picture_as_pdf 2017-05-08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va Nominación de Rosario, Dra. Gueiler, en los autos caratulados “Abello Abel Darío c/Infante y Goyenechea Matilde II y Otros s/Prescripción Adquisitiva”; CUIJ 21-02865303-1, declaró rebeldes a los demandados María Matilde Teresa Martínez Infante de Amelong, José Maria Martínez Infante, y herederos de Matilde Ignacia Isabel Infante y Goyenechea, ordenó proseguir el juicio sin su representación, y para sorteo de defensor de oficio designó audiencia para el día 17 de Mayo de 2017 a las 9.30 horas. Rosario, 28 de Abril de 2017. Fdo. Dra. Huljich, Secretaria.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario (SF), Dra. Verónica Gotlieb, secretaria de la Dra. Jessica M. Cinalli, se cita y emplaza al demandado Hilario Victorio Juan Fresia, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos: NAZARCZUK, ANA LUISA c/FRESIA, HILARIO VICTORIO JUAN s/Usucapión; CUIJ 21-02877621-4. Secretaría, 24 de Abril de 2017. Dra. Cinalli, Secretaria.

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro Antonio Boasso, ha dictado la siguiente resolución: Nº 181. Rosario, 22/02/17. Y Vistos: Los caratulados: RAJMIL, SOFÍA DIANA c/CAVALLIERI, RAÚL JUAN y Otros s/Apremio; Expte. N° 21-02846917-6, venidos a despacho para resolver. Y Considerando:...; Fallo: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses fijados en la parte considerativa. 2) Costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). 3) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. 4) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la correspondiente planilla de liquidación final. Insértese y hágase saber. Dr. Pedro A. Boasso (Juez); Dra. Ma. Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 21 de Abril de 2017.

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados ZORRILLA, VERÓNICA MARIELA c/VILLARRUEL TORRES JUAN CARLOS y/o s/Demanda Ejecutiva de Escrituración; Expte. Nº 21-2864722-8 (811/2016), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios de Juan Carlos Villaruel, D.N.I. Nº 2.148.385 y Nydia Esther Pujol, D.N.I. N° 2.372.298, por el término de tres días pana que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dr. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 28 de Abril de 2017.

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se ha resuelto lo siguiente: Nro. 584. Rosario, 14 de Marzo de 2017. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Ordenar la destrucción de toda la documental correspondiente a causas de los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 y, que no han registrado movimiento alguno desde la implementación del sistema informático, la que se realizará el día 30 de Junio de 2017. 2) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por tres veces en 20 días, y dos avisos en el diario La Capital, a publicarse un miércoles y un domingo, dando a conocer la fecha a partir de la cual se procederá a la destrucción de la documental, a fin de que los posibles interesados en la misma que pudieran acreditar un interés legítimo, se presenten al Juzgado (de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.) a fin de efectuar el requerimiento pertinente, hasta el día 27 de Junio de 2017. 3) Intimar a los profesionales de la parte actora de todas las causas que no registren actividad procesal alguna desde hace más de 2 años, para que dentro del término de 10 días de notificada la intimación procedan al retiro de la documental de la parte a la que representaran. 4) Remítase copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, a fin de que por su digno intermedio se haga llegar la presente a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Sergio A. González, Secretario; Dra. Delia M. Giles, Juez. Publíquense por tres veces en 20 días para que los interesados comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dr. Sergio Antonio González, Secretario.

S/C 322297 May. 8 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10a Nominación de Rosario, el Secretario que suscribe comunica que se ha citado de remate y emplazado a los herederos y sucesores de Italo Elio Piccinini, en su carácter de titular del inmueble registrado bajo el Nro. de Partida para el pago del Impuesto Inmobiliario N° 160400-336637-0155-4, por el término de ley en los autos: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS (Pcia. de Santa Fe) c/PICCININI, ITALO ELIO s/Ejecución Fiscal; Expte. CUIJ N° 21-02844194-8 bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. Se hace saber asimismo que los herederos declarados deberán comparecer en este juicio, pero no por derecho propio sino en su calidad de herederos del deudor, unificando personería- Publíquese sin cargo por cinco (5) días (Art. 132 del Código Fiscal). Rosario, 29 de Marzo de 2017. Dr. Pasotti, Prosecretario.

S/C 322330 May. 8 May. 10

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe notifica a COLUMBIA Y COMPAÑÍA S.R.L. (CUIT 30-68914242-3) en su carácter de titular de la cuenta de INGRESOS BRUTOS N° 021-278243-1, que en los autos caratulados: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/COLUMBIA Y COMPAÑÍA S.R.L. s/Apremio Fiscal; 21-00808988-1 (Expte. N° 1104/2015) se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice: N° 682 Rosario, 5 de abril de 2017. Y VISTOS: Los autos caratulados ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/COLUMBIA Y COMPAÑÍA S.R.L. s/Apremio Fiscal 21-00808988-1 (Expte. Nº 1104/2015. Resultando... Y Considerando:... Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra COLUMBIA Y COMPAÑÍA S.R.L. hasta tanto la actora se haga integro el cobro de la suma reclamada de pesos catorce mil ciento cinco con 73/100 ($ 14.105,73.-), con más los intereses indicados precedentemente. Costas a la demandada (art. 251 C.P.C.). Los honorarios se regularán una vez practicada la planilla correspondiente. Insértese y hágase saber”. FDO.: Dra. Mónica Klebcar - Jueza. - Dra. Marianela Godoy - Secretaria.- Publíquese sin cargo por cinco (5) días (art. 132 del Código Fiscal y art. 482 del C.P.C,). Rosario, Abril de 2017. Dra. Viele, Prosecretaria.

S/C 322346 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio; Expte. 138/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 4 de marzo de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E.138/15. Firmado: Dra. Dora Corrente - Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Nro.1127. Arroyo Seco, 27 de julio de 2015. AUTOS Y VISTOS: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (art.7 ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 6.585,31 más la suma de $ 3.292,65 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y/u Otros s/Apremio; Expte. 138/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. Por denunciado nuevo domicilio del demandado, practíquese en el las notificaciones que correspondan. (499). Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 1421. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y Vista: La impugnación deducida por la actora contra el auto Nº 1127 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el Art. 5 de la ley Nº 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicidad de plazos en la presente causa. Insértese, hágase saber y agréguese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS Y OTROS s/Apremio; Expte. 138/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Davini Juan Carlos y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0004557-38, lote 027, manzana 8, ruta 36. Secretaría, 10 de Abril de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322162 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GOROSITO CARLOS y Otros s/Apremio; E. Nº 533/15 que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de Setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2480/15 por no presentado. (23) Expte. 533/15. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 185. Arroyo seco, 3 de Marzo de 2016. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GOROSITO CARLOS y/u Ots. s/Apremio, E. 533/15. Resuelvo: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos Seis mil ciento uno con setenta centavos ($ 6.101,70) en concepto de capital con mas la suma de pesos Tres mil cincuenta con ochenta y cinco centavos ($ 3.050,85) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Gorosito Carlos, y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nº 0006310-00, Lote 006, manzana 003, ruta 21. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322158 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO y/u Otros s/Apremio; Expte. 129/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 4 de Marzo de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E. 129/15. Fdo. Dra. Dora Corrente, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Nº 1113. Arroyo Seco, 27 de julio de 2015. Autos y vistos: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (Art. 7 ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 3.262,22 más la suma de $ 1.631,11 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO y/u Otros s/Apremio; Expte. 129/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. (499). Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nº 1489. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y Vista: La impugnación deducida por la actora contra el auto Nº 1113 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el Art. 5 de la ley Nº 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y Considerando: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicidad de plazos en la presente causa. Insértese, hágase saber y agréguese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO J y Otros s/Apremio; Expte. 129/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Denis Ignacio J. y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0006729-00, lote 011, manzana b, ruta 36. Secretaría, 10 de Abril de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322160 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO y/u Otros s/Apremio; Expte. 130/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 4 de Marzo de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E.130/15. Firmado: Dra. Dora Corrente, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Nº 1112. Arroyo Seco, 27 de Julio de 2015. Autos y Vistos: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (Art. 7 ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 3.116,72 más la suma de $ 1.558,36 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO y/u Otros s/Apremio; Expte. 130/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. (499). Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nº 1512. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y Vista: La impugnación deducida por la actora contra el auto Nº 1112 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el Art. 5 de la ley Nº 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y Considerando: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicidad de plazos en la presente causa. Insértese, hágase saber y agréguese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DENIS IGNACIO J y Otros s/Apremio; Expte. 130/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado, Juez; Dra. Mariana Catanni, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Denis Ignacio J. y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0006728-00, lote 010, manzana b, ruta 36. Secretaría, 10 de Abril de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322161 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BUSTAMANTE NICOLÁS y/u Otros s/Apremio; Expte. Nº 655/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2684/15 por no presentado. (23). Expte. 655/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 319. Arroyo Seco, 7/03/2016. Vista: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BUSTAMANTE NICOLÁS y/u Otros s/Apremio; Expte. Nº 655/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos siete mil doscientos seis con doce centavos ($ 7.206,12) en concepto de capital, con mas la suma de pesos tres mil seiscientos tres con seis centavos ($ 3.603,06), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L 5066 y Arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (Art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Bustamante Nicolás y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004262-00, correspondiente al lote 018, de la manzana 005, de la ruta 01. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322157 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUGLIOTA SEBASTIAN y/u Otros S/Apremio; Expte. Nº 666/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2772/15 por no presentado. (23). Expte. 666/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 328. Arroyo Seco, 7/03/2016. Vista: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUGLIOTA SEBASTIAN y/u Otros s/Apremio; Expte. N° 666/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos seis mil quinientos setenta con cuarenta y siete centavos ($ 6.570,47) en concepto de capital, con mas la suma de pesos tres mil doscientos ochenta y cinco con veinticuatro centavos ($ 3.285,24), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L 5066 y Arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-, Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (Art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani, secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Gugliota Sebastián G y/o Sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004142-00, correspondiente al lote 026, de la manzana a, de la ruta 22. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322156 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/OJEDA FORTUNATO y/u Otros s/Apremio; Expte. Nº 669/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2775/15 por no presentado. (23). Expte. 669/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 330. Arroyo Seco, 7/03/2016. Vista: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/OJEDA FORTUNATO y/u Otros s/Apremio; Expte. Nº 669/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos seis mil novecientos treinta y uno con sesenta y siete centavos ($ 6.931,67) en concepto de capital, con mas la suma de pesos tres mil cuatrocientos sesenta y cinco con ochenta y cuatro centavos ($ 3.465,84), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L 5066 y Arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (Art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Ojeda Fortunato y/o Sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida o 004110-00, correspondiente al lote 024, de la manzana b, de la ruta 22. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322155 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/HERNANDEZ LUIS C y/u Otros s/Apremio; E. NRO. 670/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2776/15 por no presentado. (23) Expte. 670/15. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 329. Arroyo seco, 7 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/HERNÁNDEZ LUIS C y/u Ots. s/Apremio, E. 670/15. Resuelvo: 1.- Agregar la boleta acompañada. 2.- Admitir la demanda y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Encontrando en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos Cinco mil ochocientos cincuenta y siete con cuatro centavos ($ 5.857,04) en concepto de capital con mas la suma de pesos dos mil novecientos veintiocho con cincuenta y dos centavos ($ 2.928,52) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicara este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos, del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Hernández Luis C. y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nº 0004108-00, Lote 005, manzana 001, ruta 13. Secretaria, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322154 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ACURSI MONICA y Otros s/Apremio; E. NRO. 633/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2647 por no presentado. (23) Expte. 633/15. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 206. Arroyo seco, 3 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ACURSI MONICA y/u Ots. s/Apremio, E. 633/15. Resuelvo: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cinco mil doscientos cincuenta y tres con sesenta y un centavos (SS.253,61) en concepto de capital con mas la suma de pesos dos mil seiscientos veintiséis con ochenta centavos ($ 2.626,80) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. ACURSI MONICA D. DE y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nº 0006860-00, Lote 018, manzana B, ruta 46. Secretaria, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322153 May. 8 May. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COMBA JOSÉ y Otros s/Apremio; E. Nro. 649/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de Setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2678/15 por no presentado. (23) Expte. 649/15. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 169. Arroyo seco, 3 de marzo de 2016. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COMBA JOSÉ M y/u Ots. s/Apremio, E. 649/15. Resuelvo: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5.- Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos tres mil novecientos setenta y uno con sesenta y nueve centavos ($ 3.971,69) en concepto de capital con mas la suma de pesos un mil novecientos ochenta y cinco con ochenta y cinco centavos ($ 1.985,85) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Comba José M. y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nº 0006873-00, Lote 007, manzana A, ruta 46. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 322152 May. 8 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de QUILES, MARTA SUSANA - DNI. Nº 5.448.694 - para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C. Civil) - (Expte: CUIJ: 21-02879205-8). Rosario, 28 de Abril de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 45 322247 May. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados GÓMEZ TEÓFILO s/Declaratoria de herederos, Expte. 21-02875373-7, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Gómez Teofilo (DNI 4.885.867), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Mayo de 2017. Jorgelina V. Anzoategui, prosecretaria.

$ 45 322329 May. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados FARGIONI JORGE OMAR s/Sucesorio; Expte. 21-02878127-7, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Fargioni Jorge Omar (D.N.I. 11.099.218), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Mayo de 2017. Jorgelina V. Anzoategui, Prosecretaria.

$ 45 322328 May. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados DÍAZ EMILIO NICASIO s/Declaratoria de herederos; Expte. 1029/2005, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Fargioni Jorge Omar (LE. 3.743.376), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Mayo de 2017. Jorgelina V. Anzoategui, prosecretaria.

$ 45 322327 May. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), dentro de los autos caratulados: GONZALEZ MARIA ELENA s/Sucesión Testamentaria; Expte. 21-02871532-0, llama a los herederos, acreedores o legatarios de González María Elena (D.N.I. 5.510.496), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Mayo de 2017. Jorgelina V. Anzoategui, prosecretaria.

$ 45 322326 May. 8

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, Dr. Iván D. Kvasina, llama a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. INÉS GUILLERMA SILVA y OSVALDO OLIVA, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días de su publicación. Todo dentro de los autos caratulados SILVA INÉS GUILLERMA Y OTROS s/Sucesorio; (Expte. N° 21-02876039-3). Rosario, 22 de Marzo de 2017.

$ 45 322347 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los caratulados: ZANINI, ALBERTO y Otros s/Sucesorio; 21-02878505-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña Esmeralda Jesús Nieto, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 28/04/2017. Eliana G. Monteporzi, prosecretaria.

$ 45 322341 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los caratulados: ESPINOSA, JUAN CLAUDIO s/Declaratoria de Herederos; 21-02879127-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Juan Claudio Espinosa, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 28/04/2017. Eliana G. Monteporzi, prosecretaria.

$ 45 322342 May. 8

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, Dr. Iván D. Kvasina, llama a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Luis Osvaldo Oliva, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días de su publicación. Todo dentro de los autos caratulados: OLIVA, LUIS OSVALDO s/Sucesorio, Expte. Nº 21-02877041-0). Rosario, Abril de 2017. Dr. Cossovich, Secretaria.

$ 45 322348 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quiroga (Juez), Secretaria de la Dra. Lorena González, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor Francisco Cassaniti, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del Tribunales.- Autos “CASSANITI, FRANCISCO s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 824/96. Rosario, 02 de Mayo de 2017. Dra. Lorena González (Secretaria).

$ 45 322352 May. 8 May. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados “LOMBARDO, NOEMI ROSA MAURA s/Sucesorio”, Expte. Nº 21-02879022-5 (306/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Noemí Rosa Maura Lombardo, D.N.I. Nº 3.029.461 por el termino de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 02 de Mayo de 2017.

$ 45 322289 May. 8 May. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. María Andrea Mondelli, se hace saber que en los autos caratulados “CAMPORINI, CARMEN ISOLINA y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 21-02877141-7, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Oscar Rosendo González, D.N.I. N° 3.674.862 y Carmen Isolina Camporini, D.N.I. Nº 1.514.572, por el término de 1 día para que dentro de los 30 días siguientes comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Araceli Nuria Stefanelli, Secretaria. Rosario, 02 de Mayo de 2017.

$ 45 322287 May. 8

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Hago saber que ante el Juzgado de Distrito de Primera Instancia Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Kvasina Iván (Juez) Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) dentro de los autos: “MARCOS JOAQUÍN y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ: 21-002875910-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Nélida Hilda Santestevan, L.C.:3.962.304, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer sus derechos en los autos “MARCOS JOAQUÍN y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ: 21-002875910-7. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Monteporzi, Prosecretaria.

$ 45 322340 May. 8

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Hago saber que ante el Juzgado de Distrito de Primera Instancia Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Kvasina Iván (Juez) Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) dentro de los autos “MARCOS JOAQUÍN y Otros s/Declaratoria de herederos” Expte. CUIJ: 21-002875910-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Joaquín Marcos, D.N.I.: 6.010.646, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer sus derechos en los autos “MARCOS JOAQUÍN y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ: 21-002875910-7. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Monteporzi, Prosecretaria.

$ 45 322339 May. 8

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretaría de la Dra. Sandra S. González, se hace saber que en los autos caratulados “AGOSTONI, ELISEO J. s/Prescripción” - (Expte Nº 63/2011), se ha dictado la siguiente providencia: “Casilda, 27 de marzo de 2017. Informando verbalmente el actuario en este acto que los herederos de Juan José Aluani, no han comparecido a estar a derecho, decláreselos rebelde prosiguiendo el juicio sin su representación. Agréguense los edictos acompañados con certificación de la actuaria. Notifíquese por edictos en el BOLETÍN OFICIAL.- (Expte. No 63/11).- Fdo: Gerardo A. M. Marzi (Juez) - Dra. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, 19 de Abril de 2017. Fdo: Dra. Sandra S. González, Secretaria Subr.

$ 99 322282 May. 8 May. 10

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 7 en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Casilda, llama, cita, emplaza a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por los causantes Lirio Domingo Brandetti (LE N° 6.162.870) y Nely Marta Rossi (DNI Nº F 2.833.569), por 30 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense los edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL. (Autos: BRANDETTI LIRIO DOMINGO - ROSSI NELY MARTA s/Sucesiones (Expte. N° 751/2016). Casilda, 17 de Abril de 2017. Dra. González, Secretaria Subr.

$ 45 322284 May. 8

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, Secretaria del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MARÍA AMELIA CAMPOS y de JOSÉ LORENZO CANO para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Dr. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 322290 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ERNESTO ALFREDO ALONSO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Dr. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 322292 May. 8

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Cañada de Gómez, el Secretario que suscribe cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de TERESA CORNERO para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Autos “CORNERO, TERESA s/SUCESIÓN”, Expte. N° 203/17. Cañada de Gómez, 26 de abril de 2017. Dr. Mariano Navarro, Secretario.

$ 45 322295 May. 8

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Águeda Orsaria, Secretaria Subrogante Dra. Melisa Peretti, en los autos caratulados AMOROS OSCAR s/Quiebra; Expte. N° 363/05, informa que se ha dictado lo siguiente: Nº 95 Villa Constitución, 10 FEB 2017. Vistos y Considerando:... Resuelvo: 1) Tener por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos. 2) Regular los honorarios profesionales del Sindico CPN Norberto Oscar Coscarella en la suma de $ 132.258,77 (pesos ciento treinta y dos mil doscientos cincuenta y ocho con setenta y siete centavos), estableciendo a su cargo los honorarios de su letrado patrocinante Dr. Juan Pedro Saggiorato en la suma de $ 39677,63 (pesos treinta y nueve mil seiscientos setenta y siete con sesenta y tres centavos). 3) Regular los honorarios del letrado del acreedor peticionante de la quiebra, Dr. Miguel Angel Vergara en la suma de $ 14.695,41 (pesos catorce mil seiscientos noventa y cinco con cuarenta y un centavos) con vista a las cajas respectivas. 4) Remitir los autos a la Alzada de conformidad con el art. 272 de la Ley 24.522. 5) Ordenar la publicidad del Proyecto de Distribución y la regulación de honorarios por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Expte. Nº 363/05 (Fdo.) Dra. Águeda Orsaria (Jueza), Dra. Melisa Peretti (Secretaria Subrogante). Villa Constitución, 26 de Abril de 2017.

S/C 322299 May. 8 May. 10

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 9 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luís Alberto Cignoli, Juez; Secretaría a cargo de la Dra. Luciana Parenti, en autos SANCHEZ, NESTOR LEON c/SUC. de BRUNETTA, YOLANDA R. s/Escrituración; (1155 año 2016), se ha ordenado lo siguiente Rufino, 16 de Marzo de 2017. Informada verbalmente la Actuaría en este acto que los herederos de la demandada no han comparecido a estar a derecho, déseles por decaído el derecho dejado de usar y haciéndose efectivos los apercibimientos decretados decláreselos rebeldes. Notifíquense por edictos. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL por 2 días. Rufino, 6 de Abril de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 322191 May. 8 May. 12

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En los autos caratulados: FERNANDEZ, AMANDA BEATRIZ c/RAPALINI, IDA JORGELINA s/Desalojo; Expte. Nº 623 - Año 2009, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Rufino (SF), a cargo del Dr. Luis Cignoli, Secretaría de la Autorizante, se ha dispuesto Citar por edictos a los herederos y/o sucesores y/o quien se considere con derecho respecto de la Extinta señora Ida Jorgelina Rapalini, demandada de autos, por el término de 5 días, y conforme lo establecido por el Art. 597 del CPCCSF.; a los efectos de su comparendo. Rufino, 22 de Marzo de 2017. Fdo: Dr. Luis Cignoli, Juez. Fdo: Dra. Luciana Parenti, Secretaria.

$ 45 322331 May. 8 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 9 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luís Alberto Cignoli, Juez; Secretaría a cargo de la Dra. Luciana Parenti, en autos PECHE, GLADYS s/Sucesorio; (2525 año 2016), se ha ordenado citar, llamar y emplazar a todas las personas que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Gladys Peche, para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de Ley. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL. Rufino, 3 de Abril de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 322192 May. 8 May. 12

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 9 en lo Civil Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría a cargo del Dra. Luciana Parenti (Subrogante), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de doña PIERGIOVANNI JUANA ESTHER, a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimiento de ley. Expte. N° 76/17. Rufino, 29 de Marzo de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 322067 May. 8 May. 12

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dra. Analía Irrazabal, Secretaría del Dr. Leandro Carozzo, en los autos caratulados BARON, ELENA BEATRIZ s/Sucesión; Expte. Nro. 311/17, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Baron, Elena Beatriz, DNI. N° 11.101.686, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Melincué, 21 de Abril de 2017. Dr. Carozzo, Secretario.

$ 45 322127 May. 8 May. 12

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Distrito N° 8, a cargo del Dra. Analía Irrazábal, Secretaría a cargo de la Dr. Leandro Carozzo, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña RODOLFO POPPITI para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos ante este Tribunal en autos POPPITI RODOLFO s/Sucesión - Expte. Nº 370/17. Melincué, 2 de Mayo de 2017. Dr. Carozzo, Secretario.

$ 45 322280 May. 8

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de RAPOSO NORMA GLADIS, DNI Nº 02.386.031 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley. Melincué, 6 de Diciembre de 2016. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 322017 May. 8 May. 19

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de TORTA ANGEL OMAR, DNI Nº 6.107.633 y ROSALES NELIDA ELSA, DNI Nº 1.107.592, para que comparezcan a nacer valer sus derechos, dentro del término de ley. Melincué, 2 de Noviembre de 2016. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 322015 May. 8 May. 19

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de FERRARI MIGUEL DINO, DNI Nº 4.732.662, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley. Melincué, 18 de Noviembre de 2016. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 322012 May. 8 May. 19

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 8 de Melincué, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios del Sr. Herminio Arriola, por diez (10) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Melincué, 7 de Abril de 2017. Leandro Carozzo, secretario.

$ 45 321957 May. 8 May. 19

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La Sra. Juez Subrogante del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 8 de Melincué, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios de Sr. JOSE LUIS GARAVAGLIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de diez (10) días. Melincué, 10 de Abril de 2017. Leandro Carozzo, secretario.

$ 45 321956 May. 8 May. 19

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Por disposición del Juzgado de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral con asiento en Melincué se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de doña Antonia Di Loreto, para que hagan valer sus derechos en término y forma. Autos caratulados: DI LORETO ANTONIA ISABEL s/Sucesión; Expte. Nº 1516/2016. Melincué, 11 de Abril de 2017. Fdo. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 322005 May. 8 May. 12

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Familia de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Nancy V. Grasso, Secretaría de la Dra. Jorgelina V. Daneri, en autos caratulados PIZARRO, MARÍA LUCIA c/PIZARRO, GUILLERMO ENRIQUE s/Supresión de Apellido Paterno; (Expte. Nº 351/2015), se hace saber a los terceros interesados, que en los autos de referencia se ha dictado la Resolución N° 653 de fecha 15 Junio 2016, cuya parte pertinente se transcribe: Autos y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Ordenar la producción de informes y publicación de edictos previstos por el Art. 17 de la Ley Nº 18.248. 2) Solicitar a la actora la presentación de testigos a fin de que depongan en relación con los hechos invocados en la misma. 3) Insértese, hágase saber. Fdo: Dra. Nancy V. Grasso (Jueza), Dra. Jorgelina V. Daneri (Secretaria). Autos: PIZARRO, MARÍA LUCIA c/PIZARRO, ENRIQUE GUILLERMO s/Supresión de apellido paterno” (Expte. Nº 351/2015). Secretaría, 17 de Abril de 2017. Dra. Daneri, Secretaria.

$ 53 322110 May. 8 May. 12

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Por disposición de la Jueza del Juzgado Civil y Comercial de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso Jueza, Dra. Andrea Chaparro, Secretaria, dentro de los autos caratulados COOPERATIVA DE OBRAS SANITARIAS Y SERVICIOS ANEXOS DE VENADO TUERTO c/FUMAGALLO, JULIO F. s/Apremio; (Expte. Nº 1457/12), se ha dispuesto publicar el siguiente decreto: Nro. 943; Venado Tuerto, 26 de Agosto de 2016: Y Vistos: Los presentes autos caratulados: COOPERATIVA DE OBRAS SANITARIAS Y SERVICIOS ANEXOS DE VENADO TUERTO c/FUMAGALLO, JULIO F. s/Apremio; (Expte. Nº 1457/12), Y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales por los trabajos realizados en autos al Dr. Manuel C. Herbas en 1,40 Unidades Jus, equivalentes a la suma de $ 1.940,40. La presente regulación a partir de los 30 días de su notificación devengará un interés del 6% anual hasta efectivo pago (Conf. Acuerdo Nro. 263 de fecha 25/08/2014 en López Sauqye A.E. s/Solicita Regulación de Honorarios; Expte. Nro. 265/2013- Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto. Vista a la Caja Forense. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. María Celeste Rosso, Jueza, Dra. Andrea Chaparro, Secretaria. Venado Tuerto, 21 de Diciembre de 2.016.

$ 55 322252 May. 8 May. 12

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A los efectos legales que hubiere lugar se hace saber que en los autos caratulados: SINDICATURA EX BID C.L. s/Quiebra de Incidente de Realización de Cartera N° 16 - N° 792/2016, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de esta ciudad, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, se ha dispuesto, mediante Resolución Judicial N° 116 de fecha 06 de Marzo de 2017, llamar a mejoramiento de oferta para la ADQUISICIÓN del siguiente bien: Descripción: cartera activa de créditos cuya composición consta en el CD rotulado como Venta de Cartera Activa 16-1 Juzgado, que se encuentra reservado en Secretaria de este Juzgado. Precio Base Ofrecido: $ 50.000 (pesos cincuenta mil). Forma de Pago: de contado dentro de los 10 días corridos siguientes a la comunicación de la preadjudicación. Recepción de Ofertas: En Sede de Sindicatura Concursal, calle Brown 1744 de la Ciudad de Venado Tuerto (CP 2600), en días hábiles de 8,30 hs. a 12 hs. en sobre cerrado, hasta el día 16 de Mayo de 2017, a las 10,00 horas, debiendo reclamar constancia de recepción. La apertura de sobres se realizará el día de cierre, en la sede de la Sindicatura Concursal, y a continuación de ese acto. En caso de resultar necesario, se efectuarán las Rondas Complementarias de Mejoramientos de Ofertas, con la presencia de todos los oferentes habilitados a participar del proceso. Se computarán únicamente las ofertas efectiva y materialmente recibidas en término. Las ofertas deberán ser presentadas en formulario oficial provisto por la Sindicatura, acompañadas de un ejemplar del PLIEGO (firmado por el oferente), con constancia de su adquisición. Valor del Pliego: $ 3.000 (Pesos tres mil). Ofertas: Sólo se aceptará una (1) oferta por cada oferente. Días y horas de consultas: A acordar con la Sindicatura. Mayores datos: a los Tel. (03462) 432234 - 420291, Fax (03462)420768. La adjudicación provisoria será comunicada por la Sindicatura dentro de los cinco días hábiles siguientes al de cierre de recepción de ofertas (o de último acto de mejoramiento), exclusivamente al adjudicado, sin dar derecho a reclamo alguno a los terceros oferentes, y se tendrá por definitiva una vez aprobada por el Juez de la Quiebra. Se deja constancia que el presente estará exento del previo pago de aranceles y sellado y será sin cargo en virtud de lo estipulado por el artículo 182 de la Ley 24.522. Venado Tuerto, 27 de Abril de 2017. Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

S/C 322307 May. 8 May. 12

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, Juez, y Secretaria del Dr. Walter Bournot, se hace saber que en los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE c/OJEA MARCELO DAMIÁN s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 93/15 en trámite por ante este mismo Juzgado se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 18 de Abril de 2017. Proveyendo cargo N° 3524/17: Informando en este acto el Actuario que la parte demandada no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada según edicto que se adjunta y se agrega, previa certificación del Actuario, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos conforme lo ya ordenado. (Expte. N° 93/15). Fdo. Dr. Federico Bertram, Juez; Dr. Walter Bournot, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Venado Tuerto, 27 de Abril de 2017. Dr. Bournot, Secretario.

$ 33 322322 May. 8 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Familia de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Nancy V. Grasso, Secretaría de la Dra. Jorgelina V. Daneri, en autos caratulados PIZARRO, MARÍA LUCIA c/PIZARRO, GUILLERMO ENRIQUE s/Supresión de Apellido Paterno; (Expte. Nº 351/2015), se hace saber a los terceros interesados, que en los autos de referencia se ha dictado el siguiente decreto: Venado Tuerto, 16 Abril 2015. Proveyendo escrito cargo Nº 1919/15: Por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que acompaña y se agrega. Por iniciada la demanda de supresión de apellido paterno, que se tramitará por vía de juicio ordinario. Emplácese a la demandada a esta a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la documental que acompaña. A lo demás oportunamente. Notifíquese por cédula. (Expte. N° 351/15). Fdo. Dra. Nancy V. Grasso (Jueza), Dra. Jorgelina V. Daneri (Secretaria). Autos: PIZARRO, MARÍA LUCIA c/PIZARRO, ENRIQUE GUILLERMO s/Supresión de apellido paterno; (Expte. Nº 351/2015). Secretaría, 17 de Abril de 2017. Dra. Daneri, Secretaria.

$ 53 322108 May. 8 May. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y comercial de Distrito de Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, Secretaria a cargo del Dr. A. Walter Bournot, en autos caratulados: BERNABEI HUGO N. y Otros c/Sucesión de Domingo C. Kuscich y Otros s/Demanda Ordinaria (Expte. 286/2016) se notifica a los demandados, herederos de Domingo Carmen Kucich, L.E. 6.123.193 que mediante decreto de fecha 29 de Marzo de 2017 se los ha declarado rebeldes atento que no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, debiendo proseguir el juicio su representación. Fdo. Dra. María Celeste Rosso, Juez En Suplencia. Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

$ 45 322349 May. 8 May. 12

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Andrea Chaparro, en autos caratulados: Eggimann Enrique s/Sucesión; (Expte. Nº 836/2016), se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Eggimann Enrique, DNI Nº 10.427.388, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Venado Tuerto, 25 de Abril de 2.017. Dra. María Celeste Rosso, Secretaria de la Dra. Andrea Chaparro.

$ 45 322114 May. 8 May. 12

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría del Dr. Walter Bournot, en autos caratulados: GARCÍA, ODULIO ANTONIO s/Sucesión; (Expte. 842/2016), se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Odulio Antonio García, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Venado Tuerto, 17 de Abril de 2.017. Dr. Federico G. Bertram, Secretaría del Dr. Walter Bournot.

$ 45 322113 May. 8 May. 12

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Por disposición del señor Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro. 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez; Dra. Andrea Chaparro, Secretaria; dentro de los autos caratulados BEZMALINOVICH, JUAN ALFONSO s/Sucesión; (Expte. 119/2017); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. Bezmalinovich, Juan Alfonso, D.N.I. Nº 6.112.808, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 25 de Abril de 2017. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 45 322104 May. 8 May. 12

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