picture_as_pdf 2009-05-08

MINISTERIO DE SALUD


NOTIFICACION


Se notifica por este medio que en los autos Caratulado: GONZALEZ NORMA CRISTINA SUC DE - REF: NOTA 16769/07. GESTIONAN RECONOCIMIENTO Y PAGO DE L.A.O./05 Y DIAS COMPENSATORIOS NO USUFRUCTUADOS” Se ha dictado la Resolución Nº 472 de fecha 03/03/09; que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1º. Rechazase el reclamo formulado por el señor ROBERTO DANILO BUSTAMANTE (M.I.Nº 12. 672.021), en su carácter de cónyuge supérstite de la señora Norma Cristina González, ex agente del Hospital “J. B. Iturraspe” de Santa Fe, tendiente al pago de licencias ordinarias correspondientes al año 2005 y de horas trabajadas en calidad de compensatorios no gozadas por la nombrada. Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO, MINISTRO DE SALUD. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 12071, se hace saber el derecho a interponer recurso en el plazo de diez (10) días hábiles, conforme a lo normado en el artículo 42º de la Reglamentación aprobada por Dcto. Nº 10204/58.

Dirección General Despacho, 23 de Abril de 2009.

S/C 3055 May. 8 May. 11

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RESOLUCION Nº 887


Santa Fe, 20 de Abril de 2009.

VISTO:

El expediente Nº 00501-0094582-0 del S.I.E. mediante el cual se propicia la adhesión a disposiciones nacionales relacionadas con la atención en materia de abortos; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 989/05 del Ministerio de Salud de la Nación se aprobó el texto del documento GUIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ATENCION POST ABORTO, y se incorporó la misma al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica;

Que, la mencionada guía procura contribuir a disminuir la morbimortalidad materna y mejorar la calidad de atención de las pacientes gestantes acercando a los profesionales instrumentos que la permitan ofrecer a las mujeres un mejor calidad de atención, desde una perspectiva integral;

Que el aborto representa un grave problema de salud pública en los países en desarrollo, siendo en la República Argentina la primera causa de muerte materna;

Que el abordaje de la atención de las complicaciones post aborto debe enmarcarse en el respeto de los derechos reproductivos, como parte fundamental de los derechos humanos de la mujer y como un deber de todo profesional de la salud;

Que, asimismo, en las presentes actuaciones se gestiona la adhesión a la GUIA TÉCNICA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES elaborada por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;

Que esta última resulta un paso central para a) Favorecer las condiciones para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos para el mejoramiento de la salud sexual y reproductiva, en todos los aspectos relacionados con el aborto en los casos permitidos por la ley; b) Definir medidas para reducir y eliminar las barreras para el acceso al aborto permitido por la ley en distintos niveles de atención; y c) Minimizar los riesgos para la salud y favorecer un enfoque integral y con calidad en la atención del aborto en tales casos;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Dictamen Nº 81799/09, fs.. 40/vto.), no formulado objeciones al trámite de autos;

Que es competencia de este Ministerio, como autoridad administrativa sanitaria a nivel provincial, adoptar la decisión correspondiente en la presente gestión, conforme a lo previsto en el artículo 22º de la Ley Nº 12.817;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Adhiérese a las disposiciones contenidas en la GUIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ATENCION POST ABORTO aprobada por Resolución Nº 989/05 del Ministerio de Salud de la Nación, como así también en la GUIA TECNICA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES elaborada por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, las que se agregan e integran la presente resolución.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO

Ministro de Salud

S/C 3054 May. 89 May. 11

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MINISTERIO DE SEGURIDAD


NOTIFICACION


En las actuaciones tramitadas por expediente Nº 01601-0052604-1, caratulado: “MARTINEZ PATRICIA MONICA c/POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE s/ Sol. Formación Junta Médica para Determinar Incapacidad Laboral” la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad notifica a los derechohabitantes (familiares) de la extinta PATRICIA MONICA MARTINEZ (M.I. 14.343.081), que en los autos citados deberán manifestar expresamente, en el plazo de diez (10) días hábiles, si es su voluntad continuar con la tramitación de estos actuados. Fenecido el plazo otorgado y no habiendo obtenido respuesta por parte de aquellos, se reservarán las actuación en la Mesa de Entradas de este Ministerio para luego proceder, sin más, a su archivo (conforme artículo 65º, Decreto Nº 10.204/58).

S/C 3059 May. 8

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NOTIFICACION


En las actuaciones tramitadas por expediente Nº 00201-0120181-2 y agregado, caratulado: “GALIZZI NORBERTO JACINTO Ref./ Lesiones Profesionales Experimentadas en fecha 25-11-06”, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad notifica a los derechohabientes (familiares) del extinto Norberto Jacinto Galizzi -(M.I. 11.354.348), que en los autos citados deberán manifestar expresamente, en el plazo de diez (10) días hábiles, si es su voluntad continuar con la tramitación de estos actuados. Fenecido el plazo otorgado y no habiendo obtenido respuesta por parte de aquellos, se reservarán las actuaciones en la Mesa de Entradas de este Ministerio para luego proceder, sin más, a su archivo (conforme artículo 65° Decreto Nº 10.204/58).

S/C 3058 May. 4

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ADMINISTRACION PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RESOLUCION Nº 018/09 - GRAL.


Santa Fe, 8 de abril de 2009.

VISTO:

El expediente Nº 13301-0188949-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y las disposiciones vigentes en cuanto al Régimen Facilidades de Pago de carácter permanente aprobado por Resolución General API Nº 06/08 y modificatorias que dispone la utilización del aplicativo domiciliario FaPaC: Sistema de Facilidades de Pago en Cuotas; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución General Nº 06/08 de esta Administración Provincial de Impuestos se estableció un Régimen de Facilidades de Pago de carácter permanente, que permite a los contribuyentes y responsables la regularización de sus obligaciones tributarias utilizando el aplicativo domiciliario FaPaC: Sistema de Facilidades de Pago en Cuotas;

Que por Resolución General Nº 03/09 de esta Administración Provincial de Impuestos se modificó el apartado 4 del segundo párrafo del artículo 2º de la Resolución General Nº 06/08 disponiendo que podrán incorporarse en los planes de pago las deudas por obligaciones vencidas al 31 de diciembre del año inmediato anterior;

Que resultaba procedente la modificación del aplicativo vigente a fin de incorporar los cambios y/o secuencias que hacen a la adecuación del mismo;

Que esta Administración por intermedio de la Sectorial de Informática procedió al desarrollo correspondiente, dando origen a un nuevo “release” de la versión 1.0 del sistema FaPaC.

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica emitiendo el informe Nº 288/09 donde manifiesta que no encuentra observaciones al Proyecto propuesto;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º) Aprobar la Versión 1 Release 14 del aplicativo FaPaC - Sistema de Facilidades de Pago en Cuotas.

ARTICULO 2º) Disponer la libre utilización de la actualización del aplicativo citado en el artículo 1º, el que se pone a disposición de los usuarios en la página web de esta Administración Provincial de Impuestos (http://api.santafe.gov.ar) incorporada a la página web de la provincia de Santa Fe (htto://www.santafe.gov.ar).

ARTICULO 3º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. NICOLAS RUESJAS

Administrador Provincial

S/C 3056 May. 8 May. 11

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

FEDERICO GARMENDIA MOLAS


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos, conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 25.239 al Sr. Agente Fiscal, Dr. José Luis Magno, y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 de Santa Secretaría de Ejecuciones Fiscales, se hace saber que en los autos: “FISCO NACIONAL AFIP-DGI-RNSS) c/Otros s/Ejecución Fiscal” (Expte. Nº 1399/02, CUIT 30-51776985-8), se ha dispuesto que el martillero público Federico Garmendia Molas, (Matrícula 835, CUIT: 20-25694224-1), venda en pública subasta el día 15 de Mayo de 2009, a las 10 hs. en el Anexo del Colegio de Martilleros sito en calle 9 de Julio 1426 de Santa Fe o el día hábil siguiente sí aquél resultare feriado a la misma hora, un lote de terreno baldío ubicado en Santo Tomé. Se lo designa como lote 30 la manzana Nº 39-4040, según plano Nº 63732. Cuenta con 11 m de frente al S. sobre calle Nº 84 Fermín Laprade e igual contrafrente, por 27,50 m. de fondo en sus costados oeste, en donde linda con calle Nº 79 Bieler Haas y este. Sup. total libre de ochava: 290,25 m2. Ubicado a 300 metros al noroeste de la denominada “curva Richieri”, y 1500 metros al sur de la intersección de calles Estados Unidos de México y ruta nacional Nº 19 (medidas aproximadas). Inscripción en el Registro General T° 310 Impar, F° 3068, Nº 60988, Dpto. La Capital. El bien registra embargos, deudas en la API (partida 10-12-00 143259/0048-4) y municipalidad de Santo Tomé. Las deudas registradas hasta aprobada la subasta serán afrontadas en el producido del remate, siendo a cargo del adquirente las tasas, impuestos y servicios posteriores, Base: $ 102,66 (art. 578 C.P.C.C.N). El adquirente abonará en el acto de la subasta y al contado, el 30% a cuenta de precio, más honorario, del martillero del 3% o el mínimo legal $ 119,02 (arts. 63.1. y 64 ley 7547), todo en dinero en efectivo y en pesos. El saldo, dentro del quinto día de aprobada la subasta. Edictos, BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral por dos días. Visitas: Libre. Más informes al martillero, Tel. (0342) 156-108200, o al Agente Fiscal, (0342) 4583152. Santa Fe, 5 de abril de 2009. Fdo: Dr. José Luis Magno, Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 67177 May. 8 May. 14

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