COLEGIO DE MEDICOS
VETERINARIOS DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
2ª CIRCUNSCRIPCION
RESOLUCION Nº 025
Rosario, 26 de agosto de 2011
VISTO:
Las facultades de este Colegio respecto de la determinación de los aranceles profesionales veterinarios en ejercicio de la profesión, tal como se determina en el Art. 8 Inc. g de la Ley 3.950 y Art. 17 Inc. n) de los Estatutos;
CONSIDERANDO:
Que si bien los honorarios son orientativos, los mismos deben reunir las condiciones mínimas no solo en su carácter alimentario, sino a la dignidad profesional.
Que la valoración se determina por la variación del índice de precios al consumidor de la Provincia de Santa Fe, el precio de la grasa butirosa y el precio del novillo, por lo que corresponde adecuarlas a la fecha, teniendo en cuenta las diferentes situaciones que comprende la actividad profesional.
POR ELLO,
EL CONSEJO ASESOR DEL COLEGIO
DE MEDICOS VETERINARIOS DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION,
RESUELVE:
1.- Fijar a partir del 1° de Septiembre de 2011 valor de la unidad Gavet de la siguiente manera:
a) Para lo referido a honorarios profesionales contemplados en el nomenclador de grandes animales en la suma de $ 3,60.
b) Para lo referido a honorarios profesionales contemplados en el nomenclador de pequeños animales en la suma de $ 3,00.
c) Para los servicios y tasas institucionales en la suma de $ 3,00.
2.- Hágase saber y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y del Colegio.-
Dr. HORACIO F. MEZZADRA
Presidente
$ 15 159971 Mar. 8
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RESOLUCION Nº 026
Rosario, 02 de diciembre de 2011
VISTO:
Las facultades de este Colegio respecto de la determinación de los aranceles profesionales veterinarios en ejercicio de la profesión, tal como se determina en el Art. 8 Inc g de la Ley 3.950 y Art. 17 Inc. n) de los Estatutos;
CONSIDERANDO:
Que si bien los honorarios son orientativos, los mismos deben reunir las condiciones mínimas no solo en su carácter alimentario, sino a la dignidad profesional.
Que la valoración se determina por la variación del índice de precios al consumidor de la Provincia de Santa Fe, el precio de lo grasa butirosa y el precio del novillo, por lo que corresponde adecuarlas a la fecha, teniendo en cuenta las diferentes situaciones que comprende la actividad profesional.
POR ELLO,
EL CONSEJO ASESOR DEL COLEGIO DE
MEDICOS VETERINARIOS DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE - SEGUNDA
CIRCUNSCRIPCION
RESUELVE:
1.- Fijar o partir del 1° de enero de 2012 valor de la unidad GAVET de la siguiente manera:
a) Para lo referido a honorarios profesionales contemplados en el nomenclador de grandes animales en la suma de $ 4,00.
b) Para lo referido a honorarios profesionales contemplados en el nomenclador de animales de compañía en la suma de $ 3,75.
c) Para los servicios y tasas institucionales en la suma de $ 3,25.
2.- Hágase saber y publíquese en el Boletín Oficial de lo Provincia y del Colegio.-
Dr. HORARIO F. MEZZADRA
Presidente
$ 15 159970 Mar. 8
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