REGISTRADA BAJO EL Nº 12537
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco celebrado con fecha 9 de setiembre de 2004 entre el
Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su
Titular Prof. Carola Nin y el Instituto Nacional de
Tecnología Industrial (I.N.T.I.), representado por su
Presidente, Ing. Enrique Martínez, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo
Provincial N° 2827/04 e inscripto en fecha 17 de
setiembre de 2004 bajo el N° 2110 - Folio 257, Tomo
IV, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto N° 1767/84 -Dirección de Técnica
Legislativa, cuya copia en dos (2) fojas forma parte de la presente.
ARTICULO 2.- Apruébase
el Protocolo Adicional al Convenio Marco descripto en
el artículo precedente, celebrado el 9 de setiembre de 2004, entre el
Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su
Titular Prof. Carola Nin y el Instituto Nacional de
Tecnología Industrial (I.N.T.I.), representado por su
Presidente, Ing. Enrique Martínez y la Intendente de la Municipalidad de Cañada
de Gómez, Dra. Stella Maris Clérici,
aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°
2827/04 e inscripto en fecha 17 de setiembre de 2004, bajo el N° 2111, al Folio 257, Tomo IV en el Registro de Tratados
referido, cuya copia en diez (10) fojas integra este decisorio.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1252
SANTA FE, 02 06 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.537 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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