picture_as_pdf 2017-05-08

NEW PACK S.R.L.


CONTRATO


El que suscribe Luciano Martín Ferrari, comunica la constitución de NEW PACK S.R.L., que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera: La Sociedad girará bajo la razón social NEW PACK S.R.L.

Segunda: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Tercera: El término de la duración se fija en noventa y nueve años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Cuarta: El Capital Social se fija en la suma de $ 250.000.- dividido en 250 cuotas de valor nomina $ 1.000.- cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El Sr. Luciano Martín Ferrari, el 50% (cincuenta por ciento) del capital social, es decir: 125 cuotas de valor nominal $ 1.000.- o sea $ 125.000.- (pesos ciento veinticinco mil) Matías Fabio Ferrari, el restante 50% (cincuenta por ciento) con 125 cuotas de valor nominal $ 1.000.-, o sea S 125.000.- (pesos ciento veinticinco mil).

Los socios integran en este acto y en dinero en efectivo, según boleta del Banco Provincia de Santa Fe que se adjunta el 50% del capital social, o sea la suma de $ 125.000.- (pesos ciento veinticinco mil), y el 50% (cincuenta por ciento) restante o sea $ 125.000.- (pesos ciento veinticinco mil) se integrarán en efectivo dentro del primer año computados a partir de la fecha del instrumento.

Quinta: La sociedad tendrá por objeto la venta de toda clase de elementos de cotillón y descartables, artículos de librería y embalaje, artículos de repostería, por mayor y por menor.

Sexta: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes. El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes al giro social estarán a cargo del/los gerentes en forma indistinta, quienes actuando obligan a la Sociedad, debiendo hacerlo con la firma particular, debidamente aclarada, precedida por la denominación New Pack S.R.L, que se estampará en sellos, sin cuyo requisito carece de valor alguno. Tienen todas las facultades para celebrar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los art. 375 del Código civil y 9 del Decreto ley 5965/63. Los Gerentes depositarán en la Sociedad en concepto de garantía la suma de $ 5.000.- (Pesos cinco mil). El mandato es ilimitado.

Séptima: La Sociedad podrá vender, permutar, ceder, transferir, donar y en cualquier causa o razón, toda clase de bienes y/o derechos reales sobre los mismos, muebles, semovientes, títulos de créditos, derechos y acciones, formar parte de otras sociedades de cualquier naturaleza, fusionarse o participar en ellas en calidad de socios, accionistas u otras formas. Formalizar prendas con registro, designar representaciones en cualquier lugar del país o del exterior, patentar inventos y/o registrar insignias comerciales o industriales, toda clase de operaciones con instituciones oficiales o privadas.

Octava: Los gerentes quedan facultados para actuar antes los Bancos y todas las demás instituciones de créditos, ya sean oficiales o privadas. El mandato para administrar comprende todas las facultades de ley, encontrándose entre las mismas las siguientes: a) Ejercer la representación legal de la Sociedad. B) Administrar los bienes o negocios, pudiendo: comprar, vender, importar, exportar, permutar y en general transferir bienes muebles e inmuebles, frutos y productos y mercaderías, a plazo o al contado con garantías reales, personales o sin ellas. C) Tomar y dar dinero en préstamo con garantía hipotecaria, prendaria, personal o sin ella. D) Gestionar toda clase de créditos que requiera la marcha de los negocios sociales. E) Cancelar, librar, dar obligaciones en dinero o en especies dadas en garantía o adeudados a la sociedad. F) Abrir cuentas corrientes en los bancos nacionales, provinciales, municipales, particulares, extranjeros, depositar fondos y valores, librar cheques, emitir, negociar, descontar toda clase de documentos comerciales ya sea como librador, aceptante o endosante, solicitar o aceptar créditos en cuentas corrientes y/o en otras formas, ya sea de las misma instituciones oficiales o con particulares. G) Entablar las gestiones y/o acciones que corresponda ante los Tribunales, autoridades o reparticiones nacionales, provinciales o municipales, de cualquier fuero o jurisdicción por si, o por medio de apoderados, confiriendo a tal efecto los poderes generales o especiales respectivos. H) Celebrar contratos de locación de inmuebles rurales o urbanos o de muebles, actuando la sociedad como locadora o locataria y por los precios y plazos que consideren convenientes: celebrar contratos de locación de servicios y obras, tomando y despidiendo el personal necesario y establecer sus funciones y remuneraciones, se deja constancia que los gerentes quedan facultados para realizar todo y cada uno de los actos u operaciones autorizados por las leyes civiles y comerciales, gestiones y diligencias que fuera menester para el mejor cumplimiento de su mandato y la marcha de los negocios sociales.

Novena: La sociedad cerrará ejercicio el 31 de diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance general con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento y como así también, un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance General por intermedio de los gerentes se convocará a reunión de socios fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento de la forma que prevee la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el balance se considera automáticamente aprobado si dentro de diez días corridos a contar de la fecha fijada para la reunión de socios no fuera objetado por la mayoría el capital social, objeciones que en tal caso deben efectuarse por escritos fundados. El balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte días de cerrado el ejercicio y puesto a consideración de los socios, con quince días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de ellas se destinará el 5% (cinco por ciento) a la constitución de la Reserva legal, hasta que la misma alcance el 20(veinte por ciento) del capital social. Podrá constituirse otras reservas facultativas que los socios decidan inmovilizar dentro de los términos del art. 70 de la ley 19550. Salvo por lo dispuesto por el art. 71 de la misma, para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares.

Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargaran a las reservas especiales y en su defecto a la reserva legal en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta ser cubierto por futuras utilidades teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19550- Las pérdidas de capital que insume el capital social, importará la disolución de la sociedad si los socios no acuerdan reintegro.

Décima: los socios podrán recibir una remuneración en la medida que presten servicios a la sociedad y también podrán realizar retiros en cuenta particular, en la forma que dispongan de común acuerdo.

Décimo Primera: La Sociedad se disuelve por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19550, en tal caso la liquidación se practicará por los socios, salvo que los mismos por unanimidad resuelvan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los art. 101 al 112 de la ley 19550, e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo se distribuirá entre los socios en proporción a sus respectivos capitales.

Décimo Segunda: Las cuotas de capital no podrán ser cedidas a terceros ajenos a la sociedad, sino con el voto favorable de los socios restantes. Los socios que se proponen ceder sus cuotas a terceros deberán comunicar por medio fehaciente a la Gerencia y a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia, en la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la sesión y forma de pago.

Décimo Tercera: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, el restante podrá optar por lo siguiente:

a)admitir a los herederos del fallecido en las mismas condiciones que el causante, salvo su calidad de Gerente, rigiendo para este supuesto lo establecido en el art. 55 de la Ley 19550. B) adquirir las cuotas de capital ajustado a las siguientes condiciones: 1) se practicará un revalúo total del activo, 2) se considerará el valor llave del mismo, 3) Se le abonará el haber resultante de la siguiente manera: en tres cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las dos restantes a los noventa y ciento veinte días respectivamente debidamente actualizadas, con el interés fijado por el Banco Nación Argentina, para operaciones de descuento de documentos, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna de las utilidades o beneficios sociales con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, exclusión, etc.; el representante de los herederos podrá no ser de la sociedad. En caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos podrá comunicarse a la sociedad en el término de diez días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento de esta comunicación se entenderá su decisión de continuar en la sociedad en las condiciones fijadas en este artículo.

DÉCIMA CUARTA: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos, y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, serán sometidas a la decisión de los Tribunales ordinarios, correspondiente al domicilio legal de la sociedad a cuyo estricto cumplimiento se someten las partes expresamente, renunciando a cualquier otro fuero de excepción, incluso el federal si pudiera corresponder.

DÉCIMA QUINTA: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios gerentes, quienes en cualquier momento podrán efectuar por si o por el profesional especializado que designen, la revisión de las registraciones contables de los comprobantes que le dieron origen y de cualquier otra documentación inherente a la sociedad que estimen necesaria.

DECIMA SEXTA: En todo lo que no estuviere previsto en este contrato, regirán las disposiciones de la Ley Nº 19550 y las del Código de Comercio o Civil en su defecto, sin perjuicio de las leyes complementarias referentes a la materia.

Décima Séptima: De la Reunión de lo Socios: Los socios se reunirán en forma mensual en el domicilio de la Sociedad y las resoluciones sociales se adoptaran en la forma dispuesta por el art. 160 de la Ley 19550 con sujeción a las cláusulas que anteceden, las partes dejan formalizado el presente contrato de sociedad de responsabilidad limitada y se obligan a la estabilidad y firmeza de lo convenido.

Previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un solo tenor y aun solo efecto, en el lugar y día arriba mencionados.

a) Establecer el domicilio social en la calle Darragueira 2571, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

b) Designación del cargo de Socio Gerente del Señor: Luciano Martín Ferrari, argentino, nacido el 02 de marzo de 1990, comerciante, titular del documento nacional de identidad nº 35.146.315, soltero, domiciliado en Darragueira 2571 de Rosario, CUIT 20 35146315

$320 322137 May. 8

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CABAÑAS CAYASTA S.A.


CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL


Por estar así dispuesto, en autos caratulados. “CABAÑAS CAYASTA S.A. s/cambio de denominación social por Florybe S.A. (Mod. art. 1) y designación de autoridades”, expte.539, Folio/2017, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que según Acta de Asamblea extraordinaria de fecha 8 de Noviembre de 2016, se resuelve el cambio de la razón social a FLORYBE S.A., por lo que se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales, como sigue: Artículo 1º: La sociedad se denomina FLORYBE S. A. con domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe, y es continuadora jurídica de Cabañas Cayastá S.A.-“ Asimismo, en Asamblea de fecha 11 de Octubre de 2016 se designan los siguientes directores de la sociedad: como directores titulares al Sr. Horacio Domingo Rolón, DNI 8.467.269, Argentino, mayor de edad, casado, comerciante, con domicilio en calle Belgrano N° 3198, de esta Ciudad de Santa Fe y a la Sra. Angela Manuela Pamater, DNI. 11.790.187, Argentina, mayor de edad, casada con Horacio Domingo Rolón, Contadora Pública Nacional, con domicilio en calle Belgrano N° 3198, de esta ciudad de Santa Fe, y como directores suplentes a los Señores María Lorena Rolón, DNI. 26.289.670, Argentina, mayor de edad, viuda, Contadora Pública Nacional, con domicilio en calle Ruperto Pérez N° 2017, de esta ciudad de Santa Fe; Andrés Horacio Rolón, DNI. 27.320.088, Argentino, mayor de edad, casado con Mariana Mansutti, comerciante, con domicilio en calle San Jerónimo 3115, de esta ciudad de Santa Fe y Mariángeles Rolón, DNI. 36.266.444, Argentina, mayor de edad, soltera, estudiante, con domicilio en calle Belgrano N° 3198 de esta misma ciudad. En reunión de Directorio de fecha 12 de Octubre de 2016, resultan distribuidos los cargos de la siguiente forma: Presidente: Horacio Domingo Rolón, vicepresidente: Angela Manuela Pamater, vocales suplentes: María Lorena Rolón, Andrés Horacio Rolón y Mariángeles Rolón.

Santa Fe, 21 de Abril de 2016. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 96 322259 May. 8

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ELTETE ARGENTINA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “ELTETE ARGENTINA S.A. s/Designación de Autoridades Expte. 660/2016, se ha dispuesto la siguiente publicación: Por resolución de los socios de Eltete Argentina S.A. adoptada en asamblea general ordinaria de fecha 22-04-2016 y acta de directorio de fecha 04-05-2016 se ha designado para integrar el directorio a las siguientes personas: Presidente: Fernando Adrián Lattanzi, argentino, DNI Nro. 20.258.995, CUIT Nro. 20-20258995-3, de ocupación industrial, casado, nacido el 03-08-68, con domicilio en calle José Hernández Nro. 1953 de la dudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe: Vice-Presidente: Gustavo Adrián Ghisletti, argentino, DNI Nro. 17.435.993, CUIT Nro. 20-17435993-9, casado, de ocupación Ingeniero Industrial, nacido el 26-05-15, con domicilio en Arcos N° 3161, piso 4° A de la ciudad Autónoma de Buenos Aires; Tesorero: Oscar Ramón Andrés Bolatti, argentino, DNI Nro. 14.301.691 CUIT Nro. 23-14301691-9, Contador Público Nacional, casado, nacido el 03-05-61, con domicilio en calle Ascasubi Nro. 33 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe; Directores Suplentes; Carina Adriana Lattanzi, argentina, DNI 22.166.158, CUIT Nro. 27-22166158-9, casada, abogada, nacida el 18-11-71, con domicilio en Castellanos 1549 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Laura Isabel Lattanzi, argentina, DNI Nro. 17.964.425, casada, arquitecta, nacida el 01-08-66, con domicilio en Vélez Sarsfield 2217 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe y Marisa Rosana Lattanzi, argentina, DNI 17.321.092, CUIT Nº 27-17321092, casada, técnica en alimentos, nacida el 23/12/1964, con domicilio en Ascasubi 33 de la ciudad de Sunchales. Provincia de Santa Fe.- Rafaela,.21 de abril de 2017.- Gisela Gatti, secretaria.

$ 112 322335 May. 8

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UNIAGRO S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en autos caratulados “UNIAGRO S.A. s/Cambio de Domicilio”, según expediente N° 701 Año 2017, mediante reunión de directorio del 13 de Febrero de 2017, se ha resuelto el cambio de domicilio social y fiscal de Uniagro S.A. a el Club Campo de El Paso - Los Cardenales Lote 135 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe.

Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.

Santa Fe, 27 de Abril de 2017.- Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 322256 May. 8

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DOBLE FRÍO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados DOBLE FRÍO S.A. s/ Designación de Autoridades, CUIJ N° 21-05193464-1, Expte. Nº 116, Folio ... Año 2017, que se tramita por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de 1ª. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación de Santa Fe, se hace saber que los accionistas de la entidad han resuelto en Asamblea General Ordinaria del día 02 de Enero del 2017 la integración del nuevo Directorio como se detalla a continuación y quienes durarán en sus funciones 2 (dos) ejercicios:

Presidente: Srta. Mai, Ingrid Matilde, de apellido materno Kozol, argentina, soltera, mayor de edad, DNI: 30.609.260, CUIT N° 27-30609260-5, domicilio: Callejón Mocoví s/n km. 1.5, de la localidad de Colastiné Norte, Santa Fe, Provincia de Santa Fe.-

Director Suplente: Sr. Mai, Nicolás Alfredo, de apellido materno Kozol, argentino, soltero, mayor de edad, DNI 29.348.492, CUIT N° 23-29348492-9, domicilio Callejón Mocoví s/n km. 1.5, de la localidad de Colastiné Norte, Santa Fe, Provincia de Santa Fe.-

Santa Fe, 19 de Abril de 2017- Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 322306 May. 8

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UNIAGRO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “UNIAGRO S.A. s/Designación de Administradores”, Expte. N° 700, Año 2017, en trámite ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber a los fines de su inscripción en el mismo, que la firma designó nuevo directorio según acta de Asamblea del 30 de Septiembre de 2017, quedando el mismo como sigue: Sr. Diego Javier Schneir CUIT Nº 20-24292579-4, domiciliado en Las Heras 3041, piso 21 B, Santa Fe, como director titular y Presidente, Sr. Marcelo Alejandro Eschoyez CUIT N° 20-22291864-3, domiciliado en Bv. Iturraspe S/N° La Pelada Santa Fe, como director titular; y el Sr. Rodrigo Schneir CUIT Nº 20-26789230-0, domiciliado en Urquiza 1857, Santa Fe, como director suplente, quienes se desempeñarán en dichos cargos hasta cumplir con el mandato vigente que es hasta la asamblea que trate el cierre de balance del 31 de Agosto de 2018. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley. Santa Fe, 24 de Abril de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$45 322257 May. 8

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TRANSFUEL OIL S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “TRANSFUEL OIL S.R.L. s/Designación de Autoridades” Expediente Nro. 610/2017, que tramita por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber: que por acta de asamblea de fecha 16 de marzo de 2016 se ha resuelto designar socio gerente al sr. Fernando Pablo Buslowicz, con domicilio en Avda. Blas Parera 7395 de la ciudad de Santa Fe, DNI 20.167.258, Cuit 23-20.167.258-9, por el término de tres ejercicios, quedando facultado para realizar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social y en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo octavo del contrato social, obligando a la sociedad con su firma individual. Santa Fe, 12 de Abril de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$45 322338 May. 8

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GARMET S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “GARMET S.R.L. s/Modificación el Contrato Social, Expte. N° 692 Año 2017, de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber:

1. El señor Garnero Sergio Alberto, DNI N° 14.082.475, CUIT Nº 20-14082475-6, de 56 años de edad, argentino, nacido el 06 de mayo de 1960, de profesión comerciante, divorciado conforme sentencia dictada en autos “Aimaretti Ana María y Garnero Sergio Alberto s/divorcio vincular (Expte. N° 1196/2004), Resolución N° 394, Tomo II. Folio 258 a 263 del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe de fecha 30 de junio de 2005, con domicilio legal en calle Balcarce N° 254 de la ciudad de Gálvez, cede, vende y transfiere 1000 (un mil) cuotas de capital, totalmente suscriptas e integradas, que tiene y posee en la empresa Garmet S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe bajo el número 1607 al Folio 266 del libro 18 de SRL, el 27 de octubre de 2016, de valor nominal $100 cada una, al señor Aimaretti Ricardo José, DNI 12.929.889; CUIL N° 20-12929889-9; de 57 años de edad, argentino, nacido el 29 de abril de 1959, de” profesión Ingeniero Electrónico y Gerente General de Tadeo Czerweny S.A., casado en Primeras Nupcias con Margarita Elena Giorgis, con domicilio legal en calle Larrechea N° 207 de la ciudad de Gálvez, y éste acepta comprar.

2. Como consecuencia de la presente cesión se modifica la cláusula Quinta del contrato social quedando redactada de la siguiente manera: Capital Social: El capital Social se fija en la suma de Pesos cuatrocientos mil ($ 400.000,00.-) dividido en 4000 cuotas de valor nominal Pesos cien ($ 100.-) cada una, suscriptas e integradas en su totalidad por los socios en la proporción siguiente: Garnero Sergio Alberto, mil (1000) cuotas, equivalentes a Pesos Cien mil ($ 100.000.-); Garnero Diego Andrés, mil (1000) cuotas equivalentes a Pesos Cien mil ($ 100.000.-); Garnero Walter Dario, mil (1000) cuotas equivalentes a Pesos Cien mil ($ 100.000.-) y Aimaretti Ricardo José, mil (1000) cuotas equivalentes a Pesos Cien mil ($ 100.000.-). Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$135 322353 May. 8

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INDUSTRIA GRÁFICA

EDUARDO CHIOZZI S.A.


CAMBIO DE SEDE SOCIAL


Por estar dispuesto en los autos caratulados “INDUSTRICA GRÁFICA EDUARDO CHIOZZI S.A. s/Cambio de Sede Social” Expte. N° 662, Año 2017 que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio del Sr. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que:

Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 05 de Diciembre de 2001, punto 2) ha resuelto por unanimidad el cambio de domicilio legal de la sociedad al nuevo en calle Mitre 901 de Gálvez, Dpto. San Jerónimo, Provincia de Santa Fe. Santa Fe, 28 de Abril de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$45 322255 May. 8

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AGROPECUARIA LA ADELA S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORES


1) Fecha de la resolución de la sociedad que aprobó la designación de directores: 03 de Febrero de 2017.

2) Composición de los Órganos de Administración y Fiscalización: Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de seis miembros, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, con suplentes designados en igual o menor número y por el mismo plazo. Se designa un director titular y uno suplente. Presidente: Sr. Favio José Pirani. Director Suplente: Sr. José Juan Pirani. La fiscalización estará a cargo de todos los socios (se prescinde de la sindicatura).

3) Organización de la Representación Legal: la representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.

$45 322246 May. 8

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RUMBA S.R.L.


CONTRATO


De conformidad con lo previsto por el Art. 10 de la ley 19.550, se hace saber que por instrumento privado de fecha 24/04/17 con firma certificada ante Escribano Dr. Alfredo Brian Yorio, titular del Registro Nº 381 Las Rosas Santa Fe, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Rumba S.R.L.”

1) Socios: Juan Mariano Pietracupa, argentino, nacido el 12 de febrero de 1972, comerciante, DNI Nº 22.421.777, CUIT Nº 20-22421777-4, casado en primeras nupcias con Perandones Mario Teresa, con domicilio en Cerrito 663 de la ciudad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe; María Teresa Perandones, argentina, nacido el 29 de enero de 1973, empleada, DNI Nº 23.227.810, CUIT Nº 27-23227810-8, casada en primeras nupcias con Juan Mariano Pietracupa, domiciliada en Cerrito 663 de la ciudad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe; Juan Franco Pietracupa, argentino, DNI 37.253.466, CUIT 20-37253466-5, estado civil soltero, nacido el 17 de Mayo de 1992, con domicilio en Cerrito 663 de la ciudad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe, de profesión maestro

2) Fecha del instrumento de constitución: 24 de Abril de 2017.

3) Denominación: “Rumba Sociedad de Responsabilidad Limitada”

4) Domicilio social: Cerrito 663 de la ciudad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: 1- explotación de negocios de restaurante, bar, confiterías, salones de fiestas y/o eventos, locales bailables y discotecas; organización de reuniones y/o eventos sociales; tanto en locales propios como de terceros y todas las operaciones tendientes a la consecución del objeto social. 2- servicio de alquiler de inmuebles propios y/o de terceros para la realización de fiestas, convenciones y otros eventos similares.

6) Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000.-) dividido en treinta mil (30.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: el socio Juan Mariano Pietracupa suscribe diez mil (10.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una de ellas representativas de pesos cien mil ($ 100.000); la socia Mario Teresa Perandones suscribe diez mil (10.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una de ellas representativas de pesos cien mil ($ 100.000); el socio Juan Franco Pietracupa suscribe diez mil ( 10.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una de ellas representativas de pesos cien mil ($ 100.000).

Las cuotas se integran en un veinticinco (25%) por ciento en dinero efectivo cada socio en este acto, o sea, pesos veinticinco mil ($25.000) el Sr. Juan Mariano Pietracupa; pesos veinticinco mil ($25.000) la Sra. María Teresa Perandones y pesos veinticinco mil ($25.000) el Sr. Juan Franco Pietracupa.

En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de pesos setenta y cinco mil ($75.000) y el saldo de pesos doscientos veinticinco mil ($225.000) se comprometen a integrarlo, también en efectivo dentro del plazo de dos (2) años, computados desde la fecha del contrato social.

7) Plazo de duración: Noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

8) Administración, Dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma indistinta, socios o no, cuya duración en el cargo será por el término que dure el presente contrato pudiendo ser removidos con justa causa. Habiendo sido designados el Sr. Juan Mariano Pietracupa, la Sra. María Teresa Perandones y el Sr. Juan Franco Pietracupa como gerentes quienes usarán su propia firma con el aditamento de “socio/a-gerente”, precedida de la denominación social.

9) Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

10) Representación Legal: corresponde al Presidente.

11) Cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año.

$ 211,86 322258 May. 8

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JUNTAS ILLINOIS SACIFI


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Se hace saber por el término de 1 día que la sociedad Juntas Illinois S.A. ha procedido a la modificación de su estatuto por Asamblea Extraordinaria de fecha 9 de noviembre de 2015 por el cual se produjeron las siguientes modificaciones:

1) Denominación: La sociedad pasa a denominarse JUNTAS ILLIONIS SOCIEDAD ANÓNIMA.

2) Plazo de Duración: 50 años - Venciendo el 21/04/2066

3) Capital: $ 2.000.000 - 2.000.000 de acciones de valor Nominal $ 1 cada una.

4) Administración y Representación: Modificación Artículo Noveno: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un directorio de tres miembros. La asamblea debe designar suplentes en igual número que los titulares - Duración 3 ejercicios

5) Fiscalización: Artículo Vigésimo. Se suprimió la sindicatura con órgano de fiscalización y se dispuso el control individual de los socios. Asimismo se eliminó la referencia a la sindicatura en todos las cláusulas del estatuto que hacían referencia al mismo.

$45 322248 May. 8

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ARRAS S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “ARRAS S.R.L.” s/Contrato que se tramita bajo el CUIJ N° 21-05193952-9, Expte. N° 604, Folio ... Año 2017, que se tramita por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de la Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación de Santa Fe, se hace saber:

1) Razón Social: ARRAS S.R.L.

2) Integrantes de la sociedad: Señores Roberto José Raffa, argentino, nacido en Santa Fe el 17 de febrero de 1967, Documento Nacional de Identidad N° 18.144.939, empresario, CUIT N° 20-18144939-0, casado en primeras nupcias con María del Rosario Bonfanti, domiciliado en Zona Rural de Cululú, Provincia de Santa Fe; y Juan Manuel Arroyo, argentino, nacido el 02 de noviembre de 1959, divorciado. Documento Nacional de Identidad N° 13.589.929, CUIT N° 20-13589929-2, empresario, domiciliado en calle Obispo Gelabert Nº 3053, de la ciudad y Provincia de Santa Fe.-

3) Fecha del instrumento de Constitución: 23 de Marzo de 2017

4) Domicilio: Hipólito Irigoyen 3052 de la ciudad de Santa Fe.-

5) Plazo de Duración: Cincuenta años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.-

6) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto la construcción de inmuebles urbanos y/o rurales; elavoración, ejecución y/o construcción de proyectos inmobiliarios; construcción, reforma y reparación de obras de infraestructura inmobiliaria, incluyendo demoliciones, movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras de ingeniería civil e instalaciones para edificios y obras de todo tipo; así como también proporcionar servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico.-

7) Capital Social: $ 100.000,00 (Son Pesos: Cien mil con 00/100) en 100 cuotas de $ 1.000 cada una.

8) Administración y representación de la Sociedad: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de Roberto José Raffa y Juan Manuel Arroyo, quienes actuaran en forma separada o conjunta indistintamente y deberán suscribir sus firmas bajo la denominación “ARRAS S.R.L.”, revistiendo el carácter de Socio Gerente, podrán por asamblea, designar a personas que representen a esta Sociedad, estableciendo por asamblea unánime las facultades que se le otorgarán a las mismas y las limitaciones con las que podrán actuar.- Será necesaria la firma de al menos uno de los socio gerente con su sello aclaratorio, para representar la sociedad en todos los actos relacionados con el giro social con la única limitación de no utilizar la firma social para negocios ajenos al objeto social, no comprometerla en prestaciones a título gratuito, ni dar avales por operaciones extrañas a la sociedad:- Todos aquellos actos realizados por uno solo de los socios, deberá ser informado dentro de las veinticuatro horas al otro socio.-

9) Fiscalización: A cargo de todos los socios.-

10) Fecha de cierre del ejercicio: El ejercicio económico finalizará el 31 de Diciembre de cada año. Santa Fe, 19 de Abril de 2017.- Jorge E. Freyre, secretario.

$132 322308 May. 8

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PATAGÓN TECNOLOGÍA S.R.L.


CONTRATO


A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha cuatro de abril de 2017, Germán Daniel Argüelles, argentino, nacido el 19 de octubre de 1986, estado civil soltero, de profesión Consultor Tecnológico, domiciliado en calle Vicente de la Mata Nº 293 de la ciudad de Roldán, provincia de Santa Fe, titular del documento nacional de identidad Nro. 32.513.416, CUIT 20-32513416-0 y la señora Marisa Mariel Morrone, argentina, nacida el 3 de noviembre de 1.971, de estado civil casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Natali, de profesión Analista en administración de empresas, domiciliada en calle Alejandro G. Rosas N° 9.157 de esta ciudad, titular del documento nacional de identidad Nro. 22.244.857, CUIL: 27-22244857-9 han constituido una Sociedad de Responsabilidad Limitada que girará bajo la denominación de “Patagón Tecnología” S.R.L. Su domicilio legal ha sido fijado en jurisdicción de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y su sede social ha sido fijada en calle Montevideo 2840, Segundo Piso de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Su plazo duración es de 10 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de comercio. La sociedad tiene por objeto La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros, y/o asociados a terceros, con las limitaciones de la ley, dentro o fuera de la república Argentina, a las siguientes actividades: 1) Asesoramiento, comercialización, instalación, desarrollo y mantenimiento de equipos informáticos, electrónicos y comunicaciones; 2) prestación de servicios de seguridad y control mediante equipamiento electrónico, seguimiento satelital de personas y vehículos; 3) desarrollo, comercialización, alquiler y gestión de drones; 4) desarrollo de software y de componentes electrónicos relacionados; 5) otorgamiento y concertación de representaciones y/o distribuciones y/o franquicias dentro o fuera del país; 6) Domótica, 7) Importación y exportación de software y equipamiento relacionados al objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el presente, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.- La Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designándose como gerente en esta oportunidad al Señor -Germán Daniel Argüelles, titular del DNI 32.513.416. El ejercicio económico de la sociedad cierra el día 31 de diciembre de cada año. El capital social se fija en la suma de $ 250.000,00 (pesos doscientos cincuenta mil), representado por 25.000 (veinticinco mil) cuotas sociales de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, que los socios suscriben íntegramente en este acto

$95 322260 May. 8

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EL CERCO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario se ha dispuesto inscribir en ese el instrumento del 23.03.2017 de EL CERCO S.R.L. por el cual, el señor Marcos Daniel Torre, CUIT 20-12944369-4, nacimiento 11.02.1959, industrial, materno Tagliaferri, casado, Ituzaingo 820 Rosario cedió la totalidad de su participación a los otro socios, por partes iguales, Eduardo Fabián Torre, CUIT 20-14180920-3, 06.05.1961, divorciado, Pje. Storni 723 12° P; y Nilso Aníbal Torre, CUIT 20-16935268-3, 10.08.1964, Ituzaingo 824, casado; ambos argentinos, de profesión industrial, materno Tagliaferri.

Gerencia: Se designó a Eduardo Fabián Torre y Nilso Aníbal Torre, como nuevos gerentes, con representación indistinta. -

Prórroga: de la Sociedad, por 10 años a contar desde el vencimiento de su inscripción, es decir desde el 14 de junio de 2017.-

Rosario, 02 de mayo de 2017.-

$45 322354 May. 8

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ESTACIÓN NORTE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil y comercial nro. 1 a cargo del Registro Público de Comercio, en tomo a la sociedad denominada “Estación Norte S.R.L.” que fue constituida mediante contrato social inscripto en fecha 16/08/2011, al T° 162, F° 20.979, N° 1.394; modificación del 30/04/2013 inscripta al T° 164, F° 13.958, Nº 878 en fecha 14/06/2013; Cesión de cuotas de fecha 02/07/2013, inscripta al T° 164, F° 26.770, N° 1.694, en fecha 11/10/2013; y Cesión de cuotas de fecha 28/05/2014, inscripta al T° 167, F° 18.596, N° 1.211, en fecha 04/08/2016, todo inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario en la Sección Contratos, luego en fecha 25/10/2016, los socios Sergio Raúl Groisman, DNI n° 13.788.491, Ana Elda Lupich, DNI nº 4.420.801, Juan Carlos Guadagnini, DNI nº 27.864.803, Lara Lis Scavone, DNI n° 28.968.893 y Rubén Hugo Marangoni, DNI n° 8.444.945, (titulares del 80% del capital social) cedieron a favor de Leonardo Andrés Peiti, DNI n° 23.281.988, el sesenta por ciento (60%) del capital social, y a favor de Carlos Eduardo Díaz, DNI n° 31.116.354, el veinte por ciento (20 %) del capital social y los socios cedentes Sergio Raúl Groisman y Juan Carlos Guadagnini, que revestían el cargo de Socios gerentes de “Estación Norte S.R.L. “, formulan expresa renuncia al cargo desempeñado hasta la fecha 25 de Octubre de 2016, así como a los honorarios que por el ejercicio de tales funciones pudiesen corresponderles, siendo aprobada por los restantes socios cedentes la gestión realizada por ambos, y su renuncia al cargo; la que deberá ser notificada a la restante socia de la sociedad Nilda Amelia Pozzi que es titular del veinte por ciento (20%) restante de la sociedad , y ésta junto con los nuevos socios cesionarios designar los nuevos representantes de la Sociedad. En fecha veintisiete de Diciembre del 2016 el Sr. Carlos Eduardo Díaz, DNI n° 31.116.354 cede al Sr. Cristian Marcelo Liguori, DNI n° 22.908.002 el veinte por ciento ( 20%) del capital social de “Estación Norte S.R.L.”, con domicilio en calle Richieri N° 33 bis de Rosario, que el capital social esta fijado en la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000) dividido en doce mil (12.000) cuotas sociales de peso diez ($10) cada una, y se ha ordenado la publicación por el término de un día del siguiente aviso: 1. Cesión de cuotas sociales.

1. Cesión de cuotas sociales. El cedente Carlos Eduardo-Díaz, DNI nº 31.116.354 cede al Sr. Cristian Marcelo Liguori, DNI n° 22.908.002 el veinte por ciento (20%) del capital social de “Estación Norte S.R.L.” que asciende a dos mil cuatrocientas (2.400) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una, y que representa la suma de pesos Veinticuatro mil ($24.000). El precio único y total de la presente cesión es de pesos doscientos cuarenta mil ($240.000), abonados en el momento de la cesión en efectivo. En virtud de la presente cesión de cuota el capital social quedará compuesto de la siguiente manera, el capital social está fijado en la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000) dividido en doce mil (12.000) cuotas sociales de peso diez ($10) cada una de ellas, correspondiendo: a) al socio a) Cristian Marcelo Liguori; dos mil Cuatrocientos (2.400), cuotas sociales de pesos diez ($10), es decir pesos Veinticuatro mil ($24.000); b) al socio Leonardo Andrés Peiti, siete mil doscientas (7.200) cuotas sociales de pesos diez ($10), es decir pesos Setenta y dos mil ($72.000) y c) a la socia Nilda Amelia Pozzi, la cantidad de dos mil cuatrocientas (2.400) cuotas sociales de peso diez ($10) cada una, que representan la suma de pesos veinticuatro mil ($24.000).-

$120 322275 May. 8

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ESTACIÓN NORTE S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil y comercial nro. 1 a cargo del Registro Público de Comercio, en tomo a la sociedad denominada “Estación Norte S.R.L.” me constituida mediante contrato social inscripto en fecha 16/08/2011, al T° 162, F° 20.979, Nº 1.394; modificación del 30/04/2013 inscripta al T° 164, F° 13.958, Nº 878 en fecha 14/06/2013; Cesión de cuotas de fecha 02/07/2013, inscripta al T° 164, F° 26.770, Nº 1.694, en fecha 11/10/2013; y Cesión de cuotas de fecha 28/05/2014, inscripta al T° 167, F° 18.596, Nº 1.211, en fecha 04/08/2016, todo inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario en la Sección Contratos, se ha ordenado la publicación por el término de un día del siguiente aviso: 1. En fecha 25/10/2016, los socios Sergio Raúl Groisman, DNI n° 13.788.491, Ana Elda Lupich, DNI n° 4.420.801, Juan Carlos Guadagnini, DNI no 27.864.803, Lara Lis Scavone, DNI n° 28.968.893 y Rubén Hugo Marangoni, DNI n° 8.444.945, (titulares del 80% del capital social) cedieron a favor de Leonardo Andrés Peiti, DNI n° 23.281.988, el 60% del capital social, y a favor de Carlos Eduardo Díaz, DNI n° 31.116.354, el 20% del capital social y 2. Renuncia de Gerencia.

1. Cesión de cuotas sociales. Los cedentes, son titulares del ochenta por ciento (80%) del capital social de “Estación Norte S.R.L”, con domicilio en calle Richieri Nro. 33 bis de Rosario, que el cien por ciento (100%) del capital social asciende a la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000), divididos en doce mil (12.000) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada uno de ellos, totalmente suscripto e integrado, y que el mismo corresponde: a) al socio Sergio Raúl Groisman, la cantidad de seiscientas (600) cuotas, de pesos Diez ($10), cada una que representa la suma de Pesos Seis Mil ($6.000); b) a la socia Ana Elda Lupich, la cantidad de cinco mil Cuatrocientas (5.400) cuotas de Pesos Diez ($10) cada una , que representan la suma de pesos Cincuenta y cuatro Mil ($54.000); c) al socio Juan Carlos Guadagnini, la cantidad de Mil doscientas (1.200) cuotas de Pesos Diez ($10) cada una, que representan la suma de pesos Doce Mil ($12.000); d) a la socia Lara Lis Scavone, la cantidad de Mil doscientas (1.200) cuotas de pesos Diez ($10) cada una, que representan la suma de Pesos Doce Mil ($12.000); e) al socio Rubén Hugo Marangoni, la cantidad de Mil doscientas (1.200) cuotas de pesos Diez ($10) cada una, que representan la suma; de Pesos Doce Mil ($12.000); y f) a la socia Nilda Amelia Pozzi, la cantidad de Dos Mil cuatrocientas (2.400) cuotas de pesos Diez ($10), que representan la suma de Pesos Veinticuatro Mil ($24.000).- Los cedentes cedieron a favor de los cesionarios, la totalidad de las cuotas sociales de las que cada uno de ellos son titulares y le corresponde en la Sociedad y que asciende al Ochenta por ciento (80%) del capital social, ascendiendo a un total de Nueve Mil seiscientas (9.600) cuotas sociales de Pesos Diez ($10) valor nominal cada una, que representan un valor nominal de pesos Noventa y seis Mil ($96.000). El precio único y total de la cesión se realizó por la suma de Pesos Novecientos Sesenta Mil ($960.000), abonados en dinero efectivo al momento de la cesión.- En virtud de la cesión el capital social quedará compuesto de la siguiente manera: El total del capital de la sociedad está fijado en la suma de Pesos Ciento veinte mil ($120.000), dividido en Doce Mil (12.000) cuotas sociales de pesos Diez ($10) cada una de ellas, correspondiendo: a) a la socia Nilda Amelia Pozzi, Dos Mil cuatrocientas (2.400) cuotas sociales de pesos Diez ($10) cada una, es decir Pesos veinticuatro mil ($24.000); b) al socio Carlos Eduardo Díaz, Dos mil cuatrocientas (2.400) cuotas sociales de pesos Diez ($10) cada una, es decir Pesos veinticuatro mil ($24.000); y c) al socio Leonardo Andrés Peiti, Siete Mil Doscientas (7.200) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una, es decir Pesos Setenta y dos mil ($72.000).- 2. Renuncia de Gerencia. Siendo que los socios cedentes Sergio Raúl Groisman y Juan Carlos Guadagnini, revisten en cargo de Socios gerentes de “Estación Norte S.R.L. “, formulan expresa renuncia al cargo desempeñado hasta la fecha 25 de Octubre de 2016, así como a los honorarios que por el ejercicio de tales funciones pudiesen corresponderles, siendo aprobada por los restantes socios cedentes la gestión realizada por ambos, y su renuncia al cargo; la que deberá ser notificada a la restante socia de la sociedad Nilda Amelia Pozzi, y ésta junto con los nuevos socios cesionarios designar los nuevos representantes de la Sociedad.

$150 322279 May. 8

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ÁGUILA SEGURIDAD S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario en fecha 8 de marzo de 2017, el Sr. Ramón Antonio Morales DNI. 12376585 cede y transfiere el 50% de capital equivalente a 7500 cuotas sociales de Águila Seguridad S.R.L. que le pertenecen. La cesión se hace a favor de la Sra. Marcela Verónica Martínez DNI 23899633. El Sr. Morales hace expresa renuncia a la sociedad y al cargo de socio gerente. Se designa como nuevo gerente a la socia entrante doña Marcela Verónica Martínez, quien acepta el cargo con anuencia del socio Brian Xavier Martínez.

$45 322309 May. 8

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VINERÍA NUEVA ROMA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


VINERÍA NUEVA ROMA S.R.L.”, CUIT 30-71072155-2, inscripta en el Registro Público de Comercio el 10 de mayo de 2007, en Contratos al Tomo 158, Folio 10.123, Nº 767, y Cesión de Cuotas inscrpta en Contratos el 8 de octubre de 2009, al Tomo 160, Folio 23.698, Nº 1.752, con domicilio en Boulevard Charlone 1058 de la ciudad de Casilda, ha aumentado el Capital Social y prorrogado por decisión unánime de sus socios, su vencimiento social por el término de diez años a contar de su vencimiento, quedando las cláusulas cuarta y quinta redactada de la siguiente manera, en un todo de acuerdo al Acta Nº 10, celebrada el 17 de febrero de 2017, aprobada por unanimidad:

Cuarta: Duración: el término de duración de la sociedad será (20) veinte años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir hasta el 10 de mayo de 2027.

Quinta: Capital Social: Aporte de los Socios: el capital social se fija en la suma de $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil). Divididos en cuatro mil cuotas de capital de $ 100 (pesos cien) cada una, suscriptas e integradas totalmente por los socios en las proporciones y formas siguientes: la señora Susana Cristina Bettiol, suscribe e integra la cantidad de 2.000 cuotas de capital que representan $ 200.000 (pesos doscientos mil) y el señor Omar Carlos Antonio Bettiol, suscribe e integra la cantidad de 2.000 cuotas de capital que representan $ 200.000 (pesos doscientos mil).

Los únicos socios de “VINERÍA NUEVA ROMA S.R.L.”: Susana Cristina Bettiol, argentina, D.N.I. 11.297.764, CUIT 27-11297764-9, nacida el 01/10/1954, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Llop, comerciante, domiciliada en Buenos Aires 2953 de la ciudad de Casilda y Omar Carlos Antonio Bettiol, argentino, D.N.I. 11.178.019, CUIT 20-11178019-7, nacido el 13/02/1954, casado en primeras nupcias con Nelly Vilma Marini, comerciante, domiciliado en Formosa 2245 de la ciudad de Casilda.

$45 322251 May. 8

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LAS ROSAS CABLEVISIÓN S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


1) Se designa Socio Gerente al Sr. Lucas Waldemar Bartolelli, argentino, casado, nacido el 4 Julio de 1974, D.N.I. Nº 23.964.266, CUIT: 20-23964266-8.

2) Fecha del Instrumento: 28-04-2017.

$45 322253 May. 8

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ESTABLECIMIENTO

AGROPECUARIO

EL AMANECER SRL


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados “ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO EL AMANECER S.R.L. s/Constitución de Sociedad” CUIJ 21-05193372-6 los integrantes de la entidad “Establecimiento Agropecuario El Amanecer S.R.L.” en acta de fecha 20/12/2016 han resuelto lo siguiente:

Denominación: La sociedad se denomina:

Establecimiento Agropecuario El Amanecer S.R.L.”, con domicilio legal en la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe y sede social fijada en calle Las Heras 2022, también de la localidad de Humboldt.

Duración: 50 años a àrtir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Socios: Mónica Ester Emmert, apellido materno Werlen, D.N.I. Nº 29.664.157, CUIL Nº 27-29664157-5, nacida el 5 de noviembre de 1982, argentina, ama de casa, con domicilio real en Zona Rural Oeste s/n, de la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe; María José Emmert, apellido materno Werlen, D.N.I. Nº 34.748.957, CUIL 27-34748957-9, nacida el 24 de agosto de 1990, argentina, peluquera, con domicilio real en 25 de Mayo 1354, de la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe; Carina Guadalupe Emmert, apellido materno Werlen, D.N.I. Nº 30.866.123, CUIL Nº 27-30866123-2, nacida el 13 de junio de 1984, argentina, ama de casa, con domicilio real en Belgrano 2130 de la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe y Diego Raúl Emmert, apellido materno Werlen, D.N.I. Nº 27.044.408, CUIT Nº 23-27044745-0, nacido el 18 de octubre de 1978, argentino, productor agropecuario, con domicilio real en Zona Rural Oeste s/n, de la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe.

Capital: El capital social se fija en la suma $ 100.000 (pesos cien mil) dividido en 10.000 (diez mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una. El capital se suscribe de la siguiente manera: Mónica Ester Emmert suscribe 2500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, por un total de $ 25.000 (pesos veinticinco mil); María José Emmert, suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, por un total de $ 25.000 (pesos veinticinco mil); Carina Guadalupe Emmert, suscribe 2500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, por un total de $ 25.000 (pesos veinticinco mil) y Diego Raúl Emmert suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, por un total de $ 25.000 (pesos veinticinco mil).

Objeto: La sociedad tendrá como objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros la actividad agroipecuaria en cualquiera de sus explotaciones: agrícola, ganadera y tambera, pudiendo al efectro: a) Producir y comnercializar cereales y oleaginosas de culaquier tipo y especier; b) Producir y comercializar hacienda de cualquier tipo y especie; c) Producir y comercializar productos y subproductos de la actividad tambera.

Administración: Para los miembros tres ejercicios se designa como gerente a la Sra. Elida María Werlen D.N.I. Nº 14.344.016.

Fecha de Balance: El ejercicio social cerrará el 30 de octubre de cada año.

Santa Fe, 27 de abril de 2017 - Fdo. Jorge Eduardo Freyre, Secretario.

$172 322296 May. 8

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ZUNINO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


A continuación, se transcribe el nuevo texto ordenado de las cláusulas modificadas del contrato social

Cláusula Quinta: El término de la duración se fija en diez años a partir de su vencimiento el 23/01/2017.

Cláusula Sexta: El Capital se fija en la suma de Pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000) representado por trescientos cincuenta mil (350.000) cuotas de valor nominal pesos un ($ 1) cada una, que son suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: Osvaldo Miguel Zunino, ciento setenta y cinco mil (175.000) cuotas que representan pesos ciento setenta mil ($ 175.000), que integra totalmente en efectivo de la siguiente forma: con anterioridad integró la suma de pesos treinta mil ($ 30.000), en este acto integra la suma de pesos treinta y seis mil doscientos cincuenta ($ 36.250) y el saldo de pesos ciento ocho mil setecientos cincuenta ($ 108.750) en un plazo de ciento ochenta dias a partir de la inscripción del presente contrato; Verónica Daniela Zunino, ochenta y siete mil quinientas (87.500) cuotas que representan pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500), que integra totalmente en efectivo de la siguiente forma: integró con anterioridad la suma de pesos quince mil ($ 15.000), en este acto integra la suma de pesos dieciocho mil ciento veinticinco ($ 18.125) y el saldo de pesos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco ($ 54.375) en un plazo de ciento ochenta dias a partir de la fecha del presente contrato y Sergio Gustavo Zunino ochenta y siete mil quinientas (87.500) cuotas que representan pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500), que integra totalmente en efectivo de la siguiente forma: integró con anterioridad la suma de pesos quince mil ($ 15.000), en este acto integra la suma de pesos dieciocho mil ciento veinticinco ($ 18.125) y el saldo de pesos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco ($ 54.375) en un plazo de ciento ochenta días a partir de la fecha del presente contrato.

$45 322311 May. 8

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COHAN Y ASOCIADOS S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de la 1ª Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, ordénese la publicación por el término de un Día del siguiente aviso referido

a la constitución de “COHAN Y ASOCIADOS S.R.L.”

1) Datos de los Socios: Cohan Pedro Pablo, de apellido materno Barbero, Documento N° 18.788.729, de nacionalidad argentino, nacido el 17 de Septiembre de 1981, economista, soltero, con domicilio en calle Italia n° 7647 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; el Sr. Cohan Mariano, de apellido materno Barbero, Documento N° 41.986.544, de nacionalidad argentino nacido el 31 de Enero de 1986, economista, soltero, con domicilio en calle Italia Nº 7647 de la ciudad de Santa Fe,.Provincia de Santa Fe; y el Sr. Pablo Juan Alliot, de apellido materno Oreggioni, D.N.I. N° 26.382.384, argentino, nacido el 28 de Enero de 1978, economista, casado, con domicilio en calle Córdoba N° 959 de la localjdpd de Monte Vera, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha del instrumento constitutivo: 14 del mes de Marzo de 2017.

3) Denominación social: COHAN Y ASOCIADOS S.R.L.

4) Domicilio: el domicilio de la sede social de “COHAN Y ASOCIADOS S.R.L.” es el ubicado en calle Primera Junta N° 2507 oficina 4, piso 8, en la localidad de Santa Fe.

5) Objeto social; la sociedad tiene por objeto objeto realizar las siguientes actividades: 1) Servicio de Consultorla y Asesoría económica, financiera y de negocios, la realización de estudios de mercado y la formación de empresas, todo ello en el plano Nacional o Internacional. 2) Podrá realizar toda clase de operaciones financieras con exclusión de las previstas únicamente para las Entidades Financieras de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, y otras que requieran el Concurso Público; podrá contratar o conceder préstamos, otorgando o recibiendo las garantías correspondientes. Asimismo, podrá comprar, vender, suscribir, avalar y negociar todo tipo de valores negociables, títulos valores, documentos y papeles representativos de créditos y valores mobiliarios. 3) Administrar Fideicomisos como Fiduciario y realizar la transmisión de dominio fiduciario. Administrar negocios propios o de terceros y ejercer las figuras de comisionista, intermediario, concesionario, representante o mandatario. 4) También realizar las actividades de logística, transporte y distribución por vía terrestre de mercancías y productos con vehículos propios o ajenos, en el ámbito nacional o internacional, cualquiera que sea la modalidad bajo la que se efectúe; y la actividad de transporte colectivo de personas. 5) Realizar Operaciones de compra-venta, alquiler, producción, importación, exportación, consignación, almacenaje, y distribución de todo tipo de bienes muebles afectos al comercio y productos agrícolas y/o ganaderos. 6) Registrar, adquirir, enajenar o disponer en toda forma de marcas, nombres comerciales, patentes, derechos de autor y otros procesos intangibles. 7) Podrá participar en el capital social de sociedades mercantiles nacionales o extranjeras, suscribir, comprar o vender acciones de empresas. 8) Establecer sucursales o agencias y actuar o bien designar a representantes, agentes, comisionistas, mediadores mercantiles o distribuidores. 9) En general, celebrar los contratos y realizar todo tipo de acto juridico y operaciones, que sean necesarios o convenientes o estén relacionados con el Objeto Social.

6) Capital social: El capital social se fija en la suma de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) dividido en 150 (ciento cincuenta) cuotas de valor nominal $ 1.000 (pesos mil) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Cohan Pedro Pablo suscribe 50 cuotas de valor nominal $1.000 (pesos mil) cada una, es decir la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) que integra en este acto en efectivo; Cohan Mariano suscribe 50 (cincuenta) cuotas de valor nominal $ 1.000 (pesos mil) cada una, es decir la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) que integra en este acto en efectivo; y Pablo Alliot suscribe 50 (cincuenta) cuotas de valor nominal $ 1.000 (pesos mil) cada una, es decir la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) que integra en este acto en efectivo.

7) Órgano de administración y fiscalización: La administración, dirección y representación de la sociedad será ejercida por el socio: Cohan Mariano, quien permanecerá en su cargo por el plazo de duración de la sociedad, pudiendo celebrar en representación de la sociedad toda clase de actos jurídicos, sin limitación alguna, que tiendan al cumplimiento del objeto social. El Sr. Cohan Mariano acepta en este acto el cargo que se le designa por la presente quinta cláusula. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, la que ejercerán por sí o por quienes designen a tal efecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 19.550. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de Reuniones de Socios de la Sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550.

8) Fecha de cierre del ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio social el dia 31 de Diciembre de cada año, a esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones y normas técnicas vigentes en

la materia. Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán primero a constituirse la reserva legal, según lo dispone el art.70 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, afectándose a la misma el cinco por ciento (5%) de las ganancias realizadas y liquidas arrojadas por el estado de resultado del ejercicio y hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital social; a constituirse otras reservas si ello fuere decidido por la mayoría de los socios; y luego de absorberse pérdidas de ejercicios anteriores o no existiendo éstas, se distribuirán entre los socios en proporción al capital integrado por cada uno de ellos, o tieterminando sumas que por resolución unánime acepten la totalidad de los socios reunidos a tales efectos. - Jorge E. Freyre, Secretario.

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ESTACIÓN NORTE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CUOTAS


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 1 a cargo del Registro Público de Comercio, en tomo a la .sociedad denominada “Estación Norte S.R.L.”, con domicilio en calle Richieri Nº 33 bis de Rosario, que fue constituida mediante contrato social inscripto en fecha 16/08/2011, al T° 162, F° 20.979, N° 1.394; modificación del 30/04/2013 inscripta al T° 164, F° 13.958, N° 878 en fecha 14/06/2013; Cesión de cuotas de fecha 02/07/2013, inscripta al T° 164, F° 26.770, N° 1.694, en fecha 11/10/2013; y Cesión de cuotas de fecha 28/05/2014, inscripta al T° 167, F° 18.596, N° 1.211, en fecha 04/08/2016, todo inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario en la Sección Contratos, luego en fecha 25/10/2016, los socios Sergio Raúl Groisman, D.N.I. N° 13.788.491, Ana Elda Lupich, D.N.I. N° 4.420.801, Juan Carlos Guadagnini, D.N.I. Nº 27.864.803, Lara Lis Scavone, D.N.I. N° 28.968.893 y Rubén Hugo Marangoni, D.N.I. N° 8.444.945, (titulares del 80% del capital social) cedieron a favor de Leonardo Andrés Peiti, D.N.I. N° 23.281.988, el sesenta por ciento (60%) del capital social, y a favor de Carlos Eduardo Díaz, D.N.I. N° 31.116.354, el veinte por ciento (20%) del capital social y los socios cedentes Sergio Raúl Groisman y Juan Carlos Guadagnini, que revestían el cargo de Socios gerentes de “Estación Norte S.R.L.”, formulan expresa renuncia al cargo desempeñado hasta la fecha 25 de Octubre de 2016, así como a los honorarios que por el ejercicio de tales funciones pudiesen corresponderles, siendo aprobada por los restantes socios cedentes la gestión realizada por ambos, y su renuncia al cargo; la que deberá ser notificada a la restante socia de la sociedad Nilda Amelia Pozzi que es titular del veinte por ciento (20%) restante de la sociedad , y ésta junto con los nuevos socios cesionarios designar los nuevos representantes de la Sociedad. En fecha veintisiete de Diciembre del 2016 el Sr. Carlos Eduardo Díaz, D.N.I. N° 31.116.354 cede al Sr. Cristian Marcelo Liguori, D.N.I. N° 22.908.002 el veinte por ciento (20%) del capital social de “Estación Norte S.R.L.”, con domicilio en calle Richieri N° 33 bis de Rosario, que el capital social está fijado en la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000) dividido en doce mil (12.000) cuotas sociales de peso diez ($ 10) cada una, luego en fecha dos de marzo del 2017, los Sres. Leonardo Andrés Peiti D.N.I. N° 23.281.988 y Cristian Marcelo Liguori, D.N.I. N° 22.908.002 ceden al Sr. Gonzalo Valdez D.N.I. N° 27.318.335 (El Sr. Leonardo Andrés Peiti cede a favor de Gonzalo Valdéz un diez por ciento (10%) del capital social que le corresponde en la Sociedad y el Sr. Cristian Marcelo Liguori cede a favor del Sr. Gonzalo Valdez, el veinte por ciento (20%) del capital social que le corresponde) y la socia Nilda Amelia Pozzi, titular del veinte por ciento (20%) del capital social inscripto, cedió en fecha 10 de Febrero del 2017 al favor del Sr. Gonzalo Valdéz el veinte por ciento (20%) del capital social; y se ha ordenado la publicación por el término de un día del siguiente aviso: 1) Cesión de cuotas sociales.2) Modificación de la cláusula quinta del contrato social.3) Modificación de la cláusula sexta del contrato social.4) Designación de gerente.

1) Cesión de cuotas sociales. El Sr. Leonardo Andrés Peiti cede a favor de Gonzalo Valdéz un diez por ciento (10%) del capital social que le corresponde en la Sociedad y el Sr. Cristian Marcelo Liguori cede a favor del Sr. Gonzalo Valdéz, el veinte por ciento (20%) del capital social que le corresponde. El precio de la cesión asciende a la suma de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000), que fueron abonados en fecha dos de marzo del 2017, en efectivo y de la siguiente manera: la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000) es abonado por el Sr. Gonzalo Valdéz a favor del Sr. Leonardo Andrés Peiti y la suma de pesos Doscientos cuarenta mil ($ 240.000) es abonada por el Sr. Gonzalo Valdez al Sr. Cristian Marcelo Liguori.

2) Modificación de la cláusula Quinta del contrato social. En reunión de socio, se modifica la cláusula Quinta del Contrato social por la siguiente: “Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000), divididos en doce mil (12.000) cuotas sociales de pesos diez ($ 10) cada una de ellas, totalmente suscrito e integrado y dividido de la siguiente manera: (a) el cincuenta por ciento (50%) del capital corresponde a Leonardo Andrés Peiti, representativo de seis mil (6.000) cuotas sociales, es decir pesos sesenta mil ($ 60.000); y (b) el cincuenta por ciento (50%) del capital corresponde a Gonzalo Valdéz representativo de seis mil (6.000) cuotas sociales, es decir pesos sesenta mil ($ 60.000).

3) Modificación de la cláusula sexta del contrato social. En reunión de socios, los nuevos socios modifican la cláusula sexta del contrato social por la siguiente: “Sexta: Administración. Dirección y representación. La Administración estará a cargo de Un Gerente, socio o no, elegido por los socios en reunión de socios. El representante usará su propia firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” precedido de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad”, y 4) Designación de Gerente. Los socios en reunión de socios en fecha dos de marzo de 2017, designan como Gerente a Sergio Raúl Groisman, argentino, nacido el 2 de mayo de 1960, titular del D.N.I. 13.788.491, comerciante, casado en segundas nupcias con Mónica Graciela Fermani, domiciliado en calle Maipú 2020 de la localidad de Zavalla de esta provincia, quien se encuentra presente y acepta su designación.

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RUMOFE S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Registro Público de Comercio de la 2º Circunscripción Judicial de Santa Fe, Rosario, sobre modificación de objeto expediente Número 1251/2107.-

1-Modificación de Objeto:En cumplimiento a lo dispuesto por la ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550. Conforme a la cláusula cuarta -objeto: La sociedad tendrá como objeto el “Movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras “, la “Construcción de obras de ingeniería civil”, Alquiler de maquinarias y equipos sin personal” y la venta al por menor de materiales de construcción.

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