picture_as_pdf 2017-05-08

CERTIFICO: Que en el Acuerdo Ordinario celebrado en el día de la fecha, Acta N° 12, la Excma. Corte Suprema de Justicia, adoptó la siguiente resolución: AUMENTO UNIDAD JUS PARA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE CIRCUITO DE LA PROVINCIA. VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la acentuada modificación de la realidad económica y monetaria de nuestro país, se entiende pertinente efectuar una nueva revisión de los guarismos adoptados oportunamente para fijar el monto de la Unidad Jus referente a los Juzgados de Primera Instancia de Ejecución de Circuito de la Provincia. Así las cosas, corresponde advertir que los montos fijados para las asignaciones de competencia de los juzgados de circuito han venido actualizándose conforme las alteraciones en el ingreso de causas de dichos órganos, quedando en desequilibrio con los valores establecidos para la competencia material de los juzgados de ejecución aquí considerados. Que dicha discordancia, resiente de manera notoria el normal desempeño del servicio de justicia, por lo que deviene conducente adoptar las medidas pertinentes para su debida corrección. Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y a los fines de procurar una equilibrada división del trabajo, que tenga en cuenta las distintas realidades existentes en los diferentes órganos jurisdiccionales que componen el mapa judicial de la Provincia, y en atención a la facultad conferida por el artículo 8 de la Ley N° 10.160, luego de un intercambio de opiniones y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: Modificar a partir del 2.5.2017 el valor vigente de la unidad jus para los Juzgados de Primera Instancia de Ejecución de Circuito de Santa Fe y Rosario, estableciendo el mismo en $ 417. FDO.: ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

SECRETARÍA, 11 de abril de 2017.-

S/C 19447 May. 8 May. 12

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MUNICIPALIDAD DE ROSARIO


COMUNICADO


La Municipalidad de Rosario comunica que procederá a la disposición administrativa de los vehículos que se encuentran depositados en los predios dependientes de la Dirección de Depósito y/o Guarda Transitoria de Vehículos Remitidos y Elementos Secuestrados y cuya estadía exceda los plazos previstos en la Ley Provincial Nº 11856 y la Ordenanza Municipal N° 7025/2000. De acuerdo con lo previamente mencionado aquellos que posean vehículos en dichas dependencias y cuya estadía supere los seis (6) meses, deberán concurrir al Tribunal Municipal de Faltas, edificio ex Aduana, sita en calle Urquiza 902, 3° piso, de la ciudad de Rosario, de 09:00 a 12:00 hs, acompañado de Documento Nacional de Identidad y Título de la Propiedad del Automotor. Todo ello a los fines de hacer valer sus derechos sobre el rodado y regularizar Su situación, bajo apercibimiento de proceder a la compactación del bien. Fecha límite para la presentación: 31/05/2017.

$ 450 322291 May. 8 May. 19

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GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACIÓN DE PRENDA


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”). Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”). Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”) y Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), que se identifican con los números:

277355,278170,278421,278454,278521,278523,278525,278570,278584,278647,278724,278789,278793,278795,278824,278857,278860,278924,278943,278962,279171,279226,279354,279460,279469,279476,279536,279546,279551,279580,279586,279589,279662,279702,279725,279726,279737,279764,279771,279776,279782,279853,279854,279865,279919,279949,279979,279983,280001,280002,280003,280033,280075,280086,280102,280107,280112,280114,280142,280144,280176,280182,280190,280191,280196,280210,280227,280266,280272,280329,280353,280354,280466,280609,280699,280840,281017,281025,281031,281042,281064,281067,281141,281142,281152,281163,281165,281168,281171,281176,281208,281209,281218,281220,281224,281245,281248,281270,281278,281286,281291,281294,281298,281299,281301,281302,281303,281315,281327,281358,281359,281360,281369,281373,281378,281418,281420,281435,281438,281467,281470,281491,281501,281519,281521,281529,281560,281561,281566,281580,281601,281604,281606,281617,281618,281622,281624,281625,281630,281653,281658,281659,281668,281674,281681,281683,281685,281686,281691,281695,281696,281724,281735,281742,281760,281766,281768,281771,281773,281780,281783,281799,281801,281809,281810,281816,281827,281829,281838,281843,281853,281855,281856,281857,281869,281873,281880,281881,281903,281904,281905,281908,281909,281910,281912,281929281938,281939,281940,281942,281943,281944,281945,281946,281952,281958,281960,281965,281982,281993,282009,282010,282013,282018,282020,282024,282033,282038,282042,282045,282049,282051,282055,282056,282062,282067,282078,282081,282082,282083,282094,282100,282104,282118,282119,282121,282123,282125,282127,282130,282131,282134,282137,282143,282144,282145,282147,282153,282157,282158,282159,282163,282165,282169,282170,282171,282172,282179,282180,282186,282187,282193,282197,282198,282200,282202,282207,282208,282210,282216,282217,282219,282224,282228,282229,282232,282234,282235,282246,282249,282254,282255,282258,282262,282263,282264,282273,282275,282278,282282,282285,282287,282288,282289,282291,282292,282294,282295,282296,282299,282300,282303,282307,282311,282313,282314282315,282317,282318,282320,282322,282326,282328,282329,282334,282335,282337,282338,282347,282350,282356,282362,282363,282369,282371,282377,282379,282385,282387,282393,282396,282397,282402,282403,282405,282406,282416,282421,282423,282426,282435,282436,282440,282441,282448,282452,282454,282455,282456,282466,282471,282472,282475,282481,282485,282486,282487,282493,282494,282495,282498,282500,282510,282514,282515,282522,282525,282528,282537,282538,282542,282544,282546,282547,282550,282552,282554,282563,282564,282566,282588,282606,282607,282613,282614,282626,282635,282636,282638,282640,282642,282643,282649,282656,282661,282670,282673,282675,282678,282684,282688,282692,282696,282700,282702,282705,282711,282713,282715,282716,282717,282718,282719,282720,282721,282724,282731,282735,282736,282738,282740,282741,282762,282767,282770,282772,282778,282781,282783,282784,282787,282797,282811,282822,282826,282831,282834,282840,282844,282860,282861,282875,282885,282895,282903,282944 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados y (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

$450 322355 May. 8

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INVERSORES UNIDOS S.A.


ESCISIÓN


Se comunica que por Asamblea General Extraordinaria No 17 de INVERSORES UNIDOS S.A. llevada a cabo el día veintiocho de Abril de 2017, ha quedado aprobada la escisión de la sociedad destinando parte de su patrimonio, en los términos del art. 88 de la ley 19550, a la constitución de dos nuevas sociedades, denominadas: “Inversiones Tostado S.A.” con sede social en calle Olessio N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, y “Eco Verde S.A.” con sede social en calle Freyre N° 1098 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, quedando subsistente Inversores Unidos S.A. La fecha acordada de escisión a la cual se retrotraen sus efectos es el 31 de Enero de 2017. Inversores Unidos Sociedad Anónima, CUIT N° 30-70933583-5, fue constituida el 30 de Abril de 2003, aprobada por Resolución N° 300, de fecha 12 de abril de 2004, de Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe, e inscripta en el Registro Público de Comercio (Reconquista - Santa Fe) bajo el N° 123, folios 152/153, del libro 1° de Estatutos de S.A., legajo 38, en fecha 26 de julio de 2004 y su duración es de 99 años contados a partir de su inscripción. El activo remanente de Inversores Unidos S.A. asciende a Pesos Un millón quinientos siete mil, novecientos cincuenta y ocho con tres centavos ($ 1.507.958,03) y el Pasivo remanente de Pesos setenta y ocho mil ($78.000,00), ambos valuados al 31 de Enero de 2017, no habiéndose realizado disminución del capital social. El patrimonio que se destina a conformar el aporte a las sociedades escisionarias es: a) Inversiones Tostado S.A. - en formación, un total de activos que ascienden a Pesos cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos sesenta y cuatro con veintitrés centavos ($ 5.438.664,23), y Pasivos que ascienden a Pesos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve con cuarenta y un centavos, ($ 47.449,41), lo que conforma un Patrimonio Neto de Pesos cinco millones trescientos noventa y un mil doscientos catorce con ochenta y dos centavos ($ 5.391.214,82) a lo cual debe adicionarse en aporte en efectivo por un total de Pesos doscientos ochenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho ($ 283.748,00), realizado por la Señora Daniela Evangelina Tomasini, quien pasa a integrar la sociedad en carácter de Accionista; su Capital Social es de Pesos un millón ($ 1.000.000,00), valuados al 31 de Enero de 2017; y b) Eco Verde S.A. en formación; un total de activos que ascienden a Pesos veinte millones ochocientos treinta y cuatro mil trescientos veinticinco con dos centavos ($ 20.834.325,02), y Pasivos que ascienden a Pesos trescientos veinte mil doscientos veinte con once centavos ($ 320.220,11), lo que conforma un Patrimonio Neto de Pesos veinte millones quinientos catorce mil ciento cuatro con noventa y un centavos ($ 20.514.104,91), siendo su Capital Social de Pesos un millón ($ 1.000.000,00), valuado al 31 de Enero de 2017. Las oposiciones y reclamos de ley podrán efectuarse en el domicilio de Freyre N° 1042, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, donde se encontrará a disposición de los Señores acreedores el Balance Especial de Escisión. El Directorio. El presente se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y en un diario de mayor circulación en el País, por el término de tres días.- Reconquista, Santa Fe, 02 de Mayo de 2017.-

$430 322305 May. 8 May. 10

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