JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: HOSPITAL DE NIÑOS Dr. ORLANDO ALASSIA c/ROJO, MARIA LAURA s/Ordinario”, Expte. Nº 1140/10, que se tramitan ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial Undécima Nominación, se hace saber que se ha declarado rebelde a la demanda María Laura Rojo. El decreto que lo ordena dice: “Santa Fe, 10 de Abril del año 2012. Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese rebelde a la demandada. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Fdo: Dr. Gustavo Ríos (Juez) - Walter Eduardo Hrycuk, secretario. A sus efectos se publica en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 20 de Abril de 2012. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.
S/C 165834 May. 8 May. 10
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En los autos: “DELLABITA, JULIO FABIO s/Quiebra”, Expte. Nº 1282/11, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, se ha designado Síndico a la C.P.N. Laura Alicia Paván, con domicilio en calle Sarmiento 3415 de esta ciudad, quien atenderá al público de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas y de 19 a 21 horas. Néstor Tosolini, secretario. Santa Fe, 20 de Abril de 2012. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.
S/C 165842 May. 8 May. 14
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: ANGEL FOGLIATTI e HIJOS SC c/Sus Socios FOGLIATTI, Miguel S. y CLAUDIO s/Quiebra, Expte. N°389 - Año 1989) que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los Sres. acreedores que se ha puesto de manifiesto el Proyecto de Distribución practicado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el artículo 218 de la Ley Nº 24.522 y a los fines de lo previsto en el 7mo. párrafo del mencionado artículo. Santa Fe, 23 de Abril de 2012. Silvia Zabala de de la Torre, secretaria.
S/C 165882 May. 8 May. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “TERRAF, OSCAR c/LENARDUZZI, CARINA DEL VALLE s/Ejecutivo”, Expte. N° 21-00022630-8, se hace saber que el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 07 de Junio de 2011. Agréguese la cédula y el aviso de retorno acompañado. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la demandada. Notifíquese. Otro Decreto: Santa Fe, 26 de Octubre de 2011. Atento a lo peticionado y constancias de autos, publíquense edictos a los fines notificatorios por el término de ley. Notifíquese. Santa Fe, 29 de Abril de 2012. Luciana Rodríguez, secretaria.
$ 11 165906 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: DESCALZO, GUILLERMO ANDRES s/Quiebra, Expte. Nº 1336/2006, se hace saber que S.S. mediante resolución de fecha 21 de Marzo de 2012 ha dispuesto: Declarar la conclusión de la quiebra de Guillermo Andrés Descalzo, D.N.I. Nº 23.264.831, dando por concluida la intervención de la Sindicatura; Disponer el Cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como la finalización de este proceso concursal; y Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Santa Fe, 23 de Abril de 2012. Alicia Roteta, secretaria.
S/C 165907 May. 8 May. 9
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: BENITEZ, DAMIAN RODOLFO OSCAR s/Quiebra, Expte. Nº 207, Año 2012, se ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de Damián Roldolfo Oscar Benítez, argentino, soltero, empleado, apellido materno Maldonado, D.N.I. Nº 29.148.246, domiciliado realmente en calle Castelli 1345 de Santo Tomé, Pcia. de Santa Fe, y constituyendo domicilio legal en calle Lisandro de la Torre 3049 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 14 de Junio de 2012. Fdo.: Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 26 de Abril de 2012. Silvina D. Demboryniski, prosecretaria.
S/C 165904 May. 8 May. 14
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Por disposición del Sr. Juez de trámite de Primera Instancia de Circuito Numero Tres, Secretaría Número Uno de la ciudad de Santa Fe, Dr. Héctor Canteros, Secretaría (a cargo) del Dr. Pablo Silvestrini, en los autos: CONSTRUCCIONES DEL INTERIOR c/ PLACIDI LILIANA y Otros s/Sumario, Expte. Nº 564/10, VS cita a estar a derecho a la co demandada Sra. Marcela Liliana Escalas por el término de diez días. Para un mejor proceder se transcribe la parte del decreto que ordena la medida Santa Fe, 3-8-10;... por presentado domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdesele la participación legal que por derecho le corresponda. Por entablada demanda sumaria contra Liliana Andrea Placidi, Daiana Ester Doldan, Bernardino Barrios, David Angel Chaves y Marcela Liliana Escalas, a quienes se cita y emplaza para que dentro del término de tres días los cuatro primeros y de diez días la última, comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía... notifiquen... notifíquese; Fdo Dr. Canteros (Juez) Dra. Formichelli (Sec) Otro Decreto Dice; Santa Fe, 18-4-11, téngase por denunciado nuevo domicilio que se tendrá presente a los fines de notificación. Notifíquese”. Fdo.: Dra. Formichelli (Sec) Otro Decreto Dice: Santa Fe; 2-8-11; Previo a todo, ofíciese a la URI a los fines que informe el último domicilio de la demandada. Notifíquese”. Fdo.: Dr. Silvestrini (Sec.) Otro Decreto Dice: Santa Fe, 9-2-12; Téngase presente. A los fines solicitados publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de estos tribunales notifíquese. Fdo Dr. Cantero (Juez); Dr. Silvestrini (Sec.). Santa Fe, 16 de Febrero de 2012. Pablo C. Silvestrini, secretario subrogante.
$ 11 165774 May. 8 May. 10
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En los autos caratulados: (Expte. Nº 1339 Año 2010) - GARCIA, ANTONIO LUIS c/FERRERO, ROGELIO JUAN y OTROS s/Ejecutivo”, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, de la ciudad de Santa Fe, el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 14 de Diciembre de 2011. Agréguese y téngase presente. Hágase saber a la actora. Sin perjuicio de ello, cítese a los herederos del señor Rogelio Juan Ferrero en los términos del artículo 597 del Código Procesal Civil y Comercial y ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe sobre la iniciación de juicio sucesorio del nombrado. Notifíquese. Fdo.: Dr. Gustavo Alejandro Ríos (Juez) Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario). Lo que se publica por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 9 de Abril de 2012. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.
$ 11 165824 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/PERRET WERFIL VIDAL y/o BERTOLA MARCELINO JUAN V. s/Apremio; Expte. Nº 118 Año 2010; Santo Tome, 4 de Marzo de 2010. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida demanda de apremio, contra Werfil Vidal Perret y/o Marcelino Juan Bertola, por la suma de $ 7.326,63.- con más intereses y costas. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado. 3- Resérvese en Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Al apartado. 4- Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 7.326,63.- con más la suma de $ 3.670.- calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Al apartado 6- Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Serrano, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria.” Otro decreto: “Santo Tomé, 13 de Abril de 2012. Téngase presente lo manifestado. Atento a las constancias de autos, como se solicita, autorízase a notificar a los accionados por edictos a publicarse en el Boletín Oficial. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tome, 23 de Abril de 2012. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165893 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito N° 28 en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/LEIVA ROSALIA LEONOR s/Apremio, Expte N° 188 - Año 2011 - Santo Tomé, 06 de Abril de 2011. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista - el que le es devuelto - previa certificación de la copia por la actuaría. Por deducida demanda de apremio, contra Sra. Rosalía Leonor Leiva y/o q.r.j.r., por la suma de $ 6.428,62.- con más intereses y costas. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. De no verificarse el pago, y si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 6.428,62.- con más la suma de $ 3.200.- calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la propiedad, autorizando a los profesionales autorizados a intervenir en el diligenciamiento. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Bogner, Avila, Wuthrich. Notifíquese por cédula. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria”. Otro Decreto: “Santo Tomé, 16 de Diciembre de 2011. Previamente, notifíquese a la accionada en el domicilio real que consta en el título ejecutivo, conforme a lo normado por el art. 27 de la Ley 5066. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria”. Otro decreto: Santo Tomé, 12 de Abril de 2012. Téngase presente lo manifestado. Atento las constancias de autos, como se solicita, autorizase a notificar a los accionados por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2012. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165891 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito N° 28 en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/SAZ SARA G. s/Apremio”, Expte Nº 1256 Año 2009; “Santo Tomé, 24 de Noviembre de 2009. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida DEMANDA DE APREMIO, contra SARA G. SAZ, por la suma de $ 4.405,47.- con más intereses y costas. Resérvese por Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 4.405,47.- con más la suma de $ 2.210.- calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Al punto 5 - Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Serrano, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Formichelli, Secretaria”. Otro decreto: “Santo Tomé, 13 de Abril de 2012. Téngase presente lo manifestado. Atento las constancias de autos, como se solicita, autorizase a notificar a los accionados por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2012. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165892 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/AVALO DE CARABELLI GRACIELA s/Apremio”, Expte. Nº 1045 Año 2010; Santo Tomé, 01 de Febrero de 2011. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida demanda de apremio, contra Avalo de Carabelli Graciela, por la suma de $ 6.123,13.- con más intereses y costas. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso - si correspondiere- de embargo, al Oficial de Justicia concediéndose las facultades de ley, las de allanar domicilio, hacer uso de la fuerza pública en caso necesario y con la debida moderación, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de Ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 3- Resérvese en Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Al apartado 4- Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 6.123,13.- con más la suma de $ 3.060, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Al apartado 6- Oportunamente. Notifiquen en Secretaria los empleados: Vallejo, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. “Otro decreto: “Santo Tomé, 10 de Abril de 2012. Agréguese. Notifíquese mediante edictos como lo solicita. Autorízase al Dr. Godio a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2012. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165900 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/VULTAGGIO JOSÉ s/Apremio, Expte. Nº 116 Año 2010; “Santo Tomé, 4 de Marzo de 2010. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida demanda de apremio, contra José Vultaggio, por la suma de $ 5.353,34.- con más intereses y costas. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso si correspondiere de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 3- Resérvese en Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Al apartado 4- Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 5.353,34.- con más la suma de $ 2.680, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Al apartado 6- Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Serrano, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. “Otro decreto: “Santo Tomé, 12 de Abril de 2012. Agréguese el mandamiento sin diligenciar que acompaña. Atento las constancias de autos, como lo solicita, autorízase a la notificación del accionado por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2011. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165898 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/GUIBERT VELIA SOFIA, GUIBERT EUGENIA MATILDE JUANA, GUIBERT PAULINA MERCEDES y GUIBERT RAFAEL EMILIO s/Apremio, Expte. Nº 1250 Año 2009; “Santo Tomé, 24 de Noviembre de 2009. Por recibido. Téngase por radicada la causa ante este Juzgado. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Intímese a constituir domicilio legal dentro del radio del juzgado, bajo apercibimientos de tenerlo por domiciliado en Secretaría. Por deducida demanda de Apremio, contra Velia Sofía Guibert, Eugenia Matilde Juana Guibert, Paulina Mercedes Guibert y Rafael Emilio Guibert, por la suma de $ 7.545,54.- con más intereses y costas. Resérvese por Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 7.545,54.- con más la suma de $ 3.780.- calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento. Al punto 5- Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Serrano, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Fdo. Gianfrancisco, Juez; Formichelli, Secretaria. Otro decreto: “Santo Tomé, 12 de Abril de 2012. Notifíquese mediante edictos como lo solicita. Autorízase al Dr. Godio a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2012. Laura Botbol, secretaria.
S/C 165896 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/CLEMENT PABLO EDGARDO RAMON s/Apremio, Expte. Nº 581 Año 2011; Santo Tomé, 19 de septiembre de 2011. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida Demanda de Apremio, contra Pablo Edgardo Ramón Clement, por la suma de $ 5.188,75.- con más intereses y costas. Resérvese por Secretaria el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso - si correspondiere- de embargo, al Oficial de Justicia en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 4- Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 5.188,75, con más la suma de $ 2.590, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Al apartado 6- Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Fdo. Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaría.” Otro decreto: “Santo Tomé, 03 de abril de 2012. Agréguese el mandamiento y las cédulas acompañadas. Notifíquese mediante edictos como lo solicita. Autorízase al Dr. César Raúl Godio a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria.”. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de Abril de 2012.
S/C 165897 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito Nº 28 en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/BIANCHI AGUSTIN C. s/APREMIO (Expte. Nº 1252 Año 2009); “Santo Tomé, 24 de Noviembre de 2009. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Por deducida Demanda de Apremio, contra Agustín C. Bianchi, por la suma de $ 6.220,09, con más intereses y costas. Resérvese por Secretaría el sobre documental acompañado y agréguense las copias a autos. Líbrese mandamiento de intimación de pago y en su caso de embargo, al Oficial de Justicia, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. En el mismo acto, se citará de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandará a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Si el dominio subsistiere a nombre del demandado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 6.220,09, con más la suma de $ 3.110, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando al peticionante y/o a quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento. Al punto 5- Oportunamente. Notifiquen en Secretaría los empleados: Vallejo, Serrano, Bogner, Avila. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Fdo.: Gianfrancisco, Juez; Formichelli, Secretaria. Otro decreto: Santo Tomé, 12 de abril de 2012. Notifíquese mediante edictos como lo solicita. Autorízase al Dr. Godio a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Gianfrancisco, Juez; Botbol, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 23 de abril de 2012.
S/C 165895 May. 8 May. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, secretaría a cargo del autorizante, se cita y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de ARTURO ANTONIO BOCK L.E. 2389250 y LETICIA LUISA PEROTTINO D.N.I. 6124927, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Para un mejor proveer se transcribe la parte del decreto que ordena la medida; “ Santa Fe 9 de marzo de 2011. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, y en el hall de tribunales. Notifíquese. Fdo. Dr. Hrycuk (Secretario). Dr. Ríos ( Juez). Santa Fe, 29/11/11.
$ 15 165773 May. 8 May. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Horacio Julio Frutos, L.E. N° 6.313.281 en autos: FRUTOS, HORACIO JULIO s/SUCESORIO. Expte. N° 36/2012 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 18 de Abril de 2012. María Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.
$ 15 165776 May. 8 May. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, en los autos caratulados SALAS NILDA ROSA s/SUCESORIO Expte. Número 130 Año 2012, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Nilda Rosa Salas con D.N.I. Nº 5.802.050, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publican edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Notifíquese. Santa Fe, 11 de Abril de 2012. Fdo. Dra. Mónica De Caminos, Secretaria. Dr. Roberto Dellamonica, Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la Octava Nominación.
$ 15 165830 May. 8 May. 21
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de esta ciudad, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Alcides Luis Giones (L.E. Nº 6.201.085) y doña Cladis Rosa Camino (L.C. Nº 2.394.997), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Todo de acuerdo a lo dispuesto en los autos caratulados: GIONES, ALCIDES LUIS y CAMINO, CLADIS ROSA s/Sucesorio (Expte. Nº 212/2012). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Palacio de Tribunales (art. 592 y 67. mod. Ley 11.287 C.P.C.C.). Santa Fe, 23 de Abril de 2012. Ma. del Huerto Guayán, secretaria.
$ 15 165839 May. 8 May. 21
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad, se cita, llama y emplaza .a los herederos, acreedores y legatarios de don Remigio López (L.E. N° 5.908.777), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Todo de acuerdo a lo dispuesto en los autos caratulados: LOPEZ, REMIGIO s/Sucesorio” (Expte. N° 169/2012). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Palacio de Tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.e.). Santa Fe, 23 de abril de 2012 - Alicia Roteta, Secretaria.
$ 15 165838 May. 8 May. 21
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Pedro ó Pedro Antonio Dip (D.N.I. N° 93.249.240) y doña Lucia José (D.N.I. N° 93.583.476), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Todo de acuerdo a lo dispuesto en los autos caratulados: “DIP, PEDRO y JOSE, LUCIA s/Sucesorio” (Expte. N° 258/2012). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Palacio de Tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.C.). - Santa Fe, 24 de abril de 2012 - Alicia Roteta, Secretaria.
$ 15 165837 May. 8 May. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a acreedores y legatarios del Señor Porpatto, Eduardo Antonio, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus fines en el BOLETIN OFICIAL. - Santa Fe, a los 24 del mes de Abril de del año 2012. Firmado: Beatriz Forno de Piedrabuena, Juez; Patricia Mazzi, Secretaria.
$ 15 165771 May. 8 May. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña VILMA LIDIA CESARI, D.N.I. N° 3.075.898, fallecida en Santa Fe en fecha 13/01/2012, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, 23 de Abril de 2012. Claudio Bermúdez, Juez; - Alfonsina Pacor, Secretaria.
$ 15 165873 May. 8 May. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña MARI MABEL ZABALA, D.N.I. Nº 1.572.625, fallecida en Santa Fe en fecha 18/02/2010, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, 24 de Abril de 2012. - María M. Aylagas, Jueza - Viviana Marín, Secretaria.
$ 15 165874 May. 8 May. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercia! de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Dra. M. Marcela Aylagas, en los autos caratulados: “TOGNOTTI, ROBERTO DANTE s/Sucesorio” Expte. C.U.I.J. Nº 21-00025113-2 Año 2012), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Tognotti, Roberto Dante, L.E. Nº 6.238.233, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. - Santa Fe, 20 de Abril de 2012. - Luciana Rodríguez, Prosecretaria.
$ 15 165869 May. 8 May. 21
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Por disposición del señor juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos “Expte. Nº 189/2012 - SOLE, ANIBAL INDALECIO”, se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante, Don Anibal Indalecio Solé, Documento Identidad 1.883.090, fallecido el 11/06/1974 en la ciudad de Santo Tome, provincia de Santa Fe, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el BOLETIN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. - Santa Fe, 13 de Abril de 2012. - María del Huerto Guayán, Secretaria.
$ 15 165825 May. 8 May 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de ésta ciudad de Santa Fe, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ANTONIO SALMERON, L.E. Nº 6.313.122, y de Doña ELVA ROSA YOLANDA BERTONA, L.C. 6.090.424, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, 23 de Abril de 2012. Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario).
$ 15 165831 May. 8 May. 21
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial de la Séptima Nominación, con asiento en la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados PANIGUTTI ORLANDO PEDRO A. s/Declaratoria de Herederos (Expte. Nº 142 - Año 2012) se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ORLANDO PEDRO ANTONIO AGUSTÍN PANIGUTTI, L.E. Nº 2.395.277, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Planta Baja de Tribunales (Art. 67 C.P.C. y C. Modificado por la ley 11287). Santa Fe, 23 de Abril de 2012. - Luis Pivodori, Prosecretario.
$ 15 165775 May. 8 May. 21
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 11, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge en autos: BARRETO DANIEL ESTEBAN s/Guarda legal con fines asistenciales”, Expte. Nº 572/2009, se ha dispuesto emplazar al Sr. Mauro Sebastián Sañudo, para que dentro del quinto día de la última publicación, comparezcan a estar a derecho, bajo el apercibimiento de rebeldía. San Jorge, 20 de Abril de 2012. Germán Zapata Charles, secretario.
$ 15 165764 May. 8 May. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 11, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don VICENTE LORENZO PASCUAL, para que dentro del término de diez días, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos correspondientes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 26 de Abril de 2012. Dr. Germán Zapata Charles, Secretario.
$ 15 165761 May. 8 May. 21
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez a cargo de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 3ra Nominación de Rafaela, se cita, llama y emplaza a Néstor Víctor Canavesio, D.N.I. N° 6.282.296 para que comparezca a estar a derecho en los autos: “CANAVESIO, NESTOR VICTOR s/Declaración de ausencia por presunción de fallecimiento”, Expte. Nº 89/2012. Rafaela, 07 de marzo de 2011. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial (por seis meses). Fdo: Dr. Carlos Molinari, Secretario. Rafaela, 9 de Abril de 2012.
$ 11 165803 May. 8 May. 14
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Sr. Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Cuarta Nominación, de la cuidad de Rafaela, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de González Hugo Alberto, D.N.I. Nº 16.943.811, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley en los autos: Expte. N° 1870 Año 2011 - GONZALEZ HUGO ALBERTO s/Sucesorio, lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial. Rafaela 20 Abril de 2012. Carina A. Gerbaudo, secretaria.
$ 15 165798 May. 8 May. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia, de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Nominación de Rafaela, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes don Derrier, Esiderio Augusto, argentino, con L.E. N° 02.380.758, último domicilio en Ataliva, de la localidad de Ataliva, Dpto. Castellanos, provincia de Santa Fe, fallecido el 05 de diciembre de 1981 y de Doña Mettan, Nélida Margarita, argentina, L.C. Nº 06.321.808, con domicilio en Ataliva, de la localidad de Ataliva, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, fallecida el día 13 de marzo de 2010, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: Expte. Nº 90 - Año 2012 - DERRIER, ESIDERIO AUGUSTO y METTAN, NELIDA MARGARITA s/Sucesorio, en el término y bajo los apercibimientos de ley. Rafaela, 30 de Marzo de 2012. Carlos Molinari, secretario.
$ 15 165777 May. 8 May. 21
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, de la Ciudad de Reconquista se cita, llama y emplaza a los que se consideren herederos, acreedores y legatarios y/o tuvieren cualquier interés para que los hagan valer en el sucesorio de YORIS, ANTONIO LUIS s/Sucesorio -Expte. Nº 1148/2011 dentro del término y bajo los apercibimientos de ley (Art. 67 in fine C.P.C.C.). Reconquista, 17 de Abril de 2012. Esteban R. Montyn, secretario.
$ 15 165850 May. 8 May. 21
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia, Distrito Nº 4, Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (SF), llama, cita y emplaza para hacer valer sus derechos a herederos, acreedores o legatarios de Adolfo Mussin a comparecer en autos caratulados: MUSSIN, ADOLFO s/Sucesorio (Expte. Nº 588/2011). Publíquese por el término de cinco veces en diez días hábiles en el BOLETIN OFICIAL y conforme al art. 67 y 592 C.P.C.C. Fdo. Dra. María G. Gautero (Secretaria) Dr. Carlos Manuel Agustini (Juez). Reconquista, 9 de marzo de 2.012.
$ 15 165871 May. 8 May. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, de la Ciudad de Reconquista se cita, llama y emplaza a los que se consideren herederos, acreedores y legatarios y/o tuvieren cualquier interés para que los hagan valer en el sucesorio de SPESSOT, ADELA ETELVINA s/Sucesorio - Expte. N° 905/2011, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley (Art. 67 in fine C.P.C.C.). Reconquista, 11 de 2012. Esteban R. Montyn, secretario.
$ 15 165851 May. 8 May. 21
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