picture_as_pdf 2011-06-08

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Resolución de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo Nº 2361 “MONZÓN, RAÚL EMILIO S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” Y N° 2362 MONZÓN, JUAN MANUEL S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS”, se hace saber a los Sres. Antonio Mateo Monzón, DNI Nº 14.657.996 y Mercedes Elizabeth Velazquez sin DNI y domicilio conocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 31 de mayo de 2011 Resolución N° 38.- VISTOS ... CONSIDERANDO ... RESUELVE: 1) Adoptar la Medida de Protección Excepcional propuesta, con relación a los niños MONZÓN, JUAN MANUEL DNI: 40.969.873, argentino, nacido el 6 de julio de 1998 en la localidad de Villa Gdor. Gálvez y MONZÓN, RAUL EMILIO DNI: 43.287.581, nacido el 18 de abril de 2001 en la ciudad de Rosario, hijos del Sr. Mateo Antonio Monzón DNI: 14.657.966 domiciliado en Independencia s/n, B° “Las Ramas” de la localidad de Arroyo Seco consistente en la separación temporal de los niños de su centro de vida y su alojamiento dentro de Hogar perteneciente al Sistema de Protección Integral de esta Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Secretaría de Desarrollo para la Ciudadanía, Ministerio de Desarrollo Social, por un plazo de 90 días sin perjuicio de prórroga de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. 2) Establecer la Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa días y durante el transcurso de la misma se deberán coordinar estrategias de seguimiento entre el Equipo Interdisciplinario de la Dirección Provincial, y los Equipos pertenecientes a la Secretaría de Salud y Promoción Comunitaria de a la localidad de Arroyo Seco, procurando sumar nuevos actores institucionales en terreno. Asimismo los Equipos intervinientes evaluarán durante el plazo de vigencia de la Medida Excepcional la conveniencia para el interés superior del niño del regreso a su medio familiar y comunitario. 3) Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y, una vez firme la presente, se solicitará el control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente conforme a lo establecido en el Art. 65 de la Ley Provincial 12.967. 4) Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese”.- FDO: Psic. Mónica Celeste Varetto-Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia 2da Circunscripción.”

Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la Ley Nº 12.967:

ARTICULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional.

ARTICULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.

ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.

Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

S/C 6593 Jun. 8

__________________________________________


AGUAS SANTAFESINAS S.A.


CONCURSO DE PRECIOS N° 10007670


Objeto: elementos de seguridad.

Lugar de Entrega: Departamento Higiene y Seguridad, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Fecha límite para la presentación de ofertas: 17 de Junio de 2011 hasta las 16 horas.

Consulta de Pliegos y Entrega de Ofertas: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00. Departamento Abastecimiento y Logística, 0342-4504509, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe. - www.aguassantafesinas.com.ar


CONCURSO DE PRECIOS Nº 10007678


Objeto: Elementos varios.

Lugar de entrega: Departamento Automatismo y Telegestión, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Fecha límite para la presentación de ofertas: 17 de junio del 2011 hasta las 16 horas.

Consulta de pliegos y entrega de ofertas: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00. Departamento Abastecimiento y Logística, 0342-4504509, Iltuzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe. - www.aguassantafesinas.com.ar

S/c 6587 Jun. 7 Jun. 9

__________________________________________