CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL -
LOTERIA
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL N° 062
Ref.: Aprobando
programación de sorteos de la “Tómbola Santafesina” correspondiente al mes de
MARZO 2010.
VISTO:
Las actuaciones
obrantes en el Expediente N° 00302-0079615-5 del registro del S.I.E., mediante
el cual se eleva para su aprobación la Programación de Sorteos de la “Tómbola
Santafesina” correspondiente al mes de MARZO 2010; y,
CONSIDERANDO:
Que el reglamento de
dicho juego, aprobado por Resolución de Presidencia N° 003/03, en su artículo
2do. determina que los sorteos se realizarán conforme a la programación y
frecuencia que determine la Caja de Asistencia Social;
Que de la evaluación
del resultado de la comercialización del juego, se evidencia la conveniencia de
continuar con la frecuencia de tres jugadas semanales;
Que la partida
presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los premios establecidos en esta programación;
Por ello, y de
conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82,
LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Aprobar
la Programación de Sorteos de la “Tómbola Santafesina”, correspondiente al mes
de MARZO 2010 y Parámetros de Prescripción Semanal, obrantes en el Anexo I, el
que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Los
sorteos de la “Tómbola Santafesina” se realizarán con los equipos de esta Caja
de Asistencia Social y con la intervención de su propio personal.
ARTICULO 3°.- El
gasto que demande la presente gestión se imputará al carácter 2 - Organismos
Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 -
Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley
25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros
Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas
Operativas - Premios.
ARTICULO 4°.-
Regístrese, comuníquese y archívese.
Santa Fe, 26 de
Febrero de 2010
C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO
Director Gral. de Juegos de Azar
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
Programación de Sorteos “Tómbola Santafesina”
MARZO 2010
SORTEO N° FECHA HORA FECHA
SORTEO PRESCRIPCION
2529 02.03.10 21.00 17.03.10
2530 04.03.10 21.00 19.03.10
2531 06.03.10 21.00 22.03.10
2532 09.03.10 21.00 25.03.10
2533 11.03.10 21.00 26.03.10
2534 13.03.10 21.00 29.03.10
2535 16.03.10 21.00 31.03.10
2536 18.03.10 21.00 05.04.10
2537 20.03.10 21.00 05.04.10
2538 23.03.10 21.00 07.04.10
2539 25.03.10 21.00 09.04.10
2540 27.03.10 21.00 12.04.10
2541 30.03.10 21.00 14.04.10
PRESCRIPCIONES
SORTEOS FECHA
EMISION MEMO FECHA EMISION DEBITO
2528 al 2530 *22.03.10 *25.03.10
2531 al 2533 *29.03.10 *05.04.10
2534 al 2535 *05.04.10 *08.04.10
2536 al 2539 *12.04.10 *15.04.10
* Información
disponible en terminal a partir de las 14.00 hs.
S/C 4270 Mar. 8
__________________________________________
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL N° 060
Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO
DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE MARZO DE 2010
VISTO:
Las actuaciones
obrantes en el Expte. N° 00302-0079506-4 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la
GERENCIA DE QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del
mes de MARZO de 2010.
Que dicha
Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.
Que la misma prevé la
realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”,
“REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 1711, 1712, 1713, 1714, 1715, 1716, 1717,
1718 y 1719 a sortearse los días 03, 07, 10, 14, 17, 21, 24, 28 y 31 de Marzo
de 2010, a las 21,30 horas los días miércoles y a las 21,15 horas los días
domingo.
Que el precio de
venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los
Concursos del mes de MARZO de 2010, se ha establecido en PESOS DOS ($ 2,00),
mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en
el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($
1,00) para cada uno.
Que se estima
importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades
Quini-6 Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha,
otorgarán como mínimo un premio de Pesos Un millón quinientos mil ($
1.500.000.-) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso
contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los
porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio
Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma
necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de
Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que se considera
conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de MARZO de 2010,
un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($
500.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del
Juego.
Que en lo que
respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros.
521, 522, 523 y 524 cuyos sorteos se realizarán los días 07, 14, 21 y 28 de
Marzo de 2010 a las 21,00 horas.
Que a fin de mantener
el interés de los apostaderos en esta modalidad, se estima conveniente asegurar
como mínimo la suma de Pesos Un millón ($ 1.000.000.-) para el Primer Premio,
en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario,
el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes
correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio
Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para
premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6
Que además, en esta
modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de
Marzo de 2010, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES, que serán asignados mediante un
sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que
participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.
Que cada premio
adicional será de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-), los que serán abonados a los
ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($
1.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros.
20.630, 23.351 y 24.800.
Que los fondos
necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente,
más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán
tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que la partida
presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los premios establecidos en esta programación.
Por ello y atento a
lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la
Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 134/2001 y sus modificatorias Nros.
045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar
la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”,
“REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de Marzo de 2010, la que
como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización
de los Concursos Nros. 1711, 1712, 1713, 1714, 1715, 1716, 1717, 1718 y 1719 a
sortearse los días 03, 07, 10, 14, 17, 21, 24, 28 y 31 de Marzo de 2010, a las
21,30 horas los días miércoles y a las 21,15 horas los días domingo.
ARTICULO 2°.-
Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos
cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00) para
participar del “QUINI-6 TRADICIONAL”, mientras que los adicionales para
participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6
SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.
ARTICULO 3°.- Otorgar
un PREMIO EXTRA DE PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) en cada uno de los
concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1° de la presente, de acuerdo a
lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.
ARTICULO 4°.-
Asegurar en todos los concursos del mes de Marzo de 2010, como mínimo PESOS UN
MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-) para el Primer Premio de las modalidades
Quini-6 Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha,
sólo en caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso
contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los
porcentajes de Recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero
seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 5°. Aprobar
la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II
forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los
Concursos Nros. 521, 522, 523 y 524 a sortearse los días 07, 14, 21 y 28 de
Marzo de 2010 a las 21,00 horas.
ARTICULO 6°.-
Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos
cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00).
ARTICULO 7°.-
Asegurar en todos los concursos de BRINCO del mes de Marzo de 2010, como mínimo
un Primer Premio de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), sólo en el caso de
registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo
para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos
por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo
tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 8°.- Otorgar
en cada Concurso de BRINCO del mes de Marzo de 2010, DIEZ (10) PREMIOS
ADICIONALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a
continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de
apuestas del respectivo concurso.
ARTICULO 9°.- Cada
uno de los premios adicionales dispuestos en el artículo anterior será de PESOS
DOCE MIL ($ 12.000) los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas
mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada una, libre de los
gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.
ARTICULO 10°.- La
suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los
artículos 4° y 7°, como los importes destinados para premios más gravámenes a
que refieren los artículos 8° y 9°, serán tomados del Fondo de Reserva para
Premios Especiales del Quini-6.
ARTICULO 11°.- El
gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 -
Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía,
Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad
04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7,
Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial
06 - Pérdidas Operativas - Premios.
ARTICULO 12°.-
Regístrese, comuníquese y archívese.
Santa Fe, 24 de
febrero de 2010
CPN JORGE ALBERTO BOSSIO
Director Gral. de Juegos de Azar
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6”,
“TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”
MES: MARZO DE 2010
FECHA PRECIO
DE APUESTAS
CONCURSO DE FECHA DE
NUMERO SORTEO PRESCRIP. TRADIC. CON CON.
REVANCHA S. SALE
1711 03/03/10 18/03/10 $2,00 $3,00 $4,00
1712 07/03/10 22/03/10 $2,00 $3,00 $4,00
1713 10/03/10 25/03/10 $2,00 $3,00 $4,00
1714 14/03/10 29/03/10 $2,00 $3,00 $4,00
1715 17/03/10 01/04/10 $2,00 $3,00 $4,00
1716 21/03/10 05/04/10 $2,00 $3,00 $4,00
1717 24/03/10 08/04/10 $2,00 $3,00 $4,00
1718 28/03/10 12/04/10 $2,00 $3,00 $4,00
1719 31/03/10 15/04/10 $2,00 $3,00 $4,00
PREMIO EXTRA: En
todos los concursos cuyos sorteos se realizarán durante el mes de Marzo de
2010, se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de Pesos Quinientos Mil ($
500.000).
HORARIO DE RECEPCION
DE APUESTAS:
SORTEO MIERCOLES:
MIERCOLES 19,30 horas.
SORTEO DOMINGO:
SABADO 20,45 horas.
Santa Fe, 24 de
febrero de 2010
ANEXO II
PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6
“BRINCO”
MES: MARZO de 2010
CONCURSO FECHA
DE FECHA DE PRECIO DE APUESTA
NUMERO SORTEO PRESCRIP.
521 07/03/10 22/03/10 $2,00
522 14/03/10 29/03/10 $2,00
523 21/03/10 05/04/10 $2,00
524 28/03/10 12/04/10 $2,00
Todos los Premios
Adicionales Especiales de los Concursos del mes de Marzo de 2010 serán de Pesos
Doce Mil ($ 12.000) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12)
cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Un Mil ($ 1.000) cada una.
HORARIOS DE CIERRE DE
RECEPCION DE APUESTAS:
SISTEMA ON LINE: SABADO
20,45 horas.
Santa Fe, 24 de
Febrero de 2010.
S/C 4271 Mar. 8
__________________________________________
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL Nº 061/10
REF.: APROBANDO
PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE
MARZO 2010
VISTO:
Las actuaciones
obrantes en el Expediente Nº 00302-0079616-6- del S.I.E. mediante el cual se
elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”,
proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de MARZO/10; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de
referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos
de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos
Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por
Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y
Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados; Quiniela y/o Lotería de
Montevideo de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela
de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios
de Quiniela de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por
Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E, Quiniela de Lotería Provincia de
Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe; Quiniela o Lotería de Montevideo,
Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero y Quiniela Poceada Federal
que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela
(Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados;
Que a tal efecto, se
han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores,
en algunos casos no comunicadas oficialmente, pero anticipadas telefónicamente
por sus funcionarios;
Que en los Sorteos Nº
3821 de Quiniela Matutina y Nº 7962 de Quiniela Nocturna, ambos de fecha
01/03/10, no se captarán apuestas para el Código de Lotería 4 (Quiniela de
Montevideo), en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del
Uruguay, debido a la Asunción del Presidente de la Nación Sr. José A. Mujica;
Que a partir del día
15/03/10 los Sorteos de Quiniela Matutina se resolverán por los Códigos de
Loterías 1, 2 y 3, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia
de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, respectivamente;
Que desde el día
15/03/10 los Sorteos de Quiniela Vespertina se resolverán por los Códigos de
Lotería 1 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional S.E), 2 (Sorteo de Quiniela
de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo de Quiniela de Lotería de
Santa Fe) y 4 (Sorteo de Quiniela de Montevideo);
Que las
modificaciones que se efectúan en las modalidades Matutina y Vespertina a
partir del día 15/03/10, obedecen al cambio de Huso Horario dispuesto en la
República Oriental del Uruguay a partir del segundo domingo del mes de marzo de
cada año, según norma legal de fecha 04 de Septiembre de 2006;
Que en el Sorteo Nº
7982 de Quiniela Nocturna a llevarse a cabo el día jueves 25 de Marzo de 2010,
excepcionalmente se captarán apuestas para el Código de Lotería 5 (Lotería de
Córdoba) en razón de que el Organismo Emisor traslada para la citada fecha su
sorteo del día miércoles 24/03/10;
Que de acuerdo a los
convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de
Marzo/10, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal serán realizados por esta
Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe-;
Que también se
programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no
ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero
en efectivo en todos sus premios;
Que se ha dispuesto
mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los
Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las
zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ
MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer
premio, PESOS DOS MIL ($2.000) para los premios cuarto y quinto
respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente
y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);
Que las apuestas a
cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería
3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe,
abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el
monto apostado;
Que la partida
presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los premios establecidos en esta programación;
Por todo ello, y de
conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82,
LA DIRECCION GENERAL
DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Aprobar
la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de
MARZO/10, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente
Resolución.-
ARTICULO 2°.-
Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil
(10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán
únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de
realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.
ARTICULO 3°.-
Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones
que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N°
170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ
MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al
cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al
décimo, respectivamente, y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estímulo
Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir
del Sorteo N° 855.
ARTICULO 4°.- El
gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos
Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 -
Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley
25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros
Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas-
Premios.
ARTICULO 5°.-
Regístrese, comuníquese y archívese.-
SANTA FE, 26 de
Febrero de 2010
C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO
Director General de Juegos de Azar
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
PROGRAMACION SORTEOS DE QUINIELAS
MARZO / 10
SORTEO FECHA
LOTERIAS INTERVINIENTES HORA PRESCRIP DEBITOS
SFE ROS INTERIOR
0429 01.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 16.03.10 04.03.10
*3821 01.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 16.03.10 04.03.10
4145 01.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 16.03.10 04.03.10
*7962 01.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 21.00 16.03.10 04.03.10
0430 02.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 17.03.10 05.03.10
3822 02.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 17.03.10 05.03.10
4146 02.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 17.03.10 05.03.10
7963 02.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 17.03.10 05.03.10
0431 03.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 18.03.10 08.03.10
3823 03.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 18.03.10 08.03.10
4147 03.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 18.03.10 08.03.10
7964 03.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3S FE 4 ORO 5 CORDOBA 22.00 18.03.10 08.03.10
0432 04.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 19.03.10 09.03.10
3824 04.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 19.03.10 09.03.10
4148 04.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 19.03.10 09.03.10
7965 04.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 19.03.10 09.03.10
0433 05.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 22.03.10 10.03.10
3825 05.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 22.03.10 10.03.10
4149 05.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 22.03.10 10.03.10
7966 05.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 22.03.10 10.03.10
0434 06.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 22.03.10 10.03.10
3826 06.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 22.03.10 10.03.10
7967 06.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 22.03.10 10.03.10
0435 08.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 23.03.10 11.03.10
3827 08.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 23.03.10 11.03.10
4150 08.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 23.03.10 11.03.10
7968 08.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 23.03.10 11.03.10
0436 09.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 25.03.10 12.03.10
3828 09.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S F E 4 ORO 14.00 25.03.10 12.03.10
4151 09.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 25.03.10 12.03.10
7969 09.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 25.03.10 12.03.10
0437 10.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 25.03.10 15.03.10
3829 10.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 25.03.10 15.03.10
4152 10.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 25.03.10 15.03.10
7970 10.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 22.00 25.03.10 15.03.10
0438 11.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 26.03.10 16.03.10
3830 11.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 26.03.10 16.03.10
4153 11.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 26.03.10 16.03.10
7971 11.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 26.03.10 16.03.10
0439 12.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 29.03.10 17.03.10
3831 12.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 14.00 29.03.10 17.03.10
4154 12.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 17.30 29.03.10 17.03.10
7972 12.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 29.03.10 17.03.10
0440 13.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 29.03.10 17.03.10
3832 13.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 29.03.10 17.03.10
7973 13.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 29.03.10 17.03.10
0441 15.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 30.03.10 18.03.10
3833 15.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 30.03.10 18.03.10
4155 15.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 30.03.10 18.03.10
7974 15.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 30.03.10 18.03.10
0442 16.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 31.03.10 19.03.10
3834 16.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 SFE 14.00 31.03.10 19.03.10
4156 16.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 31.03.10 19.03.10
7975 16.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 31.03.10 19.03.10
0443 17.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 01.04.10 22.03.10
3835 17.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 01.04.10 22.03.10
4157 17.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 01.04.10 22.03.10
7976 17.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 22.00 01.04.10 22.03.10
0444 18.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 05.04.10 23.03.10
3836 18.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 05.04.10 23.03.10
4158 18.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 05.04.10 23.03.10
7977 18.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 05.04.10 23.03.10
0445 19.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 05.04.10 25.03.10
3837 19.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 05.04.10 25.03.10
4159 19.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 05.04.10 25.03.10
7978 19.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 05.04.10 25.03.10
0446 20.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 05.04.10 25.03.10
3838 20.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 05.04.10 25.03.10
7979 20.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 05.04.10 25.03.10
0447 22.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 06.04.10 25.03.10
3839 22.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 06.04.10 25.03.10
4160 22.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 06.04.10 25.03.10
7980 22.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 06.04.10 25.03.10
0448 23.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 07.04.10 26.03.10
3840 23.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 07.04.10 26.03.10
4161 23.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 07.04.10 26.03.10
7981 23.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 07.04.10 26.03.10
0449 25.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 09.04.10 30.03.10
3841 25.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 09.04.10 30.03.10
4162 25.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 09.04.10 30.03.10
7982 25.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 09.04.10 30.03.10
0450 26.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 12.04.10 31.03.10
3842 26.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 12.04.10 31.03.10
4163 26.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 12.04.10 31.03.10
7983 26.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 12.04.10 31.03.10
0451 27.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 12.04.10 31.03.10
3843 27.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 12.04.10 31.03.10
7984 27.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 12.04.10 31.03.10
0452 29.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 13.04.10 01.04.10
3844 29.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 13.04.10 01.04.10
4164 29.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 13.04.10 01.04.10
7985 29.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 13.04.10 01.04.10
0453 30.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 14.04.10 05.04.10
3845 30.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 14.04.10 05.04.10
4165 30.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 SFE 4 ORO 17.30 14.04.10 05.04.10
7986 30.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 14.04.10 05.04.10
0454 31.03.10 1
NAC 2 B.AS 3
S FE 11.30 15.04.10 06.04.10
3846 31.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 15.04.10 06.04.10
4166 31.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 15.04.10 06.04.10
7987 31.03.10 1
NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 22.00 15.04.10 06.04.10
OBSERVACIONES:
Sorteo N° 3821 de
Quiniela Matutina y N° 7962 de Quiniela Nocturna, ambos de fecha 01.03.10: no
se captarán apuestas para el código de lotería 4 (Quiniela de Montevideo), en
razón de ser feriado nacional en la República Oriental del Uruguay, debido a la
asunción del Presidente de la Nación, Sr. José A. Mujica.
A partir del día
15/03/10, los sorteos de Quiniela Matutina se resolverán por los códigos de
Lotería 1, 2 y 3 sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de
Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, respectivamente.
Desde el día
15/03/10, los sorteos de Quiniela Vespertina se resolverán por los códigos de
Lotería 1 (sorteo de Quiniela de Lotería Nacional), 2 (sorteo de Quiniela de
Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (sorteo de Quiniela de Lotería de Santa
Fe) y 4 (sorteo de Quiniela de Montevideo).
Sorteo N° 7982 de
Quiniela Nocturna a llevarse a cabo el día jueves 25/03/10: excepcionalmente se
captarán apuestas para el código de Lotería 5 (Lotería de Córdoba) en razón de
que el organismo emisor traslada su sorteo del día miércoles 24/03/10.
HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO PREVISTOS PARA
EL MES DE
MARZO /10
EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA
LOT. NACIONAL S E
LUNES A VIERNES 11.30 HS. 14.00
HS. 17.30 HS. 21.00 HS.
SABADOS 11.30 HS. 15.00 HS. — 21.00 HS.
LOT. PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
LUNES A VIERNES 11.30 HS. 14.00
HS. 17.30 HS. 21.00 HS.
SABADOS 11.30 HS. 15.00 HS. — 21.00 HS.
LOT. SANTA FE
LUNES, MARTES,
JUEVES Y VIERNES 11.30 HS. 14.00
HS. 17.30 HS. 21.00 HS.
MIERCOLES 11.30 HS. 14.00 HS. 17.30
HS. 22.00 HS.
SABADOS 11.30 HS. 15.00 HS. — 21.00 HS.
LOT. MONTEVIDEO
LUNES A VIERNES — 14.00 HS. — 20.00 HS.
SABADOS — — — 20.00 HS.
A PARTIR DEL 15/03/10
LUNES A VIERNES — — 15.HS. 21.00 HS.
SABADOS — — — 21.00 HS.
LOT. CORDOBA
MIERCOLES — — — 21.10 HS.
JUEVES 25/03/10 — — — 21.00 HS.
LOT. SANTIAGO
DEL ESTERO
VIERNES — — — 22.30 HS.
HORARIOS DE CIERRES DE
TRANSMISION DE APUESTAS
QUINIELA “EL PRIMERO”
Lunes a Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 11.15 hs.
QUINIELA “MATUTINA”
Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2, 3 y 4 13.45 hs.
Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 14.45 hs.
A PARTIR DEL 15/03/10
Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 13.45 hs.
Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 14.45 hs.
QUINIELA “VESPERTINA”
Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 17.15 hs.
A PARTIR DEL 15/03/10
Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 17.15 hs.
Código 4 14.45 hs.
QUINIELA “NOCTURNA”
Lunes a Sábados: Códigos de Loterías 1, 2, 3 y 5 20.45 hs.
Código 4 19.45 hs.
A PARTIR DEL 15/03/10
Lunes a Sábados: Códigos de Loterías 1, 2, 3, 4 y 5 20.45 hs.
Las modificaciones
obedecen al cambio de huso horario dispuesto en la República Oriental del
Uruguay.
CONCURSOS EXTRAS
SORTEO FECHA PERIODO COMPRENDIDO
927 03.03.10 05.02.10 AL 27.02.10
928 10.03.10 12.02.10 AL 06.03.10
929 17.03.10 19.02.10 AL 13.03.10
930 25.03.10 26.02.10 AL 20.03.10
931 31.03.10 05.03.10 AL 27.03.10
DETALLE DE PREMIOS
PRIMER PREMIO: $ 15.000.- (PESOS QUINCE MIL)
SEGUNDO PREMIO: $ 10.000.- (PESOS DIEZ MIL)
TERCER PREMIO: $ 5.000.- (PESOS CINCO MIL)
CUARTO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)
QUINTO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)
SEXTO AL DECIMO
PREMIO: $ 1.000.- (PESOS UN MIL)
PREMIO ESTIMULO PARA
AGENCIEROS: $
1.500 (PESOS UN MIL QUINIENTOS)
Se realizarán ante
escribano público, en la Sala de Sorteos de la Caja de Asistencia Social -
Lotería de Santa Fe - y la nómina de ganadores se dará a conocer por Canal 13
Santa Fe de la Vera Cruz, el correspondiente a Santa Fe y zona Norte. Y a
través de Canal 5 de la Ciudad de Rosario, el correspondiente a Rosario y zona
Sur.
POCEADA FEDERAL
SORTEO N° FECHA HORA PRESCRIPCION DEBITOS
0086 01.03.10 21.00 16.03.10 04.03.10
0087 02.03.10 21.00 17.03.10 05.03.10
0088 03.03.10 22.00 18.03.10 08.03.10
0089 04.03.10 21.00 19.03.10 09.03.10
0090 05.03.10 21.00 22.03.10 10.03.10
0091 06.03.10 21.00 22.03.10 10.03.10
0092 08.03.10 21.00 23.03.10 11.03.10
0093 09.03.10 21.00 25.03.10 12.03.10
0094 10.03.10 22.00 25.03.10 15.03.10
0095 11.03.10 21.00 26.03.10 16.03.10
0096 12.03.10 21.00 29.03.10 17.03.10
0097 13.03.10 21.00 29.03.10 17.03.10
0098 15.03.10 21.00 30.03.10 18.03.10
0099 16.03.10 21.00 31.03.10 19.03.10
0100 17.03.10 22.00 01.04.10 22.03.10
0101 18.03.10 21.00 05.04.10 23.03.10
0102 19.03.10 21.00 05.04.10 25.03.10
0103 20.03.10 21.00 05.04.10 25.03.10
0104 22.03.10 21.00 06.04.10 25.03.10
0105 23.03.10 21.00 07.04.10 26.03.10
0106 25.03.10 21.00 09.04.10 30.03.10
0107 26.03.10 21.00 12.04.10 31.03.10
0108 27.03.10 21.00 12.04.10 31.03.10
0109 29.03.10 21.00 13.04.10 01.04.10
0110 30.03.10 21.00 14.04.10 05.04.10
0111 31.03.10 22.00 15.04.10 06.04.10
Sortea por Lotería de
Santa Fe y resuelve las apuestas comercializadas en las jurisdicciones de Santa
Fe y Entre Ríos.
HORARIO DE SORTEO: LUNES, MARTES, JUEVES A SABADOS: 21.00 HORAS
MIERCOLES: 22.00
HORAS
HORARIO DE CIERRE DE
TRANSMISION DE APUESTAS:
LUNES A SABADOS 20.30
HORAS
PRESCRIPCIONES
Semanalmente se
emitirá un Memo por terminal que indicará los importes pagados y prescriptos
para cada una de las modalidades del juego Quiniela. A las 72 (setenta y dos)
horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “Prescripción”.
Durante los 15
(quince) días corridos posteriores a la emisión del Memo, la Gerencia de
Quiniela recepcionará los reclamos pertinentes.
Los Débitos en
concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se
emitirán conforme al siguiente detalle:
Fecha
Memo Fecha Débito
Q. NOCTURNA 7960 AL 7965
Q. VESPERTINA 4144 AL 4148
Q. MATUTINA 3819 AL 3824 22.03.10 25.03.10
EL PRIMERO 0427 AL 0432
POZO DE LA QUINIELA 2579 AL 2584
POCEADA FEDERAL 0084 AL 0089
Q. NOCTURNA 7966 AL 7971
Q. VESPERTINA 4149 AL 4153
Q. MATUTINA 3825 AL 3830 29.03.10 05.04.10
EL PRIMERO 0433 AL 0438
POZO DE LA QUINIELA 2585 AL 2590
POCEADA FEDERAL 0090 AL 0095
Q. NOCTURNA 7972 AL 7976
Q. VESPERTINA 4154 AL 4157
Q. MATUTINA 3831 AL 3834 05.04.10 08.04.10
EL PRIMERO 0439 AL 0443
POZO DE LA QUINIELA 2591 AL 2595
POCEADA FEDERAL 0096 AL 0100
Q.NOCTURNA 7977 AL 7982
Q. VESPERTINA 4158 AL 4162
Q. MATUTINA 3835 AL 3840 12.04.10 15.04.10
Q. EL PRIMERO 0444 AL 0449
POZO DE LA QUINIELA 2596 AL 2601
POCEADA FEDERAL 0101 AL 0106
Disponible a partir
de las 14.00 horas.
GERENCIA DE QUINIELA.
S/C 4283 Mar. 8
__________________________________________
EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
PEDIDO DE COTIZACION
Objeto: Alquiler de
un edificio para oficinas, debe reunir las siguientes características mínimas a
saber:
Ubicación: En un
radio comprendido por las calles, al Este (Rivadavia), al Oeste (Avda.
Urquiza), al Sur (Avda. Gral. López), y al Norte (Eva Perón ex Catamarca).-
Compuesto: De
aproximadamente 100 oficinas. Office, Grupo sanitario para Damas y Caballeros,
con hall y pasillo de circulación en los pisos, la superficie total
aproximadamente de 3000 m2, para albergar alrededor de 200 personas, con
entrada de acceso a los pisos, por escalera y ascensores, y salida de
emergencia.
Cada oficina, debe
tener buena aireación y entrada de luz, con equipo de aire acondicionado o
calefacción central, de no contar con equipo de aire acondicionado, la
posibilidad para su instalación.
Las propuestas
deberán ser entregadas en calle 1ra. Junta 2558, 1er. Piso, of. 7 (3000) Santa
Fe, en el horario de 7.30 Hs. a 13 Hs., de Lunes a Viernes, hasta el día 19 de
Marzo del corriente año.-
Consulta e Informes:
Empresa Provincial de la Energía - Primera Junta 2558 - Piso 1- Of. 7 - Tel:
(0342) 4505856-4505842. Santa Fe.
S/C 4272 Mar. 8 Mar. 10
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los
autos administrativos N° 16101-0098749-0 del Registro del Sistema de
Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N°
1342 de fecha 06/11/08 se procede a notificar fehacientemente por este medio
conforme lo preceptuado en los artículos 20° Inc. e) y 28° del Decreto N°
10.204/58, a los infractores Sr. JOSE DICHIO, con último domicilio conocido en
Pje. La Arbolada 24012, de la localidad de Piñero Provincia de Santa Fe, Sr.
JOSE M. VEIRA MEDRANO, con último domicilio conocido en Montero 6492, de la
ciudad de Rosario, Provincia, de Santa Fe y al Sr. VICTOR VILLABOA con último
domicilio conocido en Yapeyú 930, de la localidad de Independencia, Provincia
de Chaco, de lo establecido en la Resolución N° 023 dictada el 19 de Enero de
2009 por el Téc. Juan Manuel Rafael De Córdoba, Sub-Administrador General de la
Dirección Provincial de Vialidad, por ausencia del Sr. Administrador General y
que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto... y Considerando...
Resuelve... “Artículo 1°.- Aprobar el Acta de Infracción N° 1342 de fecha
6/11/08 de conformidad con la normativa vigente. Artículo 2°.- Intimar al Sr.
JOSE M. VEIRA MEDRANO, en carácter de conductor, con domicilio en Montero 6492,
de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al transportista Sr. JOSE
DICHIO, con domicilio en Pje. La Arbolada 24012 de la localidad de Piñero
Provincia de Santa Fe y cargador Sr. VICTOR VILLABOA con domicilio en Yapeyú
930, de la localidad de Independencia, Provincia de Chaco, para que abonen en
el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma
de $ 1.925,96 (Pesos Novecientos Veinticinco con 96/100), con más el 1% de
interés mensual desde la fecha, en que se cometió la infracción y hasta su
efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro
por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección
General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial da Vialidad, calle
Gutiérrez N° 851, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier
Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad
de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta.
9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 3°.- La falta
de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo,
a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo
contra el conductor del Camión marca Ford, Modelo 1722, Dominio Unidad Tractora EOW 071, Dominio
Semirremolque EOW 078, Sr. JOSE M. VEIRA MEDRANO, con domicilio en Montero
6492, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al transportista Sr. JOSE
DICHIO, con domicilio en Pje. La Arbolada 24012, de la localidad de Piñero,
Provincia de Santa Fe y cargador Sr. VICTOR VILLABOA, con domicilio en Yapeyú
930, de la localidad de Independencia, Provincia de Chaco, tendiente al cobro
de la suma de $ 1.925,96 (Pesos Mil Novecientos Veinticinco con 96/100), con
más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la
infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 4°.- Regístrese,
comuníquese y archívese.
Debido al traslado de
la Dirección Provincial de Vialidad, el nuevo domicilio de la Dirección General
de Finanzas y Presupuesto es el sito en Bv. Muttis 880.
Lo que se publica en
el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
Ing. Jorge A. Placenzotti, Administrador General, D.P.V.
S/C 4269 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________
ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
GUSTAVO ARIEL MONTEFERRANTE
Por disposición de la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP-DGI dentro de los autos
caratulados FISCO NACIONAL AFIP-DGI c/ LEMBO SEBASTIAN y LEMBO SERGIO (cuit nº
30637879665) s/ Ejec. Fiscal, Expte. N° 51693 (Ley 11.683 Modif. Ley 25.239),
que tramitan por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1A de Rosario
a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Netri hace
saber a sus efectos que ha dispuesto que el Martillero Gustavo Monteferrante
(cuit n° 20-16491315-6), venderá en pública subasta el jueves, 15 de abril de
2010 a las 15:30 hs. en la Sala de remates de la Asociación de Martilleros
-Entre Ríos 238- de Rosario, o el día hábil siguiente a la misma hora y lugar
si aquél resultare inhábil el siguiente bien inmueble ubicado en calle Balcarce
342 de Rosario, interior de la manzana formada por calles Tucumán, Catamarca,
Balcarce y Bv. Oroño. Unidad: 2. Parcelas: 00-02. Superficie Exclusiva: 66,40
m2. Superficie Común: 29,75 m2. Valor Proporcional: 24%. Ubicada en planta:
Baja Destino: Vivienda, Plano de Propiedad Horizontal: n° 135795/94. Zona:
Urbana Dominio inscripto a Matrícula Nº 16-23841/2 del Departamento Rosario.
Informe del Registro General de la Propiedad: El dominio consta a nombre del
demandado. Embargos Presentación n° 332308 de fecha 05/05/09 por $ 8.014,21.-
embargo por el que se ejecuta. Presentación n° 396292 de fecha 14/10/08 por $
4.003,82.- AFIP-DGI c/ Lembo Sebastián y Lembo Sergio s/ ejec. fiscal.
Presentación n° 370199 de fecha 31/07/08 por $ 6.750,75.- AFIP-DGI c/ Lembo
Sebastián y Lembo Sergio s/ejec. fiscal. Presentación n° 370198 de fecha
31/07/08 por $ 3.342.- AFIP-DGI c/ Lembo Sebastián y Lembo Sergio s/ ejec.
fiscal. Presentación n° 370197 de fecha 31/07/08 por $ 5962,99.- AFIP-DGI c/
Lembo Sebastián y Lembo Sergio s/ ejec. fiscal. Presentación n° 370196 de fecha
31/07/08 por $ 29022,44.- AFIP-DGI c/ Lembo Sebastián y Lembo Sergio s/ ejec.
fiscal. Hipotecas: no se registran. Inhibiciones: al T° 119I F°1492 Nº 316708
de fecha 28/02/07 por $ 2.184,00 AFIP-DGI c/ Lembo Sebastián y Lembo Sergio
s/ejec. fiscal. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 128.700.- y de no
haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir
la falta de oferentes la subasta se declarará desierta adjudicándose al último
y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio
de su compra y como a cuenta del mismo, más el 3% de comisión de Ley al
martillero, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado, el saldo deberá
depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para
estos autos al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos por el
art. 580 del CPN. Se vende en las condiciones de ocupado según constancias del
acta de constatación efectuada. Y con la condición especial que las deudas por
impuestos, tasas, y/o contribuciones adeudadas, son a cargo exclusivo del comprador,
como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de
dominio e IVA si correspondiere. Copia de títulos se encuentra a disposición de
los interesados, adjunto al expediente, con acta de constatación e informes de
deudas en el juzgado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal AFIP
Tucumán 1445 p 5° of. A, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos una vez
realizada la subasta. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7° del
C.P.C.C.N., no procederá la compra en comisión. El inmueble podrá ser visitado
en el horario de 10 a 12 hs., los días 13 y 14 de abril de 2010. Todo lo que se
hace saber a los efectos legales. Rosario, lunes, 22 de febrero de 2010. Fdo:
Dra. Nélida Piriz, Agente Fiscal.
S/C 93251 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
LLAMADO A CONCURSO
De conformidad con lo
establecido por el artículo 10° del Decreto N° 0164/07, Ley nro. 12.997
promulgada por Decreto del P.E. Nro. 1761/09 y atento a lo obrado en los Exptes. Nros. 02001-0005088-2,
02001-0005082-6 y 02001-0005081-5 el Presidente del Consejo de la Magistratura
resuelve: Convócase a Concurso Público de oposición, antecedentes y entrevista
para cubrir las siguientes vacantes definitivas:
SAN LORENZO
JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE DISTRITO DE FAMILIA
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por el Colegio de Magistrados y
Funcionarios del Poder Judicial – Titular: Dr. Carlos Alberto Chasco y
Suplente: Dr. Enrique Muller, Por las Universidades Nacionales – Titular: Dr.
Carlos Heriberto Rolando y Suplente:
Dr. Roberto Vazquez Ferreyra. Por los Colegios de Abogados – Titular: Dr. Jorge
Raúl Menegozzi y Suplente: Carlos Casella.-
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado Entrevistador: Por la Facultad de Derecho de la
Universidad Nacional de Rosario – Titular: Dra. Raquel Alianak y Suplente: Dr.
Ricardo Dutto; Por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la
Universidad Nacional del Litoral – Titular: Dr. Carlos Depetris y Suplente: Dr.
Cósimo Gonzalo Sozzo.-
SANTA FE
JUEZ DE TRIBUNAL
COLEGIADO DE FAMILIA (concurso múltiple- 3 cargos)
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por el Colegio de Magistrados y
Funcionarios del Poder Judicial – Titular: Dr. Avelino José Rodil y Suplente:
Dr. Francisco Cecchini, Por las Universidades Nacionales – Titular: Dr. Carlos Hernandez
y Suplente: Dra. Liliana Lourdes Michelassi, Por los Colegios de Abogados –
Titular: Dr. Roberto Gianfelice y Suplente: Dr. Julio César Pagano.-
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado Entrevistador: Por la Facultad de Derecho de la
Universidad Nacional de Rosario – Titular: Dra. Matilde Banker y Suplente Dr.
Julio Ysasa; Por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad
Nacional del Litoral – Titular: Dr. Luis María Ruano y Suplente: Dr. José
Daniel Machado.-
ROSARIO
JUEZ DE TRIBUNAL
COLEGIADO DE FAMILIA (concurso múltiple- 3 cargos)
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por el Colegio de Magistrados y
Funcionarios del Poder Judicial – Titular: Dr. Francisco Cecchini y Suplente:
Dr. Enrique Muller, Por las Universidades Nacionales – Titular: Dr. Ricardo Dutto
y Suplente: Dr. Edgardo Ignacio Saux, Por los Colegios de Abogados – Titular:
Dr. Francisco A. Magín Ferrer y Suplente Dr. Norma B. Suligoy.-
Miembros integrantes
del Cuerpo Colegiado Entrevistador: Por la Facultad de Derecho de la
Universidad Nacional de Rosario – Titular: Dra. Raquel Alianak y Suplente Dra. Analía Antik; Por la
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del
Litoral – Titular: Dra. Selva Degiorgio y Suplente: Dr. Gustavo Ríos.-
PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
15 DÍAS HÁBILES. Fecha de inicio de inscripción JUEVES 11 DE MARZO DE 2010 a las 8.00 horas. Fecha de cierre de
la inscripción: LUNES 05 DE ABRIL a las
12.00 horas
PROCEDIMIENTO DE
INSCRIPCIÓN: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en
el sitio web del Consejo de la Magistratura: www.portal.santafe.gov.ar >
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos > Dirección Provincial del Consejo
de la Magistratura y Jueces Comunales. Una vez completo el formulario de
inscripción digital deberá entregar en la sede del Consejo de la Magistratura –
Amenábar 2689 (3.000 Santa Fe) ó en la Delegación Rosario del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos – Santa Fe 1950 en horario de 08.00 a 12.00 hs., el
formulario adjunto en el mismo sitio web que imprimirá y llenará de acuerdo al
instructivo que lo acompaña, dentro del plazo de inscripción fijado para este
concurso.
No se recibirán solicitudes
luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.
Dr. Roberto Joaquín Vicente
Presidente Consejo de la Magistratura
S/C 4239 Mar. 8 Mar. 10
__________________________________________
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ELEVACION DE PROPUESTA
El Consejo de la
Magistratura informa elevación de Propuesta. Atento a lo establecido en el Art.
25 del Dcto. N° 0164/07 y la Resolución N° 013/10, se eleva al Poder Ejecutivo
las propuestas en el concurso múltiple para los cargos de Juez de Cámara de
Apelación en lo Laboral Salas II y III de Rosario - Circunscripción Judicial N°
2, integrada por: 1 - Mana, Adriana María, DNI N° 14.217.892 - CI. 1960.2 -
Anzulovich, Amelia Ana, DNI N° 10.600.648-CI. 1953. 3 - Pastorino, Eduardo E.
DNI N° 11.871.217 - CI. 1955, 4 - Restovich, Sergio Fabián, DNI N° 16.931.845 -
CI. 1965. 5 - Sarich, Aníbal Gabriel DNI N° 08.344.476 - CI. 1950.
S/c 4266 Mar. 8
__________________________________________
Atento a lo
establecido en el Art. 25 del Dcto. N° 0164/07 y la Resolución N° 014/10, se eleva
al Poder Ejecutivo las propuestas en el concurso para el cargo de Juez de
Primera Instancia de Circuito del Circuito Judicial N° 14 de Villa Constitución
- Circunscripción Judicial N° 2, integrada por: 1 - Drovetta, Diógenes Diosdado
DNI Nº 17.669.233 - CI. 1966, 2 - Davini, Oscar Alberto DNI Nº 17.401.191 - CI.
1966.
S/C 4267 Mar. 8
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES
DISPOSICION Nº 035
SANTA FE, 26 de Febrero de 2010
VISTO:
Los informes elevados
por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la
inscripción de una firma y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro
manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el
Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente
encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos
estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin
observaciones que formular;
Que la presente se
dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55;
POR ELLO,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1°:
Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe,
dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 221/09, a la
siguiente firma: (2.679) WIDEX
ARGENTINA S.A.
Artículo 2°: Renovar
la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Pro-
vincia de Santa Fe,
por el término de 18 meses a partir de la presente a las siguientes firmas:
(328) CENTRO PRIVADO DE COMPUTOS S.A.; (1.055) MEDIPHARMA S.A.; (2.011) “INSER
CLIMATIZACION” de NIEDERMAYER MIGUEL ANGEL.
Artículo 3°:
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CP Emiliano Arzuaga
Director Provincial
de
Contrataciones y Gestión De Bienes
S/C 4284 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________
SECRETARIA DE ESTADO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA e INNOVACIÓN
RESOLUCIÓN Nº 004
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 25 febrero
2010
VISTO:
El Expediente Nº
02201-0000258-2, del registro del Sistema de Información de Expedientes
-Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación-, mediante el cual se
promueve el llamado a concurso a efectos de cubrir diversos cargos vacantes de
esta Jurisdicción, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1.729/2009;
y
CONSIDERANDO:
Que el referido
Decreto reemplazó -en virtud de lo dispuesto en su art. 1º- el Capítulo XIV
“REGIMEN DE CONCURSOS” del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2.695/1983, por el
Régimen de Concursos obrante en el Anexo “A” de dicho decisorio;
Que a través del
citado Acto -art. 27º- se derogaron diversas normas que mantenían suspendidos
los llamados a concursos en el ámbito de la Administración Pública Provincial;
Que además el mismo
Decreto Nº 1.729/2009 -en su art. 5º- dispuso que los titulares de las
Jurisdicciones deberán llamar a concurso interno para la cobertura de todos los
cargos vacantes de categorías 8 y 9 del Escalafón Decreto-Acuerdo 2695/83, que
se encuentren subrogados con anterioridad al 31 de Diciembre de 2008, con
continuidad en los mismos hasta la fecha del presente; y -en su art. 6º-
estableció de igual modo que los titulares de las Jurisdicciones deberán llamar
a concurso interno para la cobertura de todos los cargos vacantes existentes en
todas las categorías del Escalafón Decreto-Acuerdo 2695/83, subrogados entre el
01 de enero de 2009 inclusive y la fecha del presente decreto;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría de Estado cuenta con un cargo
vacante nivel 09;
Que asimismo la
Dirección General de Administración y Despacho de esta Secretaría de Estado
cuenta con un cargo vacante nivel 08 y un cargo vacante nivel 06;
Que en función de lo
precedentemente expuesto, resulta procedente convocar a concurso a efectos de
la cobertura de los cargos vacantes mencionados;
Que en la definición
de los perfiles de los postulantes, se deben considerar las competencias
específicas de la Jurisdicción determinadas por el art. 33 de la Ley Nº 12.817
y -además- la injerencia del organismo en las diversas áreas asignadas por
otras normas;
Que han asumido la
participación que por la normativa vigente -Ley Nº 10.052 y modificatorias- en
la materia les corresponde, los representante de las entidades sindicales
U.P.C.N. y A.T.E.;
Que la composición de
los Jurados obedece a lo ordenado por el artículo 94º del Decreto-Acuerdo Nº
2695/83 – modificado por el Decreto 1729/09-, integrándose con personas que
poseen en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades afines
a las concursadas, por no haber resultado posible cumplimentar con las
condiciones especificadas en el 1º párrafo del citado artículo;
Que la Subsecretaría
de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, de acuerdo
a lo dispuesto por el Artículo 91º del Decreto-Acuerdo Nº 2.695/1983 (mod. por
Decreto Nº 1.729/2009) ha tomado la intervención de su competencia;
Que este trámite
puede ser resuelto por el Titular de la Jurisdicción, en mérito a las
facultades que le son propias;
Por ello,
EL SECRETARIO DE ESTADO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°:
Convóquese a concurso interno para cubrir los siguientes cargos: a) Un cargo
nivel 09 - Agrupamiento Administrativo - Director General de Asuntos Jurídicos;
b) Un cargo nivel 08 - Agrupamiento Administrativo - Subdirector General de
Administración y c) Un cargo nivel 06 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de
Departamento Presupuesto, Contable/Patrimonio y Revisiva, todos perteneciente a
esta Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación.-
ARTÍCULO 2°: El
concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV –
Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración
Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N°
1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública
Provincial comprendidos dentro del citado escalafón; eventualmente, en caso de
ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán
participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525),
de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial;
en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - art. 102° - Decreto
Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09.-
ARTÍCULO 3°: La
descripción de los cargos y determinación de los requisitos solicitados así
como las condiciones generales y competencias, los conocimientos generales,
específicos y técnicos exigibles que integran los perfiles se encuentran detallados
en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción,
las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada
una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación
del orden de mérito según la categoría a concursar, se explicitan en el “Anexo
II” de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.-
ARTÍCULO 4°:
Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92,
texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.-
Ing. David Esteban
Asteggiano
Secretario de Estado
de Ciencia, Tecnología e Innovación
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
Jurisdicción:
Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Cargo a cubrir: Nivel
09 - Agrupamiento Administrativo - Director General de Asuntos Jurídicos.
Dirección: Dirección
General de Asuntos Jurídicos.
Lugar de prestación
de servicios: Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en
calle Bv. Pellegrini Nº 3.100 - primer piso, de la ciudad de Santa Fe,
Provincia de Santa Fe.
Cantidad de puestos a
cubrir: Uno (1).
Horario de trabajo:
Según reglamentación vigente.
MISIÓN Y FUNCIONES
ESPECÍFICAS DEL CARGO
MISIONES:
Dirigir el
asesoramiento general y, en especial, en todos los aspectos en que, por razón
de competencia, no le corresponda intervenir a Fiscalía de Estado, dependiendo
directamente del Sr. Secretario de Estado. Dicho asesoramiento se extenderá a
toda el área de jurisdicción de la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología
e Innovación en el ámbito provincial y en los asuntos que tengan trascendencia
o relación con otras jurisdicciones y con la comunidad en general.-
DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES DEL CARGO:
1.Supervisar
directamente las tareas encomendadas al personal de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos.-
2.Fijar pautas de
uniformidad de criterios jurídicos y administrativos.-
3.Organizar y
supervisar las tareas a desempeñar por el Subjefe de Departamento Análisis
Legal.-
4.Dictaminar en
aquellos asuntos que refieran a las materias de ciencia, tecnología e
innovación, traídos a opinión de este Órgano.-
5.Dictaminar en
aquellos asuntos que se vinculen con convenios a suscribir entre la Secretaría
de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación y Universidades públicas o privadas, organismos provinciales,
nacionales o internacionales, fundaciones, y con toda otra institución u
organismo vinculado al área de ciencia, tecnología e innovación.-
6.Orientar y asesorar
al Sub Jefe de Departamento que de él depende.-
PERFIL
REQUISITOS:
1.Título
universitario de Abogado/a (excluyente).-
2.Estudios o
formación preferentemente en:
· Derecho Público en
general y Derecho Administrativo en particular.-
· Marcos jurídicos que
regulan las Nuevas Tecnologías de la Información y el Conocimiento
(informática, Internet, convergencia tecnológica, sociedad de la información,
etc.).
· Instrumentos
normativos supranacionales y normas locales sobre Ética en investigación en
seres humanos y Bioética.-
· Régimen legal de las
Sociedades civiles y comerciales. Asociaciones civiles y fundaciones. Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas. Derecho y procedimiento tributario.-
3.Experiencia en el
análisis de los aspectos legales de los trámites de los instrumentos de
promoción científica-tecnológica y de innovación de leyes nacionales y
provinciales.-
4.Condiciones
Generales y Competencias
· Liderazgo para el
cambio
· Pensamiento
estratégico, habilidad analítica
· Marcada capacidad de
trabajo y de gestión
· Profunda
responsabilidad y compromiso
· Integridad,
honestidad y ética
· Iniciativa,
creatividad e innovación
· Orientación al
trabajo por resultados
· Capacidad para la
resolución de problemas
5.Conocimientos
generales, específicos y técnicos
A) Conocimientos
generales del ordenamiento público provincial
· Constitución de la
Provincia de Santa Fe.-
· Ley Orgánica de
Ministerios de la Provincia de Santa Fe Nº 12.817.-
· Estructura
orgánica-funcional de la Jurisdicción.-
· Ley Orgánica de
Fiscalía de Estado Nº 11.875.-
· Decreto-Ley Nº
10.204/58 y Ley Nº 7.234 y modificatorias (texto vigente).-
· Decreto Acuerdo Nº
132/1994 y mod..-
· Ley Nº 12.510 y
Decreto-Ley de Contabilidad Provincial Nº 1.757/56.-
· Decretos Nº
0291/2009 y 1729/2009.-
· Ley Nº 8.525,
Decretos Nº 2.695/1983 y mod., y 1.919/1989 y mod..-
· Régimen legal y
criterios aplicables a los convenios celebrados por la Provincia de Santa Fe.-
· Régimen legal
vigente en materia de delegación de facultades.-
B) Conocimientos
específicos de las áreas de competencia de la Jurisdicción
· Sistema Nacional de
Ciencia y Tecnología: Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Nº 25.467.
Organismos del Sistema: Gabinete Científico y Tecnológico - Consejo Federal de
Ciencia y Tecnología - Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y
de Innovación - Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología - Comisión
Asesora para el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.-
· Ley Nacional de
Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica y su reglamentación Nº 23.877.
Mecanismos de promoción y fomento fiscales y financieros previstos en la norma.
Régimen legal tributario y de procedimiento de los mecanismos de créditos fiscales
para la promoción de la innovación. Normas locales de adhesión a la Ley Nº
23.877.-
· Régimen legal de las
Unidades de Vinculación Tecnológica. Sus estructuras jurídicas: Ley de
Sociedades Comerciales Nº 19.550 (texto vigente). Régimen Legal de las
asociaciones civiles y fundaciones. Régimen legal de las micro, pequeñas y
medianas empresas (beneficiarias del sistema de ciencia y tecnología).-
· Ley Nº 26.075
(Incremento de la Inversión en Educación, Ciencia y Tecnología) y Ley Nacional
de Educación Superior. Normas que regulan la transferencia de tecnologías.-
· Decreto Nº
1.711/2009. Instituto Nacional de Investigaciones y Desarrollo Pesquero.-
· Protección jurídica
de la innovación y los datos confidenciales. Ley de Propiedad Intelectual Nº
11.723 (texto vigente) y Ley de Patentes de Invención. Marco legal de
protección del software y las bases de datos.-
· Normativas sobre
Ética en investigación en seres humanos y Bioética. Régimen legal de la Red
provincial de medicamentos.-
· Normas que
reglamentan las Actividades Científicas y Tecnologías Juveniles y los Programas
Provinciales de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles.-
· Reglamentación de
los Programas Provinciales de Promoción de las actividades
Científico-Tecnológicas y de Innovación 2008 y 2009.-
· Estructuras
jurídicas de los parques y polos tecnológicos, e incubadoras de empresas.-
· Otros organismo del
Sector Ciencia y Tecnología: Instituto Nacional de Tecnología Industrial -
Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología - Fondo Tecnológico
Argentino - Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - Fondo para la
Investigación Científica y Tecnológica.-
C) Conocimientos
técnicos
· Excelente redacción
y vocabulario jurídico.-
· Manejo de
herramientas informáticas de oficina, procesador de texto (Word) y herramientas
vinculadas a Internet a nivel usuario.-
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
Jurisdicción:
Secretaría de Estado de Ciencia Tecnología e Innovación.
Subsecretaría:
Ciencia Tecnología e Innovación.
Cargo a cubrir:
Subdirector General de Administración - Categoría 8 – Agrupamiento
Administrativo –.
Dirección: Dirección
General de Administración y Despacho.
Lugar de prestación
de servicios: Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en
calle Bv. Pellegrini Nº 3.100 - primer piso, de la ciudad de Santa Fe,
Provincia de Santa Fe.
Cantidad de puestos a
cubrir: Uno (1).
Horario de trabajo:
Según reglamentación vigente.
MISIÓN Y FUNCIONES
ESPECÍFICAS DEL CARGO
MISIONES:
Fiscalizar y vigilar
la gestión administrativa, contable, presupuestaria, financiera de la
jurisdicción coordinando las acciones de las áreas: contable, presupuestaria,
financiera y de personal.
DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES DEL CARGO:
1.Entender en la
planificación y contralor contable de la Jurisdicción y verificar en las
liquidaciones de gastos y sueldos la aplicación de la normativa vigente.
2.Entender en el
control y verificación de los fondos recibidos y su inversión.
3.Preparar los
legajos, actuaciones y documentación, dándoles el destino que les corresponda.
4.Supervisar los
sistemas Contables de toda la Jurisdicción, la documentación relacionada con
liquidaciones de gastos y la afectación del crédito de la jurisdicción de
conformidad con dichos sistemas.
5.Fiscalizar las
registraciones de la Contabilidad General de la Jurisdicción, conforme a las
instrucciones que se impartan por la Contaduría General de la Provincia.
6.Supervisar el
cumplimiento de las normas legales vigentes en el área de personal y controlar
las liquidaciones de sueldo y otras remuneraciones del personal.
7.Fiscalizar la tarea
revisiva realizada por el Departamento correspondiente.
8.Efectuar ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia la rendición del Movimiento General de
Fondos de la Jurisdicción mediante la elevación del Balance Mensual.
9.Supervisar el
libramiento de cheques emitidos por la Tesorería / Habilitada, a los efectos de
detectar cualquier anomalía que pudiera presentarse en el libramiento y
percepción de los mismos, consultando a tal fin el Libro de Banco y Extractos
Bancarios.
10.Controlar y
aprobar en su caso, los planes de compras, elevados por la Habilitación.
11.Supervisar el
seguimiento intra y extra jurisdiccional de las gestiones administrativas de
interés de la Superioridad.
12.Brindar a los
funcionarios de la Secretaría el asesoramiento que le sea requerido, dentro de
los límites de su competencia.
13.Controlar el
registro y archivo de las disposiciones legales y administrativas, relacionadas
con las funciones de la Dirección.
14.Supervisar el
cumplimiento de las funciones de los distintos departamentos a su cargo.
15.Entender en las
cuestiones relacionadas con la planta de personal de la Jurisdicción,
implementando al respecto las directivas impartidas por la Superioridad a la
Dirección.
16.Reemplazar al
Director General de Administración y Despacho, en caso de ausencia, y efectuar
toda otra tarea que le encomiende a la Superioridad.
17.Entender en el
procesamiento informático de los partes de Tesorería.
PERFIL
REQUISITOS:
1.Deberá poseer
título de Contador Público Nacional (excluyente).
2.Experiencia en
materia impositiva Nacional y Provincial, manejo del sistema S.I.A.P. de la
A.F.I.P., y conocimiento de los regímenes de retenciones impositivas nacionales
y provinciales.
3.Experiencia y/o
conocimiento de las funciones inherentes a las áreas de Despacho y de Sueldo y
Personal.
4.Experiencia y/o
conocimiento de las gestiones administrativas, financieras, contables,
presupuestarias y revisivas, derivadas de la instrumentación de Programas y
Proyectos del Sistema Nacional y Provincial de Ciencia y Tecnología, de
competencia de ésta Secretaría de Estado.
5.Manejo de software
S.I.P.A.F., debidamente acreditado por los Órganos Rectores (excluyente).
6.Estudios o
formación preferentemente en:
· Administración
Pública en general (Derecho Administrativo, Responsabilidad del Estado,
servicios públicos, etc.).-
7.Condiciones
Generales y Competencias
· Trabajo en equipo.
· Creatividad e
innovación.
· Liderazgo de grupos
de trabajo.
· Aprendizaje Continuo
y capacitación.
· Profunda
responsabilidad y compromiso.
· Integridad,
honestidad y ética.
· Aptitud y actitud
para la toma de decisiones.
8.Conocimientos
generales, específicos y técnicos
A) Conocimientos
generales del ordenamiento público provincial
· Constitución de la
Provincia de Santa Fe.-
· Ley Orgánica de
Ministerios de la Provincia de Santa Fe Nº 12.817.-
· Estructura
orgánica-funcional de la Jurisdicción.-
· Decreto-Ley Nº
10.204/58 y Ley Nº 7.234 y modificatorias (texto vigente).-
· Normativa Provincial
sobre contrataciones y suministros.-
· Ley Nº 12.510 y
Decreto-Ley de Contabilidad Provincial Nº 1.757/56.-
· Decretos Nº
0291/2009 y 1729/2009.-
· Ley Nº 8.525,
Decretos Nº 2.695/1983 y mod., y 1.919/1989 y mod..-
· Normativa del
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.-
B) Conocimientos
específicos de las áreas de competencia de la Jurisdicción
· Sistema Nacional de
Ciencia y Tecnología: Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Nº 25.467.
Organismos del Sistema: Gabinete Científico y Tecnológico - Consejo Federal de
Ciencia y Tecnología - Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y
de Innovación - Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología - Comisión
Asesora para el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.-
· Ley Nacional de
Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica y su reglamentación Nº 23.877.
Mecanismos de promoción y fomento fiscales y financieros previstos en la norma.
· Régimen legal
tributario y de procedimiento de los mecanismos de créditos fiscales para la
promoción de la innovación. Normas locales de adhesión a la Ley Nº 23.877.-
· Régimen legal de las
Unidades de Vinculación Tecnológica. Sus estructuras jurídicas: Ley de
Sociedades Comerciales Nº 19.550 (texto vigente). Régimen Legal de las
asociaciones civiles y fundaciones. Régimen legal de las micro, pequeñas y
medianas empresas (beneficiarias del sistema de ciencia y tecnología).-
· Ley Nº 26.075
(Incremento de la Inversión en Educación, Ciencia y Tecnología) y Ley Nacional
de Educación Superior. Normas que regulan la transferencia de tecnologías.-
· Decreto Nº
1.711/2009. Instituto Nacional de Investigaciones y Desarrollo Pesquero.-
· Normas que
reglamentan las Actividades Científicas y Tecnologías Juveniles y los Programas
Provinciales de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles.-
· Reglamentación de
los Programas Provinciales de Promoción de las actividades
Científico-Tecnológicas y de Innovación 2008 y 2009.-
· Otros organismo del
Sector Ciencia y Tecnología: Instituto Nacional de Tecnología Industrial -
Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología - Fondo Tecnológico
Argentino - Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - Fondo para la
Investigación Científica y Tecnológica.-
C) Conocimientos
técnicos
· Excelente redacción
y vocabulario administrativo y contable.-
· Manejo herramientas
informáticas de oficina, procesador de texto (Word), hoja de cálculos (excel) y
herramientas vinculadas a Internet a nivel usuario.-
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
Jurisdicción:
Secretaría de Estado de Ciencia Tecnología e Innovación.
Subsecretaría:
Ciencia Tecnología e Innovación.
Cargo a cubrir: Jefe
de Departamento Presupuesto, Contable/Patrimonio y Revisiva - Categoría 6 –
Agrupamiento Administrativo –.
Dirección: Dirección
General de Administración y Despacho.
Lugar de prestación
de servicios: Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en
calle Bv. Pellegrini Nº 3.100 - primer piso, de la ciudad de Santa Fe,
Provincia de Santa Fe.
Cantidad de puestos a
cubrir: Uno (1).
Horario de trabajo:
Según reglamentación vigente.
MISIÓN Y FUNCIONES
ESPECÍFICAS DEL CARGO
MISIONES:
Entender en las
afectaciones de créditos para las erogaciones de cumplimientos periódico en la
Jurisdicción, en la preparación y elevación de las liquidaciones para la
atención de los gastos de la Jurisdicción, y en el seguimiento de la
utilización de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción y en la
actualización permanente de los saldos disponibles.
Entender en la
permanente actualización de los registros del personal y funcionarios de la
Jurisdicción que constituyen la base informativa para la aplicación de la
reglamentación vigente de la A.FI.P. en materia de retenciones.
Controlar todos los
gastos que se realicen como consecuencia de la entrega de fondos a la Tesorería
Jurisdiccional y a los Subresponsables, y ejercer la supervisión de la correcta
inversión de las partidas.
Entender en la
registración patrimonial de la Jurisdicción y su actualización permanente
DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES DEL CARGO:
1.Intervenir en el
análisis contable de las contrataciones celebradas por las distintas unidades
de organización de la Jurisdicción, disponiendo las reservas de créditos
presupuestarios necesarios para atender su cumplimiento.
2.Controlar las
facturaciones y realizar las liquidaciones periódicas.
3.Participar en el
análisis del tratamiento impositivo de cada contratación, liquidando en su caso
los ajustes correspondientes.
4.Organizar un
sistema de registro que permita
mantener permanentemente actualizada la información relacionada con los
contratos vigentes en la Jurisdicción, formulando con antelación suficiente las
comunicaciones sobre su vencimiento.
5.Controlar e imputar
las liquidaciones practicadas directamente por la Contaduría General de la
Provincia, atinentes a garantías, avales, comisiones por operaciones celebradas
por la Jurisdicción, recopilando la documentación correspondiente y verificando la periodicidad de estas
afectaciones.
6.Practicar los
controles sobre los listados de endeudamiento remitidos por la Contaduría
General de la Provincia, conciliándolo con la información obrante en el
departamento.
7.Confeccionar las
liquidaciones de gastos, registrarlas y numerarlas de acuerdo a las
reglamentaciones vigentes.
8.Proceder al
seguimiento de los pedidos de fondos en sus diversas etapas.
9.Mantener
información actualizada sobre los pedidos de fondos pendientes de pagos.
10.Preparar las
solicitudes semanales de transferencias de fondos elevadas a la Contaduría
General de la Provincia.
11.Llevar la
ejecución permanente del Presupuesto de acuerdo con las minutas recibidas.
12.Entender en la
actualización permanente de los créditos presupuestarios en base al Presupuesto
y las modificaciones introducidas al mismo.
13.Elaborar los
Estados mensuales de Ejecución del Presupuesto de Erogaciones y Recursos de la
Jurisdicción.
14.Efectuar el
control de la ejecución presupuestaria jurisdiccional con idéntica información
procesada por la Contaduría General de la Provincia propiciando los ajustes y
correcciones que correspondan a los efectos de su conciliación.
15.Mantener
actualizado el registro de Altas y Bajas que sufre la Planta de personal de la
Jurisdicción.
16.Intervenir
directamente en la preparación de los Anteproyectos de Presupuesto y en la
actualización de los mismos por ajustes y por aplicación de políticas
salariales.
17.Preparar los
proyectos de modificación Presupuestaria.
18.Efectuar el
seguimiento hasta su concreción, de las gestiones de modificaciones presupuestarias
que se inicien, manteniendo un registro de las mismas.
19.Organizar un
sistema de archivo de la documentación utilizada en el área. Organizar un
archivo para cada dependencia Jurisdiccional, conteniendo los datos del
personal y funcionarios, que luego se aplican para la determinación de las
retenciones sobre las rentas del trabajo en relación de dependencia.
20.Verificar con el
Departamento Personal y Sueldo, las novedades que se registren respecto del personal y funcionarios
Jurisdiccionales, reclamando en su caso la presentación de las correspondientes
Declaraciones Juradas.
21.Proceder al
registro en el Sistema Informático, de las novedades producidas en cada período
mensual.
22.Coordinar las
acciones necesarias con el organismo provincial encargado del contralor en la
etapa definitiva de la legalidad y legitimidad de las operaciones.
23.Supervisar la
recepción y control de las rendiciones de cuentas.
24.Proponer su
aprobación o formular los reparos que correspondan.
25.Custodiar y
archivar la documentación recibida.
26.Supervisar las
instrucciones que se remitan a los responsables, referentes a la inversión de
fondos y presentación de rendiciones de cuentas.
27.Confeccionar los
estados y balances dispuestos por las
Resoluciones Nros. 9 y 10 del
Tribunal de Cuentas de la Provincia y compilar los expedientes generales de
rendiciones de cuentas.
28.Controlar la
registración de los cargos a los responsables del manejo de fondos con y de la
Administración.
29.Elevar por
intermedio de la Subdirección de Administración y Dirección General de
Administración y Despacho, la documentación que debe ser remitida al Tribunal
de Cuentas de la Provincia.
30.Controlar la
remisión de intimaciones por falta de presentación de rendiciones de cuentas.
31.Registrar el
patrimonio de la Jurisdicción y efectuar su actualización permanente.
32.Cumplir las normas
que determinen los procedimientos de aplicación para llevar a cabo el
relevamiento de bienes y su actualización, como así también para su posterior
registro en el Inventario.
33.Mantener ordenado
y actualizad el archivo de la documentación referente a la asignación de
recursos materiales para equipamiento administrativo de la jurisdicción.
34.Reemplazar al
Coordinador en caso de ausencia o impedimento.
PERFIL
REQUISITOS:
1.Deberá poseer
Titulo Secundario Completo y preferentemente el Titulo de Contador Público
Nacional.
2.Experiencia en
materia impositiva Nacional y Provincial, manejo del sistema S.I.A.P. de la
A.F.I.P., y conocimiento de los regímenes de retenciones impositivas nacionales
y provinciales.
3.Manejo de sofware
S.I.P.A.F., acreditado por los Órganos Rectores (excluyente).
4.Experiencia y/o
conocimiento de las gestiones administrativas, financieras, contables,
presupuestarias y revisivas, derivadas de la instrumentación de Programas y
Proyectos del Sistema Nacional y Provincial de Ciencia y Tecnología, de
competencia de ésta Secretaría de Estado.
5.Estudios o
formación preferentemente en:
· Administración
Pública en general (Derecho Administrativo, Responsabilidad del Estado,
servicios públicos, etc.).-
6.Condiciones
Generales y Competencias
· Trabajo en equipo.
· Pensamiento
estratégico, habilidad analítica.
· Marcada capacidad de
trabajo y de gestión.
· Profunda
responsabilidad y compromiso.
· Integridad,
honestidad y ética.
· Iniciativa,
creatividad e innovación.
· Orientación al
trabajo por resultados.
· Capacidad para la
resolución de problemas.
7.Conocimientos
generales, específicos y técnicos
A) Conocimientos
generales del ordenamiento público provincial
· Constitución de la
Provincia de Santa Fe.-
· Ley Orgánica de
Ministerios de la Provincia de Santa Fe Nº 12.817.-
· Estructura
orgánica-funcional de la Jurisdicción.-
· Decreto-Ley Nº
10.204/58 y Ley Nº 7.234 y modificatorias (texto vigente).-
· Normativa Provincial
sobre contrataciones y suministros.-
· Ley Nº 12.510 y
Decreto-Ley de Contabilidad Provincial Nº 1.757/56.-
· Decretos Nº
0291/2009 y 1729/2009.-
· Ley Nº 8.525,
Decretos Nº 2.695/1983 y mod., y 1.919/1989 y mod..-
· Normativa del
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.
B) Conocimientos
específicos de las áreas de competencia de la Jurisdicción
· Sistema Nacional de
Ciencia y Tecnología: Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Nº 25.467.
Organismos del Sistema: Gabinete Científico y Tecnológico - Consejo Federal de
Ciencia y Tecnología - Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y
de Innovación - Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología - Comisión
Asesora para el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.-
· Ley Nacional de
Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica y su reglamentación Nº 23.877.
Mecanismos de promoción y fomento fiscales y financieros previstos en la norma.
Régimen legal tributario y de procedimiento de los mecanismos de créditos fiscales
para la promoción de la innovación. Normas locales de adhesión a la Ley Nº
23.877.
· Régimen legal de las
Unidades de Vinculación Tecnológica. Sus estructuras jurídicas: Ley de
Sociedades Comerciales Nº 19.550 (texto vigente). Régimen Legal de las
asociaciones civiles y fundaciones. Régimen legal de las micro, pequeñas y
medianas empresas (beneficiarias del sistema de ciencia y tecnología).-
· Ley Nº 26.075
(Incremento de la Inversión en Educación, Ciencia y Tecnología) y Ley Nacional
de Educación Superior. Normas que regulan la transferencia de tecnologías.-
· Decreto Nº
1.711/2009. Instituto Nacional de Investigaciones y Desarrollo Pesquero.-
· Normas que
reglamentan las Actividades Científicas y Tecnologías Juveniles y los Programas
Provinciales de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles.-
· Reglamentación de
los Programas Provinciales de Promoción de las actividades
Científico-Tecnológicas y de Innovación 2008 y 2009.-
· Otros organismo del
Sector Ciencia y Tecnología: Instituto Nacional de Tecnología Industrial -
Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología - Fondo Tecnológico
Argentino - Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - Fondo para la
Investigación Científica y Tecnológica.-
C) Conocimientos
técnicos
· Excelente redacción
y vocabulario administrativo y contable.-
· Manejo herramientas
informáticas de oficina, procesador de texto (Word), hoja de cálculos (excel) y
herramientas vinculadas a Internet a nivel usuario.-
ANEXO II
◦ COMPOSICIÓN
DEL JURADO
Para el concurso
correspondiente al cargo “a)” del art. 1º de la presente Resolución el Jurado
estará integrado de la siguiente manera:
El Presidente:
1) El Sr. Secretario
de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, Ing. David Esteban Asteggiano o
quien este designe, que no deberá poseer un rango inferior a Subsecretario.-
Miembros Titulares:
1) El Subsecretario
de Ciencia, Tecnología e Innovación, Dr. Oscar Alberto DI PAOLO
2) El Director Gral.
de Promoción Científica Tecnológica, Lic. Justo Luis T. RODRIGUEZ
3) El Director Gral.
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Producción, Dr. Juan A. CANO
4) La Directora
Provincial de Administración, CPN Cristina Gladys TONELATTO
5) El Sr. Heriberto
MARTINEZ (por UPCN)
6) El Sr. Gaspar
SANCHEZ (por UPCN)
7) El Sra. Mónica
PAYA (por UPCN)
8) El Sr. Oscar A.
PREVIALE (por ATE)
Miembros suplentes:
1) La Directora
Provincial de Planificación y Coordinación, Mtr. Mariana LAHITTE
2) El Sec. Priv. de
la Sec. de Est. de Ciencia, Tec. e Inn., Arq. Omar Danilo LANDUCCI
3) El Subsecretario
de Apropiación Social, Ing. Marcelo BARAT
4) El Subsecretario
de Promoción Científica Tecnológica, Dr. Roberto Oscar AQUILANO
5) La Sra. María
Cristina OLMEDO (por UPCN)
6) El Sr. Francisco
RAMOS (por UPCN)
7) El Sr. Pedro
AIZENBERG (por UPCN)
8) El Sr. Ricardo M.
DELFOR (por ATE)
Para los concursos
correspondientes a los cargos “b)” y “c)” del art. 1º de la presente Resolución
el Jurado estará integrado de la siguiente manera:
El Presidente:
1) El Sr. Secretario
de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, Ing. David Esteban Asteggiano o
quien este designe, que no deberá poseer un rango inferior a Subsecretario.-
Miembros Titulares:
· El Subsecretario de
Ciencia, Tecnología e Innovación, Dr. Oscar Alberto DI PAOLO
2) El Director Gral.
de Promoción Científica Tecnológica, Lic. Justo Luis T. RODRIGUEZ
3) El Subdirector
Gral. de Presup. del Ministerio de Economía, Sr. Alejandro G. EPELBAUM
4) La Directora
Provincial de Administración, CPN Cristina Gladys TONELATTO
5) El Sr. Heriberto
MARTINEZ (por UPCN)
6) El Sr. Gaspar
SANCHEZ (por UPCN)
7) El Sra. Mónica
PAYA (por UPCN)
8) El Sr. Oscar A.
PREVIALE (por ATE)
Miembros suplentes:
1) La Directora
Provincial de Planificación y Coordinación, Mtr. Mariana LAHITTE
2) El Sec. Priv. de
la Sec. de Est. de Ciencia, Tec. e Inn., Arq. Omar Danilo LANDUCCI
3) El Subsecretario
de Apropiación Social, Ing. Marcelo BARAT
4) La Directora Gral.
de Presup. del Ministerio de Economía, CPN Stella RODRIGUEZ
5) La Sra. María
Cristina OLMEDO (por UPCN)
6) El Sr. Francisco
RAMOS (por UPCN)
7) El Sr. Pedro
AIZENBERG (por UPCN)
8) El Sr. Ricardo M.
DELFOR (por ATE)
PROCEDIMIENTO DE
INSCRIPCIÓN
Fecha: Desde el día
01 hasta el día 19 de Marzo de 2010, en el horario de 08.00 a 12.00 hs.-
Lugar de presentación
de la documentación:
En la sede de la
Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en calle Bv.
Pellegrini Nº 3.100 -primer piso- de la ciudad de Santa Fe.-
Se deberá bajar el
Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en
los lugares mencionados, en el horario de 8,00 hs. a 12,00 hs..-
Esta Jurisdicción
tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro
de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos
Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial
-con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y
modificatorias.-
El llamado a concurso
deberá difundirse dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la
presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción
permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se
realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por
parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada
en la sede de la Jurisdicción y en la Página Web Oficial de la Provincia.
Para el supuesto de
declararse desierto el presente, la convocatoria a concursos abierto será
publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito
provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del
cierre de inscripción.-
En la difusión se
transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que
la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.-
Los postulantes
deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum
Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento
equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de
todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido
formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título
en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes
pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente
certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de
Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La
documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda:
“CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido,
nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar
numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la
presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes
respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.-
Los aspirantes, en
ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y
dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la
convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se
efectúen.-
Se emitirá una
constancia firmada y sellada por la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología
e Innovación en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la
única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.-
No se admitirá la
invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al
cierre del plazo de inscripción.-
Todos los datos
denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.
Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del
Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con
mención de la causal.-
La presentación de la
solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y
aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente
procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en
que han de prestar servicios y las tareas exigidas.-
La falta de
documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los
requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la
presentación al concurso.-
ETAPAS DEL LLAMADO A
CONCURSO INTERNO
Etapa I: Evaluación
de Antecedentes:
Para el concurso
correspondiente al cargo “a)” del art. 1º de la presente Resolución
Fecha: 22/MAR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Para los concursos
correspondientes a los cargos “b)” y “c)” del art. 1º de la presente Resolución
Fecha: 23/MAR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
La calificación de
antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente
manera:
Para Concursos
Internos
PUNTAJE TOTAL COMPONENTES
40
ÍTEM 1. Estudios
y 1.1 Educación Formal Capacitación PUNTAJES
MÁXIMOS
20
1.2. Capacitación
específica 1.2.1. Cursos
20 1.2.2. Jornadas,
Seminarios, Congresos
PUNTAJES
MÁXIMOS 20
60
ITEM 2. Antecedentes 2.1.
Laborales Posición
escalafonaria
2.1.1. En el organismo
2.1.2. En la Administración
Provincial
PUNTAJES
MÁXIMOS 25
2.2. Desempeño
específico
2.2.1. Actual
2.2.2. Últimos 5 años
PUNTAJES
MÁXIMOS 20
2.3 Antigüedad en la Administración Provincial
PUNTAJES
MÁXIMOS
2.4 Otros (*)
2.5 Docentes y de
investigación 5
Etapa II: Evaluación
Técnica:
Para el concurso
correspondiente al cargo “a)” del art. 1º de la presente Resolución.
Fecha: 25/MAR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Para los concursos
correspondientes a los cargos “b)” y “c)” del art. 1º de la presente Resolución
Fecha: 26/MAR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
La calificación será
numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los
aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del
puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos,
habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos
típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los
requerimientos establecidos en el perfil del puesto.
Las evaluaciones
escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales
de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo
después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los
exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.
Para acceder a la
siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.
Etapa III: Evaluación
Psicotécnica:
Para los concursos
correspondientes a los cargos “a)”, “b)” y “c)” del art. 1º de la presente
Resolución.
Fecha: 31/MAR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Se calificará de 0 a
100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la
temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más
profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la
personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto
específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El
resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando
así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.
Etapa IV: Entrevista
Personal:
Para el concurso
correspondiente al cargo “a)” del art. 1º de la presente Resolución.
Fecha: 08/ABR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Para los concursos
correspondientes a los cargos “b)” y “c)” del art. 1º de la presente
Resolución.
Fecha: 09/ABR/10
Lugar: Sec. de Estado
de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Se calificará de 0 a
100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de
ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si
así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y
condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista,
pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá
permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes
académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o
generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas
características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje
deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo
día que se efectuara.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un
plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal
para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se
deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se
multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa
establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se
obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el
Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se
confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor
a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este
puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a
concurso abierto.
Cada etapa tendrá el
siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación
Antecedentes 30 %
Evaluación Técnica 40 %
Evaluación
Personalidad 20 %
Entrevista Personal 10 %
Total 100 %
La participación de
los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser
causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La
dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y
facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo
presentar al efecto las constancias pertinentes.-
Nota: Se publica sin
el formulario de inscripción.
S/C 4273 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________
H. TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION N° 006/10 - TCP
SANTA FE, 19 de febrero de 2010
VISTO:
La Ley Nº 12.817
promulgada mediante Decreto Nº 3074 de
fecha 01-12-2007 del Poder Ejecutivo Provincial; la Resolución Nº 011/09-TCP; y
la designación de la Vocal titular, CPN María del Carmen Crescimanno (Decreto
Nº 006/10-PEP), cuya asunción se formalizara en Reunión Plenaria realizada el
18 de febrero de 2010 y registrada en Acta Nº 1250 (pto. 1º); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley
Nº 12.817 se abroga la ley Nº 10.101 y modificatorias, estableciéndose que, el
despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo estará a cargo de los Ministerios que, a continuación se detallan, y de
la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1. Gobierno y Reforma
del Estado;
2. Justicia y
Derechos Humanos;
3. Seguridad;
4. Economía;
5. Producción;
6. Salud;
7. Trabajo y
Seguridad Social;
8. Desarrollo Social;
9. Obras Públicas y
Vivienda;
10. Aguas, Servicios
Públicos y Medio Ambiente;
11. Educación;
12. Innovación y
Cultura.
Que, el Artículo 201º
de la Ley Nº 12.510, establece que el Tribunal de Cuentas de la Provincia
(TCP), funciona ordinariamente dividido en Salas, integradas cada una por el
Presidente TCP y dos Vocales Jurisdiccionales;
Que, la Ley Nº
12.510, en su Artículo 4º, estructura la organización institucional del Estado
Provincial, definiendo las
actividades sujetas al
control externo de este Tribunal de Cuentas sobre el Sector
Público Provincial No Financiero;
Que, en oportunidad
del dictado de la Resolución Nº 024/01-TCP (parte pertinente), se aprobaron las
Vocalías Jurisdiccionales que conforman dichas Salas, identificadas con las
letras "A" y "B"; disponiéndose que, cada Vocal
Jurisdiccional, es el responsable de las decisiones que adopte respecto de los
asuntos que competan a cada una de las áreas institucionales que le fueran
asignadas;
Que, mediante
Resolución Nº 011/09-TCP (derogatoria de la Resolución Nº 025/07-TCP), se
atribuyeron a las Salas TCP y sus Vocalías Jurisdiccionales, las Jurisdicciones
que comprenden el Sector Público Provincial No Financiero, que devienen de la
Ley de Ministerios Nº 12.817 y eventuales modificatorias;
Que, en tal sentido
y, atento a la experiencia colectada, surge la necesidad de reasignar las
competencias de las Salas de este Tribunal, actualizando los alcances que,
sobre el particular, formulara la Resolución Nº 011/09-TCP; ello, teniendo en
cuenta además la designación de la Vocal titular, CPN María del Carmen
Crescimanno (Decreto Nº 006/10-PEP), cuya asunción se formalizara en Reunión
Plenaria realizada el 18 de febrero de 2010 y registrada en Acta Nº 1250 (pto.
1º); y de la que deviene un cambio en la asignación de la titularidad de las
Vocalías Jurisdiccionales de Sala respectivas;
Que, tal distribución
de competencias, se efectúa tendiendo a un adecuado equilibrio del ámbito de
control en cada una de las Salas y Vocalías Jurisdiccionales que las integran,
acorde a la naturaleza y complejidad que deviene de la composición,
competencia, atribuciones y deberes del Tribunal de Cuentas;
Que, lo señalado
precedentemente, debe concretarse atendiendo al nuevo marco legal y normativo
vigente a partir de la sanción de la Ley Nº 12.510, de Administración,
Eficiencia y Control del Estado, tanto en lo concerniente a las facultades
jurisdiccionales como a las competencias, atribuciones y deberes a los que
deben ajustarse los señores Vocales en cuanto a su actuación como tales;
Que, por lo expuesto,
resulta necesario y pertinente que, el presente acto resolutivo, continúe
adoptando la forma de un texto ordenado del ámbito de competencia de las Salas
y Vocalías Jurisdiccionales del Tribunal de Cuentas; ello, en procura de seguir
sistematizando en un único plexo normativo los cambios en las competencias
respectivas tendientes a dotar a las autoridades máximas del Organismo, de la
agilidad y equilibrio ejecutivo necesario en el tratamiento de los temas
sometidos a su consideración;
Que, en consecuencia,
la asignación de las Jurisdicciones que comprenden el Sector Público Provincial
No Financiero, a cada una
de las Salas en que
se divide el Tribunal de Cuentas de la Provincia,
atribuyendo su competencia a las Vocalías Jurisdiccionales que integran dichas
Salas TCP, debe realizarse de conformidad a la clasificación jurisdiccional
establecida por el artículo 4º de la Ley Nº 12.510, de Administración,
Eficiencia y Control del Estado, y atento a lo señalado en el sexto párrafo del
considerando de la presente;
Por ello, atento a lo
establecido por el Artículo 201º de la Ley Nº 12.510; y, de acuerdo a lo
resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 18-02-10 (c.i. del 19-02-10) y
registrada en Acta Nº 1250-Continuación I (pto. 2º);
EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA
Resuelve:
Artículo 1º : Asignar
a cada una de las Salas en que se divide el Tribunal de Cuentas de la
Provincia, las Jurisdicciones que comprenden el Sector Público Provincial No Financiero, atribuyendo su competencia a
las Vocalías Jurisdiccionales que integran dichas Salas TCP, como sigue:
SALA I
v Vocalía
Jurisdiccional “A”:
- Ministerio de
Educación
- Ministerio de
Economía
* Programa de
Rehabilitación para Emergencia de las Inundaciones (PREI)
* Programa Municipal
de Inversiones (PROMUDI)
* Puerto de Santa Fe
- Proyecto de Preinversión
* Sub-Unidad
Provincial de Coordinación para la Emergencia (SUPCE)
* Unidad Ejecutora
Provincial (UEP) del Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico
de las Provincias Argentinas (PSFyDEPA)
- Ministerio de
Innovación y Cultura
- Ministerio de Obras
Públicas y Vivienda
- Tesorería General
de la Provincia
- Fiscalía de Estado
- Ministerio de
Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente
- Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social -Caja de Pensiones Sociales - Ley 5110
- Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU)
- Ente Regulador de
Servicios Sanitarios (ENRESS)
- Instituto
Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias (IAPIP)
- Poder Judicial
- Aguas Santafesinas
Sociedad Anónima (ASSA)
v Vocalía
Jurisdiccional “B”:
- Ministerio de
Seguridad
- Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos
- Ministerio de
Producción
* Control
Fitosanitario
* Fondo para la
Actividad Portuaria
* Fondo para la
Actividad Productiva
* Fondo Provincial
para la Asistencia de Productores afectados por el Fenómeno “El Niño”
* Fondo Rotatorio
para la Emergencia Agropecuaria
- Ministerio de
Desarrollo Social
- Aeropuerto
Internacional de Rosario
- Dirección
Provincial de Vialidad (DPV)
- Empresa Provincial
de la Energía (EPE)
- Servicio Provincial
de Agua Potable y Saneamiento Rural
- Tribunal de Cuentas
- Ente
Interprovincial Túnel Subfluvial “Raúl Uranga – Carlos Sylvestre Begnis”
- Caja de Asistencia
Social de la Provincia - Lotería
SALA II
v Vocalía
Jurisdiccional “A”:
- Ministerio de Salud
- Secretaría de
Ciencia, Tecnología e Innovación
- Colonia
Psiquiátrica Oliveros “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre”
- Dirección
Provincial de Bromatología y Química
- Hospital de Niños
"Zona Norte" de Rosario
- Hospital Escuela
“Eva Perón” de Granadero Baigorria
- Hospital Geriátrico
de Rosario
- Hospital “Dr. J. B.
Iturraspe”
- Hospital
Protomédico “Dr. Manuel Rodríguez” de Recreo
- Hospital Provincial
del Centenario de Rosario
- Hospital
Psiquiátrico “Dr. Emilio Mira y López”
- Hospital de
Rehabilitación "Dr. Carlos M. Vera Candioti"
- Servicio (s) Asistencia Médica a la
Comunidad (SAMCO):
* SAMCO Venado Tuerto
"Dr. Alejandro Gutiérrez"
* SAMCO Rufino
* SAMCO San Lorenzo
"Granaderos a Caballo"
* SAMCO Villa
Constitución "Dr. Juan Esteban Milich"
* SAMCO Villa
Gobernador Gálvez "Dr. Anselmo P. Gamen"
* SAMCO Carcarañá
"Dr. Carlos Goytia"
* SAMCO San Jorge
* SAMCO Las Rosas
- Servicio (s)
Asistencia Médica a la Comunidad (SAMCO), que presentan Balances de Movimiento
de Fondos y Legajos de Rendiciones de Cuentas, consolidados por Nodos
Regionales de Salud:
* NODO REGIONAL
VENADO TUERTO
* NODO REGIONAL
ROSARIO
- Administración
Provincial de Impuestos (API)
- Banco de Santa Fe
SAPEM (En Liquidación)
- Laboratorio
Productor de Fármacos Medicinales - Sociedad del Estado
- PROMIN (Programa
Materno Infantil)
- Instituto
Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS)
- Servicio de
Catastro e Información Territorial
v Vocalía
Jurisdiccional “B”:
- Cámara de Diputados
- Cámara de Senadores
- Defensoría del
Pueblo
- Ministerio de
Gobierno y Reforma del Estado
- SIGEP
- Caja de
Jubilaciones y Pensiones de la Provincia
- Centro Regional de
Salud Mental “Dr. Agudo Ávila” de Rosario
- Hospital Central de
Reconquista “Olga Stucky de Rizzi”
- Hospital de Niños
"Dr. Orlando Alassia" de Santa Fe
- Hospital de
Helvecia
- Hospital de Vera
- Hospital “Dr.
Gumersindo Sayago”
- Hospital "Dr.
José María Cullen"
- Hospital Provincial
de Rosario
- Hospital "San
Carlos” de Casilda
- Hospital "San
José" de Cañada de Gómez
- Servicio (s)
Asistencia Médica a la Comunidad (SAMCO):
* SAMCO Rafaela “Dr.
Jaime Ferré”
* SAMCO San Cristóbal
“Julio César Villanueva”
* SAMCO Tostado
* SAMCO Villa Ocampo
* SAMCO San Javier
“Dr. Guillermo Rawson”
* SAMCO Gálvez “Dr.
Alfredo Baetti”
* SAMCO Esperanza
“Dr. Daniel Alonso Criado”
- Servicio (s)
Asistencia Médica a la Comunidad (SAMCO), que presentan Balances de Movimiento
de Fondos y Legajos de Rendiciones de Cuentas, consolidados por Nodos
Regionales de Salud:
* NODO REGIONAL
RAFAELA
* NODO REGIONAL
RECONQUISTA
* NODO REGIONAL SANTA
FE
Artículo 2º:
Constituir las Salas del Honorable
Tribunal de Cuentas, según la siguiente
conformación:
SALA I – PRESIDENTE:
Dr. Mario César Esquivel;
VOCAL JURISDICCIONAL
“A”: CPN Nora Rita Vallejos;
VOCAL JURISDICCIONAL
“B”: Vacante;
SECRETARIA: CPN Norma Beatriz Antuña.
SALA II – PRESIDENTE:
Dr. Mario César Esquivel;
VOCAL JURISDICCIONAL
“A”: CPN María del Carmen Crescimanno;
VOCAL JURISDICCIONAL
“B”: CPN Horacio Ramón Alesandria;
SECRETARIA: CPN Sonia
María Monteferrario.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS:
Artículo 3º : Hasta
tanto se concluyan las actuaciones administrativas que se encuentran en trámite
correspondientes a las Jurisdicciones cuya denominación y/o ámbito de
competencia respondían a normas administrativas de vigencia anterior a la Ley
Nº 12.817, y la nueva distribución territorial de los SAMCO adoptada por
Decreto Nº 029/08; las competencias de
las Vocalías Jurisdiccionales de Sala I y Sala II, quedarán asignadas de la siguiente manera:
v Dr. Mario C.
Esquivel:
- Servicio (s)
Asistencia Médica a la Comunidad (SAMCO), que presentan Balances de Movimiento
de Fondos y Legajos de Rendiciones de Cuentas, consolidados por Zonas de Salud:
* SAMCO ZONA DE SALUD
I
* SAMCO ZONA DE SALUD
II
* SAMCO ZONA DE SALUD
III
* SAMCO ZONA DE SALUD
IV
* SAMCO ZONA DE SALUD
V
* SAMCO ZONA DE SALUD
IX
v CPN Nora R.
Vallejos:
- Ministerio de
Hacienda y Finanzas
- Ministerio de
Obras, Servicios Públicos y Vivienda
- Secretaría de
Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable
- Ministerio de
Asuntos Hídricos
- Consejo Regional de
Obras de Saneamiento de los Bajos Submeridionales
- Ministerio de
Educación
* PRODYMES I
(Programa Descentralización y Mejoramiento Educación Secundaria)
v CPN Horacio R.
Alesandria:
- Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto
- Secretaría de
Estado de Derechos Humanos
- Secretaría de
Estado de Promoción Comunitaria
- Unidad Ejecutora de
la Reconstrucción de la Emergencia Hídrica y Pluvial
- Ministerio Coordinador
- Hospital de Niños
"Ricardo Gutiérrez"
- Gobernación
- Secretaría General
y Técnica de la Gobernación
- Servicio (s)
Asistencia Médica a la Comunidad (SAMCO), que presentan Balances de Movimiento
de Fondos y Legajos de Rendiciones de Cuentas, consolidados por Zonas de Salud:
* SAMCO ZONA DE SALUD
VI
* SAMCO ZONA DE SALUD
VII
* SAMCO ZONA DE SALUD
VIII
Artículo 4º : Hasta
tanto se cubra la vacante que resta de Vocal titular del Organismo, las
jurisdicciones de competencia de la Vocalía Jurisdiccional Sala I
"B", quedarán asignadas de la siguiente manera:
v Dr. Mario C.
Esquivel:
- Ministerio de la
Producción
* Control
Fitosanitario
* Fondo para la
Actividad Portuaria
* Fondo para la
Actividad Productiva
* Fondo Provincial
para la Asistencia de Productores afectados por el Fenómeno “El Niño”
* Fondo Rotatorio
para la Emergencia Agropecuaria
- Dirección
Provincial de Vialidad
v CPN Nora R.
Vallejos:
- Empresa Provincial
de la Energía (EPE)
- Servicio Provincial
de Agua Potable y Saneamiento Rural
- Tribunal de Cuentas
- Ente
Interprovincial Túnel Subfluvial “Raúl Uranga – Carlos Sylvestre Begnis”
v CPN María del Carmen
Crescimanno
- Aeropuerto
Internacional de Rosario
- Caja de Asistencia
Social de la Provincia - Lotería
v CPN Horacio R.
Alesandria:
- Ministerio de
Seguridad
- Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos
- Ministerio de
Desarrollo Social
Artículo 5º : Las
Secretarías de Sala derivarán las gestiones para su tratamiento al Vocal
Jurisdiccional que corresponda, incorporando el formulario “Hoja de Ruta” que,
por ANEXO, forma parte integrante de la presente.
Artículo 6º : La
presente entrará en vigencia a partir del 19 de febrero de 2010; y deja sin
efecto la Resolución Nº 011/09-TCP.
Artículo 7º:
Regístrese, notifíquese al Poder
Ejecutivo Provincial, a las H. Cámaras Legislativas y al Poder Judicial
de la Provincia, comuníquese vía Intranet TCP e incorpórese al sitio Web-TCP, y
publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia; luego, archívese.-
Dr. Mario C. Esquivel
– Presidente.
CPN Nora R. Vallejos
- Vocal.
CPN Horacio R.
Alesandria – Vocal.
CPN María del Carmen
Crescimanno - Vocal
CPN M. Cristina Ordíz
de Dadea - Vocal Subrogante.
CPN Adrián N.
Escudero - SAP (TCP).
Nota: Se publica sin
el formulario del Anexo del Art. 5
S/C 4268 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________
H. TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION N° 001/10 - TCP.
SANTA FE, 16 de febrero de 2010.-
VISTO:
El Expediente N°
00901-0042749-6 del registro de la Mesa General de Entradas y Notificaciones de
este Tribunal de Cuentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, ha
sido iniciado por la Dirección General de Administración con el objeto de
actualizar el monto del Artículo 8º del Régimen de Compras vigente en el ámbito
de este Tribunal, aprobado por Resolución N° 046/04-TCP (modificada por
Resoluciones Nºs. 045/05-TCP, 001/06-TCP y 016/08-TCP); en orden a las medidas
que, en igual sentido, ha dispuesto el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto Nº 1299/08;
Que, la medida que se
adopta por la presente, se encuadra en la disposición del Artículo 106° de la
Ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto-Ley Nº 1757/56, t.o.), en su texto
modificado por la Ley N° 12.489, así como en el artículo 14°, inciso 1) del
Reglamento Interno de este Tribunal de Cuentas (Resolución Nº 005/73-TCP);
Por ello, y, conforme
a lo resuelto, por unanimidad, en Reunión Plenaria realizada en fecha 16-02-10
y registrada en Acta N° 1249;
EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA
Resuelve:
ARTICULO 1º:
Sustituir el Artículo 8º de la
Resolución Nº 046/04-TCP y modificatorias, por el siguiente texto:
"Artículo 8º:
Fijar en $ 5.000.- (PESOS CINCO MIL), el monto que están autorizados para invertir el Director General de
Administración TCP y los Contadores Fiscales de la Delegación Fiscal Rosario
(TCP), por intermedio de la Tesorería Jurisdiccional y el Habilitado Pagador de
la referida Delegación Fiscal, respectivamente, con destino a gastos de
funcionamiento y adquisición de Bienes de Uso, que resulten necesarios para el
normal funcionamiento del Organismo. Por disposición del señor Presidente del
Tribunal de Cuentas, este monto podrá ser ampliado hasta en un 50% (cincuenta
por ciento), cuando las necesidades del servicio así lo requieran, fundado en
razones de mérito y oportunidad, que deriven en una mejora en la eficiencia y
calidad de los servicios de aprovisionamiento.”
ARTICULO 2º:
Regístrese, publíquese en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la Página
Web-TCP, comuníquese a las dependencias internas del Tribunal de Cuentas;
luego, archívese.-
DR Mario C. Esquivel -Presidente
CPN Nora R. Vallejos -Vocal
CPN Horacio R. Alesandria -Vocal.
CPN Bernardo Salzman -Vocal Subr.
CPN Esteban I. Escher
-Vocal Subr.
CPN Adrián N. Escudero -SAP
S/C 4276 Mar. 8 Mar. 9
__________________________________________