picture_as_pdf 2004-06-08

MINISTERIO DE SALUD

 

(DECRETO Nº 0639)

 

VISTO: El expediente Nº 00501-0047701-9 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía a la Sra. Nelly del Valle López, Personal de Enfermería en el Hospital Provincial de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud; y sus considerandos...

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º) Déjase cesante con retroactividad al 10/10/02, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con la causal prevista en el artículo 53, inciso c) de la Ley Nº 8525, en concordancia con el artículo 50, inciso c) del mismo cuerpo normativo, a la Sra., NELLY DEL VALLE LOPEZ (M.I, Nº 10.060,110.- clase 1952), Personal de Enfermería en el Hospital Provincial de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Subprograma 02 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1, -Partida Principal 1 Partida Subparcial 10 - Ubicación Geográfica 84 Finalidad 3 - Función 10 categoría 2).

ARTICULO 2º) Intímese a la Sra. NELLY DEL VALLE LOPEZ, cuyos demás datos se mencionan en el artículo precedente al pago de la suma de $ 2.714,78 (PESOS DOS MIL SETECIENTOS CATORCE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS), en concepto de haberes indebidamente percibidos durante el período comprendido entre el 10/10/02 y e1 30/11/03, bajo apercibimiento de promover en su contra las acciones judiciales que correspondan en caso de incumplimiento.

ARTICULO 3º) Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo.: Ing. Jorge Alberto OBEID - Dra. Claudia A. PEROUCH

S/C         12682    Jun 8 Jun 10

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MINISTERIO DE SALUD

 

COMUNICADO

 

Atento a lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en Dictamen Nº 65048/04 (fs, 5), córrase vista al señor RODOLFO EMILIO MATEOS Por el término de dos (2) días, para que efectúe su descargo por las inasistencias injustificadas en las que incurriera a partir, del 26/08/03, bajo apercibimiento de ser dejado cesante, conforme lo establecido por los artículos 53º, inciso c) y 56 de la Ley Nº 8525.

S/C         12681    Jun 8 Jun 10

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