picture_as_pdf 2008-05-08

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 060

REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE

CORRESPONDIENTES AL MES DE MAYO/08.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0070085-9 del S.I.E., mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe", proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de MAYO/08; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires; Sorteos Propios de Quiniela y sorteos de Quiniela de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero;

Que a tal efecto se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicados oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que el Sorteo N° 7403 de Quiniela Nocturna a realizarse el día viernes 02/05/08, se resolverá por los Códigos de Lotería 1 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional SE), 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe), 4 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Montevideo) y el Código de Lotería 5 que corresponderá, excepcionalmente, a Sorteo de Lotería de Córdoba no captándose apuestas en dicha oportunidad para Lotería de Santiago del Estero;

Que para los Sorteos N° 7409, 7415, 7421 y 7427 de fecha 09, 16, 23 y 30/05/08, el Código de Lotería 4 corresponde a Sorteo de Lotería de Lotería de Montevideo

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 758 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el primer premio, PESOS DOS MIL ($ 2.000) para el segundo premio, PESOS UN MIL ($ 1.000) para el tercer premio y PESOS QUINIENTOS ($ 500) para los premios cuarto y quinto respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL (1.000);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1. - Aprobar la Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe" para el mes de MAYO/08, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2. - Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3. - Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento que los regula, las que fueran previstas en la Resolución de Dirección General N° 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección General N° 020/03, otorgándose la suma de PESOS DIEZ MIL, al primer premio, PESOS DOS MIL al segundo premio, PESOS UN MIL al tercer premio, PESOS QUINIENTOS al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas conforme la política de premios que rige a partir del Sorteo N° 758.

ARTICULO 4. - El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 5. - Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 28 de Abril de 2008.

C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO

Director Gral. de Juegos de Azar

Caja de Asistencia Social

ANEXO I

PROGRAMACION SORTEOS DE QUINIELAS MAYO/08

SORTEO FECHA LOTERIAS INTERVINIENTES HORA PRESCREP DÉBITOS

SFE ROS INTERIOR

3259 02.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 1400 19.05.08 07.05.08 07.05.08

3693 02.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 S FE 4 ORO 17.30 19.05.08 07.05.08 07.05.08

*7403 02.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 19.05.08 07.05.08 07.05.08

3260 03.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 1500 19.05.08 07.05.08 07.05.08

7404 03.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 21.00 19.05.08 07.05.08 07.05.08

3261 05.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 1400 20.05.08 08.05.08 12.05.08

3694 05.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 20.05.08 08.05.08 12.05.08

7405 05.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 20.05.08 08.05.08 12.05.08

3262 06.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 21.05.08 09.05.08 12.05.08

3695 06.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 21.05.08 09.05.08 12.05.08

7406 06.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 OR0 21.00 21.05.08 09.05.08 12.05.08

3263 07.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 22.05.08 12.05.08 14.05.01

3696 07.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 22.05.08 12.05.08 14.05.01

7407 07.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 22.00 22.05.08 12.05.08 14.05.08

3264 08.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 23.05.08 13.05.08 14.05.01

3697 08.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 17.30 23.05.08 13.05.08 14.05.08

7408 08.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 23.05.08 13.05.08 l4.05.08

3265 09.05.08 1 NAC 2BSAS 3 SFE 14.00 26.05.08 14.05.08 14.05.08

3698 09.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 26.05.08 14.05.08 14.05.08

*7409 09.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 26.05.08 14.05.08 14.05.08

3266 10.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 15.00 26.05.08 14.05.08 14.05.08

7410 10.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 26.05.08 14.05.08 14.05.08

3267 12.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 27.05.08 15.05.08 19.05.08

3699 12.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 27.05.08 15.05.08 19.05.08

7411 12.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 21.00 27.05.08 15.05.08 19.05.08

3268 13.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 11.00 28.05.08 16.05.08 19.05.08

3700 13.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 28.05.08 16.05.08 19.05.08

7412 13.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 28.05.08 16.05.08 19.05.08

3269 14.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 29.05.08 19.05.08 21.05.08

3701 14.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 29.05.08 19.05.08 21.05.08

7413 14.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 22.00 29.05.08 19.05.08 21.05.08

3270 15.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 14.00 30.05.08 20.05.08 21.01.08

3702 15.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 30.05.08 20.05.08 21.05.08

7414 15.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 30.05.08 20.05.08 11.05.08

3271 16.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 02.06.08 21.05.08 21.05.08

3703 16.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 02.06.08 2105.08 21.05.08

*7415 16.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 02.06.08 21.05.08 21.05.08

3272 17.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 15.00 02.06.08 21.05.08 21.05.08

7416 17.05.O8 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 21.00 02.06.08 21.05.08 21.05.08

3273 19.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 14.00 03.06.08 22.05.08 26.05.08

3704 19.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 03.06.08 22.05.08 26.05.08

7417 19.05.08 1 NAC 2 BSAS. 3 SFE 4 ORO 21.00 03.06.08 22.05.08 26.05.08

3274 20.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 04.06.08 23.05.08 26.05.08

3705 20.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 04.06.08 23.05.08 26.05.08

7418 20.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 04.06.08 23.05.08 26.05.08

3275 21.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 05.06.08 26.05.08 28.05.08

3706 21.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 05.06.08 26.05.08 28.05.08

7419 21.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 22.00 05.06.08 26.05.08 28.05.08

3276 22.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 06.06.08 27.05.08 28.05.08

3707 22.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 17.30 06.06.08 27.05.08 28.05.08

7420 22.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 06.06.08 27.05.08 28.05.08

3277 23.05.08 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 1400 09.06.08 28.05.08 28.05.08

3708 23.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 09.06.08 28.05.08 28.05.08

*7421 23.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 09.06.08 28.05.08 28.05.08

3278 24.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 15.00 09.06.08 28.05.08 28.05.08

7422 24.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 09.06.08 28.05.08 28.05.08

3279 26.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 10.06.08 29.05.08 02.06.08

3709 26.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 10.06.08 29.05.08 02.06.08

7423 26.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 10.06.08 29.05.08 02.06.08

3280 27.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 11.06.08 30.05.08 02.06.08

3710 27.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 11.06.08 30.05.08 02.06.08

7424 27.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 11.06.08 30.05.08 02.06.08

3281 28.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 11.00 12.06.08 02.06.08 04.06.08

3711 28.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 12.06.08 02.06.08 04.06.08

7425 28.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 22.00 12.06.08 02.06.08 04.06.08

3282 29.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 13.06.08 03.06.08 04.06.08

3712 29.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 13.06.08 03.06.08 04.06.08

7426 29.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 13.06.08 03.06.08 04.06.08

3283 30.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 14.00 17.06.08 04.06.08 04.06.08

3713 30.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 17.30 17.06.08 04.06.08 04.06.08

*7427 30.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 17.06.08 04.06.08 04.06.08

3284 31.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 15.00 17.06.08 04.06.08 04.06.08

7428 31.05.08 1 NAC 2 BSAS 3 SFE 4 ORO 21.00 04.06.08 04.06.08

OBSERVACIONES:

*SORTEO Nº 7403 DE QUINIELA NOCTURNA A REALIZARSE EL DIA VIERNES 02/05/08: EL CODIGO DE LOTERIA 4, CORRESPONDE A SORTEO DE QUINIELA DE LOTERIA DE MONTEVIDEO Y EL CODIGO DE LOTERIA 5 CORRESPONDE EXCEPCIONALMENTE A SORTEO DE LOTERIA DE CORDOBA.

*SORTEOS Nº 7409, 7415, 7421 y 7427 DE QUINIELA NOCTURNA A REALIZARSE LOS DIAS VIERNES 09, 16, 23 Y 30/05/08, EL CODIGO DE LOTERIA 4, CORRESPONDE A SORTEOS DE LOTERIA DE LOTERIA DE MONTEVIDEO.

ANEXO I

PROGRAMACION SORTEOS DE QUINIELA

HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO PREVISTOS PARA EL MES DE MAYO/08

Matutina Vespertina Nocturna

NACIONAL Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

PROVINCIA DE Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

BUENOS AIRES Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

SANTA FE Lunes y Martes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

Miércoles 14.00 hs. 17.30 hs. 22.00 hs.

Jueves y Viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

MONTEVIDEO Lunes a viernes 15.00 hs.

Lunes a sábados 21.00 hs.

CORDOBA jueves 21.10 hs.

Viernes 02/05/08 21.10 hs.

SGO. DEL ESTERO Viernes 21.30 hs.

A excepción del

02/05/08 22.30 hs.

HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS

QUINIELA MATUTINA

Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2, y 3 13.45 hs.

Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 14.45 hs.

QUINIELA VESPERTINA

Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 17.15 hs.

Código 4 14.45 hs.

QUINIELA NOCTURNA

Lunes a Sábados Códigos de Loterías 1, 2, 3, 4 y 5 20.45 hs.

CONCURSOS EXTRAS

SORTEO FECHA PERIODO COMPRENDIDO

832 07/05/08 11/04/08 al 03/05/08

833 14/05/08 18/04/08 al 10/05/08

834 21/05/08 25/04/08 al 17/05/08

835 28/05/08 02/05/08 al 24/05/08

DETALLE DE PREMIOS

PARA CADA ZONA.

PRIMER PREMIO: $ 10.000.- (PESOS DIEZ MIL)

SEGUNDO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)

TERCER PREMIO: $ 1.000.- (PESOS UN MIL)

CUARTO PREMIO: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS)

QUINTO PREMIO: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS)

PREMIO ESTIMULO PARA AGENCIEROS: $ 1.000.- (PESOS UN MIL)

SE REALIZARÁN EN SUS HORARIOS HABITUALES, ANTE ESCRIBANO PUBLICO, EN LA SALA DE SORTEOS DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE - Y SERÁN TRANSMITIDOS POR CANAL 13 SANTA FE DE LA VERA CRUZ EL CORRESPONDIENTE A SANTA FE ZONA NORTE Y POR CANAL 5 DE LA CIUDAD DE ROSARIO EL REALIZADO PARA ROSARIO Y ZONA SUR.

PRESCRIPCIONES

SEMANALMENTE SE EMITIRÁ UN MEMO POR TERMINAL QUE INDICARÁ LOS IMPORTES PAGADOS Y PRESCRIPTOS PARA CADA UNA DE LAS MODALIDADES DEL JUEGO QUINIELA, A LAS 72 (SETENTA Y DOS) HORAS SE EMITIRÁ EL DÉBITO CORRESPONDIENTE EN CONCEPTO DE "PRESCRIPCIÓN".

DURANTE LOS 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS POSTERIORES A LA EMISIÓN DEL MEMO, LA GERENCIA DE QUINIELA RECEPCIONARÁ LOS RECLAMOS PERTINENTES.

LOS DEBITOS EN CONCEPTO DE PRESCRIPCIONES DE SORTEOS DE QUINIELA Y POZO DE LA QUINIELA, SE EMITIRÁN CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE:

SORTEOS Nº FECHA EMISIÓN FECHA EMISION

MEMO DEBITO

Q. NOCTURNA 7398 al 7402

Q. VESPERTIUMA 3689 al 3692

Q. MATUTINA 3254 al 3258 *19/05/08 22/05/08

POZO DE LA QUINIELA 2022 al 2026

Q. NOCTURNA 7403 al 7408

Q. VESPERTINA 3693 al 3697

Q. MATUTINA 3259 al 3264 *26/05/08 29/05/08

POZO DE LA QUINI9ELA 2027 al 2032

Q.NOCTURNA 7409 al 7414

Q. VESPERTINA 3698 al 3702 *02/06/08 05/06/08

Q. MATUTINA 3265 al 3270

POZO DE LA QUINIELA 2033 al 2038

Q. NOCTURNA 7415 al 7420

Q. VESPERTINA 3703 al 3707

Q. MATUTINA 3271 al 3276 *09/06/08 12/06/08

POZO DE LA QUINIELA 2039 al 2044

Q.NOCTURNA 7421 al 7426

Q. VESPERTINA 3708 al 3712

Q. MATUTINA 3277 al 3282 *16/06/08 19/06/08

POZO DE LA QUINIELA 2045 al 2050

DISPONIBLE A PARTIR DE LAS 14.00 HS.-

GERENCIA DE QUINIELA

S/C 1273 May. 8

__________________________________________________________________________________________________

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 061

REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA "TOMBOLA SANTAFESINA" CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO/08.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0070094-1 del registro del S.I.E, mediante el cual se eleva para su aprobación la Programación de Sorteos de la "Tómbola Santafesina", correspondiente al mes de MAYO/08; y,

CONSIDERANDO:

Que el reglamento de dicho juego, aprobado por Resolución de Presidencia N° 003/03, en su artículo 2do. determina que los sorteos se realizarán conforme a la programación y frecuencia que determine la Caja de Asistencia Social;

Que de la evaluación del resultado de la comercialización del juego, se evidencia la conveniencia de continuar con la frecuencia de tres jugadas semanales;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1. - Aprobar la Programación de Sorteos de la "Tómbola Santafesina", correspondiente al mes de MAYO de 2008 y Parámetros de Prescripción Semanal, obrantes en el Anexo 1, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2. - Los sorteos de la "Tómbola Santafesina" se realizarán con los equipos de esta Caja de Asistencia Social y con la intervención de su propio personal.

ARTICULO 3. - El gasto que demande la presente gestión se imputará al carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 4. - Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 29 de Abril de 2008.

C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO

Director Gral. de Juegos de Azar

Caja de Asistencia Social

ANEXO I

PROGRAMACION DE SORTEOS

"TOMBOLA SANTAFESINA"

MAYO/08

SORTEO N° FECHA HORA FECHA

SORTEO PRESCRIPCION

2250 03.05.08 21.00 19.05.08

2251 06.05.08 21.00 21.05.08

2252 08.05.08 21.00 23.05.08

2253 10.05.08 21.00 26.05.08

2254 13.05.08 21.00 28.05.08

2255 15.05.08 21.00 30.05.08

2256 17.05.08 21.00 02.06.08

2257 20.05.08 21.00 04.06.08

2258 22.05.08 21.00 06.06.08

2259 24.05.08 21.00 09.06.08

2260 27.05.08 21.00 11.06.08

2261 29.05.08 21.00 13.06.08

2262 31.05.08 21.00 17.06.08

PRESCRIPCIONES

SORTEOS FECHA EMISION MEMO FECHA EMISION

DÉBITO

2242 al 2244 *05.05.08 *08.05.08

2245 al 2247 *12.05.08 *15.05.08

2248 al 2249 *19.05.08 *22.05.08

2250 al 2252 *26.05.08 *29.05.08

2253 al 2255 *02.06.08 *05.06.08

*INFORMACION DISPONIBLE EN TERMINAL A PARTIR DE LAS 14.00 HS.

SANTA FE, 29 de Abril de 2008.-

S/c 1274 May. 8

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MINISTERIO DE EDUCACION

Disposición N° 158/08 - Servicio Provincial de Enseñanza Privada Parte Dispositiva:

1) No hacer lugar a la solicitud de apertura de un servicio educativo de nivel primario e inicial" "efectuada por la Asociación Civil Iglesia Evangélica Misionera Argentina", para desarrollar" "actividades" "en la localidad de Casilda."

2) Hacer saber a la solicitante que lo dispuesto en el apartado precedente impide la matriculación de alumnos para el nivel peticionado y atendiendo a que el mismo se encuentra dentro del tramo obligatorio de la educación, no se reconocerán actividades académicas de ningún tipo, durante el presente período lectivo.

3) La omisión de lo dispuesto habilitará a este Organismo a proceder conforme los términos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 24806.

4) Comunicar y archivar. Fdo.: Prof. Germán Falo - Claudia Romano de Sale. Es copia fiel.

Disposición N° 159/08 - Servicio Provincial de Enseñanza Privada

Parte Dispositiva:

1) No hacer lugar a la solicitud de apertura de un servicio educativo de nivel medio efectuada por la Fundación FOCUS Educación Sudamericana, para desarrollar actividades en la ciudad de Rosario.

2) Hacer saber a la solicitante que lo dispuesto en el apartado precedente impide la matriculación de alumnos para el nivel peticionado y atendiendo a que el mismo se encuentra dentro del tramo "obligatorio" de la educación, no se reconocerán actividades académicas de ningún tipo, durante el presente período lectivo.

3) La omisión de lo dispuesto habilitará a este Organismo a proceder conforme los términos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 24806.

4) Comunicar y archivar.- Fdo.: Prof. Germán Falo - Claudia Romano de Sale. Es copia fiel.

S/C 1282 May. 8 May. 12

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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA

DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD

NOTIFICACIÓN DE EDICTOS

En relación a los autos administrativos N° 16102-0015370-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 0931 de fecha 20/05/2004 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 10204/58, al Sr. CESAR AMILCAR MICHERI con último domicilio conocido Calle Marcial Candioti N° 3505 de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 2052 dictada el 26 de Septiembre de 2005 por el Ing. Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando: ... Resuelve: ..., Artículo 1°.- Intimar al Sr. MICHERI CESAR AMILCAR en carácter de conductor con domicilio en Calle Marcial Candioti N° 3505 de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, a los transportistas FRUTOS SERGIO OSCAR, con domicilio en Calle Blas Parera N° 7801 y FRUTOS OSCAR ZENOR con domicilio en calle Blas Parera N° 7801 de la localidad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe, y al cargador MICINO NORBERTO con domicilio en la localidad de Bandera Prov. de Santiago del Estero, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 4.080,30.- (pesos cuatro mil ochenta con 30/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta N° 2951 - 9° Piso - Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 2°- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca MERCEDES BENZ Modelo L 1114/42, Dominio Chasis VPR 617, Dominio Acoplado WEZ 086, Sr. MICHERI CESAR AMILCAR con domicilio en Calle Marcial Candioti N° 3505 de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, a los transportistas FRUTOS SERGIO OSCAR, con domicilio en Calle Blas Parera N° 7801 y al FRUTOS OMAR ZENOR con domicilio en Calle Blas Parera N° 7801 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y el cargador MICINO NORBERTO, con domicilio en la localidad de Bandera, Prov. de Santiago del Estero, tendiente al cobro de la suma de $ 4.080,30.- (pesos cuatro mil ochenta con 30/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 3°- Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL, a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/c 1267 May. 8 May. 9

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DIRECCION PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES

Y SUMINISTROS

DISPOSICION N° 079

Santa Fe, 2 de Mayo de 2008

VISTO: los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco firmas y la renovación de otras, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Acuerdo 5100/55 y Disposición 065/05, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes.

Que la Subdirección General y el Departamento de Asuntos Legales de esta Dirección Provincial, han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1) Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 065/05, a las siguientes firmas: (2.469) BERRAZ, FLAVIO AUGUSTO; (2.470) CARDIOPACK ARGENTINA S.A.; (2.471) "EL ARTE BOLIVIANO" de ORELLANA ANDIA, GROVER; (2.472) INSTRUMENTALIA S.A., (2.473) SERVICIOS E INSUMOS MEDICOS S.R.L.

2) Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18 meses a partir de su Publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, de las siguientes firmas; (180) DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A.; (240) FRUTERIA Y VERDULERIA QUIQUE" de USKAER, ENRIQUE PEDRO; (1.089) TAMECAS S.R.L; (1.236) TRAC VIAL S.R.L.; (1.441) INDUSTRLAS QUIMICAS SANTA FE S.A., (1.567) MEDICI Y ORTEGA S.R.L.; (1.742) G. Y C. PHARMA S.R.L,; (1.754) CORBO HNOS S.H. de CORBO RICARDO RAUL Y MANIEL OSVALDO, (2.019) SICEVICH, ESTER JUANA; (2.245) "LIBERTY PAÑALES" S.H. DE GUARINO MARCELO y GUARINO FERNANDO.

3) Otorgar a las firmas proveedoras la certificación que las acredite como tales en su inscripción bajo los números y validez mencionadas precedentemente.

4) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO I. ARZUAGA

Director Provincial

S/C 1285 May. 8 May. 9

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