17 de noviembre de 2010 y como Anexo forma parte de esta Ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente

Cámara de Diputados

Alberto Crossetti

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 1511


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

28 MAY 2012


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.262 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello

oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Carlos Alcides Fascendini

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@santafe.gov.ar

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